Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 10 de Febrero de 2017

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CVIII 3ra. Epoca Culiacán, Sin., Viernes
10
de Febrero de 2017. No. 020
ÍNDICE
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
COMISIÓN
ESTATAL
DE
AG
1
JA
POTABLE
Y
ALCANTARILLADO
DE
SINALOA
Acuerdo que
Crea
la Unidad de Transparencia de la Comisión Estatal de Agua Potable y
Alcantarillado de Sinaloa.
CENTRO
DE
INTERNAMIENTO
PARA
ADOLESCENTES
DEL
ESTADO
DE
SINALOA
Acuerdo que Crea la Unidad de Transparencia del Centro de Internamiento para Adolescentes del
Estado de Sinaloa.
SECRETARÍA
DE
AGRICULTURA
Y
GANADERÍA
FIDEICOMISO FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE SINALOA
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2016.
HOSPITAL
CIVIL
DE
CULIACÁN
Avance Financiero, relativo
al
Cuarto Trimestre de 2016.
2 -
13
AYUNTAMIENTOS
SISTEMA
MUNICIPAL
PARA
EL
DESARROLLO
INTEGRAL
DE
LA
FAMILIA
Municipio de Mocorito.-Avance Financiero, relativo
al
Cuarto Trimestre de 2016.
CENTRO
DEPORTIVO
Y
RECREATIVO
BENITO
JUÁREZ
DE
MAZATLÁN
Municipio de Mazatlán.-Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2016.
14
-
15
AVISOS GENERALES
Segunda Convocatoria de Asamblea General Ordinaria de Accionistas.- Ciudad Industrial Mazatlán,
S.A. de C.V.
Acuerdo de Distribución Parcial.- AZUCO, S.A. de
C.V.
16
-
17
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
18 -32
AVISOS NOTARIALES
32
RESPONSABLE: Secretarla General de Gobierno. DIRECTOR: M.C. Christopher Cossfo Guerrero
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
10
de Febrero de 2017
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
COMISIÓN
ESTATAL
DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE
SINALOA
COMISIÓN ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SINALOA
LIC. LILIANA ANGELICA CÁRDENAS VALENZUELA,
en
mi
carácter de Vocal Ejecutiva
de
la
Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Sinaloa, mismo que es
un
organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado,
con
personalidad jurídica y patrimonio propios, y
con
fundamento
en
los artículos 1º, y
10
fracción XVI, de
la
Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa;
en
los
artículos 1º, 3º, 4º, 7º, 8º, 11º, y 28º de Ley Orgánica de
la
Administración Pública del
Estado de Sinaloa; así como
en
los numerales 1
º,
2º,
y
del Reglamento Orgánico de
la
Administración Pública Estatal de Sinaloa; artículo 22º fracción
11,
67º, 68º, 69º y
Transitorio Cuarto de
la
Ley de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública del
Estado de Sinaloa;
y,
CONSIDERANDO
Que por Decreto Presidencial
el
día
04
de mayo del 2015, se expide
la
Ley General de
Transparencia y Acceso a
la
Información Publica, misma que se publica
el
citado día,
causando efectos
al
día inmediato siguiente, misma que tiene por objeto establecer los
principios, bases generales y procedimientos para garantizar
el
derecho de acceso a
la
información
en
posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los
poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos,
fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato
que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de
la
federación, las
entidades federativas y los municipios.
Que por Decreto Legislativo
No.
548 de fecha
03
de mayo de 2016
se
expidió
la
Ley
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública del Estado de Sinaloa,
la
que
fu
publicada
en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa"
No.
054 de fecha
04
del mes y año
citados, misma que
en
sus artículos
67,
68 y
69,
disponen que los sujetos obligados deben
contar
con
una Unidad de Transparencia cuyo responsable será designado por
su
Titular,
con sus funciones de recabar y difundir información a que
se
refieren las obligaciones de
transparencia; recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a
la
información, entre otras,
por lo cual, he tenido a bien, con aprobación del Consejo Directivo, expedir
el
siguiente:
ACUERDO QUE CREA LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN
ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SINALOA
Artículo Primero.
Se
crea
la
Unidad de Transparencia del Comisión Estatal de Agua
Potable y Alcantarillado de Sinaloa, como
la
unidad administrativa designada para ejercer,
Viernes 1 O de Febrero de
201
7 «EL ESTADO DE SINALOA» 3
coordinar, aplicar y desarrollar las facultades, funciones,
princ1p1os
y competencias
previstas en las disposiciones legales
en
materia de transparencia, acceso a
la
información, protección de datos personales, participación ciudadana y gobierno abierto,
de conformidad con los artículos 67º, 68º y 69º de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de Sinaloa.
La
Unidad de Transparencia estará adscrita, y dependerá e informará
al
Vocal Ejecutivo
de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Sinaloa.
Artículo Segundo. La Unidad de Transparencia contará con los recursos humanos,
materiales y financieros que resulten necesarios para
su
óptima operación y
funcionamiento, en términos de la normatividad aplicable y la disponibilidad
presupuestaria, así como de instalaciones acorde a las funciones que desempeña.
Se integrará como mínimo por una Dirección, misma que fungirá como Responsable
de
la
misma Unidad, así como con el personal de apoyo suficiente para el eficaz cumplimiento
de
su
objetivo.
Artículo Tercero.
El
Responsable de
la
Unidad de Transparencia será designado y
removido libremente por el Vocal Ejecutivo de la Comisión Estatal de Agua Potable y
Alcantarillado de Sinaloa, y deberá reunir los requisitos siguientes:
a)
Ser ciudadano o ciudadana mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos;
b)
Tener cuando menos veinticinco año cumplidos el día de
su
designación;
c)
Contar con título de licenciatura o grado académico afín, de preferencia con orientación
al estudio de las Leyes;
d) Contar con experiencia en las materias relacionadas con el objeto de
la
Unidad de
Transparencia;
y,
e) Ser de notoria buena conducta y no haber sido condenado o condenada, mediante
sentencia irrevocable, como responsable de
un
delito doloso.
Artículo Cuarto.
En
atención
al
artículo 68º de la Ley de la materia, en el ámbito Estatal,
la Unidad de Transparencia de
la
Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de
Sinaloa, tendrá las siguientes funciones:

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