Acuerdo por el que se Designa a los Cc. Licenciados en Derecho: Gerardo Ramos Elizondo, Juan Manuel Corral Verdugo, Daniel Domínguez Contreras, â·lvaro Flores Nicol÷s, Marisol Aquino S÷nchez, Francisco Segovia Caraza, María del Rosario Guadalupe Arróniz Rico, Herbert Felipe López Alfonso y Miguel â·ngel Libreros Rosado; Así como a la Pasante de Derecho: Yarelith Alor López, como Representantes de la Cge para que de Manera Conjunta O Separada, Realicen Cualquier Acto Relativo a los Procedimientos Legales en que la Cge Sea Parte Interesada; Pero no Podr÷n Desistirse de la Instancia O de la Acción Sin Previo Acuerdo del Contralor General.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Contraloría General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Mauricio Martín Audirac Murillo, Contralor General del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 9 fracción XII, 10, 11 y 12 fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz; 14 y 15 fracciones I y XIII, del Reglamento Interior de la Contraloría General, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O Primero. Se designa a los ciudadanos licenciados en Derecho: Gerardo Ramos Elizondo, Juan Manuel Corral Verdugo, Daniel Domínguez Contreras, Álvaro Flores Nicolás, Marisol Aquino Sánchez, Francisco Segovia Caraza, María Del Rosario Guadalupe Arróniz Rico, Herbert Felipe López Alfonso y Miguel Ángel Libreros Rosado; así como a la Pasante de Derecho: Yarelith Alor López, como representantes de esta Contraloría General, para que de manera conjunta o separada, ante las instancias Judiciales, Administrativas, Laborales, Civiles, Fiscales y de Procuración de Justicia, del orden Federal, Estatal o Municipal, puedan representar, contestar y reconvenir demandas, oponer excepciones, comparecer en las audiencias, ofrecer, rendir y objetar pruebas, recusar jueces o magistrados, interponer recursos, presentar denuncias, querellas y coadyuvar con las autoridades investigadoras, así como realizar cualesquier otro acto relativo a los procedimientos legales en que la Contraloría General sea parte interesada; pero no podrán desistirse de la instancia o de la acción sin previo acuerdo del Contralor General.

Segundo. De igual forma se confiere a los profesionistas citados en el punto inmediato anterior, en base al artículo 9 de la Ley de Amparo en vigor, la facultad de formular y rendir los informes previos y justificados a cargo del Contralor...

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