Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 13 de Febrero de 2017 (Primera Secc.)

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE FINANZAS
SECRETARÍA DE BIENESTAR Y DESARROLLO SOCIAL
DIF ESTATAL
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y COMUNICACIONES
INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
H. AYUNTAMIENTO DE EL LLANO
H. AYUNTAMIENTO DE PABELLÓN DE ARTEAGA
Í N D I C E :
Página 64
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
PRIMERA SECCIÓN
TOMO LXXX Aguascalientes, Ags., 13 de Febrero de 2017 Núm. 7
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Febrero 13 de 2017
(Primera Sección)
SECRETARÍA DE FINANZAS
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en el ejercicio
de las facultades que me coneren los artículos 36 y 46 fracción I de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes, vigente; artículos 2°, 10 fracciones I y V y 11 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Adminis-
tración Pública del Estado de Aguascalientes, vigente; artículo 6° penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación
Fiscal, vigente; artículo 14 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes, vigente; numeral 5,
fracción I, del Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la Publicación de la Información a que se
reere el Artículo 6° de la Ley de Coordinación Fiscal, publicado en el Diario Ocial de la Federación (DOF) el
día 14 de febrero de 2014, tengo a bien expedir el ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALEN-
DARIO DE ENTREGA, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO LOS MONTOS
ESTIMADOS QUE RECIBIRÁN LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR CONCEPTO
DE PARTICIPACIONES FEDERALES Y ESTATALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, mismo que hago
bajo los siguientes
C O N S I D E R A N D O S :
30 de noviembre de 2016, prevé en su artículo 3, fracción I y en el Anexo 1, los recursos correspondientes al
Ramo General 28, en el cual se contemplan las Participaciones de las Entidades Federativas y de los Muni-
cipios. Por su parte el Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal 2017,
publicado en el POE el día 31 de diciembre de 2016, prevé en su artículo 100 y Anexos 3 y 4, los recursos
provenientes de la proporción de los ingresos federales que recibe el Estado y los Municipios, por su adhesión
al Pacto Federal y al Sistema de Coordinación Fiscal.
La Ley de Coordinación Fiscal, establece la obligación que tiene la Federación con las Entidades Federa-
tivas, de distribuir los recursos provenientes del Ramo General 28 contemplado en el Presupuesto de Egresos
de la Federación, así como de las Entidades Federativas de realizar cuando corresponda, dicha distribución
entre los Municipios que la integran, a n de establecer la participación que corresponda a sus Haciendas
Públicas en los ingresos federales y en su caso, en los ingresos estatales, conforme a la Ley de Coordinación
Fiscal del Estado de Aguascalientes.
De conformidad con el artículo 44, último párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante publicación en el DOF del día 21 de di-
ciembre de 2016, emitió el Acuerdo por el que se da a conocer a los Gobiernos de las Entidades Federativas
la Distribución y Calendarización para la Ministración durante el Ejercicio Fiscal 2017, de los Recursos Corres-
pondientes a los Ramos General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y Municipios, con el objeto de contribuir a mejorar la planeación del
gasto de las Entidades Federativas y de los Municipios.
Asimismo, mediante publicación en el DOF de fecha 30 de enero de 2017, la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público emitió el Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas
y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General
de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio scal de 2017, de acuerdo con lo que
establece el artículo 3, párrafo primero de la Ley de Coordinación Fiscal.
El penúltimo párrafo del artículo 6°, de la Ley de Coordinación Fiscal, establece que los gobiernos de las
entidades, a más tardar el 15 de febrero, deberán publicar en su Periódico Ocial conforme a los Lineamien-
tos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en su página de internet
el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados, de las
participaciones que las entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus municipios. Por
lo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió mediante publicación en el Diario Ocial de la
Federación del día 14 de febrero de 2014, el Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la Publica-
ción de la Información a que se reere el Artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, a través de los cuales
se establecen los criterios aplicables a la publicación que deberá observar cada Entidad Federativa, y en los
cuales se establece la obligación para el Estado, de publicar dicho Calendario y Montos mediante un Acuerdo.
