Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el cual se aprueba la propuesta de armonización tanto del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal como del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el cual se aprueba la propuesta de armonización tanto del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal como del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

A n t e c e d e n t e s :

I. El 28 de marzo de 2011, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (Consejo General), mediante el Acuerdo ACU-28-11, aprobó diversa normativa interna, entre ellas, el Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal (Reglamento Interior), así como el Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (Reglamento de Sesiones), con motivo de la expedición del Código de Instituciones y Procedimiento Electorales del Distrito Federal (Código).

II. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) en materia político-electoral.

III. Los días 27 y 30 de junio de 2014, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los Decretos por los que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código.

IV. El 25 de agosto y 27 de octubre de 2014, mediante Acuerdos ACU-36-14 y ACU-60-14, respectivamente, el órgano superior de dirección de este Instituto Electoral aprobó reformar el Reglamento de Sesiones.

V. El 30 de septiembre de 2014, mediante el Acuerdo ACU-49-14, el órgano superior de este Instituto Electoral aprobó la reforma al Reglamento Interior.

VI. El 30 de septiembre de 2014, mediante el Acuerdo INE/CG165/2014, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en ejercicio de sus atribuciones, aprobó la designación del Consejero Presidente y de las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General.

VII. El 7 de octubre de 2014, el Consejo General, mediante el Acuerdo ACU-52-14, aprobó la integración de las Comisiones Permanentes de este Instituto Electoral, dentro de las que se encuentra la Comisión Permanente de Normatividad y Transparencia, cuya integración es la siguiente:

Consejera Electoral Dania Paola Ravel Cuevas ............. Presidenta

Consejero Electoral Pablo César Lezama Barreda ......... Integrante

Consejera Electoral Gabriela Williams Salazar ............... Integrante

VIII. El 19 de diciembre de 2014, mediante el Acuerdo ACU-231-14, el órgano superior de dirección de este Instituto Electoral aprobó reformar el Reglamento Interior.

IX. El 19 de diciembre de 2014, mediante Acuerdo ACU-232-14, el órgano superior de dirección de este Instituto Electoral aprobó reformar el Reglamento de Sesiones.

X. El 16 de febrero de 2015, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó, mediante Acuerdo ACU-21-15, la creación de la Comisión Provisional para promover la Igualdad de Género y los Derechos Humanos (Comisión Provisional), la cual quedó formalmente instalada el 27 de febrero de 2015.

XI. El 30 de marzo de 2015, la Comisión Provisional aprobó su Programa Anual de Trabajo.

XII. La Comisión Provisional mediante oficio IEDF/CPIGyDH/144/2016, de fecha 29 de febrero de 2016, envió a la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos, la propuesta de Armonización de los Reglamentos Interior y de Sesiones del Consejo General y de Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal con la finalidad de que de acuerdo a las

74 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Abril de 2016

atribuciones de dicha Unidad Técnica, fuera presentada ante la Comisión Permanente de Normatividad y Transparencia, para los efectos conducentes.

XIII. La Comisión Provisional en su Décima Segunda Sesión Ordinaria, celebrada los días 26 y 29 de febrero de 2016, dio por concluidos sus trabajos.

XIV. La Comisión Permanente de Normatividad y Transparencia, en el ámbito de sus atribuciones, en su Segunda Sesión Extraordinaria del año 2016, celebrada el 14 de marzo del mismo año, mediante Acuerdo CNT/2ªExtra/02.01/16, aprobó someter a consideración del órgano superior de dirección, la propuesta de Armonización tanto del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal como del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal, en términos del anexo que se acompaña.

C o n s i d e r a n d o :

1. Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado C numerales 3, 10 y 11 de la Constitución; 98, numerales 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General); 123, párrafo primero; 124, párrafo primero y 127, párrafo primero, numerales 3, 10 y 11 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (Estatuto de Gobierno), así como 15, 16 y 20 del Código, el Instituto Electoral es un organismo público local, de carácter permanente, autoridad en materia electoral, depositaria de la función estatal de organizar las elecciones en el Distrito Federal en los términos establecidos en la Constitución y en la Ley General, profesional en su desempeño, que goza de autonomía presupuestal en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, tiene personalidad jurídica y patrimonio propios y cuenta con las atribuciones de contribuir al desarrollo y adecuado funcionamiento de la institucionalidad democrática y todas las no reservadas al INE.

