Acuerdo por el que se reforma y adiciona el acuerdo por el que ordena la suspensión de actividades para venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados en las delegaciones que se señalan, durante los días que se indican. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día nueve de abril de dos mil catorce

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ACUERDO POR EL QUE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS EN LAS DELEGACIONES QUE SE SEÑALAN, DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día nueve de abril de dos mil catorce.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el proemio, el último párrafo del Considerando, el Artículo Primero, se adicionan el numeral 9 y a la delegación que se señala en el tercer párrafo del Considerando del ACUERDO POR EL QUE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS EN LAS DELEGACIONES QUE SE SEÑALAN, DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN; para quedar como sigue:

Héctor Serrano Cortés, Secretario de Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 5, fracción II y 7, fracción II, 19, fracciones II y III de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10, fracciones I, II, V, VI VII, IX, XI, XIII y XVI, 15, fracción I, 16, fracción IV, 23, fracciones XX, XXII y XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 26, fracciones X y XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

2026

2026

Que con motivo de la Festividad Religiosa de Semana Santa 2014, las delegaciones del Distrito Federal siguientes:

  1. Álvaro Obregón

  2. Azcapotzalco

  3. Cuajimalpa de Morelos

  4. Cuauhtémoc

  5. Gustavo A. Madero

  6. Iztapalapa

  7. Miguel Hidalgo

  8. Tláhuac

  9. Xochimilco

Han solicitado, restringir y exceptuar en cada una de sus demarcaciones territoriales, la venta y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas de las 00:00 horas a las 24:00 horas de los días 17, 18, 19 y 20 de abril del 2014, lo anterior en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dichos eventos y consecuentemente salvaguardar la integridad física de participantes y público en general, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades de venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas de los días 17, 18, 19 y 20 de abril del 2014, en los establecimientos mercantiles ubicados en las demarcaciones territoriales citadas en...

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