Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 31 de Diciembre de 2015 (Extraordinario)

PERIODICO
D F IC U l
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO.
C
PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRET ARIA DE GOBIERNO
Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
Epoca 6a. Villa hermosa , Tabasco 31 DE D ICIEMBRE DE 2015 Extraordinario^)
N o.-1 2 1 |
No - 5073 DECRETO 294
LIC . A RTU RO ÑEZ JIMÉ NEZ , GOBER NAD OR DEL EST ADO LIBRE Y SOBER ANO DF
TA BA SC O, CO N FUN DAM ENTO EN LO DISP UEST O POR EL ART ÍCULO 51, FR ACC IÓN | DE U
CO NS TITU CIÓ N POLÍ TICA LO CAL; A SUS HAB ITANTES SABED : A
Que el ». Congreso del Estado, se ha servido dirigirme lo siguiente:
LA S EXA GÉ SIMA PR IMERA LE GISLAT URA AL HONOR ABLE CON GRE SO D EL ES TAD O U fif iF
Y SOB ER AN O DE T ABA SCO , EN E JERC ICIO DE LAS F ACU LTA DES CO NFE RID AS P Q f tS f
AR TÍC ULO 36 , FR ACCIÓN I, DE LA C ONST ITUC IÓN PO LÍTIC A DE L ES TAD O DE T ABA SCO v
CO N BAS E EN LOS SIGU IENT ES: ’ Y
AN TEC EDE NTE S
I.- A la Comisión Orgánica de Gobernación y Puntos Constitucionales le fueron turnadas para
estudio, análisis y emisión del acuerdo o dictamen que en derecho corresponda, las iniciativas queSU
continuación se enlistan en las fechas siguientes: a
1. - En sesión de fecha 02 de diciembre del año 2008, fue presentada una Iniciativa de Decreto d
el que propone reformar el artículo 6^fracción IV, inciso C, de la Ley del Instituto de Seguridad
Social de! Estado de Tabasco, formulada por la entonces diputada Roselia Elvira López López d
la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, de la Quincuagésima Noven
Legislatura. a
2. - En sesión de fecha 21 de abril del año 2009, fue presentada una Iniciativa de Decreto p0r
que se reforma la Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, formulada por 2 * * S|
entonces diputado Carlos Manuel Merino Campos, de la Fracción Parlamentaria del Partido de h
Revolución Democrática, de la Quincuagésima Novena Legislatura. a
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3. - En sesión de fecha 29 de julio del año 2 010, fue presentada una Iniciativa de Decreto por la q ue
propo ne una nueva Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasc o, formulada por los
ento nces diputados Julio Alonso M anzano Rosas y Claudia Elizabeth B ojórquez Javier, de la
Fracción Parlamentaria d el Part ido de la Revolución Democrática, de la Se xagésima Legislatura.
4. - En sesión de fecha 24 de n oviembre del año 201-0, fue presenta da una Iniciativa de Decreto p or
el que se reforman los artículos 1, 6, 20 , 29, 30, 33, 35, 77 , 101, 102, 10 8, 110, 111, 112 , 115, 119
y 136; asimismo se adicionan los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 12 3 bis y 151 bis; ademá s se
dero ga el artículo 109, todos de la Ley del Instituto de Segurida d Social del estado d e Tabasco ,
form ulada por la Fracción Pa rlamentaria del Partido Acció n Nacional, de la Sexagés ima
Legislatura.
5. - En sesión de fecha 21 de marzo del año 2 013, fue p resentada una Iniciativa de Decret o por la
que se refo rman diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de
Tab asco, formulad a por la diputada Mirella Zap ata Hernán dez, de la Fracción Parlamentaria del
Partid o Acción Nacional, de la S exagés ima Primera Legislatura
6. - En sesión de fecha 23 de abril del año 201 3, fue presentada una Iniciativa de Dec reto por la
que se e xpide la Ley de Seguridad Social del Estado de T abasco, formulad a por la diputada Esther
Alicia Dagdug Lutzow, de la Fracción Parlamentaria del Partido R evolucionario Institucional, de la
Sex agésima Primera Legisla tura.
7. - E n sesión de fecha 13 de febrero del año 2014 , fue presentada una Iniciativa de Decreto por el
que se reforman y derogan diversas disposic iones de la Ley del Instituto de Seguridad Social del
Estad o de Tabasco, formulada por el diputado Patricio Bosch Hern ández, de la Fracción
Parlamen taria del Partido Verd e Ecolo gista de México, de la Sexagé sima Primera Legislatura.
8. - En sesión de fecha 25 de noviembre del año 2014 , fue presentada una Iniciativa con Proyecto
de í)e cre to por el que se refo rma del artículo 49 y la fracción I del artículo 67 de la Ley del Instituto
de S egurid ad Social para el Estado de T abasco , formulada por el diputado Andrés Cáceres
Álva rez, de la Fracción Parlamentaria del Partido del Trabajo, de la Sexagésima Primera
Legislatura.
