Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 16 de Marzo de 2017

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 16 de marzo de 2017
6a. época
5482
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO MIL OCHOCIENTOS
CUATRO.- Por el que se reforman distintas
disposiciones del diverso mero ciento
noventa y uno que crea el organismo
descentralizado denominado “Comisión
Estatal de Reservas Territoriales”:
………………………………Pág. 2
DECRETO NÚMERO MIL OCHOCIENTOS
CINCO.- Por el que se reforman disposiciones
de diversas leyes estatales, en materia de
competencia económica y libre concurrencia.
………………………………Pág. 8
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Reglas de Operación del Programa Apoyo
para la creación de Talleres de Costura para
Jefas de Familia 2017.
………………………………Pág. 26
Convocatoria para participar en el Programa
de Apoyo para la creación de Talleres de
Costura para Jefas de Familia 2017.
………………………………Pág. 31
Reglas de Operación del Programa de Apoyo
a Proyectos Productivos para Jefas de
Familia: “Empresas de la Mujer Morelense”
2017.
………………………………Pág. 42
Convocatoria para participar en el Programa
de Apoyo a Proyectos Productivos para Jefas
de Familia: para el fortalecimiento de
“Empresas de la Mujer Morelense”.
………………………………Pág. 50
Convocatoria para participar en el Programa
de Apoyo a Proyectos Productivos para Jefas
de Familia: “Empresas de la Mujer Morelense”
para Proyectos Nuevos 2017.
………………………………Pág. 62
CONSEJERÍA JURÍDICA
Fe de Erratas al Decreto por el que se
determina la naturaleza jurídica como
fideicomiso público y demás particularidades
para su operación, de la entidad paraestatal
denominada “Auditorio Cultural
„Teopanzolco‟”, publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, número 5480, de
fecha 09 de marzo de 2017.
………………………………Pág. 76
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 16 de marzo de 2017
Al margen izquierdo un Escudo del estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO
a) La Quincuagésima Segunda Legislatura
recibió, mediante oficio número SG/0129/2015, de
fecha 25 de junio del año 2015, la Iniciativa de Decreto
por el que se Reforman Distintas Disposiciones del
Diverso Número Ciento Noventa y Uno que Crea el
Organismo Descentralizado denominado “Comisión
Estatal de Reservas Territoriales”
b) En sesión ordinaria de la Honorable
Asamblea de la LIII legislatura del Congreso del
Estado de Morelos, celebrada el día 14 de febrero de
2017, se determinó turnar a la Comisión de Planeación
para el Desarrollo y Asentamientos Humanos, el oficio
remitido por el Secretario de Gobierno, por medio del
cual remite solicitud del Gobernador Constitucional del
Estado, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, para que
la Iniciativa de Decreto por el que se Reforman
Distintas Disposiciones del Diverso Número Ciento
Noventa y Uno que Crea el Organismo
Descentralizado Denominado “Comisión Estatal de
Reservas Territoriales” que fuera presentada a La
Quincuagésima Segunda Legislatura, mediante oficio
número SG/0129/2015, sea considerada con carácter
de iniciativa preferente.
c) En consecuencia de lo anterior, la Diputada
Beatriz Vícera Alatriste, Presidente de la Mesa
Directiva del Congreso del Estado de Morelos, turnó a
esta Comisión de Planeación para el Desarrollo y
Asentamientos Humanos, la mencionada iniciativa,
para su análisis y dictamen correspondiente;
instrucciones que ejecutó el Lic. Carlos Hernández
Adán, Secretario de Servicios Legislativos y
Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos,
mediante oficio número
SSLyP/DPLyP/AÑO2/P.O.2/1287/17,
de
fecha catorce de febrero del presente año.
d) Con fecha 15 de febrero del 2017, se
recibió en esta Comisión de Planeación para el
Desarrollo y Asentamientos Humanos la iniciativa,
iniciándose su análisis y dictamen.
