NOM-023-ENER-2010: Eficiencia Energética en Acondicionadores de Aire Tipo Dividido, Descarga Libre y Sin Conductos de Aire. Límites, Método de Prueba y Etiquetado.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-023-ENER-2010
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaFabricación de Equipo de Generación Eléctrica y Aparatos y Accesorios Eléctricos
ProductoAcondicionadores

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-023-ENER-2010, EFICIENCIA ENERGETICA EN ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDO, DESCARGA LIBRE Y SIN CONDUCTOS DE AIRE. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y ETIQUETADO.

EMILIANO PEDRAZA HINOJOSA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, con fundamento en los artículos 33 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, 7 fracción VII, 10, 11 fracciones IV y V y quinto transitorio de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; 38 fracción II, 40 fracciones I, X y XII, 41 y 43 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3 fracción VI inciso c), 33, 34 fracciones XIX, XXII, XXIII, XXIV y XXV, y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-023-ENER-2010, EFICIENCIA ENERGETICA EN ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDO, DESCARGA LIBRE Y SIN CONDUCTOS DE AIRE. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y ETIQUETADO

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, define las facultades de la Secretaría de Energía, entre las que se encuentra la de expedir normas oficiales mexicanas que promueven la eficiencia del sector energético;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización señala como una de las finalidades de las normas oficiales mexicanas el establecimiento de criterios y/o especificaciones que promuevan el mejoramiento del medio ambiente, la preservación de los recursos naturales y salvaguardar la seguridad al usuario;

Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-ENER-2008, Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire. Limites, método de prueba y etiquetado. Lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2010, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de norma oficial mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de norma oficial mexicana, mismos que fueron analizados por el Comité, realizándose las modificaciones conducentes al proyecto de NOM. Las respuestas a los comentarios fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2010.

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente norma oficial mexicana: NOM-023-ENER-2010, Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire. Límites, método de prueba y etiquetado.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 1 de diciembre de 2010.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Emiliano Pedraza Hinojosa.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-023-ENER-2010, EFICIENCIA ENERGETICA EN ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDO, DESCARGA LIBRE Y SIN CONDUCTOS. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y ETIQUETADO

PREFACIO

Esta norma oficial mexicana fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:

- Asesoría y Pruebas a Equipo Eléctrico y Electrónico, S.A. de C.V. (Apeesa)

- Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos A.C. (Anfad)

- Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (Ance)

- Carrier México, S.A. de C.V.

- Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica (Fide)

- Industrias Radson, S.A. de C.V. (laboratorio de pruebas)

- Instituto de Investigaciones Eléctricas (IIE)

- Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM)

- Johnson Controls de México, S.A. de C.V.

- Laboratorios Radson S.A. de C.V.

- LG Electronics México, S.A. de C.V.

- Mabe México, S.A. de C.V.

- Metrología y Pruebas, S.A. de C.V.

- Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico (Paese)

- Rheem de México, S.A. de C.V.

- Samsung Electronics Corporativo S.A. de C.V.

- Secretaría de Economía, Dirección General de Normas

- Trane S.A. de C.V.

- Universidad Autónoma Metropolitana

- Whirpool México, S.A. de C.V.

- York México, S.A. de C.V.

