Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 06 de Febrero de 2017 (Cuarta Secc.)

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD. INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD.
Í N D I C E :
Página 62
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
CUARTA SECCIÓN
TOMO LXXX Aguascalientes, Ags., 6 de Febrero de 2017 Núm. 6
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Febrero 6 de 2017
(Cuarta Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES, EN ADELANTE "EL ISSEA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DOCTOR
JOSÉ FRANCISCO ESPARZA PARADA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL QUE CELEBRAN,
Y POR UNA PARTE, EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO, HOSPITAL DE PSI-
QUIATRÍA “GUSTAVO LEÓN MÓJICA GARCÍA” A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE IDENTIFICARÁ COMO "EL
HOSPITAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. RAÚL RODRÍGUEZ RIVAS, EN SU CARÁCTER
DE DIRECTOR GENERAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS
PARTES”, MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
D E C L A R A C I O N E S :
1. Declara "EL ISSEA":
1.1. Ser un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes,
con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad en materia de salud, cuyo objetivo es
la prestación de servicios de salud a la población abierta en el Estado, de conformidad con lo que establecen
los artículos 1º y 4º de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicada en
el Periódico Ocial del Estado el 13 de junio de 2011.
1.2. Que el DOCTOR JOSÉ FRANCISCO ESPARZA PARADA, en su carácter de Director General, tiene
capacidad jurídica para representar a dicha institución en este acto, lo cual se acredita con el nombramiento
de designación de cargo de fecha 6 de diciembre de 2010, conferido por el Gobernador Constitucional del
Estado de Aguascalientes, Ing. Carlos Lozano de la Torre, mismo que se encuentra debidamente inscrito en
el Registro de Entidades Paraestatales bajo el número 44 foja 486 del volumen XVII, y cuenta con facultades
para celebrar convenios en nombre y representación de la Institución según lo que establecido por la fracción
X del artículo 21 de la ley citada.
1.3. Que, para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio legal el ubicado en la calle
Margil de Jesús, número 1501, fraccionamiento Arboledas, Código Postal 20020, de la Ciudad de Aguasca-
lientes, Aguascalientes.
1.4. Que su Registro Federal de Contribuyentes es R.F.C. ISS880101GF1.
2. Declara "EL HOSPITAL":
2.1 Ser un Organismo Púb lico Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes,
con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad en materia de salud, cuyo objetivo es
la prestación de servicios de salud a la población que lo solicite de conformidad con lo establecido por la Ley
que creó dicho organismo, de conformidad con lo que establecen los artículos 4º y 5º de la Ley del Hospital de
Psiquiatría “Gustavo León Mójica García”, publicada en el Periódico Ocial del Estado el 18 de julio de 2016.
2.1. Que, el DOCTOR RAÚL RODRÍGUEZ RIVAS, en su carácter de Director General, tiene capacidad
jurídica para representar a dicha institución en este acto, lo cual se acredita con el nombramiento de designación
de cargo de fecha 22 de julio de 2016, conferido por el Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes,
Ing. Carlos Lozano de la Torre, y cuenta con facultades para celebrar convenios en nombre y representación
de la Institución según lo que establecido por la fracción II del artículo 18 de la ley que creó al organismo.
2.2. Que, para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio legal el ubicado en la calle
Carretera a la Cantera kilómetro 4.2, Jardines del Lago, Código Postal 20206, Aguascalientes, Ags.
2.3. Que su Registro Federal de Contribuyentes es R.F.C. HPD891217L47.
3. Declaran “LAS PARTES”:
3.1 Que en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos Sexto y Séptimo Transitorio del Decreto número
357, publicado en el Periódico Ocial del Estado de Aguascalientes el día 18 de julio de 2016, se ha determinado
que el procedimiento de transferencia de los recursos presupuestarios, humanos y materiales por parte del
Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes al Hospital de Psiquiatría “Gustavo León Mójica
García”, deberá realizarse en estricto apego a los lineamientos administrativos y jurídicos respectivamente
aplicables a más tardar el día primero de enero de dos mil diecisiete.
3.2 Que tienen especial interés en establecer relaciones de colaboración administrativa, bajo el principio
de que las Instituciones Públicas, tienen la alta misión de procurar, en el ámbito de sus competencias, por el
respeto a los principios de constitucionalidad y legalidad en toda actividad que realicen, fortaleciéndose con
ello el imperio de la Ley y el Estado de Derecho que nos rige.