En el tenor expuesto, se emite el siguiente
A C U E R D O :
PRIMERO.- En cumplimiento a la obligación contenida en el Artículo 6° de la Ley de Coordinación Fiscal
y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes, se dan a conocer los porcentajes y los
montos estimados que recibirán los Municipios del Estado de Aguascalientes por concepto de participacio-
nes del Fondo General de Participaciones, del Fondo de Fomento Municipal, del Fondo de Fiscalización y
GOBIERNO DEL ESTADO
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Febrero 13 de 2017 (Primera Sección)
Recaudación, del Impuesto a la Gasolina y Diesel, del Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido
Alcohólico, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, del
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos Automotores
y del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos Nuevos y de hasta 9 años modelo anterior, así como del
Impuesto Sobre la Renta Participable, para el ejercicio scal 2017.
La estimación de las participaciones, se efectuaron en base a los montos estimados que recibirá el Es-
tado de Aguascalientes, publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Diario Ocial de la
Federación el 21 de diciembre de 2016 y el 30 de enero de 2017, así como en los montos aprobados en la
Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Periódico Ocial
del Estado el 31 de diciembre de 2016.
La distribución por Municipio del Estado de Aguascalientes de dichas estimaciones, se realizó conside-
rando los coecientes aplicables en el mes de enero de 2017, los cuales se obtuvieron con las fórmulas que
establece la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes. Estos coecientes serán modicados
en el transcurso del presente año de acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Coordinación
Fiscal del Estado de Aguascalientes, una vez que se cuente con la información correspondiente.
El total de participaciones de estos Fondos, así como los montos que nalmente reciba cada Municipio,
se verán modicados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto a la estimación; por
el cambio de los coecientes de participación, por la población según cifras ociales que publique el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y, en su caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos pro-
visionales correspondientes al ejercicio scal de 2016 y 2017, motivo por el cual la estimación no signica
compromiso de pago.
SEGUNDO.- De conformidad con el calendario publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
en el Diario Ocial de la Federación el 30 de enero de 2017 y el artículo 13º de la Ley de Coordinación Fiscal
del Estado de Aguascalientes, el calendario estimado de entrega a los municipios será:
Los totales pueden no coincidir por efectos de redondeo
1/ Incluye Fondo Resarcitorio
2/Se refiere a las participaciones de los recursos que efectivamente perciba la entidad por la aplicación del artículo 4°-A de la Ley de Coordinación Fiscal
3/Se refiere también a los recursos que perciba la entidad del Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
4/Se refiere al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y el Impuesto sobre Tenencia o uso de vehículos Automotores y el Impuesto Sobre Tenencia
o Uso de Vehículos Nuevos y de hasta 9 años modelo anterior
5/Incluye Fondo Especial para el Fortalecimiento de las Haciendas Municipales
La estimación de las participaciones, se efectuaron en base a los montos
estimados que recibirá el Estado de Aguascalientes, publicados por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación el 21 de
diciembre de 2016 y el 30 de enero de 2017, así como en los montos aprobados
en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal 2017,
publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016.
La distribución por Municipio del Estado de Aguascalientes de dichas
estimaciones, se realizó considerando los coeficientes aplicables en el mes de
enero de 2017, los cuales se obtuvieron con las fórmulas que establece la Ley de
Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes. Estos coeficientes serán
modificados en el transcurso del presente año de acuerdo con lo establecido en el
artículo 3° de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes, una
vez que se cuente con la información correspondiente.