II.- MATERIA DE LA INICIATIVA
La propuesta de Iniciativa de Decreto por el que
se reforman distintas disposiciones del Diverso
Número Ciento Noventa y Uno que crea el Organismo
Descentralizado Denominado “Comisión Estatal de
Reservas Territoriales”, turnada a esta Comisión
dictaminadora, expone de manera sintética lo
siguiente:
1.- Replantear los alcances de la Comisión
Estatal de Reservas Territoriales, dándole las
atribuciones e instrumentos necesarios para ampliar
sus posibilidades de operación para incidir
directamente en el mercado de suelo, con una visión
que pase de las acciones limitadas y de coyuntura, a
desarrollar enfoques preventivos y de largo plazo, para
lograr una política de suelo que asegure un adecuado
desarrollo urbano del Estado.
2.- Los ejes sustantivos que se plantean para el
nuevo diseño de la Comisión Estatal de Reservas
Territoriales son:
Atender los procesos de regularización integral
del suelo.
Constituir reservas territoriales.
Ofertar suelo para los distintos usos y
necesidades
Coordinar con otras instancias gubernativas la
adecuada gestión y uso de su territorio.
III.- CONTENIDO DE LA INICIATIVA
El iniciador justifica su propuesta de reforma
que consiste en ampliar las facultades del órgano
descentralizado del Gobierno Estatal, denominado
Comisión Estatal de Reservas Territoriales, como el
medio necesario para que dicha institución, sea idónea
para resolver los retos futuros en materia de suelo y
reserva territorial, en razón de lo siguiente:
Al Gobierno del Estado le corresponde ejecutar
la normativa en materia de ordenamiento territorial de
los asentamientos humanos y de desarrollo urbano
sustentable de los centros de población,
constituyendo, administrando y promoviendo reservas
territoriales, dotación de infraestructura, equipamiento
y servicios urbanos, así como la protección y
mantenimiento del equilibrio ecológico.
Hoy Morelos enfrenta una intensa problemática
relacionada con los asentamientos humanos
irregulares, que en parte se debe a que el 71.42% del
territorio es tierra social, la cual fue originalmente
destinada para el aprovechamiento agropecuario y
que hoy está sujeta a procesos de urbanización no
regulados.
La ausencia de una política de oferta de reserva
territorial y el adecuado control en el uso y
aprovechamiento del suelo han traído como
consecuencia un crecimiento urbano desordenado,
expansivo e incluso, asentado sobre zonas de riesgo.
Aprovechar que el actual marco legal agrario
permite la desincorporación de las tierras del régimen
ejidal o comunal sin necesidad de recurrir a la
expropiación por causa de utilidad pública, lo cual
permite que las comunidades agrarias puedan
coordinarse con el gobierno para diseñar estrategias
que permitan dar orden y legalidad al futuro
crecimiento de los centros urbanos de Morelos.
16 de marzo de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Se estima necesario que el Gobierno del
Estado, por conducto de la Comisión Estatal de
Reservas Territoriales (CERT) deba contar con el
sustento legal para crear un banco de suelo en cada
localidad, a fin de satisfacer de manera ordenada,
anticipada y a costos viables las necesidades de
vivienda, equipamiento urbano y desarrollo regional, y
abatir la ocupación irregular del suelo.
Se debe concebir como un programa
autofinanciable no lucrativo para las instituciones
públicas que participan en la adquisición, expropiación
o desarrollos, por lo que se debe contar con
mecanismos de recuperación.
La iniciativa pretende lograr un proyecto de
urbanización ordenado, en el cual, ampliando las
facultades, el Gobierno, pueda aportar reservas
territoriales, reubicar asentamientos humanos, o
integrarlos a un desarrollo urbano ordenado. También
generar mecanismos para ofrecer tierra regular a la
población de bajos ingresos, necesidad que el
mercado abierto no puede ofrecer, por lo que se
requiere de la subsidiaridad gubernamental.
La regularización del suelo debe considerar no
solo lo relativo a la tenencia, sino a otras modalidades
como: la ocupación ilegal de propiedades públicas, la
irregularidad urbanística (zonas urbanas que no
cuentan con el mínimo de infraestructura,
equipamiento, servicios públicos y seguridad),
irregularidad en la tenencia derivada de la compra
ilegal de suelo, carencia de los títulos de propiedad e
invasión de viviendas.