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3.3 Que en la ejecución de las tareas derivadas de los Acuerdos Especícos que se suscriban, cada una
de las partes hará esfuerzos especiales para que estos cumplan el objeto del presente instrumento.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en realizar conjuntamente las actividades señaladas en
el presente Instrumento, y en sujetar sus compromisos a los términos y condiciones insertos en las siguientes:
C L Á U S U L A S :
PRIMERA. OBJETO. El objeto del presente Convenio consiste en establecer y normar las acciones y
bases de colaboración administrativa entre las partes intervinientes para dar cumplimiento a lo establecido en
los artículos Sexto y Séptimo Transitorios de la Ley del Hospital de Psiquiatría “Gustavo León Mójica García”,
al establecer que determinados recursos humanos, presupuestales, y materiales del Instituto de Servicios de
Salud del Estado de Aguascalientes, se transferirán al Hospital de Psiquiatría “Gustavo León Mójica García”,
teniendo como fecha límite hasta el 31 de diciembre de 2016.
SEGUNDA. A efecto de garantizar el adecuado funcionamiento de "EL HOSPITAL", así como para rea-
lizar las transferencias ordenadas en el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto número 357, publicado en
el Periódico Ocial del Estado el 18 de julio de 2016, en lo que resta del ejercicio scal 2016, “EL ISSEA”
continuará realizando las transferencias a “EL HOSPITAL” respecto de las cantidades por los conceptos de
Homologación Salarial y Subsidio Federal, así como los recursos scales ordinarios y los extraordinarios que
le correspondan conforme al Presupuesto de Egresos autorizado para el ejercicio scal 2016, además de
aquellos que sean ministrados con motivo de la suscripción de Convenios celebrados por “EL ISSEA” durante
el ejercicio scal 2016.
“EL HOSPITAL” será responsable de acudir y participar en los Comités de Adquisiciones que se realicen en
“EL ISSEA”, a efecto de realizar los procesos de adquisición y contratación de bienes y servicios conforme a la
normatividad aplicable, coadyuvando también en la elaboración y rma de los dictámenes que correspondan
respecto de los bienes a adquirir.
TERCERA. En materia del proceso de entrega recepción que se debe realizar para la conclusión de la
presente administración estatal, se observarán los lineamientos de la materia, así como la aplicación del marco
jurídico aplicable para cada ente con el objetivo esencial que, a más tardar el día treinta y uno de diciembre
de dos mil dieciséis, se de cumplimiento total al objeto del presente instrumento jurídico.
CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL ISSEA”.
“EL ISSEA” se obliga a lo siguiente:
I. Transferir con oportunidad los recursos nancieros programados;
II. Presentar la Cuenta Pública en los términos aplicables, y
III. Llevar a cabo los procesos de adquisiciones y gestiones administrativas que de acuerdo al Decreto de
creación le corresponda realizar al Hospital de Psiquiatría “Gustavo León Mójica García”.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “EL HOSPITAL”.
Con independencia del contenido obligacional a cargo de “EL ISSEA” establecido en el presente instru-
mento, “EL HOSPITAL” es responsable desde la publicación del Decreto que lo crea como Organismo Público
Descentralizado de las siguientes obligaciones:
I. Continuar con el envío de información ante la instancia competente para la Implementación del Sistema
de Información en Salud;
II. Cumplimiento de las obligaciones en materia de cuenta pública de conformidad con la normatividad apli-
cable, respecto a la certicación y remisión de datos a “EL ISSEA” para su correcta integración y consolidación;
III. Observancia de la normatividad aplicable en lo relativo a la desincorporación de recursos materiales
bajo la gura de comodato;
IV. Firmar y contar con la totalidad de sus documentos que amparen los resguardos de los bienes mue-
bles para el correcto y legal manejo de los mismos, de conformidad con las leyes aplicables y bajo su entera
responsabilidad;
V. Trámite y gestión de los asuntos laborales, concretamente de los trabajadores comisionados;
VI. Cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia de conformidad con la normatividad
aplicable;
VII. Observancia en el cumplimiento de las obligaciones en materia de armonización contable;
VIII. Realizar todos las acciones necesarias para el cumplimiento del Programa de Evaluación del Des-
empeño;
IX. Realizar y publicar en el órgano de difusión del Estado su Reglamento Interior y el Código de Conducta;

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