Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 14 de Octubre de 2014 (3ª Sección)

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PERIÓ DICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLX Morelia, Mich., Martes 14 de Octubre de 2014 NUM. 54
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Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: Lic. María Salud Sesento García
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
IXTLÁN, MICHOACÁN
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Substituto
del Estado de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Directora del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 16 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
OCTOGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA
H. AYUNTAMIENTO DE IXTLÁN, MICH.
2012-2015
ACTA NÚMERO CIENTO DIECISIETE. En el Municipio de Ixtlán, Michoacán,
siendo las 9.00 nueve horas del día 5 cinco de septiembre de 2014 dos mil catorce;
se reunieron los integrantes del Ayuntamiento en la sala de Cabildo de la
Presidencia Municipal para celebrar la Octogésima Quinta Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento, bajo el siguiente orden del día:
PUNTO NÚMERO UNO: ...
PUNTO NÚMERO DOS: ...
PUNTO NÚMERO TRES: ...
PUNTO NÚMERO CUATRO: ...
PUNTO NÚMERO CINCO: ...
PUNTO NÚMERO SEIS: Análisis de la ratificación del Reglamento del Comité
de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Ixtlán, Michoacán.
PUNTO NÚMERO SIETE: ...
PUNTO NÚMERO OCHO: ...
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...........................................................................................................................................
.............................................................................
PUNTO NÚMERO SEIS.- La Presidenta Municipal solicita a los integrantes del
H. Ayuntamiento la ratificación del Reglamento del Comité del Agua Potable y
Alcantarillado del municipio de Ixtlán, Michoacán, mismo que fue aprobado por
la Junta de Gobierno de dicho Comité en el acta número 34 del día 18 de agosto de
2014, a continuación el Secretario de Ayuntamiento lo somete a votación siendo
aprobado por unanimidad de votos, comisionándose al Director del Comité de
PERIÓDICO OFICIAL
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Martes 14 de Octubre de 2014. 3a. Secc.
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Agua Potable y Alcantarillado del municipio de Ixtlán,
Michoacán, para que dé cabal cumplimiento a dicho acuerdo,
así como su autorización para su publicación en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán.
PUNTO NÚMERO OCHO.- Cierre de la sesión. No habiendo
otros asuntos que tratar en el orden del día y siendo las
12.00 (Doce horas) del día al inicio indicado, se da por
terminada la presente sesión, dando fe de ello el Lic. Miguel
Ángel Verduzco Núñez, Secretario del H. Ayuntamiento,
firmando en ella todos y cada uno de los integrantes del
Ayuntamiento presentes que intervinieron para los efectos
legales a los que haya lugar. «DOY FE».
Presidenta Municipal, Dra. Gaudencia Odilia Romero Alonso.-
Síndico Municipal, C. Raúl Torres Velázquez. (Firmados).
H. CUERPO DE REGIDORES
C. Antonio del Río Ortiz, Regidor de Asuntos
Agropecuarios.- C. Ma. del Carmen Ramírez Gómez, Regidora
de Salud, Asistencia Social y Atención a Migrantes.- C.
Martín Martínez Villanueva, Regidor de Obras Públicas.- C.
J. Refugio González Sandoval, Regidor de Educación,
Deportes, Cultura y Turismo.- C. Irma Aguilar Mata, Regidora
de Programación y Presupuesto.- C. Sergio Valenzuela
Bustamante, Regidor de Comercio.- C. Guillermo Cervantes
García, Regidor de Ecología. (Firmados).
DOY FE
Lic. Miguel Ángel Verduzco Núñez
Secretario del Ayuntamiento
(Firmado)
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO Y
SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE IXTLÁN,
MICHOACÁN», con el objeto de definir, la administración,
operación y manejo que darán los usuarios del servicio de
agua, y fomentar una mejor prestación de los servicios
públicos para atender la problemática del Municipio. Así
como dotar de marco legal que regule el servicio de agua,
otorgar mayor certeza jurídica a los actos que se realicen en
el Municipio de Ixtlán, Michoacán.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de orden público,
de carácter general e interés social y tiene por objeto regular
la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y
saneamiento en el Municipio de Ixtlán, Michoacán; así como
la estructura orgánica y funciones del Comité de Agua
Potable y Alcantarillado del Municipio de Ixtlán, Michoacán.
ARTÍCULO 2.- La prestación del servicio público de agua
potable, alcantarillado y saneamiento es atribución del
Honorable Ayuntamiento de Ixtlán, Michoacán; por tanto,
en su territorio es a él a quien compete la explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas superficiales o del subsuelo
y residuales, desde el punto de su extracción o recepción,
hasta su distribución, tratamiento y disposición final en los
ámbitos de su competencia municipal, de conformidad con
lo autorizado por la Comisión Nacional del Agua.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos del presente reglamento se
entenderá por:
Agua potable. El agua de uso doméstico, comercial y/o
industrial que reúne los requisitos establecidos en las
Normas Oficiales Mexicanas.
Aguas pluviales. Las que provienen de lluvias o granizo.
Aguas residuales. Aquellas aguas que una vez utilizadas se
vierten o descargan en los cuerpos receptores.
Alcantarillado. La red o sistema de conductos y accesorios
para recolectar y conducir las aguas residuales y pluviales
al desagüe o drenaje.
Comité local. Los comités locales de agua potable, son
autónomos e independientes del Comité de Agua Potable y
Alcantarillado del Municipio de Ixtlán, Michoacán; pero
los mismos podrán solicitar la asesoría a dicho Comité en el
ámbito de su competencia.
_____________________
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE
IXTLÁN, MICHOACÁN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Dentro de los objetivos señalados en el Plan de Desarrollo
Municipal 2012-2015 destaca la importancia del cuidado del
agua, razón por la cual es necesario implementar y adecuar
las disposiciones reglamentarias que promueven el buen y
racional uso del agua. Bajo este criterio se lleva a cabo un
proyecto que nos permitirá hacer una mejor distribución del
agua y obtener como resultado uso racional y concientizado
de este vital líquido. Iniciando primeramente en la Cabecera
Municipal. En este marco, la expedición y aplicación del
presente «REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN,

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