Periódico Oficial del Estado de Coahuilla de Zaragoza del 12 de Septiembre de 2014 (Sección 2)

SEGUNDA SECCION
TOMO CXXI Saltillo, Coahuila, viernes 12 de septiembre de 2014 número 73
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921.
FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO
DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
ARMANDO LUNA CANALES
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
I N D I C E
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de Abasolo, Coahuila, para el Ej ercicio Fiscal de 2014.
1
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de Acuña, Coahuila, para el Ejercicio Fiscal de 2 014.
16
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de Castaños, Coahuila, par a el Ejercicio Fiscal de 2014.
47
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de Morelos, Coahuila, para el Ejercicio Fiscal de 2 014.
63
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de Nava, Coahuila, para el Ejercicio Fiscal de 20 14.
83
ADENDA al Presupuesto de Egresos del Municipio de San Juan de Sab inas, Coahuila, para el Ejercicio Fiscal de 2014.
104
CONVOCATORIA para la Integración de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Vícti mas.
131
ADENDA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE ABASO LO
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
ÚNICO. Se aprueba la Adenda del Presupuesto de Egr esos del Municipio de Abasolo para el Ejercicio Fiscal 20 14, para
quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL M UNICIPIO DE ABASOLO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información p resupuestal con base a lo establecido en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que s e encuentran
contenidas en la Constitución Política de los Estado s Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza,
2 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de
Deuda Pública para el Estad o d e Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como único eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2017
tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo.
            , en el ámbito de sus respectivas
competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente dec reto.
La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la Tesorería y a la Contraloría Municipal de
Abasolo, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las d isposiciones y definiciones que establezca el Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila y el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior, sin perjuicio de la
interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas comp etencias.
Artículo 3.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus
dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autorid ad intermedia entre éste y el
Gobierno del Estado. Como cuerpo co legiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante del Municipio. Esta disposición
se establece sin excluir formas de participación directa de los ciudadanos en los procesos de decisión permitidos por la ley.
Clasificación Administrativa: Clasificación presupuestal que tiene como propósitos básicos identificar las unidades
administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como
establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas,
mediante su integración y consolidación, tal como lo req uieren las mejores prácticas y los modelos universales establecidos en la
materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por
ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
Clasificación Económica: Clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que per mite ordenar a éstas de
acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito gener al de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fiscal y sus
componentes sobre la economía en general.
Clasificación Funcional del Gasto: Clasificación presupuestal que agrupa los gastos según los propósitos u objetivos
socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea to dos los conceptos de gastos descritos. En ese
orden, se constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas donde cada componente destaca aspectos concretos
del presupuesto y suministra información que atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el ví nculo con la
contabilidad.
Clasificación por Tipo de Gasto: Clasificación presupuestal que rel aciona las transacciones públicas que generan gastos con los
grandes agregados de la clasificación económica presentándolos en Corriente, d e Capital y Amortización de la deuda y disminución
de pasivos.
Clasificación Programática: Clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas presupuestarios de los
entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y ho mogénea, las asignaciones de recursos de los pro gramas
presupuestarios.
Deuda Pública: Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, que resulten de operaciones de endeudamiento sobre el
crédito público de las entidades.
Deuda Pública Municipal: La que contraigan los Municipios, por conducto de sus ayuntamientos, como responsables directos o
como garantes, avalistas, deudores solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública paramunicipal
a su cargo.
Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, r estaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 3
Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las dispo siciones y acuerdos del Ayuntamiento y tie ne su
representación legal y administrativa.
Presupuesto de Egresos Municipal: será el que contenga el acuerdo que aprueba el ayuntamiento a iniciativa del P residente
Municipal, para cubrir durante el ejercicio fiscal a partir del primero de enero, las actividades, obras y servicios previstos en los
programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.
Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y administrar, como cuerpo colegiado, al municipio.
Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, central, descentralizada o concesionada a
particulares, cr eada para asegurar de una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de u na necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen de derecho público.
Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos financieros del mismo, de procurar y defender los
intereses del municipio y representarlo jurídicamente.
Subsidios y Subvenciones: Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de
los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en los
precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes; motivar la inversión; cubrir impactos financieros;
promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades agropecuarias, industriales o de servicios.
Trabajadores de Confianza : todos aquellos que realice n funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando
tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estric ta
confidencialidad, deban tener tal carácter.
Trabajadores de Base: serán los no incluidos en el párrafo anterior, serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo podrán
ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio respectivo.
Remuneración: toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas,
bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobació n
que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Artículo 4.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el erario
del Municipio, será obligatoria la intervención de la Tesorería Municipal de Abasolo, tal como lo establece el artículo 129 fracción
XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 5. - El ejercicio del presupuesto municipal, se ad ministrará con eficienc ia, eficacia, econo mía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos,
racionalidad e interés público y social, con base en lo siguiente:
I. No se otorgarán remuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el p resupuesto de egresos al
Presidente Municipal, Regidores y
Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.
II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales o btener o tratar de obtener por el desempeño de su función,
beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban corresponder.
III. El presupuesto se utilizará para cubrir las ac tividades, obras y servicios previstos en los programas y planes de desarrollo
de la Administración Pública Municipal.
IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico que
formule el ayuntamiento.
V. Los programas operativos institucionales se referirán a las prioridades del desarro llo integral del munic ipio fijadas en el
programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.
VI. El gasto público municipal se ejercerá de ac uerdo con el presupuesto de egresos autorizado y deberá ajustarse al monto
asignado a los programas correspondientes.
VII. Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida de gasto en el presupuesto de egresos y que tenga saldo suficiente
para cubrirlo.
4 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
VIII. En lo referente a gastos de difusión, promoción y publicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos
presupuestales totales.
IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipi o, cuidando en todos los
casos que correspondan a compromisos efectivamente devengados, con excepción de los anticipos que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos.
X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las le yes correspondientes, debiéndose
reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.
XI. No se podrán distraer los recursos municipales a fines distintos de los señalados por las leyes y por el presupue sto de
egresos aprobado.
XII. Los subejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, economías o ingresos extraordinarios se aplicarán preferentemente
para cubrir pasivos municipales o mantenerse en caja.
XIII. La T esorería Municipal implementará el Sistema de Presupuesto por Programas y de Evaluación al Dese mpeño de
conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
XIV. El presupuesto de egresos municipal deberá de ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila y en su
respectiva página de internet una vez que haya sido aprobado.
Artículo 6.- La información que en términos del presente documento deba remitirse al
H. Congreso del Estado de Coahuila deberá cumplir con lo siguiente:
I. Aprobada la adenda del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2014, el ayuntamiento, deberá remitir copia del
mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seg uimiento
y revisión de la cuenta pública.
II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico.
III. El nivel mínimo de desagregación se hará con base en la clasificación homologada a las disposiciones del Consejo
Nacional de Armonización Contable.
Artículo 7.- La Tesorería Municipal de Ab asolo garantizará que toda la información presupuestaria cumpla con la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código
Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
La presente adenda del presu puesto de egresos municipal 2014, así como el pr esupuesto de egresos municipal 2014, deberán ser
difundidos en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los tér minos de la Ley de Acceso a la Información
Pública y rotección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
CAPÍTULO II
De las Erogaciones
Artículo 8.- El gasto neto total previsto en el presente P resupuesto Municipal de Abasolo, Coahuila, i mporta la cantidad de
$19,798,540.00.
Para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit público presupuestario de $1,160,250.00.
Artículo 9.- Si alguna o algunas de las asi gnaciones del presupuesto de egresos res ultaren insuficientes para cubrir las necesidades
que originen las funciones encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las modificaciones o
ampliaciones necesarias en función a la disponibilidad de fondos y previa justificación de las mismas.
El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuacione s presupuestarias, siempre y cuando se
justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prio ritarias o urgentes.
Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio en base a la clasificación por tipo de gasto se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)
CTG
Presupuesto Aprobado
1
Gasto Corriente
$
16,817,540.00
2
Gasto de Capital
$
2,981,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 5
3
Amortización de la Deuda y Disminución de
0
Pasivos
Total
$
19,798,540.00
Artículo 1 0.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la cla sificación económica se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)
CE
Presupuesto Aprobado
2 - GASTOS
19,798,540.00
2.1 - GASTOS CORRIENTES
16,817,540.00
2.1.1 - GASTOS DE CONSUMO DE LOS ENTES DEL
GOBIERNO GENERAL/GASTOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS
ENTIDADES EMPRESARIALES
15,555,540.00
2.1.1.1 - REMUNERACIONES
10,002,340.00
2.1.1.1.1 - SUELDOS Y SALARIOS
9,766,000.00
2.1.1.1.2 - CONTRIBUCIONES SOCIALES
236,340.00
2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
5,553,200.00
.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
5,553,200.00
2.1.5 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONATIVOS
CORRIENTES OTORGADOS
332,000.00
2.1.5.1 - AL SECTOR PRIVADO
32,000.00
2.1.5.1.3 - AYUDA A INSTITUCIONES
32,000.00
2.1.5.2 - AL SECTOR PÚBLICO
300,000.00
2.1.5.2.3 - A MUNICIPIOS
300,000.00
2.1.4 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES A EMPRESAS (MEFP
6.61)
930,000.00
2.1.4.1 - A ENTIDADES EMPRESARIALES DEL SECTOR
PRIVADO
930,000.00
2.1.4.1.1 - A ENTIDADES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS
930,000.00
2.2 - GASTOS DE CAPITAL
2,981,000.00
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
1,800,000.00
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
1,800,000.00
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
1,800,000.00
2.2.2 - ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL
FIJO)
509,000.00
2.2.2.2 - MAQUINARIA Y EQUIPO
509,000.00
2.2.2.2.1 - EQUIPO DE TRANSPORTE
-
2.2.2.2.3 - OTRA MAQUINARIA Y EQUIPO
509,000.00
2.2.3 - INCREMENTO DE EXISTENCIAS
54,000.00
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE SEGURIDAD
Y DEFENSA
54,000.00
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE
SEGURIDAD Y DEFENSA
54,000.00
2.2.6 - TRANSFERENCIAS Y ASIGNACIONES Y DONATIVOS
DE CAPITAL OTORGADOS
618,000.00
2.2.6.1 - AL SECTOR PRIVADO
618,000.00
2.2.6.1.1 - AYUDA A PERSONAS
570,000.00
2.2.6.1.4 - DESASTRES NATURALES
48,000.00
Total general
$
19,798,540.00
Artículo 11.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 con base a la clasificación por objeto del gasto en el tercer
nivel de desagregación (partida genérica), se distribuye de la siguiente manera:
COG (Partida Genérica)
Presupuesto Aprobado
10000 - SERVICIOS PERSONALES
11000
- REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
11300 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE
8,526,000.00
12000
- REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
12200 - SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL
126,000.00
13000
- REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
3200
- PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
790,000.00
13400
- COMPENSACIONES
30,000.00
14000 - SEGURIDAD SOCIAL
14100
- APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
236,340.00
15000 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS
15200
- INDEMNIZACIONES
294,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
21000 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS
6 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
OFICIALES
21100
- MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE
OFICINA
124,700.00
21600
- MATERIAL DE LIMPIEZA
60,800.00
22000 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100
- PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS
112,800.00
23000 - MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
23500
- PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE
LABORATORIO ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA
58,500.00
23900
- OTROS PRODUCTOS ADQUIRIDOS COMO
MATERIA PRIMA
99,500.00
24000 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN
24100
- PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS
120,000.00
24200
- CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO
84,000.00
24300
- CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO
12,000.00
24400
- MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA
8,000.00
24600
- MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
14,000.00
24800
- MATERIALES COMPLEMENTARIOS
97,000.00
24900
- OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
186,000.00
25000 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
25900
- OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS
18,000.00
26000 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26100
- COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
993,000.00
27000 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS
27100
- VESTUARIO Y UNIFORMES
24,000.00
27200
- PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL
36,000.00
27300
- ARTÍCULOS DEPORTIVOS
10,000.00
28000 - MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD
28200
- MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
54,000.00
29000 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
29100
- HERRAMIENTAS MENORES
10,000.00
29200
- REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EDIFICIOS
57,500.00
29400
- REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
48,000.00
29600
- REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE
15,000.00
29800
- REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
86,000.00
MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS
29900
- REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS
BIENES MUEBLES
18,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
31000 - SERVICIOS BASICOS
31100
- ENERGÍA ELÉCTRICA
1,200,000.00
31400
- TELEFONÍA TRADICIONAL
156,000.00
31500
- TELEFONÍA CELULAR
72,000.00
31700
- SERVICIOS DE ACCESO DE INTERNET, REDES Y
PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN
24,000.00
32000 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
32200
- ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS
18,000.00
32300
- ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO
14,400.00
32500
- ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE
18,000.00
32600
- ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
77,000.00
33000 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS
33100
- SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD,
AUDITORÍA Y RELACIONADOS
438,000.00
33400
- SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
40,000.00
33600
- SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO,
FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN
174,500.00
34000 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
34100
- SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
36,000.00
34500
- SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
45,000.00
34700
- FLETES Y MANIOBRAS
12,000.00
35000 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
35100
- CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE
INMUEBLES
132,000.00
35200
- INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN,
EDUCACIONAL Y
12,000.00
35300
- INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 7
DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
14,000.00
35500
- REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
201,400.00
35700
- INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA
117,000.00
36000 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD
36100
- DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES
78,000.00
36400
- SERVICIOS DE REVELADO DE FOTOGRAFÍAS
4,000.00
37000 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
37500
- VIÁTICOS EN EL PAÍS
168,600.00
38000 - SERVICIOS OFICIALES
38200
- GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL
108,000.00
39000 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39100
- SERVICIOS FUNERARIOS Y DE CEMENTERIOS
64,500.00
39500
- PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
36,000.00
ACTUALIZACIONES
40000
- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
43000
- SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
43100
- SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN
80,000.00
43200
- SUBSIDIOS A LA DISTRIBUCIÓN
700,000.00
43300
- SUBSIDIOS A LA INVERSIÓN
150,000.00
44000 - AYUDAS SOCIALES
44100
- AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
570,000.00
44800
- AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y OTROS
SINIESTROS
48,000.00
47000 - TRANSFERENCIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
47100
- TRANSFERENCIAS POR OBLIGACION DE LEY
300,000.00
48000 - DONATIVOS
48100
- DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO
32,000.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
62000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
62300
- CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL
ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS,
ELECTRICIDAD Y
500,000.00
62400
- DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE
OBRAS DE URBANIZACIÓN
200,000.00
62600
- OTRAS CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA CIVIL
U OBRA PESADA
1,000,000.00
62900
- TRABAJOS DE ACABADOS EN EDIFICACIONES Y
OTROS TRABAJOS ESPECIALIZADOS
100,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51000 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN
51100
- MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA
252,000.00
51900
- OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE
ADMINISTRACIÓN
198,000.00
52000 - MOBILIA RIO Y EQUIPO EDUCACION AL Y RECREATIVO
52300
- CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
5,000.00
54000 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
54100
- AUTOMÓVILES Y CAMIONES
-
56000 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
56900
- OTROS EQUIPOS
54,000.00
Total general
$
19,798,540.00
Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo,
se desglosan por cada una de las dependencias como se muestra a continuación:
CA/COG
Presupuesto Aprobado
01-PRESIDENCIA
1,723,000.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
591,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
188,000.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
419,500.00
40000
- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
454,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
70,000.00
02-CABILDO
1,510,000.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
1,264,500.00
8 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
60,000.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
133,500.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
52,000.00
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
352,900.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
188,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
26,400.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
98,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
40,000.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
1,572,600.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
1,076,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
273,100.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
200,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
23,000.00
08-ECOLOGIA
1,663,100.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
1,305,200.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
243,400.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
63,500.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51,000.00
09-OBRAS PUBLICAS
4,048,400.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
1,289,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
547,900.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
305,000.00
60000
- INVERSIÓN PÚBLICA
1,800,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
106,000.00
10-DESARROLLO RURAL
1,044,500.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
144,500.00
40000
- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
900,000.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
389,300.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
225,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
71,400.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
71,400.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
21,000.00
13-DESARROLLO SOCIAL
1,272,540.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
648,140.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
276,000.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
42,400.00
40000
- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
266,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
40,000.00
14-TESORERIA
2,742,600.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
772,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
222,600.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
1,687,500.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
60,000.00
19-GASTOS GENERALES
1,487,500.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
954,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
158,000.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
95,000.00
40000
- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
260,000.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
20,000.00
11-SERVICIOS PUBLICOS
1,992,100.00
10000
- SERVICIOS PERSONALES
1,541,500.00
20000
- MATERIALES Y SUMINISTROS
280,000.00
30000
- SERVICIOS GENERALES
144,600.00
50000
- BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
26,000.00
Total general
$
19,798,540.00
Artículo 13.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación administrativa, se distribuye como a
continuación se indica:
CA 3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
19,798,540.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
19,798,540.00
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
19,798,540.00
3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
19,798,540.00
3.1.1.1.1 - Órgano Ejecutivo Municipal (Ayuntamiento)
01-PRESIDENCIA
1,723,000.00
0101-PRESIDENCIA
1,723,000.00
02-CABILDO
1,510,000.00
0201-CUERPO EDILICIO
1,510,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 9
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
352,900.00
0301-CONTRALORIA
352,900.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
1,572,600.00
0501-SEGURIDAD PUBLICA
1,572,600.00
08-ECOLOGIA
1,663,100.00
0801-ECOLOGIA
1,663,100.00
09-OBRAS PUBLICAS
4,048,400.00
0901-OBRAS PUBLICAS
4,048,400.00
10-DESARROLLO RURAL
1,044,500.00
1001-DESARROLLO RURAL
1,044,500.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
389,300.00
1201-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
389,300.00
13-DESARROLLO SOCIAL
1,272,540.00
1301-DESARROLLO SOCIAL
1,272,540.00
14-TESORERIA
2,742,600.00
1401-TESORERIA
2,742,600.00
19-GASTOS GENERALES
1,487,500.00
1901-D.I.F. MUNICIPAL
1,487,500.00
11-SERVICIOS PUBLICOS
1,992,100.00
1101-SERVICIOS PUBLICOS
1,992,100.00
Total general
$
19,798,540.00
CA 3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No
Financieros
Presupuesto
Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
0.00
3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No
Financieros
0.00
Total general
0.00
CA 3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con
Participación Estatal Mayoritaria
Presupuesto
Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
0.00
3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con
Participación Estatal Mayoritaria
0.00
Total general
0.00
CA 3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con
Participación Estatal Mayoritaria
Presupuesto
Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
0.00
3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con
Participación Estatal Mayoritaria
0.00
Total general
0.00
La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, se regula base con al artículo 140 del Código Municip al
para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual establece la facultad del ayuntamiento para aprobar y autorizar su creación de
fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Municipio o el b eneficio colectivo de sus habitantes y
contempla la facultad de la Tesorería Municipal de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en
los fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municipio es Argentina Mascorro Amaya, el cual para dicha
actividad tiene destinado un presupuesto de $ 149,256.00.
En el presente presupuesto de egresos municipal no se prevén erogaciones para entidades paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, debido a que el Municipio no cuenta con entidades de ese tipo.
En el presente presupuesto no se desglosan transferencias a autoridades auxiliares municipales, debido a que no se asignan parti das
para erogar recursos de ese tipo.
Artículo 14. - La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de Abasolo para el ejercicio fiscal 2014 se
compone de la siguiente forma:
CFG
Presupuesto Aprobado
2 - DESARROLLO SOCIAL
19,798,540.00
10 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
1.4 - RELACIONES EXTERIORES
19,798,540.00
1.3.3 - PRESERVACION Y CUIDADO DEL PATRIMONIO
PUBLICO
19,798,540.00
Total general
$
19,798,540.00
Artículo 15.- La clasificación programática del presupuesto de egresos del Municipio de Abasolo, incorpora los programas
municipales desglosados de la siguiente forma:
Programa Presupuestario
Presupuesto
Aprobado
E.- Prestación por Servicios Públicos
Actividades del sector público, que realiza en forma directa, regular y continua, para satisfacer demandas de la sociedad, de interés general,
atendiendo a las personas en sus diferentes esferas jurídicas, a través de las siguientes finalidades:
i) Funciones de gobierno.
ii) Funciones de desarrollo social.
iii) Funciones de desarrollo económico.
19,798,540.00
Total general
19,798,540.00
En el presente presupuesto no se previeron recursos encaminados a dar la atención de las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 15.- Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e ingresos propios
ascienden a $350,000.00, distribuidos de la siguiente forma:
Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno
El
municipio no presento presupuesto para organismos de la s ociedad civil para el ejercicio fiscal 2014 así como ningún tipo de
erogación.
El registro contable de lo s subsidios y aportacio nes deberá efectuarse al expedirse el recibo de retiro de fondos c orrespondientes,
de tal forma que permita identificar su destino y beneficiario.
El Presidente Municipal, mediante reso lución de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podr á conceder
subsidios.
Las resoluciones que dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, así como, el monto o
proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.
Artículo 16.- El gasto pr evisto para prestaciones sindicales importa la ca ntidad de $133,100.00 y se distribuye de la siguiente
manera:
Prestaciones sindicales
Concepto de la Prestación
Monto
OTORGA PRESTAMO PARA GASTO FUNERARIO
$ 10,000.00
AGUINALDO
$ 87,700.00
PRIMA VACACIONAL
$ 20,000.00
PREMIO DE ASISTENCIA
$ 14,400.00
OTORGA PRESTAMO PARA GASTO ALUMBRAMIENTO
$ 10,000.00
El gas to contemplado en el presente presupuesto es únicamente para el ejercicio fiscal 2014 y no cuenta con partidas que se
encuentren relacionadas con erogaciones plurianuales.
Artículo 18.- Las cuentas bancarias productivas en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier
concepto, durante el ejercicio fiscal 2014, se relacionan enseguida:
Nombre del Programa
Importe del programa
Ingresos municipales
Transferencias estatal
Transferencia Federal
Vivienda digna
350,000.00
29% otros
Fondo Infraestructura 71%
Totales
100,000.00
250,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 11
Municipio: Abasolo Coahuila_
Relación de Cuentas Bancarias Productivas Específicas
Periodo 2014-2017
Datos de la Cuenta Ba ncaria
Fondo, Programa o Co nvenio
Institución Bancaria
Número de Cuenta
CUENTA CORRIENTE
Bancomer
0194858611
FORTALECIMIENTO
Bancomer
0194943651
INFRAESTRUCTURA
Bancomer
0194943554
CAPÍTULO III
De los Servicios Personales
Artículo 19.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración P ública Municipal centralizada contará con 14 4 plazas de
conformidad con lo siguiente:
DEPARTAMENTO
PLAZA TABULADOR
NO. DE PLAZAS
CONFIANZA
BASE
HONORARIOS
PRESIDENCIA
5
X
CONTRALORIA
2
X
CUERPO EDILICO
10
X
TESORERIA
5
X
DIRECTORES
15
X
SUBDIRECTORES
2
X
COORDINADORES
13
X
SECRETARIAS
5
X
POLICIAS
6
X
VELADOR
5
X
AYUDANTE
2
X
CHOFER
3
X
LIMPIEZA
21
X
SINDICALIZADOS
21
X
AUXILIAR
20
X
ENFERMERA
2
X
CATEGORIA UNICA
1
X
COCINERO
6
X
TOTAL
144
En Presidencia Municipal de Abasolo no se cuenta con plazas, el personal es de confianza
Artículo 20.- Los servidores públicos ocupantes de la s plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones
que se determinen en el Tabulador Salarial siguiente; el cual se integra en el presupuesto de egresos, en base a lo establecido en
el artículo 275 fracción VI del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila d e Zaragoza.
Tabulador de Sueldos Mensual
Plaza Tabular
Remuneraciones Base
Remuneraciones Adicionales
Total de Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo Anual
Prima Vacacional
anual
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
Presidente
Municipal
28,000.00
38,000.00
32,900.00
4,112.00
373,012.00
49,3012.00
Sindico
Municipal
12,000.00
16,000.00
13,562.00
1,695.25
159,257.25
207,257.25
Regidor
12,000.00
16,000.00
13,562.00
1,695.25
159257.25
207,257.25
Secretario del
Ayuntamiento
6,000.00
8,000.00
13,008.00
1,695.25
86,703.25
110,703.25
12 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Tesorero
Municipal
8,000.00
14,000.00
12,808.00
1,601.00
110,409.00
182,409.00
Director
8,000.00
14,000.00
12,438.00
1,554.75
109,992.75
181,992.75
Secretario
Particular
5,000.00
8,000.00
10,704.00
1,338.00
72,042.00
108,042.00
El personal de seguridad pública municipal comprende un total de 9 plazas de policías, mismas que se desglosan a continuación:
Tabulador del Sistema de Seguridad Pública Mensual
Remuneraciones Bas e
Remuneraciones Adicionales
Total
Plaza Tabular
Sueldo Base
Aguinaldo
Anual
Prima
Prestaciones
Otras
Percepciones
Vacacional Anual
Sindicales
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
OFICIAL PRIMERO
OFICIAL SEGUNDO
OFICIAL TERCERO
POLICÍA MUNICIPAL
5,000.00
7,000
5,172.00
646.50
65,818.50
89,818.50
COMANDANTE DE
5,000.00
7,000.00
5,972.00
1,073.75
67,045.75
91,045.75
SECTOR
COMANDANTE
COMISARIO
OFICIAL
SUBOFICIAL
POLICÍA PRIMERO
POLICÍA SEGUNDO
POLICÍA TERCERO
OFICIAL PRIMERO
OFICIAL SEGUNDO
OFICIAL TERCERO
Todos los policías que integran la plantilla de seguridad pública, son municipales, no se cuenta con policías estatales cuya plantilla
sea absorbida presupuestalmente por el Ayuntamiento.
Artículo 21.- 
 Código Municipal para el Estado de Coahuila
de Zaragoza, en cual se estab lece entre otras cosas que es una obligación de las e ntidades públicas municipales preferir en igualdad
de condiciones, de conocimientos, aptitudes, antigüedad y derechos escalafonarios a los trabaj adores de base respecto de quie nes no
lo sean; a quienes rep resenten la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que hubieren prestado ser vicios eminentes
al municipio, y a los que con anterioridad les hubieren prestado servicios satisfactoriamente.
CAPÍTULO IV
De la Deuda Pública
Artículo 21.- El saldo neto de la deuda pública del Gobierno del Municipio de Abasolo, se desglosa en el presente documento en
base a lo establecido en el artículo 275 fracción V del Código Financiero para los Municipios del Estado d e Coahuila de Zaragoza.
Saldo de la Deuda
Institución Bancaria
No. de Crédito
Tipo de Instrumento
Tasa de Interés
Plazo de Vencimiento
Tipo de Garantía
Saldo al 31
diciembre 2013
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 13
Para el ejercicio fiscal 2014, se establece una asignación presupuestaria para el capítulo 9000 Deuda Pública por la cantidad de
$0.00, el cual de desglosa en el siguiente recuadro:
Presupuesto Asignado 2014
9000 Deuda Pública
9100 Amortización
Gastos de la Deuda
Pública
9200
Intereses
Gastos de la
Deuda
Pública
9300 Comisiones
Gastos de la Deuda
Pública
9400 Gastos de
la Deuda
Pública
9500 Costos por
Coberturas
9600 Apoyos Financieros
9900 ADEFAS
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Para el ejercicio fiscal 2014, en la Ley de In gresos del Municip io de Abasolo, aprobada por el H. Congreso del Estado de Coahuila,
no se consideraron montos y conceptos de endeudamiento, directo y contingente, debido a que no se prevé la contratación de de uda
pública.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS FEDERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De los recursos federales transferidos al Municipio
Artículo 23.- El Presupuesto de Egresos del Municipio de Abasolo se conforma por $ 19,798,540.00 de ingresos propios,
$____________ provenientes de recursos estatales y $_____853,864.44_ provenientes de recursos federales.
Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones a plicables
en la materia.
Artículo 23.- Los fondos de aportaciones que confo rman el ramo 33 que la federación presupuesto otor gar al municipio se
desglosan a continuación:
Fondo
Asignación Presupuestal
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 0
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud 0
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social
Municipal 300,984.00
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios y de las Demarcaciones 552,880.44
Fondo de Aportaciones Múltiples 0
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos 0
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica de los
Estados y del Distrito Federal 0
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las
Entidades Federativas 0
Total 853,864.44
La aplicación, destino y distribución presupuestada de los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a
continuación por capítulo del gasto:
Fondo
CAPÍTULOS
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
9000
Fondo de Aportaciones para la Educación
Básica y Normal
Fondo de Aportaciones para los Servicios de
Salud
14 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal
300,984.00
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones
552,880.44
Fondo de Aportaciones Múltiples
Fondo de Aportaciones para la Educación
Tecnológica y de Adultos
Fondo de Aportaciones para la Seguridad
Publica de los Estados y del Distrito Federal
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de las Entidades Federativas
Totales
853,864.44
TÍTULO TERCERO
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
CAPÍTULO ÚNICO
De los Montos de Adquisiciones
Artículo 24.- De conformidad con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de
contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se
sujetarán a los siguientes lineamientos:
OBRAS PÚBLICAS
EN SALARIOS
EN PESOS
MODALIDAD
MÍNIMOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
53,551
En Adelante
$3,414,947.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres
13,301
53,550
$
848,204.77
$
3,414,883.50
personas
Adjudicación Directa
0
13,300
$
848,141.00
$
-
SERVICIOS RELA CIONADOS CON LAS OBRA S PÚBLICAS
EN SALARIOS
EN PESOS
MODALIDAD
MÍNIMOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,854
En Adelante
$1,138,549.58
En Adelante
Invitación a cuando menos tres
4,464
17,853
$
284,669.28
$
1,138,485.81
personas
Adjudicación Directa
0
4,463
$
284,605.51
$
-
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 25.- En forma similar a las obras públicas el munici pio administrará sus adquisiciones públicas. Por adquisiciones públicas
se entenderán, toda clase de convenios o co ntratos, cualquiera que sea su d enominación legal, q ue el municipio, sus dependencias o
entidades celebr en para la compra de i nsumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que te ngan por o bjeto
cubrir las necesidades co munes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes necesarios
para la realización de funciones específicas.
Las adquisiciones que realice el municipio o sus dependencias, deberán de sujetarse a las disposiciones legales que regulan la
materia en el Estado.
Por tanto de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por
licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se sujetarán a los siguientes lineamientos:
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 15
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVI CIOS
EN SALARIOS
EN PESOS
MODALIDAD
MÍNIMOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,851
En Adelante
$1,138,358.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres
4,461
17,850
$
284,477.97
$
1,138,294.50
personas
Adjudicación Directa
0
4,460
$
284,414.20
$
-
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 26.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se deberán apegar a la normatividad aplicable o a
la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto en vigor al día siguiente de su publicación en el P eriódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto constituye una adenda del presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal
2014, aprobado el día 28 y su objetivo primordial es integrar la información presupuestal en base a lo establecido en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que se encue ntran
contenidas en la Constitución Política de los Estad os Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza,
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de
Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratac ión de Servicios para el Estado de Coahuila de Zarago za, Ley de
Deuda Pública para el Estad o d e Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas par a el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable.
Sin que la promulgación del presente decreto constituya modificaciones, ampliaciones, transferencias, reducciones o cancelaciones
presupuestarias; ni adecuaciones al marco normativo que regula el ejercicio presupuest al del municipio durante el ejercicio 2014.
Dado en el Ayuntamiento del Municipio de Abasolo, a los 28 días del mes de Agosto del año 201 4.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ABASOLO,
TOMAS LERMA ORTIZ. Rúbrica.
EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
SERGIO ARNOLDO VELEZ ORTIZ. Rúbrica.
EL TESORERO MUNICIPAL
C. ROSA CARMEN MALDONADO MALDONADO. Rúbrica.
EL SÍNDICO MUNICIPAL
OFELIA TREVIÑO GARCIA. Rúbrica
EL REGIDOR MUNICIPAL
C. JOSE ALVINO DE LOS SANTOS GARCIA. Rúbrica
DESARROLLO RURAL Y AGUA POTABLE
C. FIDENCIA SANDOVAL GUAJARDO. Rúbrica
SALUD Y HACIENDA
C. ROLANDO TREVIÑO BRENAL. Rúbrica
OBRAS PUBLICAS Y DESARROLLO SOCIAL
LIC. EDITH ALEJANDRA MORALES SALAZAR. Rúbrica
EDUCACION ARTE Y CULTURA
C.JESUS ANTONIO CASTAÑEDA GUEVARA. Rúbrica
ALUMBRADO PUBLICO Y DEPORTES
16 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
C. RICARDO TORRES CASTILLA. Rúbrica
SEGURIDAD PUBLICA
C. MARIA DE JESUS ORTEGON JIMENEZ. Rúbrica
ECOLOGIA
C. YADIRA TREVIÑO JIMENEZ. . Rúbrica
SINDICO FISCALIZADOR
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18 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 19
20 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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22 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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24 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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26 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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28 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 29
30 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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32 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 33
34 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 35
36 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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38 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 39
40 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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42 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 43
44 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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46 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
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ADENDA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE CASTAÑOS
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
ÚNICO. Se aprueba la Adenda del Presupuesto de Egresos del Municipio de Castaños para el Ejercicio Fiscal 2014, para
quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIP IO DE CASTAÑOS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información presupuestal con base a lo establecido en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que se encue ntran
48 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de
Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contr atación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zarag oza, Ley de
Deuda Pública para el Estad o d e Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas par a el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como único eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2017
tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo.
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competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.
La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la Tesorería y a la Contraloría Municipal de
Castaños, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establezca el Código Financiero para
los Municipios del Estado de Coa huila y el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior, sin perjuicio de
la interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus
dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autoridad intermedia en tre éste y el
Gobierno del Estado. Como cuerp o colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante d el Municipio. Esta disposición
se establece sin excluir formas de participación directa de los ciudadanos en los procesos de decisión permitidos por la ley.
Clasificación Administrativa: Clasificación presupuestal que tiene como propósitos básicos identificar las unidades
administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como
establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas,
mediante su integración y consolidación, tal como lo req uieren las mejores prácticas y los modelos universales establecid os en la
materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por
ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
Clasificación Económica: Clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que permite ordenar a éstas de
acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito general de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fiscal y sus
componentes sobre la economía en general.
Clasificación Funcional del Gasto: Clasificación presupuestal que agrupa los gastos según los propósitos u o bjetivos
socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea to dos los conceptos de gastos descritos. En ese
orden, se constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas do nde cada componente destaca aspectos concret os
del presupuesto y suministra información que atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el vínculo con la
contabilidad.
Clasificación por Tipo de Gasto: Clasificación presupuestal que relaciona las transacciones p úblicas que generan gastos con los
grandes agregados de la clasificación económica presentándolos en Corriente, d e Capital y Amortización de la deuda y disminución
de pasivos.
Clasificación Programática: Clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas pres upuestarios de los
entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y ho mogénea, las asignaciones de recursos de los pro gramas
presupuestarios.
Deuda Pública: Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, que resulten de op eraciones de endeudamiento sobre el
crédito público de las entidades.
Deuda Pública Municipal: La que contraigan los Municipios, por conducto de sus ayuntamientos, como responsables directos o
como garantes, avalistas, deudores solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública paramunicipal
a su cargo.
Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 49
Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las dispo siciones y acuerdos del Ayuntamiento y tiene su
representación legal y administrativa.
Presupuesto de Egresos Municipal: será el que contenga el acuerdo que aprueba el ayuntamiento a iniciativa del Presidente
Municipal, para cubrir durante el ejercicio fiscal a partir d el primero de enero, las actividades, obras y servicios previstos en los
programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.
Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y administrar, como cuerpo colegiado, al municipio.
Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, central, descentralizada o concesionada a
particulares, cr eada para asegurar de una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de una necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen de derecho público.
Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos financieros del mismo, de procurar y defender los
intereses del municipio y representarlo jurídicamente.
Subsidios y Subvenciones: Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de
los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en los
precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes; motivar la inversión; cubrir impactos financieros;
promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades agrop ecuarias, industriales o de servicios.
Trabajadores de Base: serán los no incluidos como trabajadores de co nfianza, serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo
podrán ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarro llar el servicio respectivo.
Trabajadores de Confianza : todos aquellos que realice n funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando
tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estricta
confidencialidad, deban tener tal carácter.
Remuneración: toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas,
bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobació n
que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el
erario del Municipio, será obligatoria la intervención de la Tesorería Municipal de Castaños, tal como lo establece el artículo 129
fracción XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 4.- El ejercicio del presupuesto municipal, se administrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos,
racionalidad e interés público y social, con base en lo siguiente:
I. No se otorgarán remuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el p resupuesto de egresos al
Presidente Municipal, Regidores y Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.
II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales obtener o tratar de obtener por el desempeño de su función,
beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban correspon der.
III. El presupuesto se utilizará para cubrir las actividades, obras y servicios previstos en los programas y planes d e desarrollo
de la Administración Pública Municipal.
IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico que
formule el ayuntamiento.
V. Los programas operativos institucionales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del municipio fijadas en el
programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.
VI. El gasto público municipal se ejercerá de acuerdo con el presupuesto de egresos autorizado y deberá ajustarse al monto
asignado a los programas correspondientes.
VII. Ningún egreso podrá efectuar se sin que exista partida de gasto en el presupuesto de egresos y que tenga saldo suficiente
para cubrirlo.
VIII. En lo referente a gastos de difusión, promoción y p ublicidad, las erogaciones no podrán exced er del 3% de los
ingresos presupuestales totales.
IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipio, cuidando en todos los
casos que correspondan a compromisos efectivamente devengados, con excepción de los anticipos que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos.
X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las leyes correspondientes, debiéndose
reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.
XI. No se podrán distraer los recursos municipales a fines distintos de los señalados por la s leyes y por el presupuesto de
egresos aprobado.
50 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
XII. Los subejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, economías o ingresos extraordinar ios se aplicarán preferentemente
para cubrir pasivos municipales o mantenerse en caja.
XIII. La Tesorería Municipal implementará el Sistema de Presupuesto por Programas y de Evaluación al Desempeño
de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
XIV. El presupuesto de egresos municipal deberá de ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila y en
su respectiva página de internet una vez que haya sido aprobado.
Artículo 5.- La información q ue en términos del presente documento deba r emitirse al H. Congreso del Estado de Coahuila deberá
cumplir con lo siguiente:
I. Aprobada la adenda del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2014, el ayuntamiento, deberá remitir copia del
mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seguimiento y
revisión de la cuenta pública.
II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico.
III. El nivel mínimo de desagregación se hará con base en la clasificación homologada a las disposiciones del Consejo
Nacional de Armonización Contable.
Artículo 6.- La Tesorería Municipal de Castaños garantizará que toda la información presupuestaria cumpla con la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código
Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
La presente adenda del presu puesto de egresos municipal 2014, así como el presupuesto de egresos municipal 2014, deb erán ser
difundidos en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los tér minos de la Ley de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
CAPÍTULO II
De las Erogaciones
Artículo 7.- El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto Municipal de Castaños, Coahuila, importa la cantidad de
$78,569,090.45 y corresponde al toral de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos del Municipio de Castaños para el Ejercicio
Fiscal de 2014.
Artículo 8.- Si alguna o algunas de las asignaciones del presupuesto de egresos resultaren insuficientes para cubrir las necesidades
que originen las funciones encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las modificaciones o
ampliaciones necesarias en función a la disponibilidad de fondos y previa justificación de las mismas.
El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuaciones presupuestarias, sie mpre y cuando se
justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prio ritarias o urgentes.
Artículo 9.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación por tipo de gasto se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)
CTG
Presupuesto Aprobado
1
Gasto Corriente
$52,362,484.22
2
Gasto de Capital
$25,224,241.71
3
Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos
$982,364.52
Total
$78,569,090.45
Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación económica se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)
CE
Presupuesto Aprobado
Sin Clave - Sin Descripción
$78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripción
$78,569,090.45
Total general
$78,569,090.45
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 51
Artículo 11.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 con base a la clasificación por objeto del gasto en el tercer
nivel de desagregación (partida genérica), se distribuye de la siguiente manera:
COG (partida genérica)
Presupuesto Aprobado
10000 - SERVICIOS PERSONALES
11000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
11300 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE
24,104,744.48
12000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
12100 - HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
231,650.00
12200 - SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL
22,600.00
13000 - REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
13100 - PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIOS EFECTIVOS
PRESTADOS
5,650.00
13200 - PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
3,541,157.65
13300 - HORAS EXTRAORDINARIAS
80,072.44
15000 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y
ECONÓMICAS
15100 - CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y
FONDO DE TRABAJO
120,692.00
15200 - INDEMNIZACIONES
2,909,046.70
15900 - OTRAS PRESTACIONES
397,734.50
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
21000 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS
OFICIALES
21100 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE
OFICINA
952,169.99
21200 - MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y
REPRODUCCIÓN
140,480.36
21400 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
49,814.84
21600 - MATERIAL DE LIMPIEZA
321,941.84
21700 - MATERIALES Y ÚTILES DE ENSEÑANZA
23,731.00
21800 - MATERIALES PARA EL REGISTRO E
IDENTIFICACIÓN DE BIENES Y PERSONAS
29,523.00
22000 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS
436,492.14
24000 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN
24600 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
287,147.24
24700 - ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN
228.00
24800 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS
33,900.00
24900 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
453,978.53
25000 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
25300 - MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
369,547.20
25400 - MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS
5,988.00
25900 - OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS
4,177.00
26000 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26100 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
3,359,847.53
27000 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEP ORTIVOS
27100 - VESTUARIO Y UNIFORMES
226,099.40
52 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
27200 - PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN
PERSONAL
62,150.00
27300 - ARTÍCULOS DEPORTIVOS
226,000.00
28000 - MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD
28200 - MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
39,550.00
29000 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
29100 - HERRAMIENTAS MENORES
598,349.11
29400 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
51,631.00
29700 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
-
30000 - SERVICIOS GENERALES
31000 - SERVICIOS BASICOS
31100 - ENERGÍA ELÉCTRICA
6,122,372.44
31300 - AGUA
696,498.00
31400 - TELEFONÍA TRADICIONAL
283,922.00
31500 - TELEFONÍA CELULAR
274,588.17
31600 - SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y
SATÉLITES
22,600.00
31800 - SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS
4,160.34
32000 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
32200 - ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS
26,429.00
32300 - ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO
DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO
6,202.00
32600 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
33,539.00
33000 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS
33100 - SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD,
AUDITORÍA Y RELACIONADOS
371,043.11
33300 - SERVICIOS DE CONSULTORÍA
ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
25,115.00
33400 - SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
60,825.40
33500 - SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y
DESARROLLO
22,751.00
33600 - SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO,
FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN
48,428.00
33800 - SERVICIOS DE VIGILANCIA
67,800.00
34000 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
34100 - SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
91,402.41
34700 - FLETES Y MANIOBRAS
7,775.00
35000 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN
35100 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR
DE INMUEBLES
532,201.74
35200 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y
30,510.00
35300 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
102,992.00
35500 - REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO
DE TRANSPORTE
-
35700 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTA
855,840.79
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 53
35800 - SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE
DESECHOS
704,276.00
36000 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD
36100 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y
ACTIVIDADES
277,627.60
36500 - SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL
SONIDO Y DEL VIDEO
6,486.00
36900 - OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN
992,256.37
37000 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
37100 - PASAJES AÉREOS
-
37200 - PASAJES TERRESTRES
19,379.00
37500 - VIÁTICOS EN EL PAÍS
348,975.91
37900 - OTROS SERVICIOS DE TRASLADO Y
HOSPEDAJE
-
38000 - SERVICIOS OFICIALES
38100 - GASTOS DE CEREMONIAL
459,874.90
38200 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL
919,172.41
38300 - CONGRESOS Y CONVENCIONES
565.00
39000 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39200 - IMPUESTOS Y DERECHOS
259,900.00
39500 - PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES
83,431.26
39600 - OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES
2,260.00
39900 - OTROS SERVICIOS GENERALES
387,750.06
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
41000 - TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO
41900 - TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A
FIDEICOMISOS PÚBLICOS FINANCIEROS
965,000.00
44000 - AYUDAS SOCIALES
44100 - AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
3,019,096.22
44200 - BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS
DE CAPACITACIÓN
158,200.00
44800 - AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y
OTROS SINIESTROS
130,397.24
45000 - PENSIONES Y JUBILACIONES
45100 - PENSIONES
429,400.00
45900 - OTRAS PENSIONES Y JUBILACIONES
92,050.00
48000 - DONATIVOS
48100 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO
1,267,870.27
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
61000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO
61400 - DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE
OBRAS DE URBANIZACIÓN
12,385,796.15
62000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
62400 - DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE
OBRAS DE URBANIZACIÓN
3,180,549.56
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51000 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN
51100 - MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA
197,687.80
51500 - EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍA DE
LA INFORMACIÓN
172,473.11
54 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
51900 - OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE
ADMINISTRACIÓN
3,599.00
54000 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
54100 - AUTOMÓVILES Y CAMIONES
29,002.00
55000 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
55100 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
2.00
56000 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTAS
56200 - MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL
20,000.00
56300 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
1.00
56500 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y
TELECOMUNICACIÓN
9,042.00
56600 - EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA,
APARATOS Y ACCESORIOS ELÉCTRICOS
15,722.01
56700 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-HERRAMIENTA
2,902.00
56900 - OTROS EQUIPOS
1.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
91000 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
91100 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
2,464,255.23
92000 - INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA
92100 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
791,000.00
Total general
$ 78,569,090.45
Los gastos por concepto de comunicación social se desglosan en el rubro 3600 SERVICIOS DE COMUNI CACION SOCIAL Y
PUBLICIDAD.
El monto asignado para pago de pensiones y jubilaciones, se desglosa e n las partidas genéricas 45 1 Pensiones, 452 Jubilacione s y
459 Otras Pensiones y Jubilaciones.
Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo,
se desglosan por cada una de las dependencias como se muestra a continuación:
CA/COG
Presupuesto Aprobado
01-PRESIDENCIA
17,733,050.85
10000 - SERVICIOS PERSONALES
7,778,390.72
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,191,910.66
30000 - SERVICIOS GENERALES
3,259,374.59
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
2,079,471.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
168,648.65
90000 - DEUDA PÚBLICA
3,255,255.23
02-CABILDO
6,022,612.11
10000 - SERVICIOS PERSONALES
5,913,337.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
24,762.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
84,513.11
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
769,256.09
10000 - SERVICIOS PERSONALES
274,593.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
157,703.09
30000 - SERVICIOS GENERALES
136,960.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
200,000.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
6,583,248.04
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,793,276.22
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 55
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,269,004.46
30000 - SERVICIOS GENERALES
511,921.36
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
9,046.00
08-ECOLOGIA
249,828.12
10000 - SERVICIOS PERSONALES
134,028.95
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
106,542.68
30000 - SERVICIOS GENERALES
9,256.49
09-OBRAS PUBLICAS
17,644,233.97
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,474,245.51
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
332,407.38
30000 - SERVICIOS GENERALES
259,104.66
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
15,566,341.71
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
12,134.71
10-DESARROLLO RURAL
2,942,766.20
10000 - SERVICIOS PERSONALES
315,580.85
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
160,461.78
30000 - SERVICIOS GENERALES
76,981.30
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
2,389,740.27
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
1.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
3,493,980.36
10000 - SERVICIOS PERSONALES
2,511,388.19
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
632,094.79
30000 - SERVICIOS GENERALES
288,058.38
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
62,430.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
2.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
7.00
14-TESORERIA
5,054,223.45
10000 - SERVICIOS PERSONALES
2,528,403.81
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
848,781.86
30000 - SERVICIOS GENERALES
764,033.50
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
889,315.72
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
1.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
23,687.56
16-DESARROLLO DEL DEPORTE
1,157,364.75
10000 - SERVICIOS PERSONALES
550,318.14
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
353,699.61
30000 - SERVICIOS GENERALES
140,347.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
113,000.00
19-GASTOS GENERALES
2,198,543.95
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,020,368.80
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
319,581.23
30000 - SERVICIOS GENERALES
697,140.18
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
127,451.74
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
34,002.00
11-SERVICIOS PUBLICOS
12,571,854.50
56 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,047,590.04
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
2,125,557.24
30000 - SERVICIOS GENERALES
7,395,804.22
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
2,903.00
04-PROMOCION MUNICIPAL
186,323.31
10000 - SERVICIOS PERSONALES
149,160.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
20,928.31
30000 - SERVICIOS GENERALES
16,235.00
17-INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA
1,961,804.75
10000 - SERVICIOS PERSONALES
922,666.54
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
129,311.09
30000 - SERVICIOS GENERALES
509,220.12
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
400,605.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
2.00
Total general
$ 78,569,090.45
Artículo 13.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación administrativa, se distrib uye como a
continuación se indica:
CA 3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
Presupuesto Aprobado
Sin Clave - Sin Descripcion
78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
01-PRESIDENCIA
17,733,050.85
0101-PRESIDENCIA
15,918,286.80
0102-SINDICATURA
666,758.95
0103-PENSIONADOS Y JUBILADOS
1,148,005.10
02-CABILDO
6,022,612.11
0201-CUERPO EDILICIO
6,022,612.11
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
769,256.09
0302-CONTRALORIA CIUDADANA
296,112.00
0301-CONTRALORIA
473,144.09
05-SEGURIDAD PUBLICA
6,583,248.04
0502-PROTECCION CIVIL
186,854.50
0503-VIALIDAD
296,564.64
0501-SEGURIDAD PUBLICA
6,099,828.90
08-ECOLOGIA
249,828.12
0801-ECOLOGIA
249,828.12
09-OBRAS PUBLICAS
17,644,233.97
0901-OBRAS PUBLICAS
12,956,732.24
0902-COPLADEM
4,687,501.73
10-DESARROLLO RURAL
2,942,766.20
1001-DESARROLLO RURAL
2,942,766.20
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
3,493,980.36
1203-JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO
180,754.59
1205-ASUNTOS JURIDICOS
323,043.06
1206-SALUD PUBLICA
1,082,058.30
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 57
1208-RASTRO
955,982.90
1209-PANTEONES
379,819.95
1210-TRANSPORTE URBANO
76,087.29
1201-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
496,234.27
14-TESORERIA
5,054,223.45
1402-CATASTRO
722,747.47
1401-TESORERIA
4,331,475.98
16-DESARROLLO DEL DEPORTE
1,157,364.75
1601-DESARROLLO DEL DEPORTE
1,157,364.75
19-GASTOS GENERALES
2,198,543.95
1901-D.I.F. MUNICIPAL
2,198,543.95
11-SERVICIOS PUBLICOS
12,571,854.50
1102-DIR. LIMPIEZA
4,510,343.69
1103-DIR. PARQUES Y JARDINES
1,183,085.84
1101-DIR. ALUMBRADO PUBLICO
6,878,424.97
04-PROMOCION MUNICIPAL
186,323.31
0402-UNIDAD DE TRASPARENCIA
85,615.00
0403-FOMENTO ECONOMICO
100,708.31
17-INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA
1,961,804.75
1702-EDUCACION
1,620,361.62
1701-INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA
341,443.13
Total general
$ 78,569,090.45
La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, se regula con base al artículo 140 del Código Municipal
para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual establece la facultad del ayuntamiento para aprobar y autorizar su creación de
fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Mu nicipio o el beneficio colectivo de sus habitantes y contempla
la facultad de la Tesorería Municipal de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los
fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municipio es el Titular de unidad de Transparencia, el cual para
dicha actividad tiene destinado un presupuesto de $85,615.00.
En el presente presupuesto d e egresos municipal no se prevén erogaciones para entida des paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, las cuales realizan su propio presupuesto de ingresos y de egresos, sin embargo, de modo informativo se
presentan las cifras de su presupuesto de egresos aprobado para el ejercicio 2014, con base a la cla sificación por objeto del ga sto a
nivel capítulo.
SISTEMA MUNICIPAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE CASTAÑOS, COAH UILA
Presupuesto Aprobado
1000 SERVICIOS PERSONALES
$ 2,739,000.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
$ 753,600.00
3000 SERVICIOS GENERALES
$ 4,116,000.00
4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUD AS
$ 31,000.00
5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
$ 210,000.00
6000 INVERSION PUBLICA
$ 0.00
7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES
$ 0.00
8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
$ 0.00
9000 DEUDA PUBLICA
$ 0.00
Total general
$7,849,600.00
En el presente presupuesto no se desglosan transferencias a autoridades auxiliares municipales, deb ido a que no se asignan partidas
para erogar recursos de ese tipo.
58 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Artículo 14. - La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de Ca staños para el ejercicio fiscal 2014 se
compone de la siguiente forma:
CFG
Presupuesto Aprobado
Sin Clave - Sin Descripcion
$78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
$78,569,090.45
Sin Clave - Sin Descripcion
$78,569,090.45
Total general
$ $78,569,090.45
Artículo 15.- La clasificación programática d el presupuesto de egresos del Municipio de Castaños, incorpora los programas
municipales desglosados de la siguiente forma:
Nombre del Programa
Presupuesto Aprobado
Castaños Seguro (Policía Municipal)
$ 6,583,248.04
Programa de Inversión Publica Municipal
$ 17,644,233.97
Cultura en tu colonia
$ 1,961,804.75
Seguridad Municipal (alumbrado público)
$ 6,122,372.44
Programa General de Servicios
$ 12,571,854.50
Total general
$44,883,513.7
Nota: Los programas encaminados a dar atención a niñas, niños y adolescentes, no se relacionan en este rec uadro.
Los programas del presupuesto de egresos encaminados a dar la atención de las niñas, niños y adolescente s, son los siguientes:
Nombre del Programa
Presupuesto Aprobado
Domingos Culturales
$ 20,000.00
Becas a Estudiantes
$ 85,000.00
Academia de Talentos
$ 15,000.00
Total general
$ 120,000.00
Artículo 16.- Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e in gresos propios
ascienden a $21,285,666.10, distribuidos de la siguiente forma:
Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno
Nombre del Programa
Importe Total del
Programa
Ingresos
Municipales
Transferencia Estatal
Transferencia Federal
FONDO DE
FORTALECIMIENTO
MUNICIPAL
$13,378,456.71
$13,378,456.71
FONDO DE
INFRAESTRUCTURA
SOCIAL MUNICIPAL
$6,907,209.39
$6,907,209.39
FOPEDEP
$1,000,000.00
$1,000,000.00
FONDO GENERAL
(FOMENTO
MUNICIPAL, I.E.S.P.,
I.S.A.N., FONDO
FISCALIZACION,
IMPUESTO SOBRE
COMBUSTIBLE
$25,660,800.00
$25,660,800.00
Totales
$46,946,466.10
$46,946,466.10
Artículo 17.- Las asignaciones contempladas en el presente presupuesto de egresos para otorgarse a organismos de la sociedad
civil para el ejercicio fiscal 2014, son las siguientes:
Partida/Nombre del Organismo de la Sociedad Civil
Asignación
PATRONATO PRO-LIMPIEZA DE LOS MPIOS DE LA REGION
$587,328.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 59
CENTRO DEL EDO DE COAH. A.C.
Total
$587,328.00
Artículo 18.- Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para los subsidios se distribuyen confor me a la siguiente tabla:
4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Subsidio
Beneficiario
Monto Pagado
AYUDAS SOCIALES A PERSONAS (despensas, apoyos servicios)
$3,019,096.22
BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE
CAPACITACIÓN
$158,200.00
AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y OTROS SINIESTROS
$130,397.24
Total
$3,307,693.46
El registro contable de los subsidios y aportaciones deberá efect uarse al expedirse el recibo de retiro d e fondos correspondi entes, de
tal forma que permita identificar su destino y beneficiario.
El Presidente Municipal, mediante resolució n de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podrá conceder
subsidios.
Las r esoluciones que dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, así como, el monto o
proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.
Artículo 19.- El gasto pr evisto para prestaciones sindicales importa la cantidad de $997,820.00 y se distribuye de la siguiente
manera:
Prestaciones sindicales
Concepto de la Prestación
Monto
DESPENSA
$324,120.00
BECAS
$126,000.00
PAGO DE DIAS 31
$120,000.00
REVISION DE CONTRATO
$18,000.00
UNIFORMES
$50,000.00
GASTOS MEDICOS
$15,000.00
GASTOS FUNERARIOS
$50,000.00
INCREMENTO SALARIAL 5% ANUAL
$197,100.00
AHORRO
$87,600.00
DIA DE ANIVERSARIO DE SINDICATO
$10,000.00
Artículo 20.- El gasto contemplado en el presente presupuesto es únicamente para el ejercicio fiscal 2014 y no cue nta con partidas
que se encuentren relacionadas con erogaciones plurianuales.
Artículo 21.- Las cuentas bancarias producti vas en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier
concepto, durante el ejercicio fiscal 2014, se relacionan enseguida:
Municipio: Castaños, Coahuila
Relación de Cuentas Bancarias Productivas Específicas
Periodo (anual)
Fondo, Programa o Convenio
Datos de la Cuenta Bancaria
Institución Bancaria
Número de Cuenta
Fondo de Fortalecimiento Municipal
BBVA-BANCOMER
0194849957
Fondo de Infraestructura Social Municipal
BBVA-BANCOMER
0194850602
FOPEDEP
BBVA-BANCOMER
0195694019
Fondo General de participaciones (Fondo de Fomento Municipal,
Impuesto Sobre Producción y Servicio, ISAN, Fondo de
fiscalización, Impuestos al Combustible)
BBVA-BANCOMER
0194850076
CAPÍTULO III
De los Servicios Personales
Artículo 22.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración Pública Municipal centralizad a contará con 253 plazas de conformidad
con lo siguiente:
60 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Departamento
Plaza Tabular
No. de
Plazas
Confianza
Base
Honorarios
PRESIDENCIA
180
SINDICATO
73
Nota: En el presente cuadro desglosan todas las plazas autorizadas, incluidas las del personal de seguridad pública municipal.
Artículo 23. - Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones
que se determinen e n el Tabulador Salarial siguiente; el cual se integra en el presupuesto de egresos, en base a lo establecido en el
artículo 275 fracción VI del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Plaza Tabular
Remuneraciones Base
Remuneraciones
Adicionales
Total Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
Presidente
Municipal
933.33
933.33
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Síndico
Municipal
666.66
666.66
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Regidor
666.66
666.66
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Secretario del
Ayuntamiento
533.00
533.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Tesorero
Municipal
533.00
533.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Director
166.66
333.33
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Asesor
250
250
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Secretario
particular
250
533
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Subdirector
195.99
195.99
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Contador
General
400.00
400.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Asistente
131.42
131.42
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Ayudante
83.75
83.75
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Bibliotecaria
83.75
83.75
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Intendente
83.75
83.75
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Velador
83.75
83.75
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Secretaria
100.00
100.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Jardinero
105.00
105.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Notificador
105.00
105.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Enfermera
105.00
105.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Jurídico Ayto
348.33
348.33
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Contralor
533.00
533.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Director Seg.
Publica
533.00
533.00
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Coordinadores
133.33
133.33
15dias
46dias
Ley/contrato
variable
variable
Nota: El presente tabulador contiene todas las plazas autorizadas en la plantilla municipal, a excepción de las del sistema de
seguridad pública municipal; Los importes mencionados son diarios y cabe mencionar q ue las prestaciones sindicales se
mencionan en artículo 18.
El personal de seguridad pública municipal comprende un total de 30 plazas de policías, mismas que se desglosa n a continuación:
Tabulador del Sistema de Seguridad Pública
Plaza
Tabular
Remuneraciones Base
Remuneraciones Adicionales
Total Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima
Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hast
a
De
Hasta
De
Hasta
De
Ha
sta
OFICIAL
250.00
250.00
15dias
46dias
Ley/co
variable
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 61
PRIMERO
ntrato
OFICIAL
SEGUNDO
138.03
138.03
15dias
46dias
Ley/co
ntrato
variable
COMANDANT
E
133.33
133.33
15dias
46dias
Ley/co
ntrato
variable
Nota: Los importes mencionados son diarios y cabe mencionar que las prestaciones sindicales se mencionan en artículo 18.
Todos los policías que integran la plantilla de seguridad pública, son municipales, no se cuenta con policías estatales cuya plantilla
sea absorbida presupuestalmente por el ayuntamiento.
Artículo 24.-                  
Relaciones Jurídicas Laborales entre las Entidades Púb   Código Municipal para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, en cual se establece entre otras cosas que es una obligación de las entidades públicas municipales p referir
en igualdad de condiciones, de conocimientos, ap titudes, antigüedad y derechos escalafonarios a los trabajadores de base respecto
de quienes no lo sean; a quienes representen la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que hubieren prestado
servicios eminentes al municipio, y a los que con anterioridad les hubieren prestado servicio s satisfactoriamente.
CAPÍTULO IV
De la Deuda Pública
Artículo 25.- El saldo neto de la deuda p ública del Gobierno del Municipio de Castaños, se desglosa en el presente do cumento en
base a lo establecido en el artículo 275 fracción V del Código Financiero para los Mu nicipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Saldo de la Deuda
Institución
Bancaria
No. de Crédito
Tipo de
Instrumento
Tasa de Interés
Plazo de
Vencimiento
Tipo de Garantía
Saldo al 31
diciembre
2013
BANOBRAS
CASTAÑOS-9413
APERTURA
TIIE-3.02 Y 2.82
120 MESES
PARTICIPACIONES
$11,083,313
Para el ejercicio fiscal 2014, se establece una asignación presupuestaria para el capítulo 9000 Deuda Pública por la cantidad de
$3,255,255.23, el cual de desglosa en el siguiente recuadro:
Presupuesto Asignado 2014
9000 Deuda Pública
9100 Amortización
Gastos de la Deuda
Pública
9200 Intereses
Gastos de la
Deuda Pública
9300
Comisiones
Gastos de la
Deuda
Pública
9400
Gastos de
la Deuda
Pública
9500 Costos por
Coberturas
9600 Apoyos
Financieros
9900
ADEFAS
3,255,255.23
791,000.00
3,255,255.23
791,000.00
El tope de endeudamiento autorizado para el ejercicio fiscal 2014, es el establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de
Castaños, aprobada por el H. Congreso del Estado de Coahuila, tal como se conte mpla en el artículo 3 fracción XXII de la Ley de
Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza; el cual asciende a la cantidad de $0.00 .
Para el ejercicio fiscal 2014, en la Ley de Ingresos del Municipio de Castaños, aprobada por el H. Congreso del Estado de
Coahuila, no se co nsideraron montos y conceptos de endeudamiento, directo y contingente, debido a que no se prevé la
contratación de deuda pública.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS FEDERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De los recursos federales transferidos al Municipio
Artículo 26. - El Presupuesto de Egresos d el Municipio de Castaños se conforma por $31,622,624.35 de ingresos propios, $0.00
provenientes de recursos estatales y $46,946,466.10 provenientes de recursos federales.
Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones ap licables
en la materia.
62 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Artículo 27- Los fondos de aportaciones que confor man el ramo 33 que la federación presupuesto o torgar al municipio se
desglosan a continuación:
Fondo
Asignación
Presupuestal
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
$6,907,209.39
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones
$13,378,456.71
Total
$ 20,285,666.10
La aplicación, destino y distribución presupuestada de lo s fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a
continuación por capítulo del gasto:
Fondo
CAPÍTULOS
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
9000
Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal
$6,907,209.39
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los
Municipios y de las
Demarcaciones
$3,000,000.00
$3,000,000.00
$7,378,456.71
Totales
$3,000,000.00
$3,000,000.00
$14,285,666.10
TÍTULO TERCERO
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
CAPÍTULO ÚNICO
De los Montos de Adquisiciones
Artículo 28.- De conformidad con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de
contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se
sujetarán a los siguientes lineamientos:
OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
53,551
En Adelante
$3,414,947.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
13,301
53,550
$ 848,204.77
$ 3,414,883.50
Adjudicación Directa
0
13,300
$ 0.00
$ 848,141.00
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,854
En Adelante
$1,138,549.58
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,464
17,853
$ 284,669.28
$ 1,138,485.81
Adjudicación Directa
0
4,463
$ 0.00
$ 284,605.51
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 29. En forma similar a las obras públicas el municipio administrará sus adquisiciones públicas. Por adquisiciones públicas
se entenderán, toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus dependencias o
entidades celebr en para la compra de i nsumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que te ngan por o bjeto
cubrir las necesidades co munes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes necesarios
para la realización de funciones específicas.
Las adquisiciones que realice el municipio o sus dependencias, deberán de sujetarse a las disposiciones le gales que regulan la
materia en el Estado.
Por tanto de conformidad con lo establecido en la Ley d e Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación d e Servicios para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por
licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se sujetarán a los siguientes lineamientos:
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 63
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,851
En Adelante
$1,138,358.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,461
17,850
$ 284,477.97
$ 1,138,294.50
Adjudicación Directa
0
4,460
$ 0.00
$ 284,414.20
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 30.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se deberán apegar a la nor matividad aplicable o a
la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto en vigor al día siguiente de su publicación en el P eriódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto constituye una adenda del presupue sto de egresos municipal para el ej ercicio fiscal
2014, aprobado el día 09 DE DICIEMBRE DEL 2013 y su objetivo primordial es integrar la información presupuestal en base a lo
establecido en la Ley General de Contabilidad Guberna mental y especificar de forma clara las regulaciones d el ejercicio
presupuestal que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del
Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zara goza, Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, Ley de Deuda Pública para el Estad o de Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicab le.
Sin que la promulgación del presente decreto constituya adecuaciones al marco normativo que regula el ejercicio presupuestal d el
municipio durante el ejercicio 2014.
Dado en el Ayuntamiento del Municipio de Castaños, Coahuila, a los 01 día del mes de septiembre del año 2014.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CASTAÑOS, COAHUILA
C. JOSE ISABEL SEPULVEDA ELIAS
(RÚBRICA)
ADENDA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE MORELOS
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
ÚNICO. Se aprueba la Adenda del Presupuesto de Egresos del Municipio de Morelos para el Ejercicio Fiscal 2014, para
quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIP IO DE MORELOS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información p resupuestal con base a lo establecido en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que se encuentran
contenidas en la Constitución Política de los Estado s Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza,
Código Municipal para el E stado de Coahuila de Zaragoz a, Código Financiero para los Municip ios del Estado de Coahuila de
Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratac ión de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de
Deuda Pública para el Estad o d e Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como único eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2017
tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo.
            , en el ámbito de sus respectivas
competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.
64 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la Tesorería y a la Contraloría Municipal de
Morelos, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establezca el Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila y el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior, sin perjuicio de la
interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus
dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autoridad intermedia entre éste y el
Gobierno del Estado. Como cuerp o colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante del Municipio. Esta disposición
se establece sin excluir formas de participación directa de los ciudadanos en los procesos de decisión permitidos por la ley.
Clasificación Administrativa: Clasificación presupuestal que tiene como propósitos básicos identificar las unidades
administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como
establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas,
mediante su integración y consolidación, tal como lo req uieren las mejores prácticas y los modelos universales establecidos en la
materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por
ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
Clasificación Económica: Clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que permite ordenar a éstas de
acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito general de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fisca l y sus
componentes sobre la economía en general.
Clasificación Funcional del Gasto: Clasificación presupuestal que agrupa los gastos según los propósitos u o bjetivos
socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea to dos los conceptos de gastos descrit os. En ese
orden, se constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas do nde cada componente destaca aspectos concret os
del presupuesto y suministra información que atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el vínculo co n la
contabilidad.
Clasificación por Tipo de Gasto: Clasificación presupuestal que relaciona las transacciones públicas que generan gastos con los grandes
agregados de la clasificación económica presentándolos en Corriente, de Capital y Amortización de la deuda y disminución de pasivos.
Clasificación Programática: Clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas pres upuestarios de los
entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos de los programas
presupuestarios.
Deuda Pública: Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, que resulten de op eraciones de endeudamiento sobre el
crédito público de las entidades.
Deuda Pública Municipal: La que contraigan los Municipios, por conducto de sus ayuntamientos, como responsables directos o
como garantes, avalistas, deudores solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública paramunicipal
a su cargo.
Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las dispo siciones y acuerdos del Ayuntamiento y tiene su
representación legal y administrativa.
Presupuesto de Egresos Municipal: será el que contenga el acuerdo que aprueba el ayuntamiento a iniciativa del Presidente
Municipal, para cubrir durante el ejercicio fiscal a partir del primero de enero, las actividades, obras y servicios previstos en los
programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.
Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y administrar, como cuerpo co legiado, al municipio.
Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, central, descentralizada o concesionada a
particulares, cr eada para asegurar de una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de u na necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen de derecho público.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 65
Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos financieros del mismo, de procurar y defender los
intereses del municipio y representarlo jurídicamente.
Subsidios y Subvenciones: Asignacione s que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de
los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en los
precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes; motivar la inversión; cubrir impactos financieros;
promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades agropecuarias, industriales o de servicios.
Trabajadores de Base: serán los no incluidos en el párrafo anterior, serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo podrán
ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio respectivo.
Trabajadores de Confia nza: todos aquellos que realice n funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando
tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estric ta
confidencialidad, deban tener tal carácter.
Remuneración: toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas,
bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación
que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el erario
del Municipio, será obligatoria la intervención de la Tesorería Municipal de Mo relos, tal como lo establece el artículo 129 fracción
XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 4. - El ejercicio del presupuesto municipal, se ad ministrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos,
racionalidad e interés público y social, con base en lo siguiente:
I. No se otorgarán r emuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el presupuesto de egresos al
Presidente Municipal, Regidores y Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.
II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales o btener o tratar de obtener por el desempeño de su función,
beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban corr esponder.
III. El presupuesto se utilizará para cubrir las actividades, o bras y servicios previstos en los p rogramas y planes de desarrollo
de la Administración Pública Municipal.
IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico
que formule el ayuntamiento.
V. Los programas operativos institucionales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del municipio fijadas en el
programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.
VI. El gasto público municipal se ejercerá de acuerdo con el presupuesto de egresos autorizado y deberá ajustarse al monto
asignado a los programas correspondientes.
VII. Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida de gast o en el presupuesto de egresos y que tenga saldo suficiente
para cubrirlo.
VIII. En lo referente a gastos de difusión, pro moción y p ublicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos
presupuestales totales.
IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipio, cuidando en todos los
casos q ue correspondan a compromisos efectivamente devengados, co n excepción de los anticipos que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respecti vos.
X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las leye s correspondientes, debiéndose
reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.
XI. No se podrán distraer los recursos municipales a fines distintos de los señalados por las leyes y por el presupuesto de
egresos aprobado.
XII. Los s ubejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, eco nomías o ingresos extraordinarios se aplicarán
preferentemente para cubrir pasivos municipales o mantenerse en caja.
XIII. La Tesorería Municipal implementará el Sistema de Pres upuesto por Programas y de Evaluación al Desempeño de
conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
XIV. El presupuesto de egresos municipal deberá de ser publicado en el Periódico Oficia l del Estado de Coahuila y en su
respectiva página de internet una vez que haya sido aprobado.
Artículo 5.- La información que en términos del presente documento deba remitirse al H. Congreso del Estado de Coahuila deberá
cumplir con lo siguiente:
I. Aprobada la adenda del presupuesto de egreso s para el ejercicio fiscal 2014, el ayuntamiento, deberá remitir copia del
mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seguimiento y
revisión de la cuenta pública.
66 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico.
III. El nivel mínimo de desagregación se hará con base en la clasificación homologada a las disposiciones del Consejo
Nacional de Armonización Contable.
Artículo 6.- La Tesorería Municipal de Mo relos garantizará que toda la información presupuestaria cumpla con la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código
Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
La presente adenda del presu puesto de egresos municipal 2014, así como el pr esupuesto de egresos municipal 2014, deberán ser
difundidos en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los tér minos de la Ley de Acceso a la Informació n
Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
CAPÍTULO II
De las Erogaciones
Artículo 7.- El gasto neto total previsto en el presente P resupuesto Municipal de Morelos, Coahuila, i mporta la cantidad de
$33,010,000.00 y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos del Municipio de Morelos, Coahuila para el
Ejercicio Fiscal de 2014.
El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto Municipal de Morelos, Coahuila, importa la cantidad de $34, 520,502.58.
Para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit público presupuestario de $1, 510,502.58.
Artículo 8.- Si alguna o algunas de las asi gnaciones del presupuesto de egresos res ultaren insuficientes para cubrir las necesidades
que originen las funciones encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las modificaciones o
ampliaciones necesarias en función a la disponibilidad de fondos y previa justificación de las mismas.
El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuaciones presupuestarias, siempre y cuando se
justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prio ritarias o urgentes.
Artículo 9.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación por tipo de gasto se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)
CTG
Presupuesto Aprobado
1
Gasto Corriente
$25,131,900.00
2
Gasto de Capital
$9,288,602.58
3
Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos
$100,000.00
Total
$34,520,502.58
Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación económica se distribuye de la
siguiente manera: CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)
CE
Presupuesto Aprobado
2 - GASTOS
34,420,502.58
2.1 - GASTOS CORRIENTES
25,131,900.00
2.1.1 - GASTOS DE CONSUMO DE LOS ENTES DEL
GOBIERNO GENERAL/GASTOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS
ENTIDADES EMPRESARIALES
23,837,900.00
2.1.1.1 - REMUNERACIONES
12,710,900.00
2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
11,127,000.00
2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(MEFP 6.69)
10,000.00
2.1.3 - GASTO DE LA PROPIEDAD
270,000.00
2.1.3.2 - GASTOS DE LA PROPIEDAD DISTINTOS DE
INTERESES
270,000.00
2.1.5 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y
DONATIVOS CORRIENTES OTORGADOS
1,003,000.00
2.1.5.1 - AL SECTOR PRIVADO
151,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 67
2.1.5.2 - AL SECTOR PÚBLICO
852,000.00
2.1.4 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES A EMPRESAS
(MEFP 6.61)
11,000.00
2.1.4.1 - A ENTIDADES EMPRESARIALES DEL SECTOR
PRIVADO
11,000.00
2.2 - GASTOS DE CAPITAL
9,288,602.58
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
7,412,102.58
2.2.2 - ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN BRUTA DE
CAPITAL FIJO)
805,500.00
2.2.2.2 - MAQUINARIA Y EQUIPO
785,500.00
2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
20,000.00
2.2.3 - INCREMENTO DE EXISTENCIAS
28,000.00
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE
SEGURIDAD Y DEFENSA
28,000.00
2.2.6 - TRANSFERENCIAS Y ASIGNACIONES Y
DONATIVOS DE CAPITAL OTORGADOS
1,045,000.00
2.2.6.1 - AL SECTOR PRIVADO
1,045,000.00
Sin Clave - Sin Descripción
100,000.00
Sin Clave - Sin Descripción
100,000.00
Total general
$ 34,520,502.58
Artículo 11.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 201 4 con base a la clasificación por objeto d el gasto en el tercer
nivel de desagregación (partida genérica), se distribuye de la siguiente manera:
COG (partida genérica)
Presupuesto Aprobado
10000 - SERVICIOS PERSONALES
11000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
11300 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE
10,286,400.00
12000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
12200 - SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL
16,000.00
13000 - REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
13100 - PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIOS EFECTIVOS
PRESTADOS
1,000.00
13200 - PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
2,086,000.00
13300 - HORAS EXTRAORDINARIAS
103,500.00
13400 - COMPENSACIONES
3,500.00
15000 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS
15100 - CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y FONDO
DE TRABAJO
33,000.00
15200 - INDEMNIZACIONES
91,500.00
15300 - PRESTACIONES Y HABERES DE RETIRO
1,000.00
15600 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS
88,000.00
17000 - PAGO DE ESTÍMULOS A SERVIDORES PÚBLICOS
17100 - ESTÍMULOS
1,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
21000 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS
OFICIALES
21100 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE
OFICINA
207,000.00
21200 - MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y
REPRODUCCIÓN
102,000.00
21300 - MATERIAL ESTADÍSTICO Y GEOGRÁFICO
1,000.00
68 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
21400 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
13,000.00
21500 - MATERIAL IMPRESO E INFORMACIÓN DIGITAL
7,000.00
21600 - MATERIAL DE LIMPIEZA
83,500.00
22000 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS
483,500.00
22200 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES
2,000.00
22300 - UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE
ALIMENTACIÓN
-
23000 - MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALI ZACIÓN
23400 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES, ADITIVOS,
CARBÓN Y SUS DERIVADOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA
PRIMA
24,000.00
24000 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN
24100 - PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS
-
24200 - CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO
102,000.00
24300 - CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO
9,000.00
24400 - MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA
5,000.00
24500 - VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO
2,000.00
24600 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
222,000.00
24700 - ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN
52,000.00
24800 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS
10,000.00
24900 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
203,000.00
25000 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
25100 - PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS
1,000.00
25200 - FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS
AGROQUÍMICOS
15,000.00
25300 - MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
245,500.00
25400 - MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS
20,000.00
25600 - FIBRAS SINTÉTICAS, HULES, PLÁSTICOS Y
DERIVADOS
-
25900 - OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS
-
26000 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26100 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
2,140,000.00
27000 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ART ÍCULOS DEPORTIVOS
27100 - VESTUARIO Y UNIFORMES
347,500.00
27200 - PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN
PERSONAL
3,000.00
27300 - ARTÍCULOS DEPORTIVOS
32,000.00
27400 - PRODUCTOS TEXTILES
-
28000 - MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD
28100 - SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS
1,000.00
28200 - MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
21,000.00
28300 - PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA SEGURIDAD
PÚBLICA Y NACIONAL
6,000.00
29000 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
29100 - HERRAMIENTAS MENORES
-
29200 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EDIFICIOS
-
29300 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN,
EDUCACIONAL Y
7,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 69
29400 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
15,000.00
29600 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE
-
29800 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS
861,000.00
29900 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS
BIENES MUEBLES
-
30000 - SERVICIOS GENERALES
31000 - SERVICIOS BASICOS
31100 - ENERGÍA ELÉCTRICA
2,550,000.00
31200 - GAS
112,000.00
31300 - AGUA
-
31400 - TELEFONÍA TRADICIONAL
101,000.00
31500 - TELEFONÍA CELULAR
146,000.00
31600 - SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y
SATÉLITES
2,000.00
31800 - SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS
9,000.00
32000 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
32300 - ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO
30,000.00
32500 - ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE
8,000.00
32600 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
301,000.00
32700 - ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS INTANGIBLES
270,000.00
33000 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS
33100 - SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD,
AUDITORÍA Y RELACIONADOS
36,000.00
33300 - SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA,
PROCESOS, TÉCNICA Y EN TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
4,000.00
33400 - SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
1,000.00
33500 - SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y
DESARROLLO
3,000.00
33600 - SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO,
FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN
458,500.00
33700 - SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD
15,000.00
33900 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y
TÉCNICOS INTEGRALES
256,000.00
34000 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
34100 - SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
50,000.00
34400 - SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y
FIANZAS
2,000.00
34500 - SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
10,000.00
34700 - FLETES Y MANIOBRAS
2,500.00
35000 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN
35100 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE
INMUEBLES
88,000.00
35200 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN,
EDUCACIONAL Y
28,000.00
35300 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
12,000.00
35500 - REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
126,000.00
70 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
35700 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA
112,000.00
35800 - SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE
DESECHOS
7,000.00
35900 - SERVICIOS DE JARDINERÍA Y FUMIGACIÓN
3,000.00
36000 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD
36100 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES
2,000.00
36200 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES COMERCIALES PARA PROMOVER LA
VENTA DE
-
36300 - SERVICIOS DE CREATIVIDAD, PREPRODUCCIÓN Y
PRODUCCIÓN DE PUBLICIDAD, EXCEPTO INTERNET
-
36400 - SERVICIOS DE REVELADO DE FOTOGRAFÍAS
-
36500 - SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL
SONIDO Y DEL VIDEO
-
37000 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
37100 - PASAJES AÉREOS
1,000.00
37200 - PASAJES TERRESTRES
16,000.00
37500 - VIÁTICOS EN EL PAÍS
100,000.00
37800 - SERVICIOS INTEGRALES DE TRASLADO Y
VIÁTICOS
6,000.00
37900 - OTROS SERVICIOS DE TRASLADO Y HOSPEDAJE
-
38000 - SERVICIOS OFICIALES
38100 - GASTOS DE CEREMONIAL
10,000.00
38200 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL
800,000.00
38500 - GASTOS DE REPRESENTACIÓN
14,000.00
39000 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39200 - IMPUESTOS Y DERECHOS
420,000.00
39500 - PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES
70,000.00
39600 - OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES
-
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
41000 - TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO
41500 - TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A
ENTIDADES PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO
FINANCIERAS
2,000.00
42000 - TRANSFERENCIAS AL RESTO DEL SECTOR PÚBLICO
42100 - TRANSFERENCIAS OTORGADAS A ORGANISMOS
ENTIDADES PARAESTATALES NO EMPRESARIALES Y NO
FINANCIERAS
850,000.00
43000 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
43100 - SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN
1,000.00
43400 - SUBSIDIOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PÚBLICOS
10,000.00
43900 - OTROS SUBSIDIOS
150,000.00
44000 - AYUDAS SOCIALES
44100 - AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
650,000.00
44400 - AYUDAS SOCIALES A ACTIVIDADES CIENTÍFICAS
O ACADÉMICAS
100,000.00
44500 - AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES
DE LUCRO
290,000.00
44800 - AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y OTROS
SINIESTROS
5,000.00
45000 - PENSIONES Y JUBILACIONES
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 71
45100 - PENSIONES
10,000.00
48000 - DONATIVOS
48100 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO
1,000.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
61000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO
61200 - EDIFICACIÓN NO HABITACIONAL
1,700,000.00
61300 - CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL
ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS,
ELECTRICIDAD Y
300,000.00
61400 - DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE
OBRAS DE URBANIZACIÓN
1,978,123.28
62000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
62300 - CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL
ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS,
ELECTRICIDAD Y
2,533,312.98
62700 - INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO EN
CONSTRUCCIONES
850,666.32
62900 - TRABAJOS DE ACABADOS EN EDIFICACIONES Y
OTROS TRABAJOS ESPECIALIZADOS
50,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51000 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN
51100 - MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA
28,500.00
51500 - EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍA DE LA
INFORMACIÓN
16,000.00
51900 - OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE
ADMINISTRACIÓN
75,000.00
52000 - MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO
52300 - CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
10,000.00
52900 - OTRO MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y
RECREATIVO
25,000.00
54000 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
54100 - AUTOMÓVILES Y CAMIONES
500,000.00
54900 - OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE
2,000.00
55000 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
55100 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
20,000.00
56000 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
56100 - MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO
2,000.00
56300 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
15,000.00
56400 - SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO,
CALEFACCIÓN Y DE REFRIGERACIÓN INDUSTRIAL Y
COMERCIAL
55,000.00
56500 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y
TELECOMUNICACIÓN
50,000.00
56600 - EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA,
APARATOS Y ACCESORIOS ELÉCTRICOS
3,000.00
56700 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-HERRAMIENTA
2,000.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
91000 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
91100 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
100,000.00
Total general
$ 34,520,502.58
Los gastos por concepto de comunicación social se desglosan en el rubro 3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y
PUBLICIDAD.
72 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
El monto asignado para pago de pensiones y jubilaciones, se desglosa e n las partidas genéricas 45 1 Pensiones, 452 Jubilacione s y
459 Otras Pensiones y Jubilaciones.
Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo,
se desglosan por cada una de las dependencias como se muestra a continuación:
CA/COG
Presupuesto Aprobado
01-PRESIDENCIA
5,914,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,164,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
491,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
1,848,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
341,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
70,000.00
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
270,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
205,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
45,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
6,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
14,000.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
2,841,500.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,439,500.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
804,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
130,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
468,000.00
08-ECOLOGIA
2,139,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,476,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
551,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
108,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
4,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
09-OBRAS PUBLICAS
8,605,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,040,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,332,500.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
3,023,000.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
3,150,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
59,500.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
5,378,400.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
2,285,900.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,115,500.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
187,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
1,720,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
70,000.00
13-DESARROLLO SOCIAL
377,500.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
275,500.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
80,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
22,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
-
14-TESORERIA
1,432,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
625,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
265,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 73
30000 - SERVICIOS GENERALES
538,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
4,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
-
19-GASTOS GENERALES
2,035,000.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,450,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
309,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
270,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
-
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
6,000.00
26-INFRAESTRUCTURA
1,449,312.98
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
1,433,312.98
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
16,000.00
25-FORTALECIMIENTO
4,078,789.60
10000 - SERVICIOS PERSONALES
750,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
250,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
50,000.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
2,828,789.60
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
100,000.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
100,000.00
Total general
$ 34,520,502.58
Artículo 13.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación administrativa, se distribuye como a
continuación se indica:
CA 3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
34,520,502.58
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
34,520,502.58
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
34,520,502.58
3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
34,520,502.58
3.1.1.1.1 - Órgano Ejecutivo Municipal (Ayuntamiento)
01-PRESIDENCIA
5,914,000.00
0101-PRESIDENCIA
5,914,000.00
03-CONTRALORIA MUNICIPAL
270,000.00
0301-CONTRALORIA
270,000.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
2,841,500.00
0501-SEGURIDAD PUBLICA
2,510,000.00
0502-PROTECCIÓN CIVIL
331,500.00
08-ECOLOGIA
2,139,000.00
0801-ECOLOGIA
1,831,000.00
0802-IMAGEN URBANA
308,000.00
09-OBRAS PUBLICAS
8,605,000.00
0901-OBRAS PUBLICAS
8,605,000.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
5,378,400.00
1201-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
5,147,000.00
1202-FOMENTO ECONOMICO
87,000.00
1203-FOMENTO DEPORTIVO
144,400.00
13-DESARROLLO SOCIAL
377,500.00
1301-DESARROLLO SOCIAL
377,500.00
14-TESORERIA
1,432,000.00
74 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
1401-TESORERIA
1,432,000.00
19-GASTOS GENERALES
2,035,000.00
1901-D.I.F. MUNICIPAL
2,035,000.00
26-INFRAESTRUCTURA
1,449,312.98
2601-INFRAESTRUCTURA
1,449,312.98
25-FORTALECIMIENTO
4,078,789.60
2501-FORTALECIMIENTO
4,078,789.60
Total general
$ 34,520,502.58
CA 3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros
Total general
0.00
CA 3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con Participación Esta tal
Mayoritaria
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con Participac ión Estatal
Mayoritaria
Total general
CA 3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con Participació n
Estatal Mayoritaria
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con Participación Estatal
Mayoritaria
Total general
0.00
La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, se regula con base al artículo 140 del Código Municipal
para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual establece la facultad del ayuntamiento para aprobar y autorizar su creación de
fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Mu nicipio o el beneficio colectivo de sus habitantes y contempla
la facultad de la Tesorería Municipal de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los
fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municipio es (Contralor ía Municipal), el cual para dicha actividad
tiene destinado un presupuesto de $0.00.
En el presente presupuesto d e egresos municipal no se prevén erogaciones para entida des paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, debido a que el municipio no cuenta con entidades de ese tipo.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 75
En el presente presupuesto d e egresos municipal no se prevén erogaciones para entidades paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, las cuales realizan su propio presupuesto de ingresos y de egresos, sin embargo, de modo informativo se
presentan las cifras de su presupuesto de egresos aprobado p ara el ejercicio 2014, con base a la clasificación por objeto del gasto a
nivel capítulo.
Nombre del Descentralizado
Presupuesto Aprobado
1000 SERVICIOS PERSONALES
0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
0.00
3000 SERVICIOS GENERALES
0.00
4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
0.00
5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
0.00
6000 INVERSION PUBLICA
0.00
7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES
0.00
8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
0.00
9000 DEUDA PUBLICA
0.00
Total general
En el presente presupuesto no se desglosan transferencias a autoridades auxiliares municipales, deb ido a que no se asignan partidas
para erogar recursos de ese tipo.
A continuación se desglosan las transferencias a autoridades auxiliares municipales, pres upuestadas:
Autoridad Auxiliar Municipal
Presupuesto Aprobado
N/A
0.00
Artículo 14.- La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de Morelos para el ejercicio fiscal 2014 se
compone de la siguiente forma:
CFG
Presupuesto Aprobado
2 - DESARROLLO SOCIAL
34,520,502.58
1.4 - RELACIONES EXTERIORES
34,520,502.58
1.3.1 - PRESIDENCIA/GOBERNATURA
34,520,502.58
Total general
$ 34,520,502.58
Artículo 15.- La clasificación programática del presupuesto de egresos del Municipio de Morelos, incorpora los programas
municipales desglosados de la siguiente forma:
Nombre del Programa
Presupuesto Aprobado
N/A
0.00
Total general
Nota: Los programas encaminados a dar atención a niñas, niños y adolescentes, no se relacionan en este r ecuadro.
Los programas del presupuesto de egresos encaminados a dar la atención de las niñas, niños y adolescentes, son los siguientes:
76 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Nombre del Programa
Presupuesto Aprobado
N/A
0.00
Total general
Artículo 16.- Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e ingresos propios
ascienden a $1, 159,453.00, distribuidos de la siguiente forma:
Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno
Nombre del Programa
Importe Total del
Programa
Ingresos
Municipales
Transferencia Estatal
Transferencia Federal
Ampliación de red
eléctrica Ejido los
Álamos
$165,691.00
$55,230.33
$110,460.67
Programa de
Concurrencia con las
Entidades Federativas
de la SAGARPA
$750,000.00
$150,000.00
$600,000.00
VIVIENDA DIGNA
2014 DEL FONHAPO
$243,762.00
$117,255.00
$126,507.00
Totales
$1,159,453.00
$322,485.33
$836,967.67
Artículo 17.- Las asignaciones contempladas en el presente presupuesto de egresos para otorgarse a organismos de la sociedad civil
para el ejercicio fiscal 2014, son las siguientes:
Partida/Nombre del Organismo de la Sociedad Civil
Asignación
N/A
0.00
Total
Artículo 18.- Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para los subsidios se distribuyen conforme a la siguiente tabla:
4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Subsidio
Beneficiario
Monto Pagado
N/A
N/A
N/A
Total
El registro contable de los subsidios y aportaciones deberá efectuarse al expedirse el recibo de retiro de fondos correspondientes, de
tal forma que permita identificar su destino y beneficiario.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 77
El Presidente Municipal, mediante resolució n de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podrá conceder
subsidios.
Las r esoluciones que dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, así como, el monto o
proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.
Artículo 19.- El gasto previsto para prestaciones sindicales importa la cantidad de $0.00 y se distribuye de la siguie nte manera:
Prestaciones sindicales
Concepto de la Prestación
Monto
N/A
0.00
Artículo 20.- El gasto contemplado en el presente presupuesto y que cuenta con aprobación para realizar erogaciones plurianuales,
se muestra a continuación, desglosado por partida específica:
Partida Específica (COG)
Nombre del Programa
Monto Asignado
os Anteriores
Monto Asignado
para el año 2014
Monto Asignado
Años Posteriores
N/A
0.00
0.00
0.00
0.00
Totales
El gasto contemplado en el presente presupuesto es únicamente para el ejercicio fiscal 2014 y no cuenta con partidas q ue se
encuentren relacionadas con erogaciones plurianuales.
Artículo 21.- Las cuentas bancarias productivas en las cuales se depositaron los recursos feder ales transferidos, por cualquier
concepto, durante el ejercicio fiscal 2014, se relacionan enseguida:
Municipio: Morelos, Coahuila
Relación de Cuentas Bancarias Productivas Específicas
Periodo (anual)
Fondo, Programa o Convenio
Datos de la Cuenta Bancaria
Institución Bancaria
Número de Cuenta
N/A
CAPÍTULO III
De los Servicios Personales
Artículo 22.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración Pública Municipal centralizada contará con 130 plazas de conformidad
con lo siguiente:
Departamento
Plaza Tabular
No. de Plazas
Confianza
Base
Honorarios
PRESIDENCIA
PRESIDENTE MUNICIPAL
REGIDORES
SINDICOS
10
*
CONTRALORIA
CONTRALOR
SECRETARIA
2
*
SEGURIDAD PUBLICA
COMANDANTE
POLICIAS
OFICIAL DE GUARDIA
SUBCOMANDANTE
RT
14
*
78 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
PROTECCION CIVIL
DIRECTOR
1
*
ECOLOGIA
DIRECTOR
ENCARGADO DE CUADRILLA
AYUDANTE
CHOFER
PEON
18
*
OBRAS PUBLICAS
DIRECTOR
ALBAÑIL
SECRETARIA
ELECTRICISTA
CHOFER
AYUDANTE
PEON
16
*
SECRETARIA DEL AYTO.
SECRETARIO DEL AYTO
DIRECTOR
JUEZ CONCILIADOR
SECRETARIA
BIBLIOTECARIA
TEC. EN SISTEMAS
ASISTENTE
INTENDENTE
AUXILIAR
ASESOR JURIDICO
MEDIOS DE DIFUSION
PENSIONADOS
32
*
FOMENTO ECONOMICO
DIRECTOR
1
*
FOMENTO DEPORTIVO
DIRECTOR
AYUDANTE
2
*
SEDESOL
DIRECTOR
SUPERVISOR
SECRETARIA
PEON
AGUADOR
10
*
TESORERIA
TESORERO
CATASTRO
SECRETARIA
6
*
DIF MUNICIPAL
PRESIDENTA
ASISTENTE
CHOFER
AUXILIAR
AYUDANTE GENERAL
RECEPCIONISTA
18
*
Nota: En el presente cuadro desglosan todas las plazas autorizadas, incluidas las del personal de seguridad pública municipal.
Artículo 23.- Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones que
se deter minen en el Tabulador Salarial siguiente; el cual se integra en el presupuesto d e egresos, en base a lo estableci do en el
artículo 275 fracción VI del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Plaza
Tabular
Remuneraciones Base
Remuneraciones
Adicionales
Total
Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima
Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
Presidente
Municipal
34000
50000
90000
100000
0
0
0
0
1
20000
124001
170000
Síndico
Municipal
10000
12000
27000
30000
0
0
0
0
1
20000
28001
62000
Regidor
10000
12000
27000
30000
0
0
0
0
1
20000
28001
62000
Secretario del
Ayuntamiento
6000
8000
16000
20000
0
0
0
0
1
20000
22001
48000
Tesorero
Municipal
10000
15000
26000
30000
0
0
0
0
1
20000
36001
55000
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 79
Director
2000
10000
4000
27000
0
0
0
0
1
20000
6001
57000
Asesor
2000
6000
4000
15000
0
0
0
0
1
20000
6001
41000
Secretario
particular
Subdirector
Contador
General
Subcontador
Asistente
1300
3000
3400
8000
0
0
0
0
1
20000
4701
31000
Jefe de
Departamento
Inspector de
zona
Analista de
servicios
Nota: El presente tabulador contiene todas las plazas autorizadas en la plantilla municipal, a excepción de las del sistema de
seguridad pública municipal.
El personal de seguridad pública municipal comprende un total de 14 plazas d e policías, mismas que se desglosan a continuación:
Tabulador del Sistema de Seguridad Pública
Plaza Tabular
Remuneraciones Base
Remuneraciones Adicionales
Total
Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima
Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
OFICIAL PRIMERO
OFICIAL
SEGUNDO
OFICIAL TERCERO
POLICÍA
MUNICIPAL
2300
5000
6200
13000
0
0
0
0
1
20000
85001
38000
SUBCOMANDANTE
3000
7000
6000
14000
0
0
0
0
1
20000
9001
41000
COMANDANTE
3000
8000
7000
15000
0
0
0
0
1
20000
10001
43000
COMISARIO
OFICIAL
SUBOFICIAL
POLICÍA PRIMERO
POLICÍA
SEGUNDO
POLICÍA TERCERO
OFICIAL PRIMERO
OFICIAL
SEGUNDO
OFICIAL TERCERO
Todos los policías que integran la plantilla de seguridad pública, son municipales, no se cuenta con policías estatales cuya plantilla
sea absorbida presupuestalmente por el ayuntamiento.
Artículo 23.- 
 Código Municipal para el Estado de Coahuila
de Zaragoza, en cual se establ ece entre otras cosas que es una obligación de las entidad es públicas municipales preferir en igualdad
de condiciones, de conocimientos, aptitudes, antigüedad y derechos escalafonarios a los trabaj adores de base respecto de quienes no
lo sean; a quienes rep resenten la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que hubieren prestado ser vicios eminentes
al municipio, y a los que con anterioridad les hubieren prestado servicios satisfactoriamente.
CAPÍTULO IV
De la Deuda Pública
80 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Artículo 24.- El saldo neto de la deuda pública del Gobierno del Municipio de Morelos, se desglosa en el presente documento en
base a lo establecido en el artículo 275 fracción V del Código Financiero para los Mu nicipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Saldo de la Deuda
Institución Bancaria
No. de
Crédito
Tipo de
Instrumento
Tasa de
Interés
Plazo de
Vencimiento
Tipo de
Garantía
Saldo al 31 diciembre
2013
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
Para el ejercicio fiscal 2014, se establece una asignación presupuestaria para el capítulo 9000 Deuda Pública por la cantidad de
$100,000.00, el cual de desglosa en el siguiente recuadro:
Presupuesto Asignado 2014
9000 Deuda Pública
9100 Amortización
Gastos de la Deuda
Pública
9200
Intereses
Gastos de
la Deuda
Pública
9300
Comisiones
Gastos de la
Deuda Pública
9400 Gastos
de la Deuda
Pública
9500 Costos por
Coberturas
9600 Apoyos
Financieros
9900
ADEFAS
100,000.00
El tope de endeudamiento autorizado para el ejercicio fiscal 2014, es el establecido en la Ley de Ingresos del M unicipio de
Morelos, aprobada por el H. Congreso del Estado de Coahuila, tal como se contempla en el artículo 3 fracción XXII de la Ley d e
Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza; el cual asciende a la cantidad de $2, 000,0 00.00
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS FEDERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De los recursos federales transferidos al Municipio
Artículo 25.- El P resupuesto de Egresos del Municipio de Morelos se conforma por $7, 467,400.00 de ingresos propios, $21 ,
525,000.00 provenientes de recursos estatales y $5,528,102.58 provenientes de recursos feder ales.
Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones a plicables
en la materia.
Artículo 26.- Los fondos de aportaciones que confor man el ramo 33 que la federación pr esupuesto otorgar al municipio se
desglosan a continuación:
Fondo
Asignación
Presupuestal
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
$1,449,312.98
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 81
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones
$4,078,789.60
Fondo de Aportaciones Múltiples
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica de los Estados y del
Distrito Federal
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas
Total
$5,528,102.58
La aplicación, destino y distribución presupuestada de lo s fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a
continuación por capítulo del gasto:
Fondo
CAPÍTULOS
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
9000
Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal
Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud
Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal
1,449,312.98
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios
y de las Demarcaciones
Fondo de Aportaciones Múltiples
Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de
Adultos
Fondo de Aportaciones para la
Seguridad Publica de los Estados y
del Distrito Federal
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de las Entidades
Federativas
1,553,186.53
800,000.00
1,725,602.97
Totales
TÍTULO TERCERO
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
CAPÍTULO ÚNICO
De los Montos de Adquisiciones
Artículo 27.- De conformidad con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de
contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se
sujetarán a los siguientes lineamientos:
OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
53,551
En Adelante
$3,414,947.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
13,301
53,550
$ 848,204.77
$ 3,414,883.50
Adjudicación Directa
0
13,300
0
$ 848,141.00
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,854
En Adelante
$1,138,549.58
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,464
17,853
$ 284,669.28
$ 1,138,485.81
Adjudicación Directa
0
4,463
0
$ 284,605.51 -
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
82 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Artículo 28. En forma si milar a las ob ras públicas el municipio administrará sus adquisici ones públicas. Por adquisiciones públicas
se entenderán, toda clase de convenios o co ntratos, cualquiera que sea su d enominación legal, que el municipio, sus dependencias o
entidades celebr en para la compra de i nsumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que tengan por objeto
cubrir las necesidades co munes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes necesarios
para la realización de funciones específicas.
Las adquisiciones que realice el municipio o sus dependencias, deberán de sujetarse a las disposiciones legales que regulan la
materia en el Estado.
Por tanto de conformidad con lo establecido en la Ley d e Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación d e Servicios para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por
licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se sujetarán a los siguientes lineamientos:
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,851
En Adelante
$1,138,358.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,461
17,850
$ 284,477.97
$ 1,138,294.50
Adjudicación Directa
0
4,460
0
$ 284,414.20
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 29.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se deberán apegar a la normatividad aplicable o a
la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto en vigor al día siguiente de su publicación en el P eriódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto constituye una adenda del presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal
2014, aprobado el día 04 de septiembre de 2014 y su objetivo primordial es integrar la información presupuestal en base a lo
establecido en la Ley General de Contabilidad Guber namental y especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio
presupuestal que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del
Estado de Coahuila de Zaragoza , Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicab le.
Sin que la promulgación del presente decreto constituya modificaciones, ampliaciones, transferencias, reducciones o cancelaciones
presupuestarias; ni adecuaciones al marco normativo que regula el ejercicio presupuestal del municipio durante el ej ercicio 2014.
Dado en el Ayuntamiento del Municipio de Morelos, Coahuila a los cuatro d ías del mes de Septiembre del año 2014.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE MORELOS, COAHUILA
C. JUAN GABRIEL GARZA CALDERON
Rúbrica.
EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
PROF. JOSE EULALIO RAMIREZ GUERRA
Rúbrica.
EL TESORERO MUNICIPAL
ING. ARMANDO PEREZ PEÑA
Rúbrica.
EL SÍNDICO MUNICIPAL
C. MARIA ESTHER GONZALEZ DE LUNA
Rúbrica
EL 1ER REGIDOR MUNICIPAL
C. MELECIO GARCIA GONZALEZ
Rúbrica
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 83
ADENDA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE NAVA
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
ÚNICO. Se aprueba la Adenda del Presupuesto de Egresos del Municipio de Nava para el Ejercicio Fiscal 2014, para
quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIP IO DE NAVA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información presupuestal con base a lo establecid o en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que se encue ntran
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de
Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contr atación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de
Deuda Pública para el Estad o d e Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas par a el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como único eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2017
tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo.
 nsabilidad de la Tesorería Municipal y de la Contraloría del Municipio de Nava, en el ámbito de sus respectivas
competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.
La interpretación del presente documento para efec tos administrativos, corresponde a la Tesorería y a la Contraloría Municipal de
Nava, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establezca el Código Financiero par a los
Municipios del Estado de Coahuila y el Código M unicipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior, sin perjuicio de la
interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus
dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades co munes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autoridad intermedia en tre éste y el
Gobierno del Estado. Como cuerp o colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante d el Municipio. Esta disposición
se establece sin excluir formas de participación directa de los ciudadanos en los proceso s de decisión permitidos por la ley.
Clasificación Administrativa: Clasificación presupuestal que tiene como propósitos básicos identificar las unidades
administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como
establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas,
mediante su integración y consolidación, tal como lo req uieren las mejores prácticas y lo s modelos universales establecid os en la
materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por
ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
Clasificación Económica: Clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que permite ordenar a éstas de
acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito general de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fisca l y sus
componentes sobre la economía en general.
Clasificación Funcional del Gasto: Clasificación presupuestal que agrupa los gastos según los propósitos u o bjetivos
socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea to dos los conceptos de gastos descritos. En ese
orden, se constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas do nde cada componente destaca aspectos concret os
del presupuesto y suministra información que atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el vínculo con la
contabilidad.
Clasificación por Tipo de Gasto: Clasificación presupuestal que relaciona las transacciones p úblicas que generan gastos con los
grandes agregados de la clasificación económica presentándolos en Corriente, de Capital y Amortización de la deuda y disminución
de pasivos.
84 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Clasificación Programática: Clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas pres upuestarios de los
entes públicos, q ue permitirá organizar, en forma representativa y ho mogénea, las asignaciones de recursos de los pr ogramas
presupuestarios.
Deuda Pública: Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, que resulten de op eraciones de endeudamiento sobre el
crédito público de las entidades.
Deuda Pública Municipal: La que contraigan los Municipios, por conducto de sus ayuntamientos, como responsables directos o
como garantes, avalistas, deudores solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública paramunicipal
a su cargo.
Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las d isposiciones y acuerdos del Ayuntamiento y tiene su
representación legal y administrativa.
Presupuesto de Egresos M unicipal: será el que contenga el acuerdo que aprueba el ayuntamiento a iniciativa de la Presidenta
Municipal, para cubrir durante el ejercicio fiscal a partir d el primero de enero, las actividades, obras y servicios previstos en los
programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.
Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y administrar, como cuerpo co legiado, al municipio.
Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, central, descentralizada o concesionada a
particulares, cr eada para asegurar de una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de u na necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen de derecho público.
Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos financieros del mismo, de procurar y defender los
intereses del municipio y representarlo jurídicamente.
Subsidios y Subvenciones: Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de
los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en los
precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes; motivar la inversión; cubrir impactos financieros;
promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades agropecuarias, industriales o de servicios.
Trabajadores de Base: serán los no incluidos como trabajadores de co nfianza, serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo
podrán ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio resp ectivo.
Trabajadores de Confianza : todos aquellos que realice n funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando
tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estric ta
confidencialidad, deban tener tal carácter.
Remuneración: toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas,
bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobació n
que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades o ficiales.
Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el
erario del Municipio, será obligatoria la i ntervención de la Tesorería Municipal de Nava, tal como lo establece el artículo 129
fracción XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 4.- El ejercicio del presupuesto municipal, se administrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén dest inados, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos,
racionalidad e interés público y social, con base en lo siguiente:
I. No se otorgarán r emuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el presupuesto de egresos al
Presidente Municipal, Regidores y Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.
II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales obtener o tratar de obtener por el desempeño de su función,
beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban corresponder.
III. El presupuesto se utilizará para cubrir las actividades, o bras y servicios previstos en los programas y planes de desarrollo
de la Administración Pública Municipal.
IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico
que formule el ayuntamiento.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 85
V. Los programas operativos institucionales se referirán a la s prioridades del desarrollo integral del municipio fijadas en el
programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.
VI. El gasto público municipal se ejercerá de acuerdo con el presupuesto de egresos autorizado y deberá ajustarse al monto
asignado a los programas correspondientes.
VII. Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida de gasto en el presupuesto de egresos y q ue tenga saldo suficiente
para cubrirlo.
VIII. En lo referente a gastos de difusión, promoción y publicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3 % de los ingresos
presupuestales totales.
IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipio, cuidando en todos los
casos q ue correspondan a compromisos efectiva mente devengados, con excepción de los anticipos que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos.
X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las leye s corre spondientes, debiéndose
reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.
XI. No se podrán distraer los recursos municipales a fines distintos de los señalados por las leyes y por el presupuesto de
egresos aprobado.
XII. Los s ubejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, economías o ingresos extraordinarios se aplicarán
preferentemente para cubrir pasivos municipales o mantenerse en caja.
XIII. La Tesorería Municipal implementará el Sistema de Pres upuesto por Programas y de Evaluación al Desempeño de
conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
XIV. El presupuesto de egresos municipal deberá de ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila y en su
respectiva página de internet una vez que haya sido aprobado.
Artículo 5.- La información que en términos del presente documento deba remitirse al H. Congreso del Estado de Coahuila deberá
cumplir con lo siguiente:
I. Aprobada la adenda del presupuesto de egreso s para el ejercicio fiscal 2014, el ayuntamiento, deberá remitir copia del
mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seguimiento y
revisión de la cuenta pública.
II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico.
III. El nivel mínimo de desagregación se hará con base en la clasificación homologada a las disposiciones del Consejo
Nacional de Armonización Contable.
Artículo 6. - La Tesorería Municipal de Nava garantizará que toda la información presupuestaria cumpla co n la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código
Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
La presente adenda del presu puesto de egresos municipal 2014, así como el pr esupuesto de egresos municipal 2014, deberán ser
difundidos en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los tér minos de la Ley de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
CAPÍTULO II
De las Erogaciones
Artículo 7.- El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto Municipal de Nava, Coahuila, importa la cantidad de
$77,488,053.30.
Para el presente ejercicio fiscal se prevé un superávit público presupuestario de $2,334,246.70, el cual se dejara en caja para cubrir
pasivos municipales.
Artículo 8.-Si alguna o algunas de las asignaciones del presupuesto de egresos resultaren insuficientes para cubrir las necesidades
que originen las funciones encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las modificaciones o
ampliaciones necesarias en función a la disponibilidad de fondos y previa justificación de las mismas.
El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuaciones presupuestarias, siempre y cuando se
justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prio ritarias o urgentes.