INDICE

  1. Objetivo

  2. Campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

    4.1 Acondicionador de aire, de descarga libre sin conductos de aire, constituido por dos cuerpos (Minisplit)

    4.2 Acondicionador de aire, de descarga libre sin conductos de aire, constituido por más de dos cuerpos (Multisplit)

    4.3 Aire de nivelación

    4.4 Calorímetro de cuarto

    4.5 Capacidad sensible de enfriamiento

    4.6 Capacidad latente de enfriamiento

    4.7 Capacidad total de enfriamiento

    4.8 Coeficiente de calor sensible

    4.9 Descarga de aire al interior

    4.10 Efecto neto total de enfriamiento de un acondicionador de aire

    4.11 Flujo de aire

    4.12 Flujo de calor fugado

    4.13 Frecuencia asignada

    4.14 Igualador de presiones

    4.15 Ingreso de aire al equipo

    4.16 Medio ambiente

    4.17 Medio circundante

    4.18 Cuerpo

    4.19 Operación continua

    4.20 Operación intermitente

    4.21 Potencia efectiva de entrada (PE)

    4.22 Potencia total de entrada (Pt)

    4.23 Relación de eficiencia energética (REE)

    4.24 Tensión eléctrica asignada

    4.25 Termostato

  5. Clasificación

  6. Especificaciones

    6.1 Límites de valor de relación de eficiencia energética (REE)

    6.2 Determinación de los valores de (REE)

  7. Muestreo

  8. Criterio de aceptación

  9. Métodos de prueba

    9.1 Eficiencia energética

    9.1.1 Instrumentos de medición y equipo de prueba

    9.1.2 Instalación del equipo

    9.1.3 Condiciones de prueba

    9.1.4 Procedimiento

    9.1.5 Cálculo del efecto neto total de enfriamiento en el lado interno del calorímetro

    9.1.6 Cálculo del efecto neto total de enfriamiento en el lado externo del calorímetro

    9.1.7 Cálculo de la relación de eficiencia energética (REE)

    9.2 Datos a registrar

  10. Etiquetado

    10.1 Permanencia

    10.2 Información

    10.3 Dimensiones

    10.4 Distribución de la información y colores

  11. Vigilancia

  12. Evaluación de la conformidad

  13. Bibliografía

  14. Concordancia con normas internacionales

  15. Transitorios

    Apéndices Normativos

    Apéndice A. Tipos de calorímetros

    Apéndice B. Calibración del calorímetro

    Apéndice C. Nomenclaturas a registrarse durante la prueba

    Apéndice D. Instrumentos de medición y variación permisibles

    Apéndice E. Ejemplo de etiqueta para acondicionadores de aire

    Apéndices Informativos

    Apéndice F. Tablas de equivalencias de unidades

  16. Objetivo

    Esta norma oficial mexicana establece la Relación de Eficiencia Energética (REE) mínima que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire (conocidos como minisplit y multisplit), de ciclo simple (solo frío) o con ciclo reversible (bomba de calor), que utilizan condensadores enfriados por aire.

    Establece además, el método de prueba que debe aplicarse para verificar dicho cumplimiento y define los requisitos que se deben de incluir en la etiqueta de información al público.

  17. Campo de aplicación

    Esta norma oficial mexicana aplica para los acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire (conocidos como minisplit y multisplit); de ciclo simple (solo frío) o con ciclo reversible (bomba de calor), que utilizan condensadores enfriados por aire, operados con energía eléctrica, en capacidades nominales de enfriamiento de 1 Wt hasta 19 050 Wt que funcionan por compresión mecánica.

    Esta norma oficial mexicana se limita a los sistemas que utilizan uno o varios circuitos simples de refrigeración con evaporador y condensador, comercializados en los Estados Unidos Mexicanos.

    Se excluyen del campo de aplicación los siguientes aparatos:

    1. Las bombas de calor a base de agua;

    2. Las unidades que se diseñan para utilizarse con conductos adicionales;

    3. Las unidades móviles (que no son de tipo ventana) que tienen un conducto condensador de escape.

    4. Las unidades con compresor de frecuencia y/o flujo de refrigerante variable

  18. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta norma oficial mexicana debe consultarse y aplicarse la Norma Oficial Mexicana siguiente o la que la sustituya:

    - NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

  19. Definiciones

    Para los efectos de esta norma oficial mexicana se aplican las siguientes definiciones y cuando se use el término acondicionador de aire, debe entenderse que se refiere a los acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire (conocidos como minisplit y multisplit):

    4.1 Acondicionador de aire, de descarga libre sin conductos de aire, constituido por dos cuerpos (Minisplit).

    Es un acondicionador de aire, constituido por dos cuerpos, uno al interior del cuarto, espacio o zona cerrada (espacio acondicionado) y otro al exterior conectados por...

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