El total de participaciones de estos Fondos, así como los montos que finalmente
reciba cada Municipio, se verán modificados por la variación de los ingresos
efectivamente captados respecto a la estimación; por el cambio de los coeficientes
de participación, por la población según cifras oficiales que publique el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y, en su caso, por la diferencia de los
Porce ntaje
Monto
1/
(Pesos) Porcentaje
Monto
(Pesos) Porcentaje
Monto
1/
(Pesos) Porce ntaje
Monto
(P esos)
Aguascalient es 0.605882 786,628,947 0.654675 369,594,221 0.544317 48,456,897 0.472809 29,679,866
Asientos 0.040351 52,388,302 0.036734 20,738,220 0.051833 4,614,300 0.055786 3,501,877
Calvillo 0.047105 61,157,145 0.046706 26,367,512 0.046987 4,182,940 0.078108 4,903,081
Cosío 0.032978 42,815,892 0.023226 13,111,867 0.038752 3,449,866 0.046029 2,889,413
El Llano 0.033083 42,952, 009 0.024008 13,553,351 0.040825 3, 634,382 0.056522 3,548,072
Jesús María 0.056187 72,948, 467 0.053051 29,949, 918 0.062822 5,592,662 0.065442 4,108,019
Pabellón de Art eaga 0.037433 48,599, 869 0.036143 20,404, 297 0.044248 3,939,079 0.042318 2,656,463
Rincón de Romos 0.038062 49,416,396 0.040831 23,051,118 0.038518 3,429,036 0. 054801 3,440, 022
San Franci sco de los Romo 0.036538 47, 438,547 0. 036928 20,847,352 0.046063 4,100, 637 0.032442 2,036,491
San José de Grac ia 0.041629 54,047, 757 0.023566 13,303, 924 0.049905 4,442,699 0.034327 2,154,842
Tepezalá 0.030752 39,926, 286 0 .024133 13,624,291 0.03 5730 3,180,7 83 0.061416 3,855,278
Totale s 1.000000 1,298, 319,618 1.000000 564,546,071 1.000000 89,023,282 1.000000 62,773,423
Impuesto a la Gasolina y
Diesel
2/
Municipio
Fondo General de Participaciones Fondo de Fome nto
Municipal Fondo de Fiscalización
Porcentaje
Monto
(Pesos) Porcen taje
Monto
1/
(Pesos) Porcentaje
Monto
1/
(Pesos) Porcen taje
Monto
5/
(Pesos) Porcen taje
Monto
(Pe sos)
Aguascali entes 0.536556 892,980 0.522168 14, 053,762 0.517329 14,304,419 0.492239 1,736,153 0.614575 65,078,000
Asientos 0.062082 103,323 0.043041 1, 158,426 0.044256 1,223,695 0. 039602 139,680 0.043989 4, 658,000
Calvillo 0.064023 106,552 0.064245 1,729,117 0.063970 1,768,790 0.076790 270,844 0.039862 4, 221,000
Cosío 0.013495 22,460 0.036790 990,176 0.037574 1, 038,953 0.033996 119,905 0.009982 1, 057,000
El Llano 0. 027071 45,054 0.035503 955,528 0.035798 989, 836 0.033041 116, 537 0.011625 1,231,000
Jesús María 0. 114901 191,227 0.072689 1,956,378 0.074028 2, 046,903 0.082415 290,683 0.132070 13,985,000
Pabellón de Arteaga 0.037429 62,293 0.046792 1,259,374 0.047424 1,311,292 0.051740 182,491 0.033251 3,521,000
Rincón de Romos 0.075422 125,523 0.040453 1, 088,751 0.041850 1,157,187 0.030120 106,236 0.037879 4,011,000
San Francisc o de los Romo 0.036296 60,407 0.039107 1,052, 540 0.039327 1,087,412 0. 044481 156,888 0.050599 5, 358,000
San José de Gracia 0.009722 16,180 0. 060026 1,615,559 0. 058852 1,627,283 0.073350 258,711 0.011559 1, 224,000
Tepezalá 0.023002 38,282 0. 039185 1,054,621 0. 039592 1, 094,749 0.042223 148, 922 0.014609 1, 547,000
Totale s 1.000000 1,664, 280 1.000000 26,914, 233 1.000000 27,650,519 1.000000 3,527, 050 1.000000 105,891,000
Impuesto sobre la Renta
Participable
Impuesto sobre la Venta Final de
Bebidas con Contenido Alcohólico
Impuesto Especial Sobre
Producción y Servicios
Municipio
Impuesto sobre Tenencia
4/
Impuesto sobre
Automóv iles Nue vos
3/

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