Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 30 de Diciembre de 2014

Martes 30 de Diciembre de 2014 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 1
Chilpancingo, Gro., Martes 30 de Diciembre de 2014
Año XCIV No. 104
Características 114212816
Permiso 0341083
Oficio No. 4044 23-IX-1991
Precio del Ejemplar: $ 14.89
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C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO
LEY NUMERO 662 DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO
DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO DEL ESTADO
DE GUERRERO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
2015....................................
2 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Martes 30 de Diciembre de 2014
PODER EJECUTIVO
LEY NUMERO 662 DE INGRESOS PARA
EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE
LOS BRAVO DEL ESTADO DE GUERRE-
RO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
2015.
SALVADOR ROGELIO ORTEGA MAR-
TÍNEZ, Gobernador del Estado
Libre y Soberano de Guerrero, a
sus habitantes, sabed
Que el H. Congreso Local, se
ha servido comunicarme que,
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA
AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTA-
DO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO,
EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRE-
SENTA, Y:
C O N S I D E R A N D O
Que en sesión de fecha 19 de
diciembre del 2014, los Ciudada-
nos Diputados integrantes de la
Comisión de Hacienda, presenta-
ron a la Plenaria el Dictamen
con Proyecto de Ley de Ingresos
para el Municipio de Chilpancingo
de los Bravo del Estado de Gue-
rrero, para el Ejercicio Fiscal
2015, en los siguientes térmi-
nos:
"A N T E C E D E N T E S
Que el Ciudadano Mario More-
no Arcos, Presidente Constitu-
cional del Honorable Ayuntamien-
to del Municipio de Chilpancingo
de los Bravo, Guerrero, en uso
de las facultades que le confie-
ren el artículo 178 fracción XI
de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Gue-
rrero y 62, fracción III, de la
Ley Orgánica del Municipio Li-
bre, remitió a este Honorable
Congreso, para su discusión y
aprobación, en su caso, Iniciati-
va de Ley de Ingresos para el Mu-
nicipio de Chilpancingo de los
Bravo, Guerrero para el Ejerci-
cio Fiscal 2015.
Que el Pleno de la Sexagési-
ma Legislatura del Honorable
Congreso del Estado Libre y So-
berano de Guerrero, en sesión de
fecha 21 de octubre del año dos
mil trece, tomó conocimiento de
la Iniciativa de Ley de referen-
cia, habiéndose turnado median-
te oficio LX/3ER/OM/DPL/0149/
2014 de esa misma fecha, suscri-
to por el Oficial Mayor de este
Honorable Congreso a la Comi-
sión Ordinaria de Hacienda, en
términos de lo dispuesto por los
artículos 86, 129 y 132 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo
en vigor, para su análisis y
emisión del Dictamen con Pro-
yecto de Ley respectivo.
Que el Honorable Ayuntamien-
to del Municipio de Chilpancingo
de los Bravo, Guerrero, motiva
su iniciativa en los siguien-
tes:
Martes 30 de Diciembre de 2014 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 3
"...El Sistema Federal tie-
ne como objetivo primordial
fortalecer el desarrollo de los
Municipios, propiciando la
redistribución de las competen-
cias en materia fiscal, para que
la administración de su hacien-
da se convierta en factor deci-
sivo de su autonomía.
Con fecha 23 de diciembre de
1999 se publicó en el Diario
Oficial de la Federación, la re-
forma al artículo 115 de la Cons-
titución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos, mediante
la cual en el inciso c) de su
fracción IV, se faculta a los
Ayuntamientos, en el ámbito de
su competencia, para proponer a
las legislaturas estatales las
cuotas y tarifas aplicables a
impuestos, derechos, contribu-
ciones de mejoras y las tablas
de valores unitarios de suelo y
construcciones que sirvan de
base para el cobro de las con-
tribuciones sobre la propiedad
inmobiliaria.
Por su parte, el artículo 62
de la Ley Orgánica del Municipio
Libre del Estado de Guerrero,
mandata a los Ayuntamientos a
formular y remitir al Congreso
del Estado a más tardar el 15 de
octubre, sus presupuestos anua-
les de ingresos, para expedir en
su caso, la Ley de Ingresos,
junto con la Tabla de Valores
Unitarios de Suelo y Construc-
ción del año siguiente; con
excepción del año de renovación
de los Ayuntamientos, donde se
entregará a más tardar el 30 de
octubre del año de la elección.
En este sentido, la Ley de
Ingresos al ser el ordenamiento
jurídico, con vigencia anual,
que contiene los conceptos bajo
los cuales se podrán captar los
recursos financieros que permi-
tan cubrir los gastos del Muni-
cipio durante un ejercicio fis-
cal, debe adecuar sus disposicio-
nes a fin de que se guarde con-
gruencia entre los conceptos de
ingresos que conforman su hacien-
da pública y la certeza jurídica
que deben tener los habitantes
del Municipio de que las tarifas
en ella contenidas, están acor-
des a los elementos que conso-
liden los principios constitu-
cionales de equidad y propor-
cionalidad y que a la vez permi-
tan a los Ayuntamientos recupe-
rar los costos y gastos que les
implica prestar los servicios
públicos y lograr una simplifi-
cación administrativa.
Bajo este marco, el Ayunta-
miento del Municipio de Chil-
pancingo de los Bravo, al momen-
to de conformar y proponer su
Ley de Ingresos para el Ejerci-
cio Fiscal 2015, pondera por una
parte que las contribuciones
que deben realizar sus causan-
tes en el cumplimiento de su
obligación contenida en el ar-
tículo 31 fracción IV de la
Constitución General de la Repú-
blica, además de guardar los
principios de proporcionalidad
y equidad, deben lograr el ob-
jetivo para las que son dispues-
tas, esto es, contar con recur-
sos financieros y con ellos,
contar con los elementos que
permitan atender y resolver los

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