Acuerdo No. IEEM/CG/79/2014, Por el que se deja si efectos el Acuerdo No.20 “Geografía Electoral de los Municipios de Nezahualcóyotl y Chimalhuacán, de fecha veintiuno de febrero del año dos mil, publicado en la “Gaceta del Gobierno” Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, el día veintidós de ese mismo mes y año; en cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de fecha veinticuatro de septiembre de dos mil catorce, emitida en el juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, radicado con el número de expediente SUP-JDC-547/2014

15 de diciembre de 2014
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XXX del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
ATENTAMENTE
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
(RÚBRICA)
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
M. EN A. P. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
(RÚBRICA)
ACUERDO N°. IEEM/CG/791 20 1 4
1EEM
Instituto Electoral del Estado de llévico
Por el que se deja sin efectos el Acuerdo N° 20
"Geografía Electoral de los Municipios de Nezahualcóyotl y
Chimalhuacán",
de fecha veintiuno de febrero del año dos mil, publicado en la "Gaceta del Gobierno", Periódico
Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, el día veintidós de ese mismo mes y año; en
cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de fecha
veinticuatro de septiembre de dos mil catorce, emitida en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-
Electorales del Ciudadano, radicado con el número expediente SUP-JDC-547/2014.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo
presentado por el Secretario del Consejo General, y
RESULTANDO
1.
Que en sesión extraordinaria del veintiuno de febrero del año dos mil, este Órgano Máximo de Dirección aprobó el
Acuerdo N° 20
"Geografía Electoral de los Municipios de Nezahualcóyotl y Chimalhuacán";
cuyo punto primero
determinó respetar el marco seccional de dichos municipios, en los términos del Acuerdo N° 7, aprobado por el
mismo órgano, en fecha dieciséis de mayo de 1996, publicado en la "Gaceta del Gobierno", Periódico Oficial del
Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, el veinte de mayo del mismo año.
2.
Que a partir del escrito presentado el cinco de octubre de dos mil once, por ciudadanos que se ostentaron como
vecinos de la colonia San Agustín Atiapulco, Nezahualcóyotl, México, en el qua solicitaron se realizaran las

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