Decreto número 185 de la sexagésima segunda Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se expide la Ley que regula los establecimientos dedicados a la compraventa o adquisición de vehículos automotores en desuso y sus autopartes, así Como en los que se comercializan, manejan o disponen de metales para reciclaje, para el Estado de Guanajuato y sus municipios

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