Artículo 9.-El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación por tipo de gasto se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)
CTG
Presupuesto Aprobado
1
Gasto Corriente
$58,647,792.30
2
Gasto de Capital
$18,319,761.00
86 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
3
Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos
$520,500.00
Total
$77,488,053.30
Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación económica se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)
CE
Presupuesto Aprobado
2 - GASTOS
76,967,553.30
2.1 - GASTOS CORRIENTES
58,647,792.30
2.1.1 - GASTOS DE CONSUMO DE LOS ENTES DEL
GOBIERNO GENERAL/GASTOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS
ENTIDADES EMPRESARIALES
54,345,526.30
2.1.1.1 - REMUNERACIONES
34,295,061.00
2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
20,050,465.30
2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(MEFP 6.69)
24,000.00
2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(MEFP 6.69)
24,000.00
2.1.3 - GASTO DE LA PROPIEDAD
327,250.00
2.1.3.1 - INTERESES
293,000.00
2.1.3.2 - GASTOS DE LA PROPIEDAD DISTINTOS DE
INTERESES
34,250.00
2.1.5 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y
DONATIVOS CORRIENTES OTORGADOS
3,942,016.00
2.1.5.1 - AL SECTOR PRIVADO
3,649,516.00
2.1.5.2 - AL SECTOR PÚBLICO
292,500.00
2.1.4 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES A EMPRESAS
(MEFP 6.61)
9,000.00
2.1.4.1 - A ENTIDADES EMPRESARIALES DEL
SECTOR PRIVADO
9,000.00
2.2 - GASTOS DE CAPITAL
18,319,761.00
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
12,297,873.00
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
12,297,873.00
2.2.2 - ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN BRUTA DE
CAPITAL FIJO)
3,183,337.00
2.2.2.1 - VIVIENDAS, EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS
19,500.00
2.2.2.2 - MAQUINARIA Y EQUIPO
3,024,337.00
2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
120,500.00
2.2.2.4 - ACTIVOS BIOLÓGICOS CULTIVADOS
19,000.00
2.2.3 - INCREMENTO DE EXISTENCIAS
31,200.00
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE
SEGURIDAD Y DEFENSA
31,200.00
2.2.6 - TRANSFERENCIAS Y ASIGNACIONES Y
DONATIVOS DE CAPITAL OTORGADOS
1,499,751.00
2.2.6.1 - AL SECTOR PRIVADO
1,499,751.00
2.2.5 - ACTIVOS NO PRODUCIDOS
1,307,600.00
2.2.5.1 - ACTIVOS INTANGIBLES NO PRODUCIDOS
DE ORIGEN NATURAL
1,307,600.00
3.- Financiamiento
520,500.00
3.2.- Aplicaciones Financieras
520,500.00
Total general
$ 77,488,053.30
Artículo 11. -El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 con base a la clasificación por objeto del gasto en el tercer
nivel de desagregación (partida genérica), se distribuye de la siguiente manera:
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 87
COG (partida genérica)
Presupuesto Aprobado
10000 - SERVICIOS PERSONALES
11000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
11300 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE
24,495,953.00
12000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
12100 - HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
11,000.00
12200 - SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL
19,500.00
12300 - RETRIBUCIONES POR SERVICIOS DE
CARÁCTER SOCIAL
10,000.00
13000 - REMUNERACIONES ADICIONALES Y
ESPECIALES
13100 - PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIOS EFECTIVOS
PRESTADOS
11,500.00
13200 - PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
6,582,053.00
13300 - HORAS EXTRAORDINARIAS
301,865.00
13400 - COMPENSACIONES
10,000.00
14000 - SEGURIDAD SOCIAL
14100 - APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
2,036,500.00
14200 - APORTACIONES A FONDOS DE VIVIENDA
9,500.00
14300 - APORTACIONES AL SISTEMA PARA EL
RETIRO
9,500.00
14400 - APORTACIONES PARA SEGUROS
52,300.00
15000 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y
ECONÓMICAS
15100 - CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y
FONDO DE TRABAJO
268,509.00
15200 - INDEMNIZACIONES
434,981.00
15900 - OTRAS PRESTACIONES
30,400.00
16000 - PREVISIONES
16100 - PREVISIONES DE CARÁCTER LABORAL,
ECONÓMICA Y DE SEGURIDAD SOCIAL
9,500.00
17000 - PAGO DE ESTÍMULOS A SERVIDORES PÚBLICOS
17100 - ESTÍMULOS
11,500.00
18000 - IMPUESTO SOBRE NÓMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA RELACIÓN
LABORAL
18100 - IMPUESTO SOBRE NÓMINAS
10,500.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
21000 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y
ARTÍCULOS OFICIALES
21100 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES
DE OFICINA
276,961.00
21200 - MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y
REPRODUCCIÓN
13,390.00
21300 - MATERIAL ESTADÍSTICO Y GEOGRÁFICO
11,000.00
21400 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIONES
164,081.00
21500 - MATERIAL IMPRESO E INFORMACIÓN
DIGITAL
9,500.00
21600 - MATERIAL DE LIMPIEZA
86,376.00
21700 - MATERIALES Y ÚTILES DE ENSEÑANZA
11,000.00
21800 - MATERIALES PARA EL REGISTRO E
IDENTIFICACIÓN DE BIENES Y PERSONAS
10,200.00
88 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
22000 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS
56,244.00
22200 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES
8,600.00
22300 - UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE
ALIMENTACIÓN
10,000.00
24000 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN
24600 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
74,098.00
24700 - ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN
10,500.00
24800 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS
26,000.00
24900 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
160,334.00
25000 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO
25200 - FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS
AGROQUÍMICOS
11,000.00
25300 - MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
13,000.00
25400 - MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS
9,500.00
25500 - MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
DE LABORATORIO
9,000.00
25900 - OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS
219,068.00
26000 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26100 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
2,746,337.00
27000 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS
DEPORTIVOS
27100 - VESTUARIO Y UNIFORMES
78,700.00
27200 - PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN
PERSONAL
33,240.00
27300 - ARTÍCULOS DEPORTIVOS
27,548.00
28000 - MATERIALES Y SUMINISTROS PARA
SEGURIDAD
28100 - SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS
9,500.00
28200 - MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
9,500.00
28300 - PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA SEGURIDAD
PÚBLICA Y NACIONAL
12,200.00
29000 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
29100 - HERRAMIENTAS MENORES
241,385.00
29400 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
16,982.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
31000 - SERVICIOS BASICOS
31100 - ENERGÍA ELÉCTRICA
9,974,717.00
31200 - GAS
10,953.00
31300 - AGUA
9,500.00
31400 - TELEFONÍA TRADICIONAL
291,239.00
31500 - TELEFONÍA CELULAR
250,710.00
31600 - SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y
SATÉLITES
19,000.00
31800 - SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS
19,075.00
32000 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
32100 - ARRENDAMIENTO DE TERRENOS
25,000.00
32200 - ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS
9,000.00
32300 - ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO
DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO
10,500.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 89
32500 - ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
29,500.00
32600 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
95,568.00
32700 - ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS
INTANGIBLES
9,250.00
33000 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS
33100 - SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD,
AUDITORÍA Y RELACIONADOS
824,500.00
33300 - SERVICIOS DE CONSULTORÍA
ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
23,280.00
33400 - SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
11,500.00
33500 - SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y
DESARROLLO
30,940.00
33600 - SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO,
FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN
18,000.00
33800 - SERVICIOS DE VIGILANCIA
9,750.00
34000 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
34100 - SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
53,824.00
34500 - SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
57,861.00
34600 - ALMACENAJE, ENVASE Y EMBALAJE
10,500.00
34700 - FLETES Y MANIOBRAS
131,692.30
35000 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN
35100 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR
DE INMUEBLES
370,536.00
35200 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y
14,592.00
35300 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
12,200.00
35700 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTA
168,104.00
35800 - SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE
DESECHOS
10,500.00
36000 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD
36100 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y
ACTIVIDADES
824,140.00
36500 - SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL
SONIDO Y DEL VIDEO
11,250.00
36900 - OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN
9,500.00
37000 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
37200 - PASAJES TERRESTRES
10,000.00
37500 - VIÁTICOS EN EL PAÍS
363,087.00
38000 - SERVICIOS OFICIALES
38100 - GASTOS DE CEREMONIAL
225,168.00
38200 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL
559,652.00
38300 - CONGRESOS Y CONVENCIONES
13,000.00
39000 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39200 - IMPUESTOS Y DERECHOS
966,113.00
39300 - IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACIÓN
9,750.00
39500 - PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES
216,500.00
90 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
39600 - OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES
9,500.00
39900 - OTROS SERVICIOS GENERALES
25,720.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
41000 - TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO
41900 - TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS A
FIDEICOMISOS PÚBLICOS FINANCIEROS
9,000.00
43000 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
43600 - SUBSIDIOS A LA VIVIENDA
9,000.00
43800 - SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS
283,500.00
43900 - OTROS SUBSIDIOS
3,509,700.00
44000 - AYUDAS SOCIALES
44100 - AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
1,062,751.00
44200 - BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS
DE CAPACITACIÓN
9,500.00
44300 - AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE
ENSEÑANZA
424,500.00
44800 - AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y
OTROS SINIESTROS
12,500.00
45000 - PENSIONES Y JUBILACIONES
45100 - PENSIONES
12,000.00
45900 - OTRAS PENSIONES Y JUBILACIONES
12,000.00
48000 - DONATIVOS
48100 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO
130,316.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
61000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO
PÚBLICO
61200 - EDIFICACIÓN NO HABITACIONAL
11,013,922.00
62000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
62600 - OTRAS CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA
CIVIL U OBRA PESADA
1,260,078.00
62900 - TRABAJOS DE ACABADOS EN
EDIFICACIONES Y OTROS TRABAJOS ESPECIALIZADOS
23,873.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51000 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN
51100 - MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA
39,104.00
51300 - BIENES ARTÍSTICOS, CULTURALES Y
CIENTÍFICOS
10,500.00
51500 - EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍA DE
LA INFORMACIÓN
25,128.00
51900 - OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE
ADMINISTRACIÓN
61,149.00
52000 - MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO
52900 - OTRO MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL
Y RECREATIVO
10,000.00
53000 - EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
53100 - EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO
10,000.00
53200 - INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
10,500.00
54000 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
54100 - AUTOMÓVILES Y CAMIONES
2,706,900.00
54900 - OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE
10,000.00
55000 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 91
55100 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
120,500.00
56000 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTAS
56100 - MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO
11,500.00
56200 - MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL
56,336.00
56300 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
10,500.00
56500 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y
TELECOMUNICACIÓN
11,000.00
56600 - EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA,
APARATOS Y ACCESORIOS ELÉCTRICOS
15,960.00
56700 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-
HERRAMIENTA
16,000.00
56900 - OTROS EQUIPOS
19,760.00
57000 - ACTIVOS BIOLÓGICOS
57100 - BOVINOS
9,500.00
57600 - EQUINOS
9,500.00
58000 - BIENES INMUEBLES
58100 - TERRENOS
1,307,600.00
58300 - EDIFICIOS NO RESIDENCIALES
10,000.00
58900 - OTROS BIENES INMUEBLES
9,500.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
91000 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
91100 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
500,000.00
92000 - INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA
92100 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
293,000.00
93000 - COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA
93100 - COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA
INTERNA
5,000.00
95000 - COSTO POR COBERTURAS
95100 - COSTOS POR COBERTURA DE LA DEUDA
PÚBLICA INTERNA
500.00
99000 - ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)
99100 - ADEFAS
500.00
Total general
$ 77,488,053.30
Los gastos por concepto de comunicación social se desglosan en el rubro 3600 SERVICIOS DE COMUNI CACION SOCIAL Y
PUBLICIDAD.
El monto asignado para pago de pensiones y jubilaciones, se desglosa e n las partidas genéricas 45 1 Pensiones, 452 Jubilacione s y
459 Otras Pensiones y Jubilaciones.
Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo,
se desglosan por cada una de las dependencias como se muestra a continuación:
CA/COG
Presupuesto Aprobado
02-CABILDO
22,016,680.30
10000 - SERVICIOS PERSONALES
5,649,620.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
533,230.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
3,919,651.30
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
1,068,179.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
8,667,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,973,000.00
92 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
90000 - DEUDA PÚBLICA
206,000.00
05-SEGURIDAD PUBLICA
5,759,700.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,370,500.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
145,200.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
165,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
8,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,071,000.00
08-ECOLOGIA
5,762,200.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,884,500.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
655,200.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
195,500.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
8,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
19,000.00
09-OBRAS PUBLICAS
3,207,421.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
2,540,800.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
208,088.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
389,224.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
13,440.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
55,869.00
10-DESARROLLO RURAL
629,592.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
280,148.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
26,684.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
31,184.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
277,316.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
14,260.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
4,906,234.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,036,730.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
385,114.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
322,550.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
80,500.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
81,340.00
14-TESORERIA
6,906,832.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
2,398,238.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
409,116.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
494,146.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
3,519,700.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
85,632.00
19-GASTOS GENERALES
8,436,871.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,033,979.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
750,236.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
3,515,820.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
68,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
68,836.00
25-CASA DE LA CULTURA
855,641.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
644,754.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 93
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
68,276.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
93,979.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
37,632.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
11,000.00
26-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
3,883,873.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
2,000.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
251,000.00
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
3,630,873.00
27-FONDO DE FORTALECIMIENTO
13,539,617.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,338,000.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,045,000.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
6,463,617.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,100,000.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
593,000.00
28-DELEGACION V. CARRANZA
1,583,392.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,137,792.00
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
139,100.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
152,500.00
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
143,000.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
11,000.00
Total general
$ 77,488,053.30
Artículo 13.-El presupuesto d e egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación administrativa, se distribuye co mo a
continuación se indica:
CA 3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
77,488,053.30
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
77,488,053.30
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
77,488,053.30
3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
77,488,053.30
3.1.1.1.1 - Órgano Ejecutivo Municipal (Ayuntamiento)
02-CABILDO
22,016,680.30
0201-CUERPO EDILICIO
22,016,680.30
05-SEGURIDAD PUBLICA
5,759,700.00
0501-SEGURIDAD PUBLICA
5,674,700.00
0502-BOMBEROS
85,000.00
08-ECOLOGIA
5,762,200.00
0801-ECOLOGIA
5,762,200.00
09-OBRAS PUBLICAS
3,207,421.00
0901-OBRAS PUBLICAS
2,198,733.00
0903-DESARROLLO SOCIAL
1,008,688.00
10-DESARROLLO RURAL
629,592.00
1001-DESARROLLO RURAL
629,592.00
12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
4,906,234.00
1201-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
3,125,312.00
1203-FOMENTO DEPORTIVO
402,102.00
1204-FOMENTO ECONOMICO
412,912.00
1205-RECURSOS HUMANOS
235,128.00
94 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
1206-JUZGADO
269,576.00
1207-SINDICALÍA
461,204.00
14-TESORERIA
6,906,832.00
1401-TESORERIA
5,651,808.00
1402-CATASTRO
859,560.00
1403-CERTUCC
395,464.00
19-GASTOS GENERALES
8,436,871.00
1901-D.I.F. MUNICIPAL
1,747,728.00
1902-SIMAS
6,689,143.00
25-CASA DE LA CULTURA
855,641.00
2501-CASA DE LA CULTURA
855,641.00
26-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
3,883,873.00
2601-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
3,883,873.00
27-FONDO DE FORTALECIMIENTO
13,539,617.00
2701-FONDO DE FORTALECIMIENTO
13,539,617.00
28-DELEGACION V. CARRANZA
1,583,392.00
2802-DELEGACION V. CARRANZA
1,583,392.00
Total general
$ 77,488,053.30
CA 3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
0.00
3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros
0.00
Total general
CA 3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con Participación
Estatal Mayoritaria
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
0.00
3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con Participación Estatal
Mayoritaria
0.00
Total general
CA 3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con Participació n
Estatal Mayoritaria
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
0.00
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
0.00
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
0.00
3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con Participación
Estatal Mayoritaria
0.00
Total general
0.00
La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, se regula con base al artículo 140 del Código Municipal
para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual establece la facultad del ayuntamiento para aprobar y autorizar su creación de
fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Mu nicipio o el beneficio colectivo de sus habitantes y contempla
la facultad de la Tesorería Municipal de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los
fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 95
El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municip io es el Cuerpo Edilicio, el cual para dicha actividad tiene
destinado un presupuesto de $99,081.36
En el presente presupuesto d e egresos municipal no se prevén erogaciones para entidades paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, debido a que el municipio no cuenta con entidades de ese tipo.
En el presente presupuesto no se desglosan transferencias a autoridades auxiliares municipa les, debido a que no se asignan partidas
para erogar recursos de ese tipo.
Artículo 14.- La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de Nava para el ejercicio fiscal 2014 se
compone de la siguiente forma:
CFG
Presupuesto Aprobado
2 - DESARROLLO SOCIAL
64,683,603.30
1.7 - ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y DE SEGURIDAD
INTERIOR
151,700.00
1.6.3 - INTELIGENCIA PARA LA PRESERVACION DE
LA SEGURIDAD NACIONAL
151,700.00
1.1 - LEGISLACION
4,164,753.00
4.1 - TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA /
COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA
4,164,753.00
1.4 - RELACIONES EXTERIORES
60,367,150.30
1.3.4 - FUNCION PUBLICA
58,424,587.30
1.3.9 - OTROS
1,942,563.00
3 - DESARROLLO ECONOMICO
9,833,028.00
2.3 - SALUD
9,833,028.00
2.2.1 - URBANIZACION
9,833,028.00
4 - OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES
ANTERIORES
2,971,422.00
3.2 - "AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA"
19,000.00
3.1.2 - ASUNTOS LABORALES GENERALES
19,000.00
3.3 - COMBUSTIBLES Y ENERGIA
11,500.00
3.2.1 - AGROPECUARIA
11,500.00
3.5 - TRANSPORTE
2,840,922.00
3.4.3 - CONSTRUCCION
2,840,922.00
3.8 - "CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION"
100,000.00
3.7.1 - TURISMO
100,000.00
Total general
$ 77,488,053.30
Artículo 15.- La clasificación programática del presupuesto de egresos del Municipio de Nava, incorpora los programas
municipales desglosados de la siguiente forma:
Nombre del Programa
Presupuesto Aprobado
Adecuar Infraestructura para el Desarrollo
2,4069,22.00
Administración de la Función Publica
57,962,919.30
Calidad en el Servicio
232,000.00
Costo-Beneficio de los Servicios Públicos
799,000.00
Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa
19,000.00
Desarrollo del Personal
419,728.00
Desarrollo Urbano Ordenado
9,833,021.00
Difusión de las Acciones de Gobierno
853,640.00
Educación
434,000.00
Estimulo a la Producción Agropecuaria
11,500.00
Gestoría de Servicios Públicos
57,923.00
96 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Inversiones en Activos
4,164,753.00
Modernización de la Administración
41,940.00
Promoción Turística
100,000.00
Seguridad Publica
151,700.00
Total general
$ 77,488,053.30
En el presente presupuesto no se previeron recursos encaminados a dar la atención de las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 16.- Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e in gresos propios
ascienden a $1,000,000.00, distribuidos de la siguiente forma:
Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno
Nombre del
Programa
Importe Total del
Programa
Ingresos
Municipales
Transferencia Estatal
Transferencia Federal
Inversiones en
Activos (Actividades
Productivas)
1,000,000.00
200,000.00
200,000.00
600,000.00
Totales
$ 1,000,000.00
$ 200,000.00
$ 200,000.00
$ 600,000.00
Articulo 17.- En el presente presupuesto no se previeron recursos encaminados a organismos d e la sociedad civil.
Artículo 18.- Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para los subsidios se distribuyen confor me a la siguiente tabla:
4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Subsidio
Beneficiario
Monto Pagado
CEPROFIS
Contribuyentes sujetos al pago del Impuesto predial.
3,608,200.00
Aportación Municipal para el Programa de
Concurrencia
Agricultores y Ganaderos
200,000.00
Total
$3,802,200.00
El registro contable de los subsidios y aportaciones deberá efect uarse al expedirse el recibo de retiro d e fondos corr espondientes, de
tal forma que permita identificar su destino y beneficiario.
La Presidenta Municipal, mediante resolución de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podrá conced er
subsidios.
Las r esoluciones que dicte la Presidenta Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, así como, el monto o
proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.
Artículo 19.- El gasto previsto para prestaciones sindicales importa la cantidad d e $25,250 y se distribuye de la siguiente manera:
Prestaciones sindicales
Concepto de la Prestación
Monto
PROFAM (Seguro de Protección Familiar)
$ 25,250.00
Artículo 20.- El gasto contemplado en el presente presupuesto es únicamente para el ejercicio fiscal 2014 y no cue nta con partidas
que se encuentren relacionadas con erogaciones plurianuales.
Artículo 21.- Las cuentas bancarias producti vas en las cuales se depositaron los recursos federales tra nsferidos, por cualquier
concepto, durante el ejercicio fiscal 2014, se relacionan enseguida:
Municipio: Nava, Coahuila
Relación de Cuentas Bancarias Productivas Específicas
Periodo (anual)
Fondo, Programa o Convenio
Datos de la Cuenta Bancaria
Institución
Bancaria
Número de Cuenta
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
Santander Serfin
22-00040188-8
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Santander Serfin
22-00040193-4
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 97
Demarcaciones
CAPÍTULO III
De los Servicios Personales
Artículo 22.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración Pública Municipal centralizad a contará con 329 plazas de conformidad
con lo siguiente:
DEPARTAMENTO
PLAZA TABULAR
N° DE PLAZAS
CONFIANZA
BASE
HONORARIOS
CUERPO EDILICIO
AUXILIAR
1
1
CUERPO EDILICIO
CONTRALOR
1
1
CUERPO EDILICIO
ENCARGADO DE CUADRILLA
1
1
CUERPO EDILICIO
JUBILADO
2
2
CUERPO EDILICIO
PENSIONADO
7
7
CUERPO EDILICIO
PRESIDENTE MUNICIPAL
1
1
CUERPO EDILICIO
REGIDOR
11
11
CUERPO EDILICIO
SINDICOS
2
2
BOMBEROS
AUXILIAR
2
2
BOMBEROS
BOMBERO
15
15
ECOLOGIA
AUXILIAR
1
1
ECOLOGIA
AYUDANTE
47
23
24
ECOLOGIA
AYUDANTE DE MECANICA
1
1
ECOLOGIA
CHOFER DE CARGA GENERAL
5
3
2
ECOLOGIA
CHOFER DE MAQUINARIA PESADA
2
2
ECOLOGIA
DELEGADA
1
1
ECOLOGIA
DIRECTOR
1
1
ECOLOGIA
INTENDENTE
1
1
ECOLOGIA
MECANICO
1
1
ECOLOGIA
OPERADOR MAQUINARIA PESADA
7
7
ECOLOGIA
SOLDADOR
1
1
ECOLOGIA
SUB-DIRECTOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
ALBANIL
1
1
OBRAS PUBLICAS
AUXILIAR
1
1
OBRAS PUBLICAS
AYUDANTE
10
7
3
OBRAS PUBLICAS
AYUDANTE DE ELECTRICISTA
2
2
OBRAS PUBLICAS
CHOFER DE CARGA GENERAL
1
1
OBRAS PUBLICAS
DIRECTOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
JEFE DE DEPARTAMENTO
1
1
OBRAS PUBLICAS
OPERADOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
OPERADOR MAQUINARIA PESADA
1
1
OBRAS PUBLICAS
PINTOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
SECRETARIA
1
1
OBRAS PUBLICAS
SOLDADOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
SUPERVISOR
1
1
DESARROLLO SOCIAL
ACTUARIO MUNICIPAL
1
1
DESARROLLO SOCIAL
AUXILIAR
6
6
DESARROLLO SOCIAL
DELEGADA
1
1
DESARROLLO SOCIAL
DIRECTOR
1
1
DESARROLLO RURAL
COORDINADOR
1
1
98 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
DESARROLLO RURAL
DIRECTOR
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
ASESOR
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
AUXILIAR
24
24
SECRETARIA DEL AYTO.
AYUDANTE
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
BIBLIOTECARIA
2
2
SECRETARIA DEL AYTO.
COMUNICACION SOCIAL
7
7
SECRETARIA DEL AYTO.
COORDINADOR
3
3
SECRETARIA DEL AYTO.
DIRECTOR
3
3
SECRETARIA DEL AYTO.
ENCARGADO DEL ARCHIVO MUNICIPA
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
ENFERMERA
5
4
1
SECRETARIA DEL AYTO.
INTENDENTE
4
1
3
SECRETARIA DEL AYTO.
MEDICO
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
SECRETARIA
8
4
4
SECRETARIA DEL AYTO.
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
SECRETARIO PART. PRES. MPAL.
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
SUB-DIRECTOR
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
VELADOR
1
1
SECRETARIA DEL AYTO.
VIGILANTE
8
8
FOMENTO DEPORTIVO
AUXILIAR
2
2
FOMENTO DEPORTIVO
AYUDANTE
3
1
2
FOMENTO DEPORTIVO
DIRECTOR
1
1
FOMENTO ECONOMICO
AUXILIAR
1
1
FOMENTO ECONOMICO
COORDINADOR
2
2
JUZGADO
JUEZ MUNICIPAL CONCILIADOR
1
1
TESORERIA
AUXILIAR
3
3
TESORERIA
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
TESORERIA
DIRECTOR
2
2
TESORERIA
NOTIFICADOR
2
2
CATASTRO
AUXILIAR
1
1
CATASTRO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
CATASTRO
JEFE DE DEPARTAMENTO
1
1
CATASTRO
SECRETARIA
1
1
CERTUCC
AUXILIAR
1
1
CERTUCC
COORDINADOR
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
AUXILIAR
6
6
D.I.F. MUNICIPAL
CHOFER DE CARGA GENERAL
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
COLABORADOR
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
COORDINADOR
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
DELEGADA
2
2
D.I.F. MUNICIPAL
DIRECTOR
2
2
D.I.F. MUNICIPAL
INTENDENTE
2
2
D.I.F. MUNICIPAL
SECRETARIA
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
TERAPISTA
2
1
1
SIMAS
AUXILIAR
1
1
SIMAS
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
1
1
SIMAS
AYUDANTE
6
5
1
SIMAS
DIRECTOR
1
1
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 99
SIMAS
NOTIFICADOR
6
5
1
SIMAS
OPERADOR
1
1
SIMAS
OPERADOR DE BOMBA
7
1
6
SIMAS
PLOMERO
2
2
SIMAS
SECRETARIA
1
1
SIMAS
SUB-DIRECTOR
1
1
SIMAS
VIGILANTE
1
1
CASA DE LA CULTURA
AUXILIAR
2
2
CASA DE LA CULTURA
BIBLIOTECARIA
2
2
CASA DE LA CULTURA
COORDINADOR
1
1
CASA DE LA CULTURA
INTENDENTE
1
1
DELEGACION V. CARRANZA
AUXILIAR
3
3
DELEGACION V. CARRANZA
AYUDANTE
4
4
DELEGACION V. CARRANZA
DIRECTOR
1
1
DELEGACION V. CARRANZA
SECRETARIA
1
1
SEGURIDAD PUBLICA
COORDINADOR
1
1
SEGURIDAD PUBLICA
DIRECTOR
1
1
SEGURIDAD PUBLICA
POLICIA
21
21
SEGURIDAD PUBLICA
SECRETARIA
1
1
Nota: En el presente cuadro desglosan todas las plazas autorizadas, incluidas las del personal de seguridad pública municipal.
Artículo 23. - Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones
que se determinen e n el Tabulador Salarial siguiente; el cual se integra en el presupuesto de egresos, en base a lo establecido en el
artículo 275 fracción VI del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Tabulador de Sueldos Mensual
PLAZA
REMUNERACIONES BASE
REMUNERACIONES
ADICION.
TOTAL
PERCEPCIONES
TABULAR
SUELDO BASE
AGUINALDO
PRIMA VAC.
PREST.
SIND.
OTRAS PREST.