2. Que en términos de lo previsto en el artículo 1, párrafos primero y segundo, fracción VIII del Código, las disposiciones contenidas en dicho ordenamiento son de orden público, de observancia general en el Distrito Federal y tienen como finalidad reglamentar las normas de la Constitución y del Estatuto de Gobierno, relativas a la estructura y atribuciones del Instituto Electoral.

3. Que según el artículo 3, párrafos primero y segundo del Código, el Instituto Electoral está facultado para aplicar e interpretar, en su ámbito competencial, las normas establecidas en dicho ordenamiento, atendiendo a los criterios gramatical, sistemático y funcional, conforme a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia. A falta de disposición expresa, se aplicarán los principios generales del derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución.

4. Que de acuerdo con los artículos 120, párrafo segundo del Estatuto de Gobierno; 3, párrafo tercero, así como 18, fracciones I y II del Código, para el debido cumplimiento de sus atribuciones, el Instituto Electoral rige su actuación por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y transparencia. Asimismo, vela por la estricta observancia y el cumplimiento de las disposiciones electorales.

5. Que en términos de los artículos 16 y 17 del Código, el Instituto Electoral tiene su domicilio en el Distrito Federal y se rige para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones contenidas en la Constitución, las Leyes Generales en la materia, el Estatuto de Gobierno, la Ley Procesal Electoral para el Distrito Federal y el propio Código.

6. Que en términos de lo previsto por los artículos 124, párrafo segundo del Estatuto de Gobierno; 21, fracción I y 25, párrafos primero y segundo del Código; el Instituto Electoral cuenta con un Consejo General que es su órgano superior de dirección, el cual se integra por una Presidencia y seis Consejeras y Consejeros Electorales con derecho a voz y voto. Asimismo, son integrantes de dicho colegiado sólo con derecho a voz, la Secretaría Ejecutiva del Consejo, y una representación por cada Partido Político con registro nacional o local. Adicionalmente, en las sesiones que celebre el Consejo General del Instituto Electoral, participarán como invitadas e invitados permanentes, sólo con derecho a voz, una diputada o un diputado de cada Grupo Parlamentario de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Asamblea Legislativa).

7. Que el artículo 32 del Código dispone que el Consejo General del Instituto Electoral funciona de manera permanente y en forma colegiada, mediante la celebración de sesiones públicas de carácter ordinario o extraordinario, convocadas por la Presidencia del mismo. Sus determinaciones se asumen por mayoría de votos, salvo los asuntos que expresamente requieran votación por mayoría calificada, y éstas revisten la forma de Acuerdo o Resolución, según sea el caso.

8. Que con base en los artículos 35, fracción IV y 50 del Código, el Consejo General del Instituto Electoral, en todo tiempo, podrá integrar las Comisiones Provisionales que considere necesarias para la realización de tareas específicas dentro de un determinado lapso, en cuyo acuerdo de creación se deberá establecer el objeto o actividades específicas y plazo para el cumplimiento del asunto encomendado, que no podrá ser superior a un año.

9. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Código, las Comisiones son instancias colegiadas con facultades de deliberación, opinión y propuesta; se integrarán por una Presidencia y dos Consejeras y Consejeros Electorales, con derecho a voz y voto; contarán con una Secretaría Técnica con derecho a voz, designado por sus integrantes a propuesta de su Presidencia y tendrá el apoyo y colaboración de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto Electoral.

10. Que la Comisión Provisional tenía, entre otras atribuciones, la de impulsar proyectos de normativa en materia de igualdad y derechos humanos, en lo que sea aplicable al Instituto Electoral.

II. Que el artículo 1, párrafos tercero y quinto de la Constitución, mandata que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR