PROY-NOM-005-SEGOB-2012: Acciones de Recuperación.- Atención a la Salud Psicosocial en Caso de Emergencia o Desastre.

DependenciaFederal
ClavePROY-NOM-005-SEGOB-2012
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaActividades del Gobierno
ProductoProteccion humana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. PROY-NOM-005-SEGOB-2012 "ACCIONES DE RECUPERACIÓN.- ATENCIÓN A LA SALUD PSICOSOCIAL EN CASO DE EMERGENCIA O DESASTRE"

RICARDO DE LA CRUZ MUSALEM, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 fracción II, 44 tercer párrafo y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 fracciones I, II y III de su Reglamento; y 19, fracción XV de la Ley General de Protección Civil, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SEGOB-2012 "Acciones de recuperación.- Atención a la salud psicosocial en caso de emergencia o desastre".

El presente proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su publicación en ese órgano informativo del gobierno federal, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, en sus oficinas ubicadas en avenida Paseo de la Reforma número 99, Mezanine, colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030, México, Distrito Federal, teléfonos: 5128-0028, 5128-0029, 5128-0000 ext. 11251, correo electrónico rdelacruzm@segob.gob.mx.

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes dependencias e instituciones:

  1. Asociación Mexicana de Alternativas en Psicología (AMAPSI);

  2. Gobierno del Distrito Federal a través del Servicio Público de Localización Telefónica, Locatel;

  3. Gobierno del Estado de Tabasco a través de la Secretaría de Salud;

  4. Instituto Mexicano del Seguro Social;

  5. Red Mexicana de Estudios Interdisciplinarios para la Prevención de Desastres;

  6. Secretaría de Gobernación;

  7. Secretaría de la Defensa Nacional;

  8. Secretaría de Marina-Armada de México;

  9. Secretaría de Salud (a través del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, el Consejo Nacional contra las Adicciones y el Servicio de Atención Psiquiátrica);

  10. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

  11. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y

  12. Universidad Nacional Autónoma de México (a través de la Dirección de Protección Civil y la Facultad de Psicología).

    ÍNDICE

    Introducción

  13. Objeto y campo de aplicación

  14. Definiciones y abreviaturas

  15. Disposiciones generales

  16. Especificaciones

  17. Infracciones y sanciones

  18. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  19. Bibliografía

  20. Vigilancia

  21. Vigencia

  22. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad

  23. Apéndices Normativos

  24. Apéndice Informativo

    INTRODUCCIÓN

    La presente Norma Oficial Mexicana busca coadyuvar a lograr las metas del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Nacional de Protección Civil a través de acciones específicas para el auxilio y recuperación de las personas en materia de salud psicosocial, así como contribuir en los procedimientos de operación con los que cuenta el Sistema Nacional de Protección Civil.

    Establece una serie de objetivos y métodos para la atención psicológica, psiquiátrica y social en casos de emergencias y desastres para grupos de personas e individuos en terreno y a los especialistas que participen.

    También prevé la preparación de recursos humanos especializados como interventores en crisis.

    En este sentido, es un esfuerzo conjunto de diversas organizaciones públicas y privadas, así como multidisciplinario, que busca integrar las mejores prácticas en el diseño de acciones para la atención de emergencias y desastres; utilizando para ello los diversos modelos teóricos y prácticos que ofrecen la psicología y la psiquiatría.

    Se han tomado como principios rectores de esta Norma los valores de solidaridad, conducta ética y legal, respeto, igualdad, equidad de género, diversidad, responsabilidad y profesionalismo.

    El objetivo es apoyar a las personas en situación de emergencia y crisis. Esto incluye población civil y personal a cargo de la atención de la emergencia, para mantener y/o recobrar el equilibrio psicosocial ante un suceso inesperado y de esta manera servir de apoyo y contribuir en el desarrollo futuro de la sociedad civil y del estado mexicano.

    La situación y sensación de desamparo son elementos desorganizadores en situación de desastres y se deben a la suma del peligro real y el imaginario. Por ello, la atención en situación de crisis, trauma o conflicto específico se realiza con la finalidad de prevenir que los problemas agudos se conviertan en críticos. Además busca impedir que el padecimiento evolucione hacia una desadaptación grave que puede llegar a ser una enfermedad seria y crónica, así como brindar contención en situaciones que sobrepasen la capacidad funcional de la persona.

    A través de la atención psicosocial se obtendrá la disminución de síntomas o abatimiento sintomatológico y el refuerzo de los propios recursos individuales para afrontar dichas situaciones, al lograr que vuelva a su comportamiento previo al desajuste.

    En la práctica de intervención en crisis el tiempo es limitado y el objeto principal es que el paciente pueda recuperar el equilibrio emocional previo al evento traumático o perturbador. La brevedad de las intervenciones no debe confundirse con superficialidad, ni intenta suplir o desplazar otras terapias cuando sean indicadas y posibles, además requiere habilidades especiales por parte del terapeuta o interventor.

    El objetivo de la intervención para el individuo debe ser el recuperar la salud psicosocial, que incluye los aspectos mental, psicológico y social de las personas afectadas por emergencias, desastres o fenómenos perturbadores, a través de protocolos que permitan restaurar y estabilizar el equilibrio previo, así como facilitarles los apoyos y enlaces necesarios para lograrlo. Por otra parte, el objetivo de la intervención para la comunidad es restablecer el tejido social para recuperar los vínculos que unen a la gente y el sentido de colectividad.

    Se consideran tres posibles efectos a partir de una intervención en crisis: cambio para mejorar, cambio para empeorar y/o regresar a niveles previos de funcionamiento. La resolución satisfactoria de la intervención en crisis se caracteriza por la restauración del equilibrio, el dominio cognoscitivo de la situación y el desarrollo de nuevas estrategias de enfrentamiento. Lo anterior incluye cambios de conducta individual y el uso apropiado de recursos externos como son: ayuda terapéutica; programas de empleo temporal; mantenimiento de espacios en el refugio temporal y la comunidad, y apoyos para reconstrucción; entre otros.

    Dependiendo de la severidad de la crisis, se pueden presentar reacciones de tipo afectivas como son: enojo, hostilidad, ansiedad, miedo, tristeza y melancolía; de tipo conductual como son: inmovilidad, aislamiento o acercamiento excesivo, y de tipo cognitivas como son: transgresión al orden legal o social, amenazas a sí mismo o a un tercero y pérdida. Estas pueden ser percibidas como afectar al mundo físico, psicológico, social y moral del paciente.

    En una situación de crisis se debe observar y asumir que el individuo está en relación con otros sistemas que forman parte de su experiencia, como son: el sistema familiar integrado por familiares, amigos, vecinos y todas las relaciones involucradas. El sistema comunitario que abarca la geografía, recursos económicos y materiales, estructura política, lugar de empleo, escuelas, iglesias y organizaciones vecinales, y la cultura formada por los valores predominantes, tradiciones, normas y costumbres.

    Antes de un suceso de crisis, el sistema personal del individuo se encuentra estable y con un funcionamiento adecuado en tanto miembro de un grupo familiar y social, que a su vez está alojado en un ambiente comunitario que es parte de una amplia cultura social. La contingencia impacta sobre todos estos sistemas e interactúa sobre la personalidad del individuo, por lo tanto, se debe observar y señalar la situación en la que se encuentra.

    El rango en donde se encuentra el paciente a partir del triage, debe permitir al interventor tener un mejor pronóstico y estrategia de intervención. El tratamiento debe consistir en definir el problema; identificar y resolver los conflictos subyacentes; definir y movilizar recursos tanto internos como externos, y reducir afecciones desagradables o incómodas.

    Esta Norma reconoce la libertad de las instituciones certificadoras para ofrecer los modelos teóricos y protocolos de intervención que consideren más adecuados, dado que existe una gran variedad de enfoques terapéuticos para la atención de personas en situación de crisis, siempre y cuando cumplan con las disposiciones contenidas en ésta.

    Finalmente, se reconoce el uso de medicamentos alopáticos siendo éstos los que se encuentren registrados en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos para medicamentos alopáticos.

  25. Objeto y campo de aplicación

    1.1. La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las características del servicio de atención a la salud psicosocial de las personas afectadas por una emergencia o desastre, así como del personal médico, de servicios de auxilio o seguridad involucrados en la atención del mismo.

    1.2. La atención se llevará a cabo a través de medios remotos de comunicación y de forma presencial en los refugios temporales instalados y en la comunidad afectada. La aplicación de la Norma inicia cuando se declara una emergencia o desastre por parte de la Secretaría de Gobernación o cuando se instalan y operan refugios temporales producto de la presencia de un fenómeno perturbador y termina cuando se cierran los refugios temporales.

    1.3. Es obligatoria en todo el territorio nacional para personal oficial y no oficial que brinde atención psicosocial a personas afectadas por emergencias o desastres.

  26. Definiciones y...

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