ACUERDO por el que se modifica el artículo sexto del Acuerdo Gubernamental mediante el cual se delega en el Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos y en el Subsecretario de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Asuntos Jurídicos, así como en el Director Jurídico de la Secretaría de Administración, la facultad de representar al Gobierno del Estado.

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a ml cargo confieren los artículos 91 fracción XXIX, y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2 párrafo 2, 10 párrafos 1 y 2, 23 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO: Que el artículo 91 fracción XXIX, de la Constitución Política del Estado, dispone que el Gobernador tiene la facultad de representar al Gobierno del Estado en todos los actos inherentes a su cargo, y que podrá delegar y otorgar esta representación en favor de terceros, en los términos más amplios que, para tal efecto, fijen las leyes.

SEGUNDO: Que la atribución constitucional aludida en el Considerando precedente tiene por objeto permitir la mayor eficacia del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de sus funciones y en la defensa de los intereses públicos a su cargo.

TERCERO: Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas establece, en su artículo 2, que el ejercicio del Poder Ejecutivo corresponde al Gobernador del Estado, quien tendrá las atribuciones que le señalan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, la referida ley y las demás disposiciones jurídicas relativas; así como que el Ejecutivo podrá delegar la representación en favor de los servidores públicos del Estado que estime conveniente, mediante la expedición del Acuerdo Gubernamental respectivo, de igual forma para los casos que lo requieran, asuntos fuera del Estado o para conferir la representación a personas que no tengan el carácter de servidores públicos estatales, podrá otorgárseles aquella en la forma más amplia que estime el Ejecutivo, mediante el poder correspondiente.

CUARTO: Que bajo esta tesitura, en fecha 13 de septiembre de 2012 se publicó en el Periódico Oficial del Estado, Acuerdo Gubernamental mediante el cual se delega en el Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos y en el Subsecretario de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Asuntos Jurídicos, así como en el Director Jurídico de la Secretaría de Administración, la facultad de representar al Gobierno del Estado.

QUINTO: Sin embargo, en razón de la eficacia y la eficiencia administrativas en la actuación jurídica del Gobierno del Estado, resulta conveniente delegar la representación del Gobierno del Estado, de igual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR