Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 31 de Octubre de 2014 (2a. Sección)

COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIÓ DICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLX Morelia, Mich., Viernes 31 de Octubre de 2014 NUM. 67
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado
de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Directora del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 36 páginas
Precio por ejemplar:
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$ 24.00 atrasado
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Correo electrónico
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Directora: Lic. María Salud Sesento García
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ANGANGUEO, MICHOACÁN
ATLAS DE RIESGOS NATURALES
SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO DE FECHA 29
DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CATORCE
ACTA NÚMERO DIECIOCHO
En la población de Angangueo, Michoacán, siendo las diez treinta horas del día
veintinueve de septiembre de dos mil catorce, se reunieron, en sala de Cabildos,
en el edificio del Palacio Municipal, previo citatorio correspondiente, el C. Juan
Pérez Anaya, Presidente Municipal de la población y el C. Jaime Martínez Reyes,
Síndico Municipal, junto con su H. Cuerpo de Regidores, los CC. María Socorro
Martínez Montoya, José Luis Martínez Valdéz, Oswaldo Soto Monroy, Celia
Vargas Aguilar, Augusto Perea Martínez, María Leticia García García y Prisciliano
Moreno García, para llevar a cabo la sesión de Cabildo correspondiente conforme
al siguiente:
O R D E N D E L D Í A
1.- . . .
2.- . . .
3.- . . .
4.- Presentación, análisis y autorización en su caso, del Atlas de Riesgos
Naturales para el Municipio de Angangueo, Michoacán, por parte del Consejo
de Protección Civil Municipal, para la aprobación de los miembros del Honorable
Ayuntamiento.
5.- . . .
6.- . . .
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CUARTO.- PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DEL ATLAS DE RIESGOS
PERIÓDICO OFICIAL
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NATURALES PARA EL MUNICIPIO DE ANGANGUEO,
MICHOACÁN.- Reunidos la totalidad de los miembros
de éste Honorable Ayuntamiento y a manera de dar
cumplimiento a lo establecido por los artículos 5, 61, 73,
74, 75, 121 y 124 del Bando Municipal para el Municipio
de Angangueo, Michoacán, artículos 32, 117 y 120 de la
Ley Orgánica Municipal del Estado y del Código de
Desarrollo Urbano del Estado en sus artículos 14 fracción
XXVII, 276 y 277, y según las facultades que otorgan los
artículos 20, 23, 24 y 25 fracciones II y IV a los miembros
del Consejo de Protección Civil Municipal--, se procedió
a dar inicio a la Presentación del Atlas de Riesgos
Naturales para el Territorio Municipal de Angangueo,
Michoacán, el cuál fue sometido a consulta y análisis
ante éste Honorable Pleno.
Habiéndose efectuado tal presentación, previo citatorio
correspondiente y Recinto Oficial determinado para ello,
consideradas las diversas opiniones y observaciones
sobre su contenido y alcance, las que fueron ponderadas,
evaluadas y tomadas en cuenta por el Consejo Municipal
de Protección Civil, determinan, los miembros de éste
Honorable Pleno, aprobar, por unanimidad de votos a
favor, en todas y cada una de las partes que lo integran,
el Atlas de Riesgos Naturales para el Municipio de
Angangueo, Michoacán, el cual entrará en vigor a partir
de la fecha de su eventual publicación en el Periódico
Oficial del Estado. ACUERDO NO. 38.
Agotado el punto para el que han sido convocados los
miembros de éste Honorable Cabildo, habiéndolo
analizado y autorizado debidamente para su asentamiento
en Acta, se clausura la presente sesión ordinaria de
Ayuntamiento, siendo las catorce horas con veinticinco
minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil
catorce, firmando para su aprobación y debida constancia
quienes así lo ratifican con su firma correspondiente.
A T E N T A M E N T E . EL AYUNTAMIENTO, C. JUAN
PÉREZ ANAYA, PRESIDENTE MUNICIPAL.-PROFR.
JAIME MARTÍNEZ REYES, SÍNDICO MUNICIPAL.-
REGIDORES: C. MARÍA SOCORRO MARTÍNEZ
MONTOYA, Salud y Asistencia Social.- C. JOSÉ LUIS
MARTÍNEZ VALDÉZ, Obras Públicas y Desarrollo Urbano.-
PROFR. OSWALDO SOTO MONROY, Desarrollo Rural y
Fomento Industrial.- C. CELIA VARGAS AGUILAR,
Educación, Cultura y Turismo.- C. AUGUSTO PEREA
MARTÍNEZ, Ecología y Migración.- C. MARÍA LETICIA
GARCÍA GARCÍA, Mujer y Juventud.- C. PRISCILIANO
MORENO GARCÍA, Comercio y Asuntos Indígenas.- C.
MA. ESTELA ROMERO VÁZQUEZ, Secretaria del
Ayuntamiento. (Firmados).
ATLAS DE RIESGOS NATURALES DE ANGANGUEO,
MICHOACÁN, 2012
ANTECEDENTES E INTRODUCCIÓN
I.1.Introducción
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)a través del
Programa de Prevención de Riesgos en Asentamientos
Humanos (PRAH) mantiene espacial interés en establecer
una serie de lineamientos por medio de los cuales se asegure
que los municipios del país tengan las herramientas básicas
para el diagnóstico, ponderación y detección precisa de
riesgos, peligros y vulnerabilidad a través de cartografía y
documentos metodológicos elaborados con bases
científicas. Así, considerando criterios del Centro Nacional
de Prevención Desastres (CENAPRED), y los planteados
en el PRAH; todo ello en concordancia con la ordenación
del territorio, entendida como una política en un diagnóstico
interdisciplinario que tiene como objetivo fundamental el
desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física
del espacio (SEDESOL, 2012), se presenta el Atlas de
Riesgos Naturales de Angangueo, Michoacán, 2012.
El presente documento, por lo tanto, se encuentra
circunscrito al Plan Nacional de Desarrollo2007-2012 en el
cual se precisa como una estrategia, "hacer de la Prevención
de desastres y la Gestión del Riesgo una política de
desarrollo sustentable" incorporando la prevención de
desastres en las herramientas de planeación del desarrollo
territorial, social y ambiental (SEDESOL, 2012).
El Atlas de Riesgos Naturales de Angangueo, Michoacán,
2012, se fundamenta, además, en el hecho de que la
información municipal de riesgos, peligros y vulnerabilidad
es escasa y heterogénea, carente de criterios unificados
que las hagan complementarias e interactivas (SEDESOL,
2012). Bajo esta consideración, la SEDESOL se ha enfocado
en apoyar la política de prevención de desastres y su
vinculación con la regulación y ocupación del suelo, con el
propósito de minimizar el riesgo a través de la adecuada
planeación y ordenamiento territorial; y también a reducir la
vulnerabilidad de la población ante los efectos destructivos
de los fenómenos naturales por medio de la mejora en
sistemas estructurales de mitigación y en la normatividad
de los métodos constructivos.
Ante estas necesidades, para la SEDESOL resulta prioritario
generar, actualizar y elevar la calidad de los atlas de riesgos
en el territorio nacional desde un contexto estandarizado
que permita homologar los criterios de calificación y
cuantificación de riesgos, peligros y vulnerabilidad,
generación de cartografía y levantamiento en campo de
información referente a los fenómenos perturbadores de
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origen natural.
I.1.1. Marco legal
A nivel federal, los siguientes instrumentos jurídicos
fundamentan la política de prevención de desastres en el
país:
lConstitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
de Prevención de Desastres, se encuentra
considerado en esta Ley como institución encargada
de apoyar al Sistema Nacional de Protección Civil:
prevenir, alertar y fomentar la cultura de
autoprotección para reducir el riesgo de la población
ante fenómenos naturales yantropogénicos que
amenacen sus vidas, bienes y entorno a través de la
investigación, monitoreo, capacitación y difusión.
lLey General de Asentamientos Humanos.
lLey General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente.
lLey de Población.
lLey de Vivienda.
Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo contempla a la
protección civil, la previsión y prevención, y la atención de
desastres como una política prioritaria del desarrollo
nacional, y para ello establece el Programa Nacional de
Protección Civil 2008-2012.
A nivel estatal, el presente Atlas tiene el respaldo jurídico
de:
lLey de Protección Civil del Estado de Michoacán
cuyo objetivo es la prevención, auxilio y apoyo para
la población en el Estado en casos graves de riesgo
colectivo o desastre, para lo cual se estableció el
Sistema Estatal de Protección Civil;
lReglamento de Ley de Protección Civil de Michoacán.
Es te instrumento otorga las bases jurídicas y
normativas que regulan las funciones del Sistema
Estatal de Protección Civil que contempla la ley de
protección Civil del Estado.
lLey de planeación del estado de Michoacán.
A nivel municipal:
lLey Orgánica Municipal, artículo 29, fracción XVII.
lPlan de Desarrollo Municipal.
lLa organización y estructura de la administración
pública municipal estable quelas autoridades
auxiliares tienen dentro de sus funciones dar parte
de la aparición de siniestros y epidemias.
I.2.Antecedentes
La historia relativa a los desastres originados por peligros
naturales es prácticamente nula para el municipio de
Angangueo hasta el año de 2010, momento en el cual
ocurrieron deslaves e inundaciones que afectaron la
cabecera municipal.
Durante los días 3 y 4 de febrero del año 2010, ocurrieron
diversos procesos de remoción en masa e inundaciones en
la región del oriente de Michoacán y el occidente del estado
de México; Al respecto, los habitantes de la localidad de
Angangueo, incluyendo a los funcionarios públicos, no
contaron con los elementos técnicos, cartográficos o de
prevención alguna para que se dispusiera la evacuación de
los pobladores hacia zonas seguras.
El municipio de Angangueo fue uno de los más afectados,
con el 80% de las viviendas dañadas (Heriberto Félix Guerra,
SEDESOL), mientras que la pérdida de vidas humanas fue
de 19, se dieron decenas de desaparecidos y hubo más de
3,000 damnificados.
Los sectores más dañados corresponden a la infraestructura
(principalmente las carreteras, el agua potable, drenaje y
energía eléctrica), así como los servicios de emergencias,
de salud pública y atención médica, así como el turismo;
igualmente quedaron afectados sectores productivos como
la agricultura y la cría de truchas. Cabe resaltar a el sector
turístico como uno de los más afectados, por ser Angangueo
la localidad que recibe a miles de personas que visitan los
santuarios de hibernación de la mariposa Monarca, y que
debido al temporal, los accesos quedaron inhabilitados, ya
que ocurrieron durante los meses de enero a marzo cuando
el número de visitantes es mayor.
Bajo estas circunstancias el gobierno federal se vio obligado
a declarar la región como zona de desastre. Destinando para
atender las zonas afectadas por las lluvias, 25 millones de
pesos a Michoacán. Más de mil militares aplicaron el plan
DN-III, elementos de protección civil, bomberos, policías
estatales y municipales se sumaron al rescate y al
levantamiento de escombros.

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