Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 04 de Febrero de 2015

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Perdico
Director: Dr. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 04 de Febrero de 2015
6a. época
5260
TERCERA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
Acuerdo por el que se establece y regula el
Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes.
………………………………Pág. 3
CONSEJERÍA JURÍDICA
Reglamento Específico de Funciones de la
Comisión Estatal de Seguridad Pública.
………………………………Pág. 6
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA
Reglamento Interior de la Comisión Estatal del
Agua.
………………………………Pág. 31
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE
MORELOS
Detalle de Proyectos y Nivel Financiero
correspondiente al trimestre 2014.
………………………………Pág. 49
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo AC/SO/13-IX-2014/360.- Mediante el cual
se autoriza a suscribir Convenio de Colaborac ión
para el respeto, la protección, promoción y
defensa de los derechos humanos y sus garantías
en el Estado de Morelos.
………………………………Pág. 50
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/361.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Gloria Vega Chávez.
………………………………Pág. 51
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/362.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación a la Ciudadana Delfina Isela Mora
Martínez.
………………………………Pág. 53
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/363.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Josefina Flores Julián.
………………………………Pág. 54
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/364.- Que aprueba el
dictamen por el que se autoriza pensión por
Viudez a la Ciudadana Amor Juanita León y Vélez
Delgado.
………………………………Pág. 56
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/365.- Que aprueba el
dictamen por el que se niega pensión por Cesantía
en Edad Avanzada al Ciudadano Francisco
Damián Pedroza.
………………………………Pág. 57
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/366.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al Ciudadano Luciano
Navarrete Díaz.
………………………………Pág. 59
Página 2 TERCERA SECCIÓN 04 de Febrero de 2015
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/367.- Que aprueba el
Dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación al Ciudadano Carlos Hernández
Benítez.
………………………………Pág. 61
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/368.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Viudez a la Ciudadana Venustiana Velázquez
Gómez.
………………………………Pág. 62
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/369.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Jubilación a la Ciudadana Sara Torres Rodríguez.
………………………………Pág. 64
Acuerdo AC/SO/13-XI-2014/370.- Que aprueba el
dictamen por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al Ciudadano Arturo
Javier Méndez Uribe.
………………………………Pág. 65
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE JIUTEPEC
Reglamento del Instituto de las Juventudes de
Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 67
Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del
Municipio de Jiutepec, Morelos.
………………………………Pág. 75
Reglamento de Mejora Regulatoria para el
Municipio de Jiutepec.
………………………………Pág. 84
Acuerdo SM/363/05-11-14.- Se autoriza la compra
a la C. Elpidia Terán Cortés, de una fracción de
terreno por 895 metros cuadrados de la parcela
número 159 Z-1 P-2, mismo que se destinará
como vialidad pública de acceso al “Campus
UAEM Jiutepec” y Acuerdo SM/364/05-11-14; por
el que se autoriza la compra a la C. María de
Lourdes Galicia Parra, de una fracción de terreno
de 224 metros cuadrados de la parcela número 9
Z-1 P-2, del Ejido de Atlacomulco, mismo que se
destinará para la construcción del tanque elevado
para el almacenamiento de agua potable y otorgar
el servicio a los habitantes del poblado de
Atlacomulco.
………………………………Pág. 89
Acuerdos SM/399/24-12-14, SM/400/24-12-14,
SM/401/24-12-14, SM/402/24-12-14, SM/403/24-
12-14, SM/404/24-12-14, SM/405/24-12-14,
SM/406/24-12-14, SM/407/24-12-14 Y SM/408/24-
12-14.- Mediante los cuales se declara bien de
dominio público los siguientes predios: El inmueble
consistente en camellón fuente, ubicado en Av. De
los 50 metros S/N, colonia Civac, con clave
catastral 1400-03-233-005, el inmueble
consistente en camellón central, ubicado en Av.
De los 50 metros S/N, colonia Civac, con clave
catastral 1400-03-233-003, el inmueble
consistente en camellón, ubicado en Av. De los 50
metros S/N, Colonia Civac, con clave catastral
1400-03-233-002, el inmueble consistente en
Glorieta Camellón Central ubicado en Av. De los
50 metros S/N, colonia Civac, con clave catastral
1400-03-223-004, así como títulos de concesión
para la prestación de los servicios de agua potable
y saneamiento, a favor de “La Joya Tlacalaquia,
A.C.”, “Asociación de Colonos Huertas del Llano,
A.C.”, “Sistema de Agua Potable de la Colonia
Parres, A.C.”, “Propietarios del Paraje , A.C.”.
………………………………Pág. 89
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEMIXCO
Fe de Erratas a la Convocatoria para la Licitación
Pública Internacional Abierta Presencial para la
Concesión del Servicio de Alumbrado Público
Municipal de Temixco, Morelos, publicada en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5247,
de fecha 31 de diciembre del 2014.
