Acuerdo 33/2016 por el que se autoriza el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal de la Policía Auxiliar, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, 44, 122 base segunda, fracción II y base tercera, y 123 apartado B, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 15 fracción X, 16 fracción IV, 17, 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 7, 27 fracción I y II, 34 fracciones VII, IX, y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 8 fracción III y 51 Bis de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 5 fracción II, 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 1, 8 fracción II, 3 fracción II inciso a), 5, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la seguridad pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, cuya actuación se rige por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública, ejercer el mando directo de la policía, así como la libre designación y remoción de los servidores públicos titulares de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas policiales y expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las Funciones de la Secretaría.

Que la Policía Auxiliar, es integrante de la Policía Complementaria que forma parte de la Policía de la Ciudad de México.

Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Seguridad Publica para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio y desean dar por terminada su relación con esta Dependencia, es el de Baja Voluntaria, en el que los interesados en acogerse a este beneficio tienen la posibilidad de recibir una retribución extraordinaria por concepto de indemnización por una sola vez, además de la pensión que por ley les corresponde.

Que la aplicación de este Programa de Baja Voluntaria requiere de un Acuerdo para que se lleve a cabo de manera puntual, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO 33/2016 POR EL QUE SE AUTORIZA EL PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO CON INDEMNIZACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA POLICÍA AUXILIAR, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016

Único.- Se autoriza el Acuerdo del Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo y Administrativo de la Policía Auxiliar, correspondiente al ejercicio 2016, conforme a lo siguiente:

  1. - OBJETO

    Apoyar la separación voluntaria de personal Operativo y Administrativo en activo que desee dar por concluidos definitivamente sus servicios, causando baja voluntaria a partir del mes de agosto de 2016, reconociendo el servicio y la antigüedad de aquellos elementos que opten por retirarse, a través del pago de una indemnización.

  2. - ÁMBITO DE APLICACIÓN

    Al presente instrumento se podrá acoger el personal Operativo y Administrativo en activo determinando el cálculo del beneficio de acuerdo a la posición salarial que registre al 16 de mayo de 2016.

    Asimismo, aquellos elementos que cumplan con los...

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