Acuerdo y Documento Correspondiente al Programa Parcial de Mejoramiento Urbano Denominado 'colonia Antorchista Tercera Sección', Localizado al Noreste del Centro de Población de Colima

ACUERDOY DOCUMENTO CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA PARCIAL DE MEJORAMIENTO URBANO DENOMINADO "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", LOCALIZADO AL NORESTE DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COLIMA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.067/2014, de fecha 25 de marzo del año 2014, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 2 de abril del presente año, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", localizado al Noreste del Centro de Población de Colima, el cual es desarrollado por el Instituto de Suelo Urbanización y Vivienda del Estado de Colima, (INSUVI).

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional del Municipio de Colima, Col., en Sesión celebrada el día 20 de diciembre del año 2013, aprobó el Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", localizado al Noreste del Centro de Población de Colima, según cosntancia certificada del punto de Acuerdo expedida el día de su aprobación, por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio ya mencionado.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", localizado al Noreste del Centro de Población de Colima, conforme se asienta en el documento del cual solicitan su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene el Programa Parical de Mejoramiento Urbano denominado "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", localizado al Noreste del Centro de Población de Colima, de conformidad como se menciona en el Considerando anterior, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento correspondiente al Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado "COLONIA ANTORCHISTA TERCERA SECCIÓN", localizado al DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVONoreste del Centro de Población de Colima, mismo que fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Colima, en sesión celebrada el día 20 de diciembre del año 2013, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 2 dos de marzo del año 2014 dos mil catorce.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ROGELIO HUMBERTO REUDA SÁNCHJEZ. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ARQ. JOSÉ FERNANDO MORÁN RODRÍGUEZ. Rúbrica.

Antecedentes Introducción Con la finalidad de dar certeza jurídica a los poseedores de un lote en la colonia Antorchista tercera sección, cuyo nivel de ocupación actual es cercano al 40%, con otro 20% ya en proceso de asentamiento en el lugar, de los lotes asignados originalmente sin contar con ningún instrumento de planeación u ordenamiento territorial que los rigiera, se instrumenta el presente Programa Parcial de Mejoramiento Urbano como una acción tendiente a dar inicio a los trámites que garanticen la escrituración de los predios a cada uno de los particulares.

Aunado a lo anterior, se busca también que el asentamiento se integre a la base gravable de impuestos del municipio, con la finalidad de que los habitantes cumplan con sus obligaciones tributarias y a la vez puedan ser considerados dentro de los instrumentos de planeación y políticas sociales del ayuntamiento.

Mediante los documentos que demuestran...

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