DE
HASTA
DE
HASTA
DE
HASTA
DE
HASTA
DE
HASTA
DE
HASTA
ACTUARIO
MUNICIPAL
8000.00
8000.00
888.89
888.89
133.33
133.33
0.00
0.00
111.11
111.11
9133.33
9133.33
ALBAÑIL
5459.74
5459.74
606.66
606.66
91.00
91.00
0.00
30.00
75.83
75.83
6233.23
6263.23
ASESOR
21000.00
21000.00
2333.33
2333.33
350.00
350.00
0.00
0.00
291.67
291.67
23975.00
23975.00
AUXILIAR
2830.12
15237.82
314.46
1693.09
47.17
253.96
0.00
0.00
39.31
211.64
3231.05
17396.51
AUXILIAR
ADMINISTRATIVO
10960.16
13211.40
1217.80
1467.93
228.34
275.24
0.00
30.00
152.22
183.49
12558.52
15168.06
AYUDANTE
2800.20
7484.72
311.13
831.64
46.67
124.75
0.00
30.00
38.89
103.95
3196.90
8575.06
AYUDANTE DE
ELECT.
6277.30
8022.58
697.48
891.40
130.78
133.71
0.00
0.00
87.19
111.43
7192.74
9159.11
AYUDANTE DE MEC.
5100.00
5100.00
566.67
566.67
85.00
85.00
0.00
0.00
70.83
70.83
5822.50
5822.50
BIBLIOTECARIA
3199.80
7221.00
355.53
802.33
53.33
120.35
0.00
0.00
44.44
100.29
3653.11
8243.98
BOMBERO
5752.36
10417.90
639.15
1157.54
95.87
217.04
0.00
0.00
79.89
144.69
6567.28
11937.18
CHOFER CARGA
GRAL.
4994.40
7280.66
554.93
808.96
83.24
121.34
0.00
30.00
69.37
101.12
5701.94
8342.09
CHOFER DE MAQ.
PES.
4000.00
5405.18
444.44
600.58
66.67
112.61
0.00
0.00
55.56
75.07
4566.67
6193.44
COLABORADOR
3200.00
9300.00
355.56
1033.33
53.33
155.00
0.00
0.00
44.44
129.17
3653.33
10617.50
CONTRALOR
19000.00
19000.00
2111.11
2111.11
316.67
316.67
0.00
0.00
263.89
263.89
21691.67
21691.67
COORDINADOR
3300.00
16460.00
366.67
1828.89
55.00
274.33
0.00
0.00
45.83
228.61
3767.50
18791.83
DELEGADA
4000.00
4200.00
444.44
466.67
66.67
70.00
0.00
0.00
55.56
58.33
4566.67
4795.00
DIRECTOR
6800.00
40000.00
755.56
4444.44
113.33
666.67
0.00
0.00
94.44
555.56
7763.33
45666.67
ENC. DE CUADRILLA
6300.00
6300.00
700.00
700.00
105.00
105.00
0.00
0.00
87.50
87.50
7192.50
7192.50
100 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
ENC. ARCHIVO
MPAL.
10033.00
10033.00
1114.78
1114.78
167.22
167.22
0.00
0.00
139.35
139.35
11454.34
11454.34
ENFERMERA
3742.50
9254.10
415.83
1028.23
62.38
154.24
0.00
30.00
51.98
128.53
4272.69
10595.10
INTENDENTE
3199.80
6928.00
355.53
769.78
53.33
115.47
0.00
30.00
44.44
96.22
3653.11
7939.47
JEFE DE DEPTO
10284.56
22574.90
1142.73
2508.32
214.26
376.25
0.00
0.00
142.84
313.54
11784.39
25773.01
JUBILADO
13131.02
13211.40
1459.00
1467.93
328.28
330.29
0.00
0.00
182.38
183.49
15100.67
15193.11
JUEZ MPAL. CONC.
7800.00
7800.00
866.67
866.67
130.00
130.00
0.00
0.00
108.33
108.33
8905.00
8905.00
MECANICO
6300.00
6300.00
700.00
700.00
105.00
105.00
0.00
0.00
87.50
87.50
7192.50
7192.50
MEDICO
13999.90
13999.90
1555.54
1555.54
233.33
233.33
0.00
0.00
194.44
194.44
15983.22
15983.22
NOTIFICADOR
4200.00
6802.74
466.67
755.86
70.00
113.38
0.00
30.00
58.33
94.48
4795.00
7796.46
OPERADOR
5325.14
6405.90
591.68
711.77
88.75
133.46
0.00
0.00
73.96
88.97
6079.54
7340.09
OPERADOR DE
BOMBA
5148.94
6592.70
572.10
732.52
85.82
164.82
0.00
30.00
71.51
91.57
5878.37
7611.61
OP. MAQ. PESADA
5675.46
7484.72
630.61
831.64
118.24
155.93
0.00
30.00
78.83
103.95
6503.13
8606.24
PENSIONADO
2570.88
4823.84
285.65
535.98
64.27
100.50
0.00
0.00
35.71
67.00
2956.51
5527.32
PINTOR
5232.00
5232.00
581.33
581.33
87.20
87.20
0.00
0.00
72.67
72.67
5973.20
5973.20
PLOMERO
6549.16
6549.16
727.68
727.68
136.44
136.44
0.00
0.00
90.96
90.96
7504.25
7504.25
PRESIDENTE MPAL.
81000.00
81000.00
9000.00
9000.00
1350.00
1350.00
0.00
0.00
1125.00
1125.00
92475.00
92475.00
REGIDOR
28000.00
28000.00
3111.11
3111.08
466.67
466.67
0.00
0.00
388.89
388.89
31966.67
31966.64
SECRETARIA
4200.00
16015.10
466.67
1779.46
70.00
266.92
0.00
30.00
58.33
222.43
4795.00
18313.91
SEC. DEL R. AYTO.
28000.00
28000.00
3111.11
3111.11
466.67
466.67
0.00
0.00
388.89
388.89
31966.67
31966.67
SEC.PART.PRES.MPAL.
14129.90
14129.90
1569.99
1569.99
235.50
235.50
0.00
0.00
196.25
196.25
16131.64
16131.64
SINDICOS
28000.00
28000.00
3111.11
3111.11
466.67
466.67
0.00
0.00
388.89
388.89
31966.67
31966.67
SOLDADOR
4752.40
7350.10
528.04
816.68
79.21
122.50
0.00
0.00
66.01
102.09
5425.66
8391.36
SUB-DIRECTOR
16000.00
19600.00
1777.78
2177.78
266.67
326.67
0.00
0.00
222.22
272.22
18266.67
22376.67
SUPERVISOR
9178.00
9178.00
1019.78
1019.78
152.97
152.97
0.00
0.00
127.47
127.47
10478.22
10478.22
TERAPISTA
6356.50
8425.14
706.28
936.13
105.94
175.52
0.00
30.00
88.29
117.02
7257.00
9683.81
VELADOR
5803.52
5803.52
644.84
644.84
96.73
96.73
0.00
0.00
80.60
80.60
6625.69
6625.69
VIGILANTE
5510.50
5803.52
612.28
644.84
91.84
96.73
0.00
0.00
76.54
80.60
6291.15
6625.69
Nota: El presente tabulador contiene todas las plazas autorizadas en la plantilla municipal, a excepción de las del sistema de
seguridad pública municipal.
*** Tabulador Mensual
El personal de seguridad pública municipal comprende un total de 24 p lazas de policías, mismas que se desglosan a continuación:
Tabulador del Sistema de Seguridad Pública Municipal
PLAZA
REMUNERACIONES BASE
REMUNERACIONES
ADICION.
TOTAL
PERCEPCIONE
S
TABULAR
SUELDO BASE
AGUINALDO
PRIMA VAC.
PREST.
SIND.
OTRAS
PREST.
DE
HASTA
DE
HAST
A
DE
HAST
A
DE
HAST
A
DE
HAST
A
DE
HASTA
COORDINADO
R
9200.00
9200.00
1022.2
2
1022.2
2
153.3
3
153.33
0.00
0.00
127.7
8
127.78
10503.3
3
10503.3
3
DIRECTOR
40000.0
0
40000.0
0
4444.4
4
4444.4
4
666.6
7
666.67
0.00
0.00
555.5
6
555.56
45666.6
7
45666.6
7
POLICIA
5837.82
10578.0
0
648.65
1175.3
3
97.30
176.30
0.00
0.00
81.08
146.92
6664.84
12076.5
5
SECRETARIA
11046.8
0
11046.8
0
1227.4
2
1227.4
2
184.1
1
184.11
30.0
0
30.00
153.4
3
153.43
12641.7
6
12641.7
6
*** Tabulador Mensual
Los 22 policías que integran la plantilla de seguridad pública, 21 son municipales y 1 es policía estatal, cuya plantilla será
absorbida presupuestalmente en el ejercicio 2014 por el ayuntamiento por un monto total de $ 4,370 ,500.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 101
Artículo 24.- Para acceder a los incrementos salariales, se atenderá lo dispuesto en el Título Octavo denominado  
   Código Municipal para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, en cual se establece entre otras cosas que es una obligación de las entidades públicas municip ales preferir
en igualdad de condiciones, de conocimientos, ap titudes, antigüedad y derechos escalafonarios a los trabajadores de base respecto
de quienes no lo sean; a quienes representen la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que hubieren prestado
servicios eminentes al municipio, y a los que con anterioridad les hubieren prestado servicios satisfactoriamente.
CAPÍTULO IV
De la Deuda Pública
Artículo 25.- El saldo neto de la deuda pública del Gobierno del Municipio de Nava, se desglosa e n el presente documento en base
a lo establecido en el artículo 275 fracción V del Código Financiero para los Municipios d el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Saldo de la Deuda
Institución
Bancaria
No. de
Crédito
Tipo de
Instrumento
Tasa de
Interés
Plazo de
Vencimiento
Tipo de
Garantía
Saldo al 31
diciembre 2013
Banobras
11266
Préstamo
7.33
120 meses
Recursos
Federales
(Participacio
nes)
$ 36,320,000.00
Para el ejercicio fiscal 2014, se establece una asignación presupuestaria para el capítulo 9000 Deuda Pública po r la cantidad de
$799,000.00, el cual de desglosa en el siguiente recuadro:
Presupuesto Asignado 2014
9000 Deuda Pública
9100 Amortización
Gastos de la Deuda
Pública
9200
Intereses
Gastos de
la Deuda
Pública
9300
Comisiones
Gastos de la
Deuda Pública
9400 Gastos
de la Deuda
Pública
9500 Costos por
Coberturas
9600 Apoyos
Financieros
9900
ADEFAS
500,000
293,000
5,000
0
500
0
500
500,000
293,000
5,000
0
500
0
500
Para el ejercicio fiscal 2014, en la Ley de Ingre sos del Municipio de Nava, aprobada por el H. Congreso del Estado de Coahuil a, no
se consideraron montos y conceptos de endeudamiento, directo y contingente, debido a que no se prevé la contratación de deuda
pública.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS FEDERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De los recursos federales transferidos al Municipio
Artículo 26.-En el Presupuesto de Egresos del Municipio de Nava se cuenta con un total de $17,423,490.00 provenientes de
recursos federales.
Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones a plicables
en la materia.
Artículo 27.- Los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 que la federación presupuesto otorgar al municipio se
desglosan a continuación:
Fondo
Asignación
Presupuestal
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal
0
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
0
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
3,883,873.00
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones
13,539,617.00
Fondo de Aportaciones Múltiples
0
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos
0
102 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica de los Estados y del
Distrito Federal
0
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas
0
Total
$ 17,423,490.00
La aplicación, destino y distribución presupuestadade los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a
continuación por capítulo del gasto:
Fondo
CAPÍTULOS
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
9000
Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal
0
0
2,000.00
251,000.00
0
3,630,873.00
0
0
0
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los
Municipios y de las
Demarcaciones
4,338,000.00
1,045,000.00
6,463,617.00
0
1,100,000.00
0
0
0
593,000.00
Fondo de Aportaciones
Múltiples
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de
Adultos
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fondo de Aportaciones para la
Seguridad Publica de los
Estados y del Distrito Federal
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de las Entidades
Federativas
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Totales
$4,338,000.00
$1,045,000.00
$6,465,617.00
$251,000.00
$1,100,000.00
$3,630,873.00
$0.00
$0.00
$593,000.00
TÍTULO TERCERO
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
CAPÍTULO ÚNICO
De los Montos de Adquisiciones
Artículo 28.- De conformidad con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragozay en la Ley d e
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de
contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se
sujetarán a los siguientes lineamientos:
OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
53,551
En Adelante
$3,414,947.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
13,301
53,550
$ 848,204.77
$ 3,414,883.50
Adjudicación Directa
0
13,300
$ 848,141.00
$ -
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,854
En Adelante
$1,138,549.58
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,464
17,853
$ 284,669.28
$ 1,138,485.81
Adjudicación Directa
0
4,463
$ 284,605.51
$ -
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 103
Artículo 29.- En forma similar a las obras públicas el municipio administrará sus adquisiciones p úblicas. Por adquisiciones
públicas se entenderán, toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, q ue el municipio, sus
dependencias o entidad es celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
Las adquisiciones que realice el municipio o sus dependencias, deberán de sujetarse a las disposiciones legales que regulan la
materia en el Estado.
Por tanto de conformidad con lo establecido en la Ley d e Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por
licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se sujetarán a los siguiente s lineamientos:
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,851
En Adelante
$1,138,358.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,461
17,850
$ 284,477.97
$ 1,138,294.50
Adjudicación Directa
0
4,460
$ 284,414.20
$ -
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 30.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se deberán apegar a la nor matividad aplicable o a
la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto constituye una adenda del presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal
2014, aprobado el día 29 de Agosto del 2014 y su objetivo primordial es integrar la información presupuestal en base a lo
establecido en la Ley General de Contabilidad Guber namental y especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio
presupuestal que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del
Estado de Coahuila de Zaragoza , Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila d e Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicab le.
Sin que la promulgación del presente decreto constituya adecuaciones al marco normativo que regula el ejercicio presupuestal del
municipio durante el ejercicio 2014.
Dado en el Ayuntamiento del Municipio de Nava, a los 29 días del mes de Agosto del año 2014 .
PRESIDENTA MUNICIPAL
LIC. ANA GABRIELA FERNANDEZ OSUNA
Rubrica
SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO
ING. JUAN JOSE CRUZ GONZALEZ
Rúbrica
SINDICO MUNICIPAL
C.RENE DOMINGUEZ MARTINEZ
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
C. BERENICE ITZEL MENDOZA GUARDIOLA
Rúbrica
TESORERO MUNICIPAL
ING. GERARDO ALEJANDRO CASTILLO SALAS
Rúbrica
SÍNDICO MUNICIPAL DE VIGILANCIA
PROFRA. MARIA DEL REFUGIO ZEDEJAS REYES
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
PROFR. FERNANDO NICOLAS VARELA DIAZ DE
LOEN
Rúbrica
104 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
REGIDOR MUNICIPAL
C. YOLANDA RIOS BRIONES
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
C. ALMA ROSA NAÑEZ CONTRERAS
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
PROFRA. MAYRA LIZETH RAMOS AGUILAR
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
TEC. JUAN PABLO AGUILAR VILLA
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
ING. ERNESTO JAVIER GARZA DE LA GARZA
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
C. TOMAS CORPUS ROMO
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
ING. JONATAN ISAI GONZALEZ FIGUEROA
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
TEC. SILVIA YESENIA DE HOYOS GARZA
Rúbrica
REGIDOR MUNICIPAL
C. GERARDO ANTONIO AGUILAR LOPEZ
Rúbrica
ADENDA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DE SABINAS
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
ÚNICO. Se aprueba la Adenda del Presupuesto de Egresos del Municipio de San Juan de Sabinas para el Ejercicio Fiscal
2014, para quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIP IO DE SAN JUAN DE SABINAS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información p resupuestal con base a lo establecido en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y especificar de for ma clara las regulaciones del ejercicio presupuestal que se encuentran
contenidas en la Constitución Política de los Estado s Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza,
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de
Deuda Pública para el E stado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el
Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como único eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2017
tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo.
              , en el ámbito de sus
respectivas competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.
La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la Tesorería y a la Contraloría Municipal de
San Juan de Sabinas, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establezca el Código
Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila y el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior,
sin perjuicio de la interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas co mpetencias.
Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación le gal, que el municipio, sus
dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que
tengan por obj eto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Munic ipal, así como aquellos
bienes necesarios para la realización de funciones específicas.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 105
Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autoridad intermedia entre éste y el
Gobierno del Estado. Como cuerp o colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante del Municipio. Esta disposición
se establece sin excluir formas de participación directa de los ciudadanos en los procesos de decisión permitidos por la ley.
Clasificación Administrativa: Clasificación presupuestal que tiene como propósitos básicos identificar las unidades
administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como
establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas,
mediante su integración y consolidación, tal como lo req uieren las mejores prácticas y los modelos universales establecidos en la
materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por
ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
Clasificación Económica: Clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que permite ordenar a éstas de
acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito general de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fisca l y sus
componentes sobre la economía en general.
Clasificación Funcional del Gasto: Clasificación presupuestal que agrupa lo s gastos según los propósitos u objetivos
socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.
Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea to dos los conceptos de gastos descritos. En ese
orden, se constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas do nde cada componente destaca aspectos concret os
del presupuesto y suministra información que atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el ví nculo con la
contabilidad.
Clasificación por Tipo de Gasto: Clasificación presupuestal que relacio na las transacciones públicas que generan gastos con los
grandes agregados de la clasificación económica presentándolos en Corriente, d e Capital y Amortización de la deuda y disminución
de pasivos.
Clasificación Programática: Clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas pres upuestarios de los
entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y ho mogénea, las asignaciones de recursos de los pro gramas
presupuestarios.
Deuda Pública: Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, que resulten de op eraciones de endeudamiento sobre el
crédito público de las entidades.
Deuda Pública Municipal: La que contraigan los Municipios, por conducto de sus ayuntamientos, como res ponsables directos o
como garantes, avalistas, deudores solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública paramunicipal
a su cargo.
Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las dispo siciones y acuerdos del Ayuntamiento y tiene su
representación legal y administrativa.
Presupuesto de Egresos Municipal: será el que contenga el acuerdo que aprueba el ayuntamiento a iniciativa del Presidente
Municipal, para cubrir durante el ejercicio fiscal a partir d el primero de enero, las actividades, obras y servicios previstos en los
programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.
Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y administrar, como cuerpo co legiado, al municipio.
Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, central, descentralizada o concesionada a
particulares, cr eada para asegurar de una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de u na necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen de derecho público.
Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos financieros del mismo, de procurar y defender los
intereses del municipio y representarlo jurídicamente.
Subsidios y Subvenciones: Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de
los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones; mantener los niveles en los
precios; apoyar el consumo, la distribución y comercialización de los bienes; motivar l a inversión; cubrir impactos financieros;
promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades agropecuarias, industriales o de servicios.
Trabajadores de Base: serán los no incluidos como trabajadores d e confianza, serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo
podrán ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio resp ectivo.
106 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Trabajadores de Confia nza: todos aquellos que realice n funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando
tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estric ta
confidencialidad, deban tener tal carácter.
Remuneración: toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas,
bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación
que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el erario
del Municipio, será obligatoria la intervención de la Tesorería Municipal de San Juan de Sabinas, tal co mo lo establece el artículo
129 fracción XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 4. - El ejercicio del presupuesto municipal, se ad ministrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos,
racionalidad e interés público y social, con base en lo siguiente:
I. No se otorgarán r emuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el presupuesto de egres os al
Presidente Municipal, Regidores y Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.
II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales o btener o tratar de obtener por el desempeño de su función,
beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban corresp onder.
III. El presupuesto se utilizará para cubrir las actividades, o bras y servicios previstos en los p rogramas y planes de desarrollo
de la Administración Pública Municipal.
IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico
que formule el ayuntamiento.
V. Los programas operativos institucionales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del municipio fijadas en el
programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.
VI. El gasto público municipal se ejercerá de acuerdo con el presupuesto de egresos autorizado y deberá ajustarse al monto
asignado a los programas correspondientes.
VII. Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida de gasto en el presupuesto de egresos y que tenga saldo suficiente
para cubrirlo.
VIII. En lo referente a gastos de difusión, pro moción y p ublicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos
presupuestales totales.
IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipio, cuidando en todos los
casos q ue correspondan a compromisos efectivamente devengados, co n excepción de los anticipos que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respecti vos.
X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las leye s correspondientes, debiéndose
reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.
XI. No se podrán distraer los recursos municipa les a fines distintos de lo s señalados por las leyes y por el presupuesto de
egresos aprobado.
XII. Los s ubejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, eco nomías o ingresos extraordinarios se aplicarán
preferentemente para cubrir pasivos municipales o mantenerse en caja.
XIII. La Tesorería Municipal implementará el Sistema de Pres upuesto por Programas y de Evaluación al Desempeño de
conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
XIV. El presupuesto de egresos municipal deberá de ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila y en su
respectiva página de internet una vez que haya sido aprobado.
Artículo 5.- La información que en términos del presente documento deba remitirse al H. Congreso del Estado de Coahuila deberá
cumplir con lo siguiente:
I. Aprobada la adenda del presupuesto de egreso s para el ejercicio fiscal 2014, el ayuntamiento, deberá remitir copia del
mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seguimiento y
revisión de la cuenta pública.
II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico.
III. El nivel mínimo de desagregación se hará con base en la clasificación homologada a las disposiciones del Consejo
Nacional de Armonización Contable.
Artículo 6.- La Tesorería Municipal de San Juan de Sabinas garantizará que toda la infor mación presupuestaria cumpla con la Ley
General de Contabilidad Gubernamental y con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zar agoza y el
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
La presente adenda del presu puesto de egresos municipal 2014, así como el pr esupuesto de egresos municipal 2014, deberán ser
difundidos en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los tér minos de la Ley de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 107
CAPÍTULO II
De las Erogaciones
Artículo 7.- El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto Mu nicipal de San Juan de Sabinas, Coa huila, importa la cantidad
de $ 94 ,463,756.09 y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan de Sabinas
para el Ejercicio Fiscal de 2014.
Artículo 8.- Si alguna o algunas de las asi gnaciones del presupuesto de egresos res ultaren insuficientes para cubrir las necesidades
que originen las funciones encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las modificaciones o
ampliaciones necesarias en función a la disponibilidad de fondos y previa justificación de l as mismas.
El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o adecuaciones presupuestarias, siempre y cuando se
justifique la necesidad de obras y servicios que el propio ayuntamiento califique como de prio ritarias o urgentes.
Artículo 9.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación por tipo de gasto se distribuye de la
siguiente manera:
CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)
CTG
Presupuesto Aprobado
1
Gasto Corriente
52,106,241.55
2
Gasto de Capital
39,700,923.56
3
Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos
2,656,591.00
Total
$94,463,756.09
Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación económica se distribuye de la
siguiente manera: CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)
CE
Presupuesto Aprobado
2 - GASTOS
91,807,165.11
2.1 - GASTOS CORRIENTES
52,106,241.55
2.1.1 - GASTOS DE CONSUMO DE LOS ENTES DEL
GOBIERNO GENERAL/GASTOS DE EXPLOTACIÓN DE
LAS ENTIDADES EMPRESARIALES
50,761,204.78
2.1.1.1 - REMUNERACIONES
31,599,846.21
2.1.1.1.1 - SUELDOS Y SALARIOS
31,097,511.31
2.1.1.1.2 - CONTRIBUCIONES SOCIALES
502,334.90
2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
19,161,358.57
2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
19,161,358.57
2.1.3 - GASTO DE LA PROPIEDAD
963,624.00
2.1.3.1 - INTERESES
0
2.1.3.1.1 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA
0
2.1.5 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y
DONATIVOS CORRIENTES OTORGADOS
1,345,036.77
2.1.5.1 - AL SECTOR PRIVADO
1,345,036.77
2.1.5.1.3 - AYUDA A INSTITUCIONES
1,345,036.77
2.1.5.1.7 - OTRAS
0.00
2.2 - GASTOS DE CAPITAL
39,700,923.56
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
28,835,800.08
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
28,835,800.08
2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO
28,835,800.08
2.2.2 - ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN BRUTA DE
CAPITAL FIJO)
9,895,959.52
2.2.2.2 - MAQUINARIA Y EQUIPO
9,660,959.52
2.2.2.2.1 - EQUIPO DE TRANSPORTE
2,734,478.88
2.2.2.2.3 - OTRA MAQUINARIA Y EQUIPO
6,926,480.64
108 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
235,000.00
2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
235,000.00
2.2.3 - INCREMENTO DE EXISTENCIAS
289,141.08
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE
SEGURIDAD Y DEFENSA
289,141.08
2.2.3.7 - EXISTENCIAS DE MATERIALES DE
SEGURIDAD Y DEFENSA
289,141.08
2.2.6 - TRANSFERENCIAS Y ASIGNACIONES Y
DONATIVOS DE CAPITAL OTORGADOS
680,022.88
2.2.6.1 - AL SECTOR PRIVADO
680,022.88
2.2.6.1.1 - AYUDA A PERSONAS
680,022.88
3. FINANCIAMIENTO
2,656,591.00
3.2 APLICACIONES FINANCIERAS
2,656,591.00
3.2 APLICACIONES FINANCIERAS
2,656,591.00
3.2 APLICACIONES FINANCIERAS
2,656,591.00
3.2.2 DISMINUCION DE PASIVOS
2,656,591.00
Total general
$ 94,463,756.11
Artículo 11.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 con base a la clasificación por objeto del gasto en el tercer
nivel de desagregación (partida genérica), se distribuye de la siguiente manera:
COG (partida genérica)
Presupuesto Aprobado
10000 - SERVICIOS PERSONALES
11000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER PERMANENTE
11300 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE
11301 - SUELDOS BASE
22,222,531.30
11306 - SUBSIDIO AL EMPLEO
4,946,327.38
11308 - AYUDA PARA TRANSPORTE
4,680.53
12000 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER TRANSITORIO
12100 - HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
12101 - HONORARIOS POR SERVICIOS
PERSONALES
105,511.50
13000 - REMUNERACIONES ADICIONALES Y
ESPECIALES
13200 - PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
13204 - PRIMA VACACIONAL Y DOMINICAL
269,290.75
13205 - GRATIFICACION DE FIN DE AÑO
2,195,555.98
13300 - HORAS EXTRAORDINARIAS
13301 - REMUNERACIONES POR HORAS
EXTRAORDINARIAS
7,152.00
13400 - COMPENSACIONES
13404 - COMPENSACIONES POR SERVICIOS
EVENTUALES
51,702.64
14000 - SEGURIDAD SOCIAL
14100 - APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
14101 - CUOTAS AL ISSSTE
502,334.90
15000 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y
ECONÓMICAS
15200 - INDEMNIZACIONES
15202 - PAGO DE LIQUIDACIONES
21,906.97
15900 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y
ECONOMICAS
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 109
15901 - OTRAS PRESTACIONES
1,272,852.26
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
21000 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN
DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS OFICIALES
21100 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES
DE OFICINA
21101 - MATERIALES Y UTILES DE OFICINA
437,125.80
21200 - MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y
REPRODUCCIÓN
21201 - MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y
REPRODUCCIÓN
299,711.83
21600 - MATERIAL DE LIMPIEZA
21601 - MATERIAL DE LIMPIEZA
184,467.06
22000 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS
22100 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA
PERSONAS
22106 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL
PERSONAL DERIVADO DE ACTIVIDADES
EXTRAORDINARIAS
429,923.23
24000 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN
24600 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
24601 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO
248,373.00
24700 - ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN
24701 - ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN
201,266.63
24800 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS
24801 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS
381,056.46
24900 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
24901 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE
CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN
337,058.38
25000 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y
DE LABORATORIO
25200 - FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS
AGROQUÍMICOS
25201 - PLAGUICIDAS ABONOS Y FERTILIZANTES
11,440.80
25300 - MEDICINAS Y PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS
25301 - MEDICINAS Y PROD. FARMACEUTICOS
106,835.46
25500 - MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
DE LABORATORIO
25501 - MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS DE LABORATORIO
21,700.00
26000 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26100 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
26103 - COMBUESTIBLES LUBRICANTES Y
ADITIVOS PARA PARA VEHICULOS TERRESTRES ,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
4,272,029.53
27000 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE
PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS
27100 - VESTUARIO Y UNIFORMES
27101 - VESTUARIOS UNIFORMES Y BLANCOS
189,835.48
27200 - PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN
PERSONAL
27201 - PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
13,471.04
110 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
27300 - ARTÍCULOS DEPORTIVOS
27301 - ARTICULOS DEPORTIVOS
42,835.72
28000 - MATERIALES Y SUMINISTROS PARA
SEGURIDAD
28200 - MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
28201 - MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA
289,141.08
29000 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y
ACCESORIOS MENORES
29100 - HERRAMIENTAS MENORES
29101 - HERRAMIENTAS MENORES
1,091,949.98
29400 - REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
29401 - REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA
EQUIPO DE COMPUTO
51,586.07
30000 - SERVICIOS GENERALES
31000 - SERVICIOS BASICOS
31100 - ENERGÍA ELÉCTRICA
31101 - ENERGIA ELECTRICA
3,246,157.09
31300 - AGUA
31301 - SERVICIO DE AGUA
1,300,000.00
31400 - TELEFONÍA TRADICIONAL
31401 - SERVICIO TELEFONICO CONVENCIONAL
350,484.75
31500 - TELEFONÍA CELULAR
31501 - SERVICIO TELEFONICO CELULAR
93,763.91
31600 - SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y
SATÉLITES
31602 - SERVICIO DE TELECOMUNUCACIONES
86,289.84
31800 - SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS
31801 - SERVICIO POSTAL
76,174.88
32000 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
32200 - ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS
32201 - ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y
LOCALES
113,878.80
32500 - ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
32502 - ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y
FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS.
