Acuerdo por el que se instruye a la titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a Otorgar un Apoyo Económico a las Personas Afectadas de Manera Directa por la Pérdida del Empleo o la Disminución de sus Ingresos, en la 'Central de Abasto de la Ciudad de México', a causa del Incendio ocurrido el día siete de abril de dos mil quince

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción I y VI, 67 fracciones II y XXXI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 5º, 7º párrafo primero, 12 párrafo primero y 14 párrafo tercero de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, por lo que, se debe promover la creación de empleos y la organización social para el trabajo.

Que en este sentido, la Ley Federal del Trabajo, rige las relaciones de trabajo, conforme a lo establecido en nuestra Carta Magna.

Que al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, corresponde expedir las políticas y programas para la vigilancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, por conducto de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo instrumenta y opera el Programa Seguro de Desempleo de la Ciudad de México, cuyo objetivo general es el de otorgar una protección básica a las y los trabajadores asalariados que hayan perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, incluyendo grupos vulnerables, a efecto de crear las condiciones que contribuyan a su subsistencia básica e impulsen su incorporación al mercado laboral.

Que el incendio ocurrido el día siete de abril de dos mil quince, afectó a la "Central de Abasto de la Ciudad de México", ubicada en Av. Canal de Río Churubusco S/N, Colonia Central de Abastos, Delegación Iztapalapa, C.P. 09040, en la Ciudad de México, Distrito Federal, específicamente, en la parte nororiente, Andén 4, Secciones 11, 12, 13 y 14 del Mercado de Flores y Hortalizas, motivo por el cual, las personas locatarias y las y los trabajadores que prestan sus servicios en él, perdieron su empleo o disminuyeron sus ingresos.

Que a efecto de proteger a las personas afectadas de manera directa por la pérdida del empleo o la disminución de sus ingresos, en la "CENTRAL DE ABASTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" y a fin de crear condiciones que contribuyan a su subsistencia básica e impulsar su reincorporación al mercado laboral, con fundamento en las disposiciones jurídicas y considerandos antes...

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