IV. VALORACIÓN DE LA INICIATIVA
De conformidad con lo establecido por la
fracción II, del artículo 104, del Reglamento para el
Congreso del Estado de Morelos, los diputados
integrantes de la Comisión de Planeación para el
Desarrollo y los Asentamientos Humanos, con el
propósito de esclarecer los alcances de la iniciativa
que se propone, hemos realizado el estudio y análisis
correspondiente de la presente propuesta, partiendo
de lo general, para determinar la procedencia o
improcedencia de la misma, de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
PROLEGÓMENOS
“Stadtluft macht frei”. El aire de la ciudad nos
hace libres. Este viejo proverbio alemán que narraba
el hecho de que los siervos cuando alcanzaban la
ciudad quedaban liberados, se ha conservado por la
noción de que la ciudad lo urbano- es el ámbito de la
subjetividad, de la voluntad individual libre, del crisol
de la interacción, la innovación y las oportunidades.
Todo esto en comparación con el otro arquetipo de la
organización social, el campo. Para la dialéctica, es
paradigma de la contradicción el binomio “campo –
ciudad”.
Esta oposición y lucha por el control territorial
entre campo y ciudad se ha hecho visible a través de
la historia en múltiples aspectos, pero baste con
señalar algunos: la ciudad alberga los sectores de la
economía secundaria y terciaria, es el mercado del
trabajo industrial (Marx), el espacio para el consumo y
la reproducción de la fuerza de trabajo (Castells), es
en metáfora biológica, un organismo viviente
(Mumford), es un sistema organizado, un centro de
eficiencia dinámica, permite actividades sostenidas por
los excedentes de producción, es el centro de la
fijación de los precios de los tres sectores de la
economía, opera en términos de la especialización del
trabajo y hace un uso intensivo del suelo. El campo,
en cambio se conceptualiza como el espacio para la
producción primaria, el uso extensivo del suelo y de la
no especialización del trabajo.
En cuanto a la competencia espacial, la ciudad
tiene su génesis en el principio de aglomeración
(ventajas de economía de escala, de localización y de
urbanización), la base de su organización espacial en
el principio de accesibilidad (competencia entre las
actividades por el espacio, el mercado del suelo)
establece un sistema territorial en base al principio de
interacción (o demanda de movilidad y contactos) y la
estructura de funcionamiento en base al principio de
jerarquía o del orden de las ciudades. El campo se
organiza espacialmente en términos de las ventajas de
la riqueza natural intrínseca- como la fertilidad, el
clima, la disponibilidad de agua, y de la infraestructura
que permite tener acceso a los insumos y al mercado
de consumo. Derivado de esto es que el valor del
suelo agrícola es absoluto, en términos de sus
características intrínsecas y de distancia a los
mercados (modelo de Von Thünen de las
localizaciones agrícolas), y el valor del suelo urbano
es relativo a su uso potencial, a la fricción que se
opone a la movilidad y que debe vencerse para
alcanzar los mercados y a las ventajas de localización
y urbanización; entre ciudades, por el entorno urbano
que le permita reducir los costos de incertidumbre que
se logra mediante las ventajas derivadas de las
capacidades del capital humano.
En los modelos socioeconómicos marxistas se
favorece la organización espacial rural, donde resulta
más simple la disolución de la propiedad privada y la
socialización de los medios de producción; por ello
Mao Tse Tung trabajó tanto en el modelo agrícola de
China. En cambio, el liberalismo económico se
acomoda mejor a un espacio urbano, donde el suelo
es un bien que sigue las reglas del libre mercado.
México es un caso donde la tensión entre
campo y ciudad se exacerbó al coincidir un modelo de
tenencia social en el campo, los ejidos y las
comunidades, decretado por el Presidente Lázaro
Cárdenas, mientras que un sexenio después, el
presidente Manuel Ávila Camacho impulsó el
desarrollo urbano para favorecer la industrialización,
política continuada por su sucesor, el presidente
Miguel Alemán. El marco legal y el orden social se
vieron forzados a crear dos mundos distintos para
albergar a cada una de estas realidades, y la
coexistencia de estos dos modelos de desarrollo
económico contradictorios, con el tiempo, implicó un
tejido complejo de puentes para intentar salvar los
problemas entre sus fronteras.

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