Acta de instalación del Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses del Tecnológico de Estudios Superiores de Chicoloapan

31 de octubre de 2016 Página 5
CUARTO. Por tratarse de un acuerdo de interés general, se ordena su publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”
del Estado, en el Boletín Judicial del Poder Judicial del Estado de México y en la página de internet institucional.
QUINTO. Lo no previsto en este acuerdo será resuelto por el Consejo de la Judicatura del Estado de México.
Así por unanimidad de votos lo acordó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, y firma al calce el Preside nte, ante la
Secretaria General de Acuerdos, que da fe.
A T E N T A M E N T E
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
MGDO. DR. EN D. SERGIO JAVIER MEDINA PEÑALOZA
(RÚBRICA).
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
M. EN C. P. FABIOLA CATALINA APARICIO PERALES
(RÚBRICA).
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ACTA CEYPCI/TESCH/03-08-2016/INSTALACIÓN
ACTA DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE
CONFLICTO DE INTERESES DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHICOLOAPAN
El día 06 del mes de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las 12:00 horas en las instalaciones del Tecnológico de Estudios Superiores
de Chicoloapan, los servidores(as) públicos cuyos nombres y cargos aparecen al calce de la presente, se reúnen con el objeto de instalar el
Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, en cumplimiento a lo establecido en el punto SEXTO numeral 2 Presencia
Institucional del “Acuerdo del Ejecutivo por el que se expide el Código de Ética de los Servidores(as) Públicos del Estado de México, las
Reglas de Integridad para el Ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los Lineamientos Generales para propiciar su integrid ad a través de
los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses”, publicado el 30 de n oviembre de 2015, en Periódico Oficial, Gaceta del
Gobierno; con la finalidad de llevar a cabo la instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, M. en A. Juan
Antonio Fernández Palma, Director del Tecnológico de Estudios Superiores de Chicoloapan; Lic. Marino Juárez Reyes, responsable de
Servicios Escolares; Lic. Luz Adriana Moreno Hernández, Responsable de la UPPE; M. en A. L. Martín Carrillo Garzón, Responsable de la
Subdirección Académica; L.C. Angélica Magdalena De la Rosa Vázquez, Responsable de la Jefatura de Servicios Administrativos; Lic.
Julieta Azalia Torres Tejeda, Responsable de Psicología; C. Lorena López Guzmán, Secretaria de Dirección, conforme al siguiente:
ORDEN DEL DÍA
I. Objetivo de la reunión.
II. Definición de las atribuciones del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses.
III. Instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses.
IV. Acuerdos
DESARROLLO DE LA REUNIÓN.
Para desahogo del punto número uno, el M. en A. Juan Antonio Fernández Palma Director del Tecnológico y presidente de este Comité,
comunicó que el objetivo de la reunión es conformar el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses del Tecnológico de
Estudios Superiores de Chicoloapan, en atención a lo establecido el acuerdo del ejecutivo del estado por el que se expide el código de ética
de los servidores(as) públicos del Estado de México, las reglas de integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los
lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los comités de ética y de prevención de conflicto de intereses.
Como desahogo del punto número dos, M. en A. Juan Antonio Fernández Palma, hizo mención de las funciones del Comité de Ética y de
Prevención de Conflicto de Intereses del Tecnológico de Estudios Superiores de Chicoloapan, las cuales se describen a continuación:
1. Establecer las bases para su integración, organización y funcionamiento, en términos de lo previsto en los lineamientos generales.
2. Elaborar y aprobar, durante el primer trimestre de cada año, su programa anual de trabajo que contendrá cuando menos, los
objetivos, metas y actividades específicas que tenga previsto llevar a cabo, así como enviar una copia del mismo a la Secretaría
de la Contraloría, dentro de los veinte días hábiles siguientes a su aprobación.
3. Vigilar la aplicación y cumplimiento del Código de Ética y las Reglas de Integridad.
4. Participar en la elaboración, revisión y actualización del Código de Conducta, así como vigilar su aplicación y cumplimiento.
5. Determinar, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de la Contraloría, los indicadores de cumplimiento de los
Códigos de Ética y de Conducta, así como el método para medir y evaluar anualmente los resultados obtenidos. Los resultados y
su evaluación se difundirán en la página de Internet del Tecnológico.

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