………………………………Pág. 91
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YAUTEPEC
Acuerdo de Cabildo Número 74 de fecha 15 de
diciembre del año 2014, por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada al C.
Benito Arellano Ruíz.
………………………………Pág. 92
ORGANISMOS DE AYUNTAMIENTO
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
XOCHITEPEC
SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DE XOCHITEPEC
Acuerdo 6ASEORD/DIF/XO/17/12/2014.- Por el
que se aprueba el Reglamento Interior del Sistema
Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia
de Xochitepec.
………………………………Pág. 92
04 de Febrero de 2015 TERCERA SECCIÓN Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- MORELOS.-
Poder Ejecutivo.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 70, FRACCIONES V Y XXVI, Y 76, DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE MORELOS; 2, 5, 8, 9 Y 10, DE LA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MORELOS; CON FUNDAMENTO
EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 64 Y 146,
Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El derecho a la protección de la salud, derecho
humano consagrado por el artículo 4 de la
Mexicanos, tiene entre sus finalidades fundamentales
el bienestar físico y mental del hombre, la
prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida
humana, la protección y acrecentamiento de los
valores que contribuyan a la creación, conservación y
disfrute de condiciones de salud que coadyuven al
desarrollo social, así como la extensión de actitudes
solidarias y responsables de la población en la
preservación, conservación, mejoramiento y
restauración de la salud.
En ese sentido, en términos de lo dispuesto por
el artículo 3, de la Ley General de Salud, la prevención
y control de los accidentes son materia de salubridad
general, y corresponde a los Gobiernos de las
Entidades Federativas, en esta materia, como
Autoridades Locales y dentro de sus respectivas
jurisdicciones territoriales, organizar, operar,
supervisar y evaluar la prestación de estos servicios.
Asimismo, de conformidad a lo establecido en el
Programa Sectorial de Salud 2013-2018, se deben
seguir los principios de equidad en salud para todos,
siendo necesario enfocar los esfuerzos para priorizar
la medicina preventiva y buscar impulsar la
participación de la Población, involucrando para tal fin
a otras Dependencias Gubernamentales de los tres
órdenes de Gobierno e Instituciones de los Sectores
Social y Privado.
Aunado a lo anterior, es menester considerar
que el proceso de transición epidemiológica por la que
está atravesando el Estado de Morelos, como
respuesta a los cambios en la estructura de su
población, ha llevado a que las lesiones por
accidentes y violencia tengan un impacto cada vez
mayor en la morbilidad y mortalidad entre los grupos
que se encuentran en edad productiva.
En ese orden de ideas, es preciso tomar en
cuenta que los accidentes son un grave problema de
salud pública, no solo por ocasionar altas cifras de
morbilidad y mortalidad, sino por traducirse en
incapacidades físicas o mentales, temporales o
permanentes, parciales o totales, que representan
alteraciones en la salud y disminución o pérdida de
horas de trabajo y productividad, generando enormes
costos sociales para los individuos, familias y
comunidades, representando de manera directa una
importante carga para los servicios de salud y las
economías.
En virtud de lo anterior, con fecha cuatro de
diciembre de 2002, se publicó en el Periódico Oficial
“Tierra y Libertad”, número 4224, el Acuerdo por el
que se Crea el Consejo Estatal para la Prevención de
Accidentes, como un Órgano de consulta de carácter
interinstitucional, que tendrá por objeto brindar
asesoría para la planeación y coordinación de las
diferentes Instituciones del Sector Salud y de otros
Organismos del Sector Público, Social y Privado para
la prevención de accidentes.
Asimismo, el veinticuatro de mayo de 2006 se
publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”,
número 4462, las modificaciones al Acuerdo por el que
se Crea el Consejo Estatal para la Prevención de
Accidentes, en razón de dar cumplimiento al artículo
establece el fomento para la prevención de
accidentes.
Finalmente, en busca de un mejor
funcionamiento del Consejo Estatal para la Prevención
de Accidentes y ante lo complejo e insostenible que
resulta en la actualidad, por el número de integrantes
que conforman el mismo y la duplicidad de funciones
que realizan; adicional a los cambios sustanciales que
han ocurrido en varias de las Secretarías y
Dependencias de la Administración Pública Estatal.
Por lo expuesto y fundado; tengo a bien expedir
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE Y
REGULA EL CONSEJO ESTATAL PARA LA
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Artículo 1. Se establece el Consejo Estatal para
la Prevención de Accidentes, adscrito a la Secretaría
de Salud del Poder Ejecutivo Estatal, como un Órgano
de consulta de carácter interinstitucional, que tendrá
por objeto brindar asesoría para la planeación y
coordinación de las diferentes Instituciones del Sector
Salud y de Otros Organismos del Sector Público,
Social y Privado para la prevención de accidentes.
Artículo 2. Para efectos del presente Acuerdo,
se entenderá por:
I. Acuerdo, al presente Acuerdo por el que se
establece y regula el Consejo Estatal para la
prevención de Accidentes;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR