Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la realización de la Revisión Documental y la Inspección Física, Mecánica y Equipamiento Auxiliar de las Unidades de Transporte Público Individual de Pasajeros en el Distrito Federal (Taxi) denominada de Revista Vehicular, correspondiente al año 2015

SECRETARÍA DE MOVILIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA REVISIÓN DOCUMENTAL Y LA INSPECCIÓN FÍSICA, MECÁNICA Y EQUIPAMIENTO AUXILIAR DE LAS UNIDADES DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS EN EL DISTRITO FEDERAL (TAXI) DENOMINADA DE REVISTA VEHICULAR, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015.

LICENCIADO RUFINO H LEON TOVAR, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 fracciones I, II, IV, VI y X, 93 párrafo segundo y 115 fracción del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 7 párrafo primero, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Transitorios Tercero y Quinto de sus Reforma publicada el 14 de julio de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; 222 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal 2015; 1, 2 fracción I, 3, 5, 7 fracciones I, III, IV y V, 9 fracciones XX, XXI, LXXI, LXXXVI y XCIV, 12 fracciones I, VI, XVI, 56 fracción I inciso c), 118, 119, 120, así como los Transitorio Quinto y Sexto de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 2 fracción VIII 6, 43, 79 último párrafo, 82 y 102 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que una de las facultades de la Secretaría de Movilidad es la de dictar las medidas relativas a la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros;

Que la Secretaría de Movilidad debe vigilar el cumplimiento de esas medidas, por lo que debe verificar que la prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros (taxi) se realice en condiciones óptimas, garantizando en todo momento, la seguridad y confort de los usuarios, además de verificar que la concesión de dicho servicio se esté explotando de forma regular, permanente y continua;

Que la Revista Vehicular Anual es el instrumento legal mediante el cual el Gobierno del Distrito Federal, verifica y certifica la situación documental y las condiciones físicas de los vehículos que prestan el Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros en el Distrito Federal, para así procurar mayor seguridad a los usuarios de este medio de transporte y a la ciudadanía en general;

Que los concesionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros (Taxi), están obligados a cumplir con las disposiciones de la Ley de Movilidad del Distrito Federal y prestar el servicio en unidades que cumplan con las disposiciones de seguridad, higiene, confort, así como las especificaciones técnicas que emita la Secretaría de Movilidad.

Que con fecha 26 de agosto de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Aviso por el que se determinan las características, especificaciones, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que de manera obligatoria deberán incorporar a los vehículos que prestan el servicio de transporte público individual de pasajeros "taxi" en el Distrito Federal"; he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA REVISIÓN DOCUMENTAL Y LA INSPECCIÓN FÍSICA, MECÁNICA Y EQUIPAMIENTO AUXILIAR DE LAS UNIDADES DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS EN EL DISTRITO FEDERAL (TAXI) DENOMINADA DE REVISTA VEHICULAR, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015.

PRIMERO. Para efectuar el trámite de la Revista Vehicular Anual 2015, de las unidades destinadas al Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros del Distrito Federal, es requisito indispensable ser titular de la concesión emitida por la Secretaría de Movilidad.

SEGUNDO. Todos los concesionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros (taxi) en el Distrito Federal, legalmente reconocidos por la Secretaría de Movilidad, deben realizar el pago de derechos por el trámite de revista vehicular anual 2015, con independencia del modelo del vehículo registrado, y realizar el trámite de Revista Vehicular Anual 2015, de las unidades destinadas a dicho servicio.

TERCERO. Los concesionarios con vehículos de modelos 2005, 2006, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, que han cumplido con la revista 2014, quedarán exentos de la revisión física mecánica; y cumplirán con la revisión documental en el módulo asignado por el Sistema de Citas, instrumentado para tal efecto, considerando los requisitos señalados en las fracciones II y IV del numeral DÉCIMO SEGUNDO del presente Acuerdo;

CUARTO. Es obligación del titular de la concesión del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros (Taxi) sustituir las unidades modelos 2004 y anteriores, en atención al límite de 10 años de vida útil, establecido en el Artículo 97 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal.

QUINTO. Conforme a lo previsto en el artículo 294 del Código Fiscal del Distrito Federal, el porcentaje de reducción en el pago de los derechos del trámite de revista vehicular anual, es del 15% (quince...

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