Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 12 de Diciembre de 2014 (3a. Sección)

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"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIÓ DICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLX Morelia, Mich., Viernes 12 de Diciembre de 2014 NUM. 97
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado
de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Directora del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 24 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
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www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: Lic. María Salud Sesento García
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
IRIMBO, MICHOACÁN
CREACIÓN DEL OAPAS Y SU REGLAMENTO
ACTA DE AYUNTAMIENTO EXTRAORDINARIA No. 39
En la cabecera municipal de Irimbo, Michoacán, el día 28 de octubre de 2014,
siendo las 15:36 horas, en el despacho del Presidente Municipal, habilitado como
Recinto Oficial por el H. Ayuntamiento, encontrándose presentes los CC. JOSÉ
JAIME LÓPEZ SOTO, Presidente Municipal; JOSÉ FILADELFO HERREJÓN
MORENO, Síndico Municipal, así como los Regidores: JUAN CARLOS VERGARA
MONTOYA, DILCIA MARISOL PÉREZ SÁNCHEZ, PAOLA SHANTAL ESPINO
ROJAS, JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ GARCÍA, JOSÉ SACRAMENTO
SOTO LUNA, y MARÍA NORBELLA GARCÍA HERNÁNDEZ, con la ausencia
del Regidor ADALBERTO RUIZ LÓPEZ ya que viajó a los Estados Unidos de
América, asistidos por DAVID ALEJANDRO GARCÍA ZAMUDIO, Secretario
del H. Ayuntamiento, se dio inicio a la sesión de Ayuntamiento extraordinaria
No. 39, del H. Ayuntamiento Constitucional 2012-2015, bajo el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.- . . .
2.- . . .
3.- CREACIÓN DEL OOAPAS DE IRIMBO Y APROBACIÓN DE SU
REGLAMENTO.
4.- . . .
...............................................................................................................................................
.................................................................................................................................................
...................................................................
TRES. CREACIÓN DE OOAPAS DE IRIMBO Y APROBACIÓN DE SU
REGLAMENTO. En uso de la palabra la Directora del OOAPAS ALMA DELIA
RUIZ RUIZ informa a los presentes que es necesario autorizar la creación del
Organismo Operador de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Irimbo,
PERIÓDICO OFICIAL
PÁGINA 2
Viernes 12 de Diciembre de 2014. 3a. Secc.
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Michoacán y de su reglamento para que cuente con
personalidad jurídica y patrimonio propios, con la finalidad de
administrar, mantener, conservar, rehabilitar, ampliar, y mejorar
los servicios de agua potable en el Municipio, el Reglamento
es un cimiento importante pues nos marca la manera de
funcionar de cada uno de los miembros que integran el buen
funcionamiento del Organismo como es la Junta de Gobierno,
el Consejo Consultivo, el Director del Organismo, y el
Organismo mismo, lo anterior basado en el artículo 123 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, y del artículo 101 de la Ley Orgánica
Municipal, por lo que el C. JOSÉ JAIME LÓPEZ SOTO,
Presidente Municipal a petición de la Directora del OOAPAS
ALMA DELIA RUIZ RUIZ solicita la autorización del siguiente
acuerdo: La autorización de la Creación del Organismo Operador
de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Irimbo,
Michoacán así como del Reglamento del mismo Organismo
para que cuente con personalidad jurídica y patrimonio propios,
con la finalidad de administrar, mantener, conservar, rehabilitar,
ampliar, y mejorar los servicios de agua potable en el municipio,
por lo que el presente Acuerdo es aprobado por mayoría,
instruyendo que se realice la publicación correspondiente.
CUATRO. CLAUSURA. No habiendo otro asunto que tratar,
se da por terminada la presente sesión de Ayuntamiento
extraordinaria No. 39, siendo las 16:27 horas, el mismo día
de su inicio, agotándose el punto del Orden del Día, una vez
que fue leído y tratado, firmando de conformidad quienes
en ella intervinieron para su constancia legal.
Atentamente.- "Sufragio Efectivo. No Reelección".- C. José
Jaime López Soto, Presidente Municipal de Irimbo. (Firmado).
_____________
REGLAMENTO DEL ORGANISMO OPERADOR DE
AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y
SANEAMIENTO DE IRIMBO, MICHOACÁN
De conformidad con las bases normativas establecidas por
el H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, y en
ejercicio de sus facultades, el Honorable Ayuntamiento
Constitucional de Irimbo, Michoacán, ha tenido a bien
expedir el siguiente Reglamento Interior y de servicios del
Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento de Irimbo, Municipio de Irimbo, Michoacán.
TÍTULO PRIMERO
GENERALIDADES
CAPÍTULO I
DE LA CONSTITUCIÓN Y FINES DEL ORGANISMO
Artículo 1º.- Por acuerdo de Cabildo del H. Ayuntamiento,
con fundamento y apoyo en los artículos 29, fracción XII de la
Ley Orgánica Municipal y 30 de la Ley del Agua y Gestión de
Cuencas del Estado de Michoacán de Ocampo, se creó el
Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento del Municipio de Irimbo, Michoacán, en sesión
celebrada el día 28 de Octubre de 2014 y publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán, el día
(sic) del año 2014.
Artículo 2º.- El Organismo que se denomina "Organismo
Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de
Irimbo", el cual es un Organismo Público Descentralizado, con
personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyos fines son
operar, administrar, mantener, conservar, rehabilitar, ampliar, y
mejorar los servicios de agua potable y alcantarillado del
Municipio de Irimbo, en congruencia con el Plan de Desarrollo
Integral del Estado de Michoacán, en cuya formulación habrá
de participar de manera conjunta con la Comisión Nacional del
Agua, la Comisión Estatal del Agua y Gestión de Cuencas, el
Ayuntamiento y los usuarios del servicio a su cargo.
Artículo 3º.- Este Organismo podrá celebrar toda clase de actos,
para el cumplimiento de sus funciones y logro de sus fines,
comprometerse y obligarse, adquirir bienes y derechos en los
términos de este Reglamento y demás disposiciones vigentes.
Artículo 4º.- El Organismo, enmarca sus acciones dentro de la
Ley del Agua y Gestión de Cuencas y no tiene carácter lucrativo,
siendo sus objetivos de servicio público y beneficio social
colectivo:
I. Establecer y ejecutar los proyectos, planes y programas
necesarios para la operación, rehabilitación,
organización, administración y mejoramiento de los
Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento;
II. Ejecutar por si o a través de terceros, los estudios,
proyectos y obras necesarios para la adecuada
operación de los Sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento;
III. Apoyar técnica y administrativamente a los sistemas
rurales o comunales que se constituyan en el
Municipio;
IV.Coadyuvar con las autoridades y organismos del sector
público y privado, en toda acción que tienda al
saneamiento de los sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento que funcionen en el
Municipio;
V. Prevenir y combatir la contaminación de los Sistemas
de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento;

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