Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 04 de Marzo de 2015 (Segunda sección)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Dr. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 04 de Marzo de 2015
6a. época
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SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Decreto por el que se expide el Programa Estatal de
Acción ante el Cambio Climático de Morelos
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Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 04 de Marzo de 2015
Al margen izquierdo un Escudo del Estado  - La tierra volverá a quienes
la trabajan con sus manos.- MORELOS. PODER EJECUTIVO.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 70,
FRACCIONES XVII Y XXVI, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS;
2, 5, 8, 9 Y 10, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS; CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 5, 8, 65, 71, 72 y 73 DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO; 28 Y 36,
DE LA LEY ESTATAL DE PLANEACIÓN; ASÍ COMO LA ESTRATEGIA 4.4.6 DEL PLAN ESTATAL DE
DESARROLLO 2013 2018; Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 06 de junio del 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en el Tomo DCCV, Número cuatro,
Segunda Sección, la Ley General de Cambio Climático, con el objeto de garantizar a la población el derecho a un
medio ambiente sano y establecer la concurrencia de facultades de la Federación, las Entidades Federativas y los
Municipios, en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación
de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero; regular las emisiones de gases y compuestos de efecto
invernadero para lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias
antropógenas peligrosas en el sistema climático considerando, en su caso, lo previsto por el artículo 2o., de la
Convención Marco de las Naciones Unidassobre el Cambio Climático y demás disposiciones derivadas de la misma;
regular las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático; reducir la vulnerabilidad de la población y los
ecosistemas del país frente a los efectos adversos del cambio climático, así como crear y fortalecer las capacidades
nacionales de respuesta al fenómeno; fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e
innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio climático; establecer las bases para la
concertación con la sociedad, y promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas
emisiones de carbono.
Dicha Ley estableció como atribución de las entidades federativas, la elaboración de los programas en materia
de cambio climático, promoviendo la participación social; en los cuales se debe de considerar, las acciones de
mitigación y adaptación en congruencia con lo dispuesto en la Estrategia Nacional; las estrategias, políticas,
directrices, objetivos, acciones, metas e indicadores, que se implementarán; mismos que deberán ser afines con el
Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Nacional, así como con los Programas de Desarrollo Estatales.
En ese orden, el pasado             
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reestructuró la organización de la Administración Pública Estatal, erigiendo así diversas Secretarías para el eficaz
desempeño de las actividades del Gobierno del Estado de Morelos, como lo fue la Secretaría de Desarrollo
Sustentable, a la que se le encomendaron funciones relacionadas con el equilibrio ecológico, desarrollo urbano,
ordenamiento territorial, entre otras.
Cabe destacar que el artículo 26, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece como
obligación para el Estado, la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, que contendrá las líneas de acción o temas
prioritarios que habrá de impulsar el Gobierno en cuestión. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla
como uno de sus objetivos, el fortalecimiento de la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente
para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono, a través de sus líneas de
acción consistentes en el desarrollo de instituciones e instrumentos de política del Sistema Nacional de Cambio
Climático, que permitan impulsar y fortalecer la cooperación regional e internacional en materia de cambio climático,
biodiversidad y medio ambiente.
Así pues, este Gobierno de la Visión Morelos, prevé al desarrollo sustentable como una prioridad,
estableciendo así, en el Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018, dentro de los ejes fundamentales del quehacer
gubernamental,               
planificación de la gestión sustentable de los ecosistemas, mediante la estrategia del establecimiento y operación del
Programa Estatal de Cambio Climático.
El cambio climático es una variación de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que
altera la composición de la atmósfera global y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante
períodos comparables. El Estado de Morelos se ha visto afectado en su clima a consecuencia de estos fenómenos
negativos, repercutiendo no sólo en la salud pública, sino también en el desarrollo económico y social de la Entidad,
por lo que se deben tomar acciones inmediatas para mitigar los efectos indeseables del cambio climático.
confiere al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, específicamente en su artículo 6, fracción IX, se encuentra el diseño e
implementación de políticas públicas que coadyuven a disminuir los efectos del cambio climático; incluyéndose
además, con el objeto de propiciar el desarrollo sustentable, el fomento y la incorporación o actualización, en los
distintos niveles educativos, de programas de contenido ecológico y de educación ambiental, de investigación
científica y tecnológica, que incluyan el tema del cambio climático para la prevención y difusión de sus efectos.