85,671.43
32600 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
32601 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y
EQUIPO
251,949.54
33000 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS,
TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS
33100 - SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD,
AUDITORÍA Y RELACIONADOS
33109 - OTRAS ASESORIAS
590,275.22
33600 - SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO,
FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN
33604 - IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
20,908.06
34000 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y
COMERCIALES
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 111
34100 - SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
34101 - SERVICIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS
96,380.36
34500 - SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
34501 - SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
89,959.72
34700 - FLETES Y MANIOBRAS
34701 - FLETES Y MANIOBRAS
51,766.79
35000 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN,
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
35100 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR
DE INMUEBLES
35101 - MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE
INMUEBLES
222,551.66
35200 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE
ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y
35201 - MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE
MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
34,625.43
35300 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
35301 - MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE
BIENES INFORMATICOS
78,385.59
35700 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTA
35701 - MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE
MAQUINARIA Y EQUIPO
1,359,935.25
35800 - SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE
DESECHOS
35801 - SERVICIOS DE LAVANDERIA, LIMPIEZA.
HIGIENE
53,544.65
36000 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y
PUBLICIDAD
36100 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS
MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y
ACTIVIDADES
36102 - OTROS GASTOS DE PUBLICACION,
DIFUSION E INFORMACION
746,229.96
36500 - SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL
SONIDO Y DEL VIDEO
36501 - SERVICIOS AUDIOVISUALES
47,915.47
37000 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
37500 - VIÁTICOS EN EL PAÍS
37501 - VIATICOS NACIONALES PARA LABORES
EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
354,811.53
38000 - SERVICIOS OFICIALES
38100 - GASTOS DE CEREMONIAL
38102 - GASTOS DE CEREMONIAL DE LOS
TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
1,165,084.53
38200 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL
38201 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL
241,826.79
39000 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39200 - IMPUESTOS Y DERECHOS
39203 - OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
45,000.00
39500 - PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES
39501 - PENAS MULTAS ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES
0
112 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
39600 - OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES
39602 - OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES
37,120.86
39900 - OTROS SERVICIOS GENERALES
39907 - SUBROGACIONES
0
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
43000 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
43900 - OTROS SUBSIDIOS
43904 - OTROS SUBSIDIOS CORRIENTES
0
44000 - AYUDAS SOCIALES
44100 - AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
44111 - AYUDAS CULTURALES Y SOCIALES A
PERSONAS
680,022.88
48000 - DONATIVOS
48100 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO
48101 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES
DE LUCRO
1,345,036.77
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
61000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO
PÚBLICO
61200 - EDIFICACIÓN NO HABITACIONAL
61201 - EDIFICACION NO HABITACIONAL
25,979,085.50
62000 - OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
62600 - OTRAS CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA
CIVIL U OBRA PESADA
62601 - OTRAS CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA
CIVIL U OBRA PESADA
2,856,714.58
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
51000 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN
51100 - MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA
51101 - MOBILIARIO
569,583.99
51500 - EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍA DE
LA INFORMACIÓN
51501 - BIENES INFORMÁTICOS
121,998.68
54000 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
54100 - AUTOMÓVILES Y CAMIONES
54103 - VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRES
DESTINADOS A SERVICIOS PUBLICOS Y LA OPERACIÓN
DE PROGRAMAS PUBLICOS
2,734,478.88
55000 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
55100 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
55102 - EQUIPO DE SEGURIDAD PUBLICA Y
NACIONAL
235,000.00
56000 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
HERRAMIENTAS
56200 - MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL
56201 - MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL
5,176,592.60
56500 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y
TELECOMUNICACIÓN
56501 - EQUIPOS Y APARATOS DE
COMUNICACIONES Y TELECOMUNICACIONES
496,305.37
56600 - EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA,
APARATOS Y ACCESORIOS ELÉCTRICOS
56601 - MAQUINARIA Y EQUIPO ELECTRICO Y
ELECTRONICO
52,000.00
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 113
56700 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-
HERRAMIENTA
56701 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-
HERRAMIENTA
510,000.00
90000 - DEUDA PÚBLICA
91000 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
91100 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA
CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO
91101 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA
CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO
1,692,967.00
92000 - INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA
92100 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
92101 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
963,624.00
Total general
$ 94,463,756.12
Los gastos por concepto de comunicación social se desglosan en el rubro 3600 SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y
PUBLICIDAD.
El monto asignado para pago de pensiones y jubilaciones, se desglosa e n las partidas genéricas 45 1 Pensiones, 452 Jubilacione s y
459 Otras Pensiones y Jubilaciones.
Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo,
se desglosan por cada una de las dependencias como se muestra a continuación:
CA/COG
Presupuesto Aprobado
01-PRESIDENCIA
19,080,643.58
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,451,876.88
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,461,245.59
30000 - SERVICIOS GENERALES
8,170,536.80
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
1,670,592.92
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,669,800.38
90000 - DEUDA PÚBLICA
2,656,591.00
02-CABILDO
4,556,987.22
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,024,761.51
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
411,517.58
30000 - SERVICIOS GENERALES
85,683.21
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
35,024.91
05-SEGURIDAD PUBLICA
7,401,833.56
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,969,917.30
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,749,204.86
30000 - SERVICIOS GENERALES
642,189.95
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,040,521.45
06-SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
140,279.61
10000 - SERVICIOS PERSONALES
68,018.95
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
58,335.52
30000 - SERVICIOS GENERALES
11,781.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
2,144.14
08-ECOLOGIA
2,866,549.94
10000 - SERVICIOS PERSONALES
581,101.03
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
381,312.75
30000 - SERVICIOS GENERALES
61,300.97
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,842,835.72
114 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
09-OBRAS PUBLICAS
8,703,424.63
10000 - SERVICIOS PERSONALES
739,390.74
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
809,597.91
30000 - SERVICIOS GENERALES
389,129.64
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
5,713,071.58
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,052,234.76
13-DESARROLLO SOCIAL
847,884.31
10000 - SERVICIOS PERSONALES
745,269.57
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
102,614.74
14-TESORERIA
4,251,222.45
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,285,155.23
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
598,558.34
30000 - SERVICIOS GENERALES
255,382.09
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
0
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
112,126.79
15-SERVICIOS CONCESIONADOS(CONTRALORIA)
770,002.22
10000 - SERVICIOS PERSONALES
652,065.72
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
100,736.50
30000 - SERVICIOS GENERALES
17,200.00
21-PENSIONADOS Y JUBILADOS
1,299,569.35
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,299,569.35
17-GIMNASIO Y UNIDAD DEPORTIVA
1,823,910.45
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,271,939.09
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
211,317.32
30000 - SERVICIOS GENERALES
113,634.17
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
102,801.01
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
124,218.86
19-D.I.F. MUNICIPAL
2,755,051.43
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,500,932.87
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
321,797.45
30000 - SERVICIOS GENERALES
477,496.81
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
251,665.72
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
203,158.57
28-VILLA DE SAN JUAN
640,509.26
10000 - SERVICIOS PERSONALES
456,488.01
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
143,048.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
40,973.25
29-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
2,931,110.50
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
2,931,110.50
30-FONDO DE FORTALECIMIENTO
20,191,618.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
30000 - SERVICIOS GENERALES
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
20,191,618.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
90000 - DEUDA PÚBLICA
Total general
$ 94,463,756.09
01-PRESIDENCIA
19,080,643.58
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,451,876.88
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 115
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,461,245.59
30000 - SERVICIOS GENERALES
8,170,536.80
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
1,670,592.92
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,669,800.38
90000 - DEUDA PÚBLICA
2,656,591.00
02-CABILDO
4,556,987.22
10000 - SERVICIOS PERSONALES
4,024,761.51
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
411,517.58
30000 - SERVICIOS GENERALES
85,683.21
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
35,024.91
05-SEGURIDAD PUBLICA
7,401,833.56
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,969,917.30
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
1,749,204.86
30000 - SERVICIOS GENERALES
642,189.95
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,040,521.45
06-SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
140,279.61
10000 - SERVICIOS PERSONALES
68,018.95
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
58,335.52
30000 - SERVICIOS GENERALES
11,781.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
2,144.14
08-ECOLOGIA
2,866,549.94
10000 - SERVICIOS PERSONALES
581,101.03
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
381,312.75
30000 - SERVICIOS GENERALES
61,300.97
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,842,835.72
09-OBRAS PUBLICAS
8,703,424.63
10000 - SERVICIOS PERSONALES
739,390.74
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
809,597.91
30000 - SERVICIOS GENERALES
389,129.64
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
5,713,071.58
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
1,052,234.76
13-DESARROLLO SOCIAL
847,884.31
10000 - SERVICIOS PERSONALES
745,269.57
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
102,614.74
14-TESORERIA
4,251,222.45
10000 - SERVICIOS PERSONALES
3,285,155.23
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
598,558.34
30000 - SERVICIOS GENERALES
255,382.09
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
0
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
112,126.79
15-SERVICIOS CONCESIONADOS
770,002.22
10000 - SERVICIOS PERSONALES
652,065.72
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
100,736.50
30000 - SERVICIOS GENERALES
17,200.00
21-PENSIONADOS Y JUBILADOS
1,299,569.35
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,299,569.35
17-GIMNASIO Y UNIDAD DEPORTIVA
1,823,910.45
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,271,939.09
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
211,317.32
116 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
30000 - SERVICIOS GENERALES
113,634.17
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
102,801.01
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
124,218.86
19-D.I.F. MUNICIPAL
2,755,051.43
10000 - SERVICIOS PERSONALES
1,500,932.87
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
321,797.45
30000 - SERVICIOS GENERALES
477,496.81
40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS
Y OTRAS AYUDAS
251,665.72
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
203,158.57
28-VILLA DE SAN JUAN
640,509.26
10000 - SERVICIOS PERSONALES
456,488.01
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
143,048.00
30000 - SERVICIOS GENERALES
40,973.25
29-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
2,931,110.50
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
2,931,110.50
30-FONDO DE FORTALECIMIENTO
20,191,618.00
10000 - SERVICIOS PERSONALES
20000 - MATERIALES Y SUMINISTROS
30000 - SERVICIOS GENERALES
60000 - INVERSIÓN PÚBLICA
20,191,618.00
50000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
90000 - DEUDA PÚBLICA
Total general
$ 94,463,756.09
Artículo 13.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2014 en base a la clasificación administrativa, se distribuye como a
continuación se indica:
CA 3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
Presupuesto Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
94,463,756.09
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
94,463,756.09
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
94,463,756.09
3.1.1.1.0 - Gobierno Municipal
94,463,756.09
3.1.1.1.1 - Órgano Ejecutivo Municipal (Ayuntamiento)
01-PRESIDENCIA
20,870,276.82
0101-PRESIDENCIA
19,080,643.58
0106-RELACIONES EXTERIORES
1,099,572.18
0107-DESARROLLO RURAL
419,116.91
0108-LAGUNAS DE OXIDACION
270,944.15
02-CABILDO
4,556,987.22
0201-CUERPO EDILICIO
4,556,987.22
05-SEGURIDAD PUBLICA
8,225,970.73
0501-SEGURIDAD PUBLICA
7,401,833.56
0503-BOMBEROS
824,137.17
06-SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
140,279.61
0602-VENTANILLA UNICA
140,279.61
08-ECOLOGIA
5,651,917.22
0801-ECOLOGIA
2,866,549.94
0802-ALUMBRADO PUBLICO
2,785,367.28
09-OBRAS PUBLICAS
21,601,477.89
0901-OBRAS PUBLICAS
11,337,719.13
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 117
0902-SERVICIOS PRIMARIOS
10,263,758.75
13-DESARROLLO SOCIAL
847,884.31
1301-DESARROLLO SOCIAL
847,884.31
14-TESORERIA
4,791,485.56
1401-TESORERIA
4,251,222.45
1402-CATASTRO
540,263.11
15-SERVICIOS CONCESIONADOS
770,002.22
1501-SERVICIOS CONCESIONADOS
770,002.22
21-PENSIONADOS Y JUBILADOS
1,299,569.35
2101-PENSIONADOS Y JUBILADOS
390,914.82
2102-INCAPACITADOS PERMANENTES
908,654.53
17-GIMNASIO Y UNIDAD DEPORTIVA
1,823,910.45
1702-BIBLIOTECA Y MUSEO
926,253.31
1703-COORDINACION DEPORTIVA
897,657.14
19-D.I.F. MUNICIPAL
2,755,051.43
1901-D.I.F. MUNICIPAL
2,755,051.43
28-VILLA DE SAN JUAN
640,509.26
2801-VILLA DE SAN JUAN
640,509.26
29-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
2,931,110.50
2901-FONDO DE INFRAESTRUCTURA
2,931,110.50
30-FONDO DE FORTALECIMIENTO
20,191,618.00
3001-FONDO DE FORTALECIMIENTO
20,191,618.00
Total general
$ 94,463,756.09
Total general
CA 3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No
Financieros
Presupuesto
Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.1.0.0 - GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL
3.1.1.2.0 Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No
Financieros
$ 0
El municipio no cuenta con Fideicomisos no Empresariales y no
financieros.
Total general
$ 0
CA 3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con
Participación Estatal Mayoritaria
Presupuesto
Aprobado
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
3.1.2.1.0 Entidades Paramunicipales Empresariales No Financieras con
Participación Estatal Mayoritaria
$ 0
El municipio no cuenta con Entidades Paramunicipales empresariales no
financieras con participación Estatal Mayoritaria.
Total general
$ 0
CA 3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con
Participación Estatal Mayoritaria
Presupuesto
Aprobado
118 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
3.0.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL
3.1.0.0.0 - SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
3.1.2.0.0 ENTIDADES PARAMUNICIPALES EMPRESARIALES NO
FINANCIERAS CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
3.1.2.2.0 Fideicomisos Paramunicipales Empresariales No Financieros con
Participación Estatal Mayoritaria
$ 0
El municipio no cuenta con Fideicomisos paramunicipales
Empresariales no financieros.
Total general
$ 0
La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, se regula con base al artículo 140 del Código Municipal
para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual establece la facultad del ayuntamiento para aprobar y autorizar su creación de
fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Mu nicipio o el beneficio colectivo de sus habitantes y contempla
la facultad de la Tesorería Municipal de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los
fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municipio es Contraloría Municipal, el cual cuenta con un
presupuesto de $770,002.00 para el desarrollo de sus funciones como Contraloría y Transparencia.
En el presente presupuesto d e egresos municipal no se prevén erogaciones para entida des paramunicipales, descentralizadas ni
desconcentradas, las cuales realizan su propio presupuesto de ingresos y de egresos, sin embargo, de modo informativo se
presentan las cifras de su presupuesto de egresos aprobado para el ejercicio 2014, con base a la cla sificación por objeto del ga sto a
nivel capítulo.
SIMAS
Presupuesto Aprobado
1000 SERVICIOS PERSONALES
$18,569,891.18
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
$ 2,744,313.71
3000 SERVICIOS GENERALES
$15,089,645.20
MANTENIMIENTO DE BIENES
$14,250,874.92
GASTOS FINANCIEROS
$ 92,200.00
DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
$ 2,932,612.10
Total general
$ 53,679,537.11
En el presente presupuesto no se desglosan transferencias a autoridades auxiliares municipales, deb ido a que no se asignan partidas
para erogar recursos de ese tipo.
Autoridad Auxiliar Municipal
Presupuesto Aprobado
No se cuenta con Autoridad Auxiliar Municipal
$ 0
Artículo 14.- La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio d e San Juan de Sabinas para el ejercicio fiscal
2014 se compone de la siguiente forma:
CFG
Presupuesto Aprobado
2 - DESARROLLO SOCIAL
53,077,642.15
1.4 - RELACIONES EXTERIORES
53,077,642.15
1.3.4 - FUNCION PUBLICA
34,275,481.74
1.3.4 - FUNCION PUBLICA
34,275,481.74
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 119
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
34,275,481.74
1.3.9 - OTROS
18,631,695.19
1.3.9 - OTROS
18,631,695.19
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
18,631,695.19
1.3.5 - ASUNTOS JURIDICOS
170,465.22
1.3.5 - ASUNTOS JURIDICOS
170,465.22
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
170,465.22
3 - DESARROLLO ECONÓMICO
39,048,149.13
2.7 - OTROS ASUNTOS SOCIALES
2,062,180.51
2.6.9 - OTRAS DE SEGURIDAD SOCIAL Y
ASISTENCIA SOCIAL
2,062,180.51
2.6.9 - OTRAS DE SEGURIDAD SOCIAL Y
ASISTENCIA SOCIAL
2,062,180.51
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
2,062,180.51
2.3 - SALUD
36,985,968.62
2.2.2 - DESARROLLO COMUNITARIO
36,985,968.62
2.2.2 - DESARROLLO COMUNITARIO
36,985,968.62
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
33,835,712.25
2.2.7 - DESARROLLO REGIONAL
3,150,256.37
2.2.7 - DESARROLLO REGIONAL
3,150,256.37
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
3,150,256.37
4 - OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES
ANTERIORES
66,000.00
3.3 - COMBUSTIBLES Y ENERGIA
66,000.00
3.2.1 - AGROPECUARIA
66,000.00
3.2.1 - AGROPECUARIA
66,000.00
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
66,000.00
Sin Clave - Sin Descripcion
2,271,964.81
Sin Clave - Sin Descripcion
2,271,964.81
Sin Clave - Sin Descripcion
2,271,964.81
Sin Clave - Sin Descripcion
2,271,964.81
E - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
2,271,964.81
Total general
$ 94,463,756.09
Artículo 15.- La clasificació n programática del presupuesto de egresos del Municipio de San Juan de Sabinas, incorpora los
programas municipales desglosados de la siguiente forma:
Programa Presupuestario
Presupuesto Aprobado
E.- Prestación por Servicios Públicos
Actividades del sector público, que realiza en forma directa,
regular y continua, para satisfacer demandas de la sociedad,
de interés general, atendiendo a las p ersonas en sus
diferentes esferas jurídicas, a través de las siguientes
finalidades:
i) Funciones de gobierno.
ii) Funciones de desarrollo social.
iii) Funciones de desarrollo económico.
94,463,756.09
Total general
94,463,756.09
Nota: Los programas encaminados a dar atención a niñas, niños y adolescentes, no se relacionan en este r ecuadro.
Artículo 16.- Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e ingresos propios
ascienden a $0.00
120 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Artículo 17.- Las asignaciones contempladas en el presente presupuesto de egresos para otorgarse a organismos de la sociedad civil
para el ejercicio fiscal 2014, son las siguientes:
Partida/Nombre del Organismo de la Sociedad Civil
Asignación
Ayuda a Instituciones
$1,345,036.77
Total
$1,345,036.77
Artículo 18.- En el presente presupuesto no se contemplan erogaciones para subsidios y subvenciones.
El registro contable de los subsidios y aportaciones deberá efectuarse al expedirse el recibo de retiro de fondos correspondientes, de
tal forma que permita identificar su destino y beneficiario.
El Presidente Municipal, mediante resolució n de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podrá conceder
subsidios.
Las r esoluciones que dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, así como, el monto o
proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.
Artículo 19. - El gasto previsto par a prestaciones sindicale s importa la cantidad de $1,272,852.26 y se distribuye de la siguiente
manera:
Prestaciones sindicales
Concepto de la Prestación
Monto
Se incluyen todas las prestaciones sindicales autorizadas
en el contrato colectivo (Becas, Lentes, Uniformes, etc.)
$1,272,852.26
Artículo 20.- El gasto contemplado en el presente presupuesto y que cuenta con aprobación para realizar erogaciones plurianuales,
se muestra a continuación, desglosado por partida específica:
Partida Específica (COG)
Nombre del
Programa
Monto
Asignado
Años
Anteriores
Monto
Asignado
para el año
2014
Monto
Asignado
Años
Posteriores
No se encuentra co ntemplado en el
presupuesto erogaciones plurianuales.
Totales
$ 0
$ 0
$ 0
El gasto contemplado en el presente presupuesto es únicamente para el ejercicio fiscal 2014 y no cuenta con partidas q ue se
encuentren relacionadas con erogaciones plurianuales.
Artículo 21.- Las cuentas bancarias productivas en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier
concepto, durante el ejercicio fiscal 2014, se relacionan enseguida:
Municipio: SAN JUAN DE
SABINAS
Relación de Cuentas Bancarias
Productivas Específicas
Periodo (2014)
Fondo, Programa o Convenio
Datos de la Cuenta Bancaria
Institución Bancaria
Número de Cuenta
FAISM 2014
BBVA BANCOMER
0194857623
FORTAMUN 2014
BBVA BANCOMER
0195642353
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 121
FOPEDEP 2014
BBVA BANCOMER
0195402247
FONDO GRAL.DE PART
BBVA BANCOMER
0194959779
CAPÍTULO III
De los Servicios Personales
Artículo 22.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración Pública Municipal centralizada contará con 555 plazas de conformidad
con lo siguiente:
Departamento
Plaza Tabular
No. de
Plazas
Confianza
Base
Honorarios
Departamento
Plaza Tabular
No. de
Plazas
Confianza
Base
Honorarios
BIBLIOTECA Y MUSEO
ADMINISTRADOR
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
ARCHIVISTA
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
ASISTENTE
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
AUXILIAR
4
4
BIBLIOTECA Y MUSEO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
BIBLIOTECA Y MUSEO
BIBLIOTECARIA
8
4
4
BIBLIOTECA Y MUSEO
COORDINADOR
2
2
BIBLIOTECA Y MUSEO
COORDINADOR ICOJUVE
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
ENC. CENTRO COMPUTO
2
2
BIBLIOTECA Y MUSEO
ENC. COMPUTO T.V.
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
ENCARGADO
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
INSTRUCTOR
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
INTENDENTE
11
9
2
BIBLIOTECA Y MUSEO
PROMOTOR ARCHIVO
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
SECRETARIA
2
1
1
BIBLIOTECA Y MUSEO
VELADOR
2
2
CATASTRO
AUXILIAR
1
1
CATASTRO
AUXILIAR TECNICO
1
1
CATASTRO
COLABORADOR
1
1
CATASTRO
SECRETARIA
3
3
CATASTRO
TOPOGRAFO
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
AUXILIAR
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
COORDINADOR
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
COORDINADOR DE EVENTOS
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
DIRECTOR
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
EVENTUAL DE LIMPIEZA
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
INSTRUCTOR
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
INSTRUCTOR DEPORTIVO
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
INTENDENTE
6
5
1
COORDINACION DEPORTIVA
SECRETARIA
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
SUB-DIRECTOR
1
1
COORDINACION DEPORTIVA
VELADOR
7
7
CUERPO EDILICIO
AUXILIAR SECRETARIA
1
1
CUERPO EDILICIO
REGIDOR
10
10
CUERPO EDILICIO
SINDICO DE MAYORIA
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
ASESOR JURIDICO
3
3
D.I.F. MUNICIPAL
ASISTENTE
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
AUXILIAR
16
16
D.I.F. MUNICIPAL
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
D.I.F. MUNICIPAL
AUXILIAR CAPACIDADES DIFERENTES
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
AUXILIAR TECNICO
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
CHOFER
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
CHOFER DE CARGA GENERAL
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
COORDINADOR
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
COORDINADOR ADULTOS MAYORES
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
DIRECTOR
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
ENCARGADO TARJETAS INAPAM
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
INTENDENTE
3
1
2
D.I.F. MUNICIPAL
MEDICO
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
PRESIDENTA
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
PROCURADOR Y GESTOR GRATUITO
2
2
D.I.F. MUNICIPAL
SECRETARIA
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
TRABAJADOR SOCIAL
1
1
D.I.F. MUNICIPAL
VELADOR
1
1
DESARROLLO RURAL
AUXILIAR
4
4
DESARROLLO RURAL
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
DESARROLLO RURAL
AUXILIAR TECNICO
1
1
122 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
DESARROLLO RURAL
AYUDANTE
6
6
DESARROLLO RURAL
COORDINADOR
1
1
DESARROLLO RURAL
EVENTUAL DE LIMPIEZA
7
7
DESARROLLO RURAL
JARDINERO
2
2
DESARROLLO RURAL
SECRETARIA
2
1
1
DESARROLLO RURAL
SUB-DIRECTOR
1
1
DESARROLLO RURAL
VERIFICADOR
2
2
DESARROLLO RURAL
VERIFICADOR VEHICULAR
1
1
DESARROLLO SOCIAL
ASISTENTE
1
1
DESARROLLO SOCIAL
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
1
1
DESARROLLO SOCIAL
COORDINADOR
2
2
DESARROLLO SOCIAL
DIRECTOR
1
1
DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA
2
2
ECOLOGIA
AYUDANTE
1
1
ECOLOGIA
AYUDANTE DE LIMPIEZA
1
1
ECOLOGIA
DIRECTOR
1
1
ECOLOGIA
EVENTUAL DE LIMPIEZA
5
5
INCAPACITADOS
PERMANENTES
AYUDANTE
4
1
3
INCAPACITADOS
PERMANENTES
AYUDANTE DE LIMPIEZA
1
1
INCAPACITADOS
PERMANENTES
BENEFICIARIO(A)
3
3
INCAPACITADOS
PERMANENTES
CHOFER DE CARGA GENERAL
5
5
INCAPACITADOS
PERMANENTES
CHOFER DE MAQUINARIA PESADA
1
1
INCAPACITADOS
PERMANENTES
ENCARGADO
1
1
INCAPACITADOS
PERMANENTES
EVENTUAL DE LIMPIEZA
2
2
INCAPACITADOS
PERMANENTES
INTENDENTE
4
1
3
INCAPACITADOS
PERMANENTES
JARDINERO
1
1
INCAPACITADOS
PERMANENTES
POLICIA
2
2
INCAPACITADOS
PERMANENTES
TRANSITO
1
1
OBRAS PUBLICAS
ALBANIL
1
1
OBRAS PUBLICAS
ASISTENTE
1
1
OBRAS PUBLICAS
AUXILIAR
2
2
OBRAS PUBLICAS
AUXILIAR SECRETARIA
1
1
OBRAS PUBLICAS
AUXILIAR TECNICO
2
2
OBRAS PUBLICAS
AYUDANTE
4
4
OBRAS PUBLICAS
COORDINADOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
DIRECTOR
1
1
OBRAS PUBLICAS
EVENTUAL DE LIMPIEZA
1
1
OBRAS PUBLICAS
MISCELANEO
1
1
OBRAS PUBLICAS
NOTIFICADOR
2
1
1
OBRAS PUBLICAS
OFICIAL PRIMERO
1
1
OBRAS PUBLICAS
OFICIAL SEGUNDO
1
1
OBRAS PUBLICAS
SECRETARIA
1
1
OBRAS PUBLICAS
TECNICO EN MANTENIMIENTO
1
1
PENSIONADOS Y JUBILADOS
AYUDANTE DE LIMPIEZA
1
1
PENSIONADOS Y JUBILADOS
BENEFICIARIO(A)
1
1
PENSIONADOS Y JUBILADOS
CHOFER DE CARGA GENERAL
5
5
PENSIONADOS Y JUBILADOS
COMANDANTE
1
1
PENSIONADOS Y JUBILADOS
ENCARGADA DE ORDENES DE COMPRA
1
1
PENSIONADOS Y JUBILADOS
INTENDENTE
2
2
PENSIONADOS Y JUBILADOS
SECRETARIA
3
3
PENSIONADOS Y JUBILADOS
SECRETARIO
1
1
PRESIDENCIA
ASESOR
1
1
PRESIDENCIA
ASESOR JURIDICO
1
1
PRESIDENCIA
AUXILIAR
18
18
PRESIDENCIA
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
3
3
PRESIDENCIA
AUXILIAR DE DEPARTAMENTO
2
2
PRESIDENCIA
AUXILIAR TECNICO
2
2
PRESIDENCIA
COORDINADOR
6
6
PRESIDENCIA
COORDINADOR DE EVENTOS
1
1
PRESIDENCIA
COORDINADOR DE MODERNIZACION GUBERNAMENTAL Y
MEJOR
1
1
PRESIDENCIA
COORDINADOR ICOJUVE
1
1
PRESIDENCIA
COORDINADOR TECNICO
1
1
PRESIDENCIA
COORDINADOR TURISMO
1
1
PRESIDENCIA
DIR.FOMENTO ECO.
