Extracto
Resolución No. 19 Relativa a La Queja y Denuncia Presentada por La Coalicion 'pan-adc, Ganará Colima' en Contra de Los Partidos Revolucionario Instituticional y Nueva Alianza y De su Candidato a La Gubernatura del Estado Mario Anguiano Moreno, Así como Del H. Ayuntamiento de Colima, por Utilizar como Emblema la Imagen que Fuera Asignada como Logotipo Oficial del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima
DEL GOBIERNO DEL ESTADO INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMARESOLUCIÓN No. 19
RELATIVA A LA QUEJA Y DENUNCIA PRESENTADA POR LA COALICION "PAN-ADC, GANARÁ COLIMA" EN CONTRA DE LOS PARTIDOS REVOLUCIONARIO INSTITUTICIONAL Y NUEVA ALIANZA Y DE SU CANDIDATO A LA GUBERNATURA DEL ESTADO MARIO ANGUIANO MORENO, ASÍ COMO DEL H. AYUNTAMIENTO DE COLIMA, POR UTILIZAR COMO EMBLEMA LA IMAGEN QUE FUERA ASIGNADA COMO LOGOTIPO OFICIAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA.RESOLUCIÓN NÚMERO 19PROCESO ELECTORAL 2008-2009 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOREXPEDIENTE NÚMERO 12/2009QUEJOSO: COALICIÓN "PAN-ADC,GANARÁ COLIMA" DENUNCIADOS:H. AYUNTAMIENTO DE COLIMA, PARTIDOS POLÍTICOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y NUEVA ALIANZA, Y OTRO.Colima, Colima, a 27 (veintisiete) de julio de 2009 (dos mil nueve).VISTOS para resolver la queja presentada por el Comisionado Suplente de la coalición "PAN-ADC, Ganará Colima", el ciudadano JOSÉ ARMANDO ESPARZA AVITIA, ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, misma que se radicó con el número de expediente 12/2009, en contra del H. AYUNTAMIENTO DE COLIMA, del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, del PARTIDO NUEVA ALIANZA, así como del candidato común al cargo de Gobernador del Estado, MARIO ANGUIANO MORENO, postulado por los partidos políticos antes aludidos, se emiten los siguientes R E S U L T A N D O SI.El día 29 (veintinueve) de junio de 2009 (dos mil nueve), el ciudadano JOSÉ ARMANDO ESPARZA AVITIA, en su carácter de Comisionado Suplente de la coalición "PAN-ADC, Ganará Colima", presentó ante la Oficialía de Partes de este Instituto Electoral del Estado, una formal queja y denuncia en contra del H. AYUNTAMIENTO DE COLIMA, del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, del PARTIDO NUEVA ALIANZA y de su candidato común al cargo de Gobernador del Estado, MARIO ANGUIANO MORENO, por utilizar como logotipo la imagen que fuera asignada como logotipo oficial del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, violentado los principios constitucionales en materia electoral, los artículos 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, así como lo señalado en los numerales 1, 49, 190, 208, 210 y demás disposiciones del Código Electoral del Estado de Colima, manifestando al efecto los siguientes " Hechos:1.-El candidato común Mario Anguiano Moreno, y prácticamente todos los demás candidatos del partido Revolucionario Institucional y del frente que forma con el Partido Nueva Alianza, utilizan como logotipo una imagen consistente en una figura común de corazón abierto o interrumpido y unido a una línea tan gruesa como su contorno o diversos textos que se le introducen. Esta imagen corresponde a la imagen propiedad y posesión, patrimonio y recurso municipal del Ayuntamiento de Colima. Imagen que fuera asignado como logotipo oficial del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima el 30 de octubre de 2006, hecho que tiene su sustento en al Acta de Cabildo número 3 y en donde consta en el orden del día que se presentó como logotipo oficial de la administración municipal 2006-2009.2.-La actual administración municipal del Ayuntamiento de Colima, propietaria y poseedora de esa imagen oficial con figura común de corazón abierto o interrumpido y unido a una línea tan gruesa como su contorno o diversos textos que se le introducen, ha consentido el uso de dicha imagen en la propaganda del candidato común Mario Anguiano Moreno. Tal imagen ha sido utilizada y se utiliza en toda la propaganda, publicidad, eventos, página web en Internet, así como en la documentación oficial de la referida entidad pública municipal, hechos que se constatan con las pruebas que se adjuntan, pero que además no requieren demostrarse por ser públicos y notorios. Y sin ningún recato esta siendo utilizada por el candidato común Mario Anguiano Moreno y los demás candidatos del Frente Común formado por los Partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza.3.-Con el uso de tal imagen, los denunciados en este documento, de forma sistemática vulneran los principios constitucionales del derecho electoral, al usar deliberadamente el logotipo o símbolo que pertenece e identifica a la actual administración municipal y de esta forma confunden a la ciudadanía colimense, la cual se ha familiarizado y ha identificado ese símbolo con el Ayuntamiento de Colima, desde antes que lo utilizara el partido político y su candidato común a la gubernatura. Se quebranta en perjuicio de mi representada el principio de equidad en la contienda dado que es al Ayuntamiento de Colima al cual la ciudadanía le reconoce, por ser hechos públicos y notorios, la prestación de diversos servicios como el alumbrado público, la recolección de basura, el empedrado de calles, la operación del registro civil, la liberación del servicio militar, la realización de obras públicas, la tramitación de un permiso o licencia, y todas aquellas funciones ad...Ver el contenido completo de este documento
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