Acuerdo N°. IEEM/CG/90/2016.- Por el que se aprueba y emite la convocatoria para la acreditación de observadores electorales de la elección ordinaria de Gobernador del Estado de México, para el proceso electoral 2016-2017

1o. de noviembre de 2016 Página 23
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/90/2016
Por el que se aprueba y emite la Convocatoria para la Acreditación de Observadores Electorales de la Elección
Ordinaria de Gobernador del Estado de México, para el Proceso Electoral 2016-2017.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo
presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O
1. Que en fecha siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de
México celebró Sesión Solemne para dar inicio al Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, para elegir al Gobernador
Constitucional del Estado de México, para el período comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil diecisiete
al quince de septiembre de dos mil veintitrés.
2. Que en sesión extraordinaria de fecha siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral mediante Acuerdo INE/CG661/2016, aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional
Electoral, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el trece de septiembre del mismo año.
3. Que el doce de septiembre de dos mil dieciséis, la H. “LIX” Legislatura Local, expidió el Decreto número 124,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” en la
misma fecha, en donde se convoca a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a
participar en la Elección Ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional del Estado de México, para el período
comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil diecisiete al quince de septiembre de dos mil veintitrés.
4. Que en sesión extraordinaria de fecha veinte de octubre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México expidió el Acuerdo IEEM/CG/88/2016, por el que se aprobó el Convenio General de
Coordinación y Colaboración entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, con el
fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral Local 2016-
2017, en el Estado de México.
5. Que en fecha veintiocho de octubre de dos mil dieciséis, el Consejero Presidente del Consejo General de este
Instituto, mediante oficio IEEM/PCG/PZG/1441/16, remitió a la Secretaría Ejecutiva el Proyecto de “Convocatoria
para la Acreditación de Observadores Electorales de la Elección Ordinaria de Gobernador del Estado de México,
para el Proceso Electoral 2016-2017”, a efecto de que por su conducto, se someta a la c onsideración de este
Órgano Superior de Dirección; y
C O N S I D E R A N D O
I. Que el artículo , párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que
todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y
garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad.
II. Que el artículo 41, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 5, de la Constitución General, señala que la organización
de las elecciones, es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los
Organismos Públicos Locales y que corresponde al Instituto Nacional Electoral en los términos que establecen esta
Constitución y las leyes, para los procesos electorales federales y locales, las reglas, lineamientos, criterios y
formatos en materia de resultados preliminares; e ncuestas o sondeos de opinión; observación electoral; conteos
rápidos; impresión de documentos y producción de materiales electorales.
Asimismo, el Apartado C, párrafo primero, numeral 8, de la Base en ci ta, prevé que en las entidades federativas,
las elecciones locales estarán a cargo de Organismos Públicos Lo cales en los términos que señala la propia

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