Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 27 de Junio de 2014 (EXTRAORDINARIA)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Perdico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 27 de Junio de 2014
6a. época
5200
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Declaratoria emitida por la LII Legislatura del Congreso del Estado de
Morelos, por la que se reforman, adicionan y derogan diversas
morelos, en materia Político Electoral, de conformidad con lo dispuesto
………………………………Pág. 2
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO.- Por
el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la
Político Electoral.
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Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 27 de Junio de 2014
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo.- LII Legislatura. 2012-2015.
DECLARATORIA EMITIDA POR LA LII
LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE
MORELOS, POR LA QUE SE REFORMAN,
ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS
DISPOSICIONES
POLÍTICO-ELECTORAL, DE CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 147 Y 148, DE
LA CONSTITUCIÓN POLITICA LOCAL.
I.- EN SESIÓN ORDINARIA DE PLENO DE
FECHA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2014, LA LII
LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO
APROBÓ EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR,
EL DICTAMEN AL RUBRO CITADO.
II.- EL DÍA 13 DE JUNIO DEL 2014, EL
CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARIA DE SERVICIOS LEGISLATIVOS Y
PARLAMENTARIOS, DIO CUMPLIMIENTO A LA
INSTRUCCIÓN DE LA PRESIDENCIA PARA
REMITIR COPIA DEL DICTAMEN EN MENCIÓN Y LA
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LOS DEBATES
QUE CONTENÍAN MODIFICACIONES SOBRE EL
MISMO, A CADA UNO DE LOS 33 AYUNTAMIENTOS
DEL ESTADO, COMO SE DESPRENDE DE LOS
ACUSