Acuerdo por el que se declaran como inhábiles y se dan a conocer los días que se indican, del año 2017 y 2018, para los trámites y procedimientos que se indican, a cargo de la Dirección General de Servicios Legales y de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

(Al margen superior un escudo que dice: CDMX.- Ciudad de México)

MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS, Consejero Jurídico y de Servicios Legales de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 35 fracciones I, IV, X, XI, XIII, XVII, XX, XXI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 29, 37, fracción II, 114 fracciones XII, XIII, XIV, XV, XV Bis, XVI, XVII, XVIII y XXII, y 116 fracción III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México a la que corresponde la atribución de representar a la Administración Pública, a través de la Dirección General de Servicios Legales, en los juicios en que ésta sea parte.

Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos tiene entre sus atribuciones, el establecer los lineamientos y criterios jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de la normatividad en materia notarial; prestar a los Notarios y a la población en general los servicios notariales previstos en el artículo 238 y demás correlativos de la Ley del Notariado para el Distrito Federal; recibir y sustanciar trámites y procedimientos de legalización y apostilla de documentos, recursos de reversión y revocación motivados por expropiaciones a favor de la Ciudad de México, solicitudes de pago de indemnización por expropiaciones o por afectaciones; y trámites de regularización de fosas a perpetuidad en cementerios de la Ciudad de México.

Que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, tiene la potestad de determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos de las actuaciones y diligencias de competencia de la Dirección General de Servicios Legales y de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, previstas en los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables, así como en el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, días en que, por consecuencia, no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de esas Unidades Administrativas de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México.

Que la suspensión de términos y...

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