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Cabe precisar que para la integración y elaboración del Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático
de Morelos, se llevó a cabo su consulta pública, a fin de propiciar la participación corresponsable de la sociedad en la
planeación, ejecución y vigilancia de políticas públicas en la materia, participación prevista en la Ley General de
Cambio Climático; para ello se llevaron a cabo cinco talleres de consulta a fin de integrar el programa, los cuales se
realizaron el 05 de julio, el dieciséis y el veintiocho de agosto y el once de octubre, todos de 2012 y el veintidós de
mayo de 2013. Para lograr la participación de integrantes de diferentes sectores del Estado de Morelos, se emitieron
convocatorias abiertas, además de enviar invitaciones personalizadas elaboradas ex profeso en el marco de las
convocatorias.
De esta manera se logró la participación de diferentes sectores como el académico, gubernamental, de la
iniciativa privada, organizaciones de la sociedad civil, industriales, entre otros. Todos ellos emitieron propuestas
acerca de las posibles estrategias de mitigación y adaptación. Es importante mencionar que en todo momento se
contó con la asesoría técnica del Instituto Nacional de Cambio Climático en el proceso de elaboración y revisión
técnica minuciosa de los resultados obtenidos en el inventario de emisiones de gases de efecto invernadero, los
escenarios futuros y estudios de vulnerabilidad del Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático, haciendo
cumplir los lineamientos establecidos en la Ley General de Cambio Climático.
En este contexto, el Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático de Morelos, es un instrumento de
planeación que tiene por objeto coordinar e impulsar acciones públicas en el Estado de Morelos, para contribuir a las
metas nacionales de mitigación y prevenir los riesgos e impactos previsibles del cambio climático, mediante el
establecimiento de estrategias de adaptación; establece además, las bases conceptuales y científicas, así como el
marco de acción que permitirá integrar y fomentar la participación de los sectores público y privado, además de la
sociedad civil, en el diseño de estrategias de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero y adaptación
frente a los impactos del cambio climático.
Dentro de los objetivos del Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático de Morelos, se encuentran el
brindar información técnico-científica para la planeación de políticas y acciones ante el cambio climático en sectores
clave para el desarrollo del Estado; establecer políticas públicas para la mitigación de emisiones de gases de efecto
invernadero; proponer orientaciones para la construcción de capacidades y estrategias de adaptación; sentar las
bases de información para prevenir y disminuir los posibles riesgos hacia la población ante los impactos esperados,
entre otros; siendo el Programa, un instrumento eficaz que permitirá obtener beneficios a corto, mediano y largo plazo
en materia de protección al ambiente y del equilibrio ecológico.
Por lo expuesto y fundado; he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA ESTATAL DE ACCIÓN ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO
 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Einar Topiltzin Contreras Macbeath, Secretario de Desarrollo Sustentable
Fabio Manzini Poli, Subsecretario de Planeación para el Desarrollo Sustentable
Jorge Martínez Ruiz, Director General de Energía y Cambio Climático
Oscar Ruíz Carmona, Director de Cambio Climático
Gabriela Morales Hoil, Directora de Economía Verde y Economía Social Ecológica
Ricardo E. Martínez Escobar, Jefe del Departamento de Mitigación del Cambio Climático
COMISIÓN TÉCNICA DE ENERGÍA Y CALENTAMIENTO GLOBAL ANTROPOGÉNICO DEL CONSEJO
CONSULTIVO ESTATAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Luis Tamayo Pérez, Academia de Ciencias Sociales y Humanidades del Estado de Morelos.
Antonio Sarmiento Galán, Instituto de Matemáticas de la UNAM.
Eduardo Ramos Mora, Instituto de Energías Renovables de la UNAM.
Delia González Rojas, Dirección Técnica del Organismo de Cuenca Balsas, CONAGUA.
José Miguel González Santaló, Instituto de Investigaciones Eléctricas, IIE.
Andrea Bolongaro Crevenna, Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, ANIDE.
Marciano Valtierra A., por la Comisión Nacional Forestal, CONAFOR.
Sergio Octavio García Álvarez, Comisionado contra Riesgos Sanitarios, COPRISEM.
Grea Litai Moreno Banda, Instituto Nacional de Salud Pública, INSP.
Larisa de Orbe González, Acción Ecológica A. C.
Armando Trelles Jasso, Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA)
Víctor Manuel Ramos Espinosa, Colegio de Ingenieros Agrónomos.
Jorge Martínez Ruíz, Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo Estatal.
Oscar Ruíz Carmona, Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo Estatal.

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