9. - En sesión de fecha 11 de marzo del año 2015 , fu e presentada una Iniciativa de Decreto por el
que se expide la Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Taba sco, formulada por la
diputada V erónica rez Rojas, de la F racción Parlamentaria del Partido de la Revolución
Dem ocrática, de la Sexagésima Primera Legislatura.
10. - En sesión de fecha 19 de marzo del año 2 015 , fue presentada una Iniciativa d e De creto por el
que se reforman diversos artículos a la Le^ del Instituto de Seguridad Social del Esta do de
Tabasco, for mulada por la diputada Liliana Ivétte Madrigal Méndez, de la Fracción Parlam entaria
del Partido Revolucionario Institucional, de la Sexag ésima Primera Legislatura.
11. - En sesión d e fecha 14 de diciembre de 20 15, el Titular del Pode r Ejecutiv o del Estado,
prese ntó ante esta Sobera nía Iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley d e Seguridad
Social del Estado d e Tabasc o.
II.- En sesión celebra da de fecha 18 de dicie mbre del presente año, los diputados que integran la
Comisión Orgánica de Gobernación y Puntos Constitucionales, des pués de analizar y discutir las
iniciativas antes mencionadas, presentada por el Ejecutivo Estatal, han acordado emitir el dictamen
respectivo, por lo que:
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CO NSIDER AN DO
PR IME RO .- La Organización Internaciona l del Tr abajo, definió la seguridad social como: “La
protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medid as públicas,
contra las privaciones económ icas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una
fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o
enfermed ad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y tamb ién la protección en forma de
asist encia médica y de ayuda a las familias con hijos.”
En ese sentido, es un hecho innegable, que al ser la Seguridad Social un derecho fund amenta l de
toda s las personas se impone la correlativa obligación al Estad o de garantizarla. La forma s común
de identificar la seguridad social es mediante las prestaciones y la asistencia médica; sin embargo ,
esa s son sólo algunas de las formas en las que se presenta en la vida cotidiana. En los hechos, la
seguridad social también se encuentra en los actos solidarios e inclusivos de las pe rsonas hacia los
dem ás, pues esos actos llevan en sí mismos la bús queda del bienestar social.
Este consenso se encuentra claramente expresado en el artículo 22 de la Carta Internacional de
Dere chos Huma nos que textualmente señala: “Toda persona, como miembro de la soc iedad, tiene
derec ho a la se guridad, social, y a obtener, mediante el esfue rzo nacional y la cooperación
internac ional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satis facción de los
derec hos económicos, sociales y cultu rales, indispensables a su dignidad y a l libre desarrollo de su
personalidad.”
Una soc iedad que brinda seguridad a sus ciudadanos, no sólo los protege de la gue rra y de la
enfe rmeda d, sino tam bién de la inseguridad relacionada con el hecho de ganarse la vida a través del
traba jo. Los sistemas de seguridad social prevén unos ingresos básicos en caso de desempleo,
enfe rmeda d y acciden te laboral, v ejez y jubilación, invalidez, responsabilidades familiares tales como
el emba razo y el cuidado de los hijos y la pérdida del sostén de la familia. Estas prestaciones no sólo
son importa ntes para los trabajadores y sus familias, sino también para sus comunidades en general.
Al proporcio nar asistencia médica, seguridad de los m edios de vida y servicios sociales, la seguridad
social ayud a a la mejora de la productividad y contribuye a la dignidad y a la plena realización de los
individuos.
Los sistemas de seguridad social también promueven la igualdad de género a través d e la adopción
de medidas encaminadas a garantizar que las mujeres que tienen hijos gocen de las mismas
oportu nidades en el mercado del trabajo. P ara los empleado res y las empresas, la seguridad social
contrib uye a mantene r una mano de obra estable que se a dapte a los cambios. Por último, a travé s
de las redes de protección en los casos de crisis ec onómica, la seguridad social actúa como elemento
fund amenta l de cohesión social, ayudand o a garantiz ar la paz social y un compromiso con la
globalización y el des arrollo económico. A pesar de estas ventajas, sólo el 20 por ciento de la
pobla ción mundial tiene una cobertura adecuada de seguridad social y más de la mitad no g oza de
ningún tipo de cobertura de segurida d social.
SE GU ND O.- De la lectura y análisis de las iniciativas que se dictaminan, s e tien e que la gran mayoría
prop one diversas reformas a la actual Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de T abasco,
con el objeto de modificar aquellas disposiciones necesarias para el adecu ado funcionam iento del
servicio de seguridad social de los Tr abajadores al Servicio del E stado, siendo el caso, que
sola mente dos propuestas de iniciativas, proponen la expedición de un nuevo ordenamiento en
mat eria de seguridad social.

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