DECRETO No. LX-1487, mediante el cual se reforma la denominación de la Ley; y los artículos 1º; 2º, fracciones IV, V, VI y VII; 3º, fracción III, incisos A) B) y D), VI; 4º, segundo párrafo; 5º, fracciones I y II, inciso A); 6º; 7º, primer párrafo; 8º; 9º; 10, segundo párrafo; 15; 17, segundo párrafo; 18; 19, párrafos tercero y cuarto; 23, fracción I; 26, primer párrafo; 27; 28, fracción III; 29, fracciones I, II, III y IV; 30; 33, fracción III; 34; y se adicionan los artículos 2º, fracciones I, IV, V, IX, X, XI, XII y XIII, recorriéndose las actuales en su orden natural; 3º, fracción VII; 17, tercer párrafo; 18, segundo párrafo; 21, párrafos segundo y tercero; 33, fracción IV, recorriéndose la actual en su orden natural, todos de la Ley para la EntregaRecepción de los Recursos Asignados a los Poderes y Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas.

Extracto


DECRETO No. LX-1487, mediante el cual se reforma la denominación de la Ley; y los artículos 1º; 2º, fracciones IV, V, VI y VII; 3º, fracción III, incisos A) B) y D), VI; 4º, segundo párrafo; 5º, fracciones I y II, inciso A); 6º; 7º, primer párrafo; 8º; 9º; 10, segundo párrafo; 15; 17, segundo párrafo; 18; 19, párrafos tercero y cuarto; 23, fracción I; 26, primer párrafo; 27; 28, fracción III; 29, fracciones I, II, III y IV; 30; 33, fracción III; 34; y se adicionan los artículos 2º, fracciones I, IV, V, IX, X, XI, XII y XIII, recorriéndose las actuales en su orden natural; 3º, fracción VII; 17, tercer párrafo; 18, segundo párrafo; 21, párrafos segundo y tercero; 33, fracción IV, recorriéndose la actual en su orden natural, todos de la Ley para la EntregaRecepción de los Recursos Asignados a los Poderes y Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas.

EUGENIO HERNANDEZ FLORES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGESIMA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 58 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL; 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LX-1487

MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA LA DENOMINACION DE LA LEY; Y LOS ARTICULOS 1º; 2º, FRACCIONES IV, V, VI Y VII; 3º, FRACCION III, INCISOS A) B) Y D), VI; 4º, SEGUNDO PARRAFO; 5º, FRACCIONES I Y II, INCISO A); 6º; 7º, PRIMER PARRAFO; 8º; 9º; 10, SEGUNDO PARRAFO; 15; 17, SEGUNDO PARRAFO; 18; 19, PARRAFOS TERCERO Y CUARTO; 23, FRACCION I; 26, PRIMER PARRAFO; 27; 28, FRACCION II...

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