Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 14 de Julio de 2014
EL
ESTADO DE
SINALOA
ORGANO
OFICIA
L D
EL
GOBIERNO
D
EL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CV 3ra. Epoca Culiacán, Sin., Lunes
14
de
Julio
de
2014. No.
084
ÍNDICE
GOBIERNO DEL ESTADO
Decreto
Número
122 del H. Congreso del Estado.-
Que
reforma y adiciona la
Ley
de Pesca y Acuacultura
Sustentables del Estado de Sinaloa. 2 - 5
AYUNTAMIENTO
Decreto Municipal
NQ
. 07 de Mazatlán.- Se autoriza al H. Ayuntamiento, para
Ja
donación de un terreno de su
propiedad a favor de Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos
Naturales denominado Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
6 - 9
AVISOS GENERALES
Solicitud de
13
Permisos de Taxi.- Unión de Auténticos y Revolucionarios Trabajadores del Volante del
Municipio de Culiacán.
Balance Final de Liquidación.- Reparahogar, S.A. de C.
V.
10
-
11
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
12 -32
AVISOS NOTARIALES
32
RESPONSABLE: Secretaría Gener
al
de Gobierno.
DIRECTOR
: Lic. Jesús Hum ber
to
Cosslo Ramlrez
2 «EL ESTADO
DE
SINALOA» Lunes
14
de Julio de 2014
GOBIERNO DEL ESTADO
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes
hace
saber
:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima
Primera
Legislatura
,
. .
ha
tenido
a
bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 122
QUE REFORMA Y ADICIONA
LA
LEY DE PESCA Y
ACUACUL
TURA SUSTENTABLES DEL ESTADO DE SINALOA.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones
1,
VIII, IX y
el
párrafo tercero y se adicionan las fracciones
X,
XI, XII, XIII, XIV y
XV
al
artículo 16 de
la
Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del
Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 16 ....
l.
El
Secretario de Pesca y Acuacultura, quien lo presidirá y
tendrá voto de calidad;
11.
a
la
VII. ...
VIII.
El
Secretario de Seguridad Pública, como vocal;
IX.
El
Procurador General de Justicia del Estado, como
vocal;
Lunes
14
de Julio de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 3
X.
Un
representante de
la
Comisión de Pesca del H.
Congreso del Estado, como vocal;
XI.
Un
representante de cada uno de los Ayuntamientos del
Estado, como vocal;
XII.
Un
representante del sector de la pesca ribereña, como
vocal;
XIII.
Un
representante del sector de la pes
ca
de altamar,
como vocal ;
XIV.
Un
representante del sector acuícola, como vocal; y
XV.
Un
representante del sector de la pesca de aguas
continentales, como vocal.
Podrán
as
istir por invitación del Consejo, con derecho a voz pero
no
a voto los representantes de
la
SAGARPA, CO NAPESCA, SEMAR,
PROFECO, SCT, SE, PGR y representantes de
la
s instituciones de
educaci
ón
superior
en
el
Estado que lleven a cabo trabajos de
investigaci
ón
;
as
í como de organizaciones sociales en
el
Estado.
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