1
1
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 123
PRESIDENCIA
DIRECTOR
2
2
PRESIDENCIA
FOTOGRAFO
2
2
PRESIDENCIA
INTENDENTE
4
2
2
PRESIDENCIA
JUEZ MUNICIPAL CONCILIADOR
1
1
PRESIDENCIA
LOGISTICA
1
1
PRESIDENCIA
NOTIFICADOR
1
1
PRESIDENCIA
PRESIDENTE MUNICIPAL
1
1
PRESIDENCIA
RECEPCIONISTA
1
1
PRESIDENCIA
SECRETARIA
4
4
PRESIDENCIA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
1
1
PRESIDENCIA
SECRETARIO TÉCNICO
1
1
PRESIDENCIA
SUB-DIRECTOR
2
2
PRESIDENCIA
VELADOR
3
3
PRESIDENCIA
VIGILANTE
1
1
RELACIONES EXTERIORES
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4
4
RELACIONES EXTERIORES
COORDINADOR
1
1
RELACIONES EXTERIORES
OFICIAL ADMINISTRATIVO
6
6
RELACIONES EXTERIORES
SECRETARIA
1
1
RELACIONES EXTERIORES
VIGILANTE
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
ALMACENISTA
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
AUXILIAR
7
7
SERVICIOS PRIMARIOS
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
AUXILIAR TÉCNICO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE
7
1
6
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE DE DRENAJE
2
2
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE DE ELECTRICISTA
2
2
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE DE LIMPIEZA
27
2
25
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE DE MECANICA
3
1
2
SERVICIOS PRIMARIOS
AYUDANTE DE PLOMERO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
CHOFER
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
CHOFER DE CARGA GENERAL
16
16
SERVICIOS PRIMARIOS
CHOFER DE GRUAS
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
CHOFER DE MAQUINARIA PESADA
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
COORDINADOR
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
COORDINADOR DE EDUCACION
8
8
SERVICIOS PRIMARIOS
DIRECTOR
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
ELECTRICISTA
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
ENCARGADO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
ENCARGADO DE CUADRILLA
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
EVENTUAL DE LIMPIEZA
35
35
SERVICIOS PRIMARIOS
INTENDENTE
2
2
SERVICIOS PRIMARIOS
JARDINERO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
MECANICO
2
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
MISCELANEO
2
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
PALMERO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
PLOMERO
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
SECRETARIA
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
SUB-DIRECTOR
1
1
SERVICIOS PRIMARIOS
SUPERVISOR
10
10
SERVICIOS PRIMARIOS
VELADOR
2
2
TESORERIA
AUXILIAR
2
2
TESORERIA
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
3
3
TESORERIA
AUXILIAR DE DEPARTAMENTO
1
1
TESORERIA
AUXILIAR DE NOMINAS
1
1
TESORERIA
AUXILIAR DE OFICIAL MAYOR
1
1
TESORERIA
CAJERA
1
1
TESORERIA
COMODIN TESORERIA
1
1
TESORERIA
COORDINADOR
2
2
TESORERIA
COORDINADOR DE SISTEMAS
1
1
TESORERIA
DIRECTOR
1
1
TESORERIA
ENC. COBROS MENORES
1
1
TESORERIA
ENCARGADA DE EGRESOS
1
1
TESORERIA
ENCARGADA DE NOMINAS
1
1
TESORERIA
ENCARGADO DE PANTEONES
1
1
TESORERIA
INSPECTOR DE ALCOHOLES
1
1
TESORERIA
NOTIFICADOR
2
1
1
TESORERIA
OFICIAL MAYOR
2
1
TESORERIA
SECRETARIA
4
1
3
TESORERIA
SUB-DIRECTOR
1
1
TESORERIA
TESORERO MUNICIPAL
1
1
VILLA DE SAN JUAN
AUXILIAR
4
4
VILLA DE SAN JUAN
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
1
1
VILLA DE SAN JUAN
AYUDANTE DE LIMPIEZA
1
1
VILLA DE SAN JUAN
DIRECTOR
1
1
CONTRALOR
CONTRALOR
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
AUXILIAR
1
1
124 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
SEGURIDAD PÚBLICA
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2
2
SEGURIDAD PÚBLICA
BOMBERO
5
5
SEGURIDAD PÚBLICA
COORDINADOR
2
2
SEGURIDAD PÚBLICA
COORDINADOR DE BOMBEROS
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
COORDINADOR DE PROTECCION CIVIL
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
COORDINADOR DE SEGURIDAD PUBLICA
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECTOR
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
ESCOLTA
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
INTENDENTE
2
2
SEGURIDAD PÚBLICA
MECANICO
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
MEDICO
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
OFICIAL DE PROTECCION CIVIL
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
PARAMEDICO
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
POLICIA
24
24
SEGURIDAD PÚBLICA
RESP. TURNO
2
2
SEGURIDAD PÚBLICA
SECRETARIA
2
1
1
SEGURIDAD PÚBLICA
TRANSITO
15
15
SEGURIDAD PÚBLICA
VELADOR
7
7
Nota: En el presente cuadro desglosan todas las plazas autorizadas, incluidas las del personal de seguridad pública municipal.
Artículo 23.- Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones que
se deter minen en el Tabulador Salarial siguiente; el cual se integra en el presupuesto d e egresos, en base a lo establecido en el
artículo 275 fracción VI del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Tabulador de Sueldos Mensual
Plaza
Tabular
Remuneraciones
Base
Remuneraciones
Adicionales
Total
Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima
Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
ALMACENISTA
$4,000.00
$2,160.00
$6,160.00
ASESOR
JURIDICO
$4,000.00
$9,000.00
$4,000
$9,000.00
$8,000.00
$18,000.00
ASISTENTE
$1,186.00
$5,800.00
$1,866
$5,800
$2,372.00
$11,600.00
AUXILIAR
$933.00
$5,000.00
$933
$5,000
$1,866.00
$10,000.00
AUXILIAR
ADMINISTRATIVO
$1,866.00
$7,800.00
$1,866
$7,800
$3,732.00
$15,600.00
AUXILIAR
CAPACIDADES
DIFERENTES
$5,000.00
$5,000
$5,000.00
AUXILIAR DE
DEPARTAMENTO
$2,800.00
$5,800.00
$2,800
$5,800
$5,600.00
$11,600.00
AUXILIAR DE
NOMINAS
$9,256.00
$18,512
$27,768.00
AUXILIAR DE
OFICIAL MAYOR
$9,684.00
$19,368
$29,052.00
AUXILIAR
SECRETARIA
$8,572.00
$17,144
$25,716.00
AUXILIAR
TECNICO
$2,800.00
$8,900.00
$2,800
$8,900
$5,600.00
$17,800.00
AYUDANTE
$1,772.00
$8,114.00
$1,772
$10,772
$3,544.00
$18,886.00
AYUDANTE DE
DRENAJE
$5,486.00
$10,972
$16,458.00
AYUDANTE DE
$5,486.00
$10,972
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 125
LIMPIEZA
$1,866.00
$1,866
$3,732.00
$16,458.00
AYUDANTE DE
MECANICA
$3.400.00
$8,382.00
$3,400
$16,764
$6,800.00
$25,146.00
BIBLIOTECARIA
$2,000.00
$8,572.00
$2,000
$17,144
$4,000.00
$25,716.00
CAJERA
$9,684.00
$9,684
$19,368.00
CHOFER
$8,192.00
$16,384
$24,576.00
CHOFER DE
CARGA GENERAL
$8,192.00
$16,384
$24,576.00
CHOFER DE
GRUAS
$8,192.00
$16,384
$24,576.00
CHOFER DE
MAQUINARIA
PESADA
$9,256.00
$18,502
$27,758.00
COMODIN
TESORERIA
$9,684.00
$19,368
$29,052.00
COORDINADOR
$2,754.00
$10,000.00
$2,754
$10,000
$5,508.00
$20,000.00
COORDINADOR
DE EDUCACION
$1,866.00
$2,000.00
$1,866
$2,000
$3,732.00
$4,000.00
COORDINADOR
DE EVENTOS
$3,000.00
$9,256.00
$3,000
$18,512
$6,000.00
$11,068.00
COORDINADOR
DE SISTEMAS
$10,500.00
$10,500
$21,000.00
COORDINADOR
ICOJUVE
$4,000.00
$7,200.00
$4,000
$7,200
$8,000.00
$14,400.00
COORDINADOR
TECNICO
$3,750.00
$3,750
$7,500.00
DIRECTOR
ENC. COBROS
MENORES
$9,684.00
$19,368
$29,052.00
ENCARGADA DE
EGRESOS
$9,684.00
$19,368
$29,052.00
ENCARGADA DE
NOMINAS
$9,684.00
$19,368
$29,052.00
ENCARGADO DE
CUADRILLA
$9,078.00
$18,156
$27,234.00
ENCARGADO DE
PANTEONES
$5,000.00
$5,000
$10,000.00
EVENTUAL DE
LIMPIEZA
$933.00
$4,866.00
$933
$4,866
$1,866.00
$9,732.00
FOTOGRAFO
$2,116.00
$4,000.00
$2,116
$4,000
$4,232.00
$8,000.00
INSTRUCTOR
DEPORTIVO
$9,256.00
$18,512
$27,768.00
126 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
INTENDENTE
$1,866.00
$5,486.00
$1,866
$5,486
$3,732.00
$10,972.00
JARDINERO
$2,000.00
$5,486.00
$2,000
$5,486
$4,000.00
$10,972.00
JUEZ MUNICIPAL
CONCILIADOR
$4000.00
$4,000
$8,000.00
LOGISTICA
$2,400.00
$2,400
$4,800.00
MECANICO
$3,846.00
$9,256.00
$3,846
$9,256
$7,692.00
$18,512.00
MEDICO
$2,800.00
$3,000.00
$2,800
$3,000
$5,600.00
$6,000.00
MISCELANEO
$3,400.00
$8,352.00
$3,400
$16,864
$6,800.00
$25,216.00
NOTIFICADOR
$1,856.00
$8,572.00
$1,856
$8,572
$3,712.00
$17,144.00
OFICIAL
ADMINISTRATIVO
$4,000.00
$4,230.00
$4,000
$4,230
$8,000.00
$8,460.00
OFICIAL DE
PROT. CIVIL
$2,800.00
$2,800
$5,600.00
PALMERO
$6,150.00
$6,150
$12,300.00
PRESIDENTA
$16,000.00
$16,000
$32,000.00
PRESIDENTE
MUNICIPAL
$40,000.00
$40,000
$80,000.00
PROCURADOR Y
GESTOR
GRATUITO
$9.256.00
$9,628.00
$18,512
$19,256
$28,884.00
PROMOTOR
ARCHIVO
$5,486.00
$10,972
$16,458.00
REGIDOR
$19,756.00
$19,756
$39,512.00
SECRETARIA
$8,572.00
$9,684.00
$17,144
$18,512
$25,716.00
$28,196.00
SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO
$14,000.00
$14,000
$28,000.00
SECRETARIO
TECNICO
$10,000.00
$10,000
$20,000.00
SINDICO DE
MAYORIA
$19,756.00
$19,756
$39,512.00
SUB-DIRECTOR
$5,000.00
$9,000.00
$5,000
$9,000
$10,000.00
$18,000.00
SUPERVISOR
$1,866.00
$6,300.00
$1,866
$6,300
$3,732.00
$12,600.00
TESORERO
MUNICIPAL
$25,000.00
$25,000
$50,000.00
VELADOR
$5,016.00
$5,016
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 127
$1,866.00
$1,866
$3,732.00
$10,032.00
VERIFICADOR
$1,866.00
$2,000.00
$1,866
$2,000
$3,732.00
$4,000.00
Nota: El presente tabulador contiene todas las plazas autorizadas en la plantilla municipal, a excepción de las del sistema de
seguridad pública municipal.
La prima vacacional solo se aplica al personal sindicalizado y el cálculo depende de la antigüedad de cada trabajador de acuerdo al
contrato colectivo Art. 25 y Art. 27.
El personal de seguridad pública municipal comprende un total de 71 plazas de policías, mismas que se desglosa n a continuación:
Tabulador del Sistema de Seguridad Pública
Plaza Tabular
Remuneraciones
Base
Remuneraciones
Adicionales
Total
Percepciones
Sueldo Base
Aguinaldo
Prima
Vacacional
Prestaciones
Sindicales
Otras
Prestaciones
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
De
Hasta
AUX. ADMTIVO
$3,846.00
$3,846.00
$ 7,692.00
AUXILIAR
$1,866.00
$1,866.00
$ 3,732.00
BOMBERO
$3,780.00
$3,780.00
$ 7,560.00
COORDINADOR
$3,266.00
$3,266.00
$6,532.00
INTENDENTE
$2,020.00
$2,020.00
$4,040.00
MECÁNICO
$3,846.00
$3,846.00
$5,600.00
MÉDICO
$2,800.00
$2,800.00
$5,600.00
OF.
PROTECCIÓN
CIVIL
$2,800.00
$2,800.00
$5,600.00
PARAMÉDICO
$3,780.00
$3,780.00
$7,560.00
POLICÍA
$3,846.00
$3,846.00
$7,692.00
RESP. TURNO
$10,564.00
$10,564.00
$21,128.00
SECRETARIA
$8,572.00
$8,572.00
$17,144.00
TRÁNSITO
$3,390.00
$3,390.00
$6,780.00
VELADOR
$2,800.00
$2,800.00
$5,600.00
Todos los policías que integran la plantilla de seguridad pública, son municipales, no se cuenta con policías estatales cuya plantilla
sea absorbida presupuestalmente por el ayuntamiento.
Artículo 24.- Para acceder a los incrementos salariale
 ila
de Zaragoza, en cual se establ ece entre otras cosas que es una obligación de la s entidades públicas municip ales preferir en igualdad
de condiciones, de conocimientos, aptitudes, antigüedad y derechos escalafonarios a los trabaj adores de base respecto de quie nes no
lo sean; a quienes rep resenten la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que hubieren prestado servicios eminentes
al municipio, y a los que con anterioridad les hubieren prestado servicios satisfactoriamente.
CAPÍTULO IV
De la Deuda Pública
Artículo 25. - El saldo neto de la deuda pública del Gobierno del Municipio de San Juan de Sabinas, se desglosa en el presente
documento en base a lo establecido en el artículo 275 fracción V del Códi go Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila
de Zaragoza.
Saldo de la Deuda
Institución Bancaria
No. de
Crédito
Tipo de
Instrumento
Tasa de
Interés
Plazo de
Vencimiento
Tipo de Garantía
Saldo al 31
diciembre 2013
Banco Nacional de
Obras y Servicios
Públicos S.N.C.
10772
CONTRATO
TIIE+3.42
120 meses
Afectación de
Participaciones
5,400,000.00
128 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Banco Nacional de
Obras y Servicios
Públicos S.N.C.
11268
CONTRATO
TIIE+3.67
120 meses
Las Participaciones
presentes y futuras
10,039,714.19
Para el ejerci cio fiscal 2014, se establece una asi gnación pr esupuestaria para el capítulo 9000 Deu da Pública por la cantidad
de $ 2 ,656,591.00 el cual se d esglosa en e l siguiente recuadro:
Presupuesto
Asignado 2014
9000 Deuda Pública
9100 Amortización
Gastos de la Deuda
Pública
9200 Intereses
Gastos de la
Deuda Pública
9300 Comisiones
Gastos de la
Deuda Pública
9400 Gastos
de la Deuda
Pública
9500 Costos
por
Coberturas
9600 Apoyos
Financieros
9900
ADEFAS
1,692,967.00
963,624.00
1,692,967.00
963,624.00
Para el ejercicio fiscal 2014, en la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan de Sabinas, aprobada por el H. Congreso del Es tado
de Coahuila, no se consideraro n montos y conceptos de endeudamiento , directo y contingente, debido a que no se prevé la
contratación de deuda pública.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS FEDERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De los recursos federales transferidos al Municipio
Artículo 26.- El Presupuesto de Egresos del Municipio d e San Juan de Sabinas se co nforma por $ 23,020,398.44 de ingresos
propios, $ 48,320,629.15 provenientes de recursos estatales y $ 23,122,728.50 provenientes de recursos federales.
Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones a plicables
en la materia.
Artículo 27.- Los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 que la federación presupuesto otorgar al municipio se
desglosan a continuación:
Fondo
Asignación Presupuestal
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
2,931,110.50
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones
20,191,618.00
Fondo de Aportaciones Múltiples
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 129
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica de los Estados y del
Distrito Federal
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento d e las Entidades
Federativas
Total
23,122,728.50
La aplicación, destino y distribución presupuestada de los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a
continuación por capítulo del gasto:
Fondo
CAPÍTULOS
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
9000
Fondo de Aportaciones para la
Educación Básica y Normal
Fondo de Aportaciones para los
Servicios de Salud
Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal
2,931,110.50
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones
20,191,618.00
Fondo de Aportaciones Múltiples
Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de Adultos
Fondo de Aportaciones para la
Seguridad Publica de los Estados y del
Distrito Federal
Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de las Entidades
Federativas
Totales
23,122,728.50
TÍTULO TERCERO
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
CAPÍTULO ÚNICO
De los Montos de Adquisiciones
Artículo 28.- De conformidad con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de
contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio fiscal d e 2014, se
sujetarán a los siguientes lineamientos:
OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
53,551
En Adelante
$3,414,947.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
13,301
53,550
$ 848,204.77
$ 3,414,883.50
Adjudicación Directa
13,300
0
$ 848,141.00
$ -
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,854
En Adelante
$1,138,549.58
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,464
17,853
$ 284,669.28
$ 1,138,485.81
Adjudicación Directa
4,463
0
$ 284,605.51
$ -
130 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 29. En forma si milar a las ob ras públicas el municipio administrará sus adquisiciones públicas. Por adquisiciones públicas
se entenderán, toda clase de convenios o co ntratos, cualquiera que sea su d enominación legal, que el municipio, sus dependencias o
entidades celebr en para la compra de i nsumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que tengan por objeto
cubrir las necesidades co munes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes necesarios
para la realización de funciones específicas.
Las adqui siciones que realicen el municipio o sus dependencias, deberán de sujetarse a las disposiciones legales que regulan la
materia en el Estado.
Por tanto de conformidad con lo establecido en la Ley d e Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación d e Servicios para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, los montos máximos de contratación por adjudicación directa, por invitación restringida y por
licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2014, se sujetarán a los siguientes lineamientos:
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
MODALIDAD
EN SALARIOS MÍNIMOS
EN PESOS
DE
HASTA
DE
HASTA
Licitación Pública
17,851
En Adelante
$1,138,358.27
En Adelante
Invitación a cuando menos tres personas
4,461
17,850
$ 284,477.97
$ 1,138,294.50
Adjudicación Directa
4,460
0
$ 284,414.20
$ -
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 30.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se deberán apegar a la normatividad aplicable o a
la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto en vigor al día siguiente de su publicación en el P eriódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto co nstituye una adenda del presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal
2014, aprobado el día 28 de Agosto de 2014 y su objetivo primordial es integrar la información presupuestal en base a lo
establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y espec ificar de forma clara las regulaciones del ej ercicio
presupuestal que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del
Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Financiero para los
Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Adquisiciones, Arrendamiento s y Contratación de Servicios para el Estado
de Coahuila de Zaragoza, Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza y demás legislación aplicab le.
Sin que la promulgación del presente decreto constituya modificaciones, ampliaciones, transferencias, reducciones o cancelaciones
presupuestarias; ni adecuaciones al marco normativo que regula el ejercicio presupuestal del municipio durante el ej ercicio 2014.
Dado en el Ayuntamiento del Municipio de San juan de Sabinas, Coahuila, a los 28 días del mes de Agosto del año 2014.
LIC. CÉSAR ALFONSO GUTIÉRREZ SALINAS
PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA
(RÚBRICA)
LIC. SERGIO CAMACHO HUERTA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA
(RÚBRICA)
C.P. ENRIQUE RAMOS PIÑA
TESORERO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA
(RÚBRICA)
C. KARINA YANET RÍOS ORNELAS
SÍNDICO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA
(RÚBRICA)
PROFR. VIRGILIO NIETO LOPEZ
REGIDOR COMISIONADO DE HACIENDA MUNICIPAL DE SAN JU AN DE SABINAS, COAHUILA
(RÚBRICA)
viernes 12 de septiembre de 2014 PERIODICO OFICIAL 131
Rubén Ignacio Moreira Valdez, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de la
facultad que me confieren los artículos 82 fracción XVIII de la Constitución Política del Estado, 9 apartado A fracción XXII
de la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal, y en atención a lo previsto en los artículos 60, 64, segundo
transitorio y demás relativos de la Ley de Víctimas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, tengo a bien informar a la
población Coahuilense, lo siguiente:
En cumplimiento de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 72 de la Ley de Víctimas para el Estado de Coahuila de
Zaragoza, de la Convocatoria emitida por el suscrito el pasado 19 de agosto de 2014, para proceder a la elección e
integración de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se recibieron para tal efecto, las siguientes propuestas:
Comisionados Académicos
1. Ernestina Castillo de la Rosa
2. Yolanda Cortés Jiménez
3. Pedro Benjamín Dávila Valdés
4. María del Rosario Delabra Silva
5. Sergio Díaz Rendón
6. Alfonso García Rendón
7. Carlos Enrique Gutiérrez Montenegro
8. Juan Carlos Hernández Torres
9. María Antonieta Leal Cota
10. José Luis Leal Espinoza
11. Anibal Leyva Carreón
12. Magdalena López Valdez
13. Rosa Maribel Lugo Saucedo
14. José Alfredo Méndez Flores
15. Liliana Morales Ramírez
16. Rogelio de los Reyes Castro
17. Martha Delia Reyna Espinosa
18. Gloria Martha Riojas Dávila
19. Luis Efrén Ríos Vega
20. José Ángel Rodríguez Canales
21. Oralia Guadalupe Santibáñez Silva
22. Claudia María Santibáñez Silva
23. Edna Miriam Vázquez Guerrero
Comisionados de la Sociedad Civil
1. Víctor Hugo Ballesteros Elizondo
2. Vicenta Bonilla Padilla
3. Eduardo Calderón Domínguez
4. Jaime Arturo Chávez Rodríguez
5. Sandra Elizabeth de Luna González
6. Diana Isabel López Rodríguez
7. Carlos Ramírez Garza
8. Jesús Alberto Rodríguez Cantú
9. Ma. Evangelina Velázquez Reyes
Dado en residencia del Poder Ejecutivo, a los 11 días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
(RÚBRICA)
132 PERIODICO OFICIAL viernes 12 de septiembre de 2014
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ARMANDO LUNA CANALES
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
De acuerdo con el artículo 90 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los servicios prestados
por el Periódico Oficial del Gobierno del Estado causarán derechos conforme a la siguiente tarifa:
I. Avisos judiciales y administrativos:
1. Por cada palabra en primera o única inserción, $2.00 (DOS PESOS 00/100 M.N.);
2. Por cada palabra en inserciones subsecuentes, $1.30 (UN PESO 30/100 M. N.).
II. Por publicación de aviso de registro de fierro de herrar, arete o collar o cancelación de los mismos, señal de sangre o
venta, $544.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) ;
III. Publicación de balances o estados financieros, $739.00 (SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.);
IV. Suscripciones:
1. Por un año, $2,024.00 (DOS MIL VEINTICUATRO PESOS 00/100 M.N.)
2. Por seis meses, $1,012.00 (MIL DOCE PESOS 00/100 M.N.)
3. Por tres meses, $534.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 00 /100 M.N.)
V. Número del día, $22.00 (VEINTIDÓS PESOS 00/100 M.N.);
VI. Números atrasados hasta 6 años, $76.00 (SETENTA Y SEIS PESOS 0 0/100 M.N.);
VII. Números atrasados de más de 6 años, $152.00 (CIENTO CINCUENTA Y DOS P ESOS 00/100 M.N.); y
VIII. Códigos, leyes, reglamentos, suplementos o ediciones de más de 24 páginas, $272.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y
DOS PESOS 00/100 M.N.).
IX. Por costo de tipografía relativa a los fierros de registro , arete o collar por cada figura, $544.00 (QUINIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.);
Tarifas vigentes a partir del 01 de Enero de 2014.
El Periódico Oficial se publica ordinariamente los martes y viernes, pudiéndose hacer las ediciones extraordinarias
cuando el trabajo así lo amerite.
Calle Hidalgo Esquina con Reynosa No. 510 Altos, Col. República Oriente, Código Postal 25280, Saltillo, Coahuila.
Teléfono y Fax 01 (844) 4 30 82 40
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas.
Página de Internet del Gobierno de Coahuila: www.coahuila.gob.mx
Página de Internet del Periódico Oficial: http://periodico.sfpcoahuila.gob.mx
Correo Electrónico del Periódico Oficial: periodico.oficial.coahuila@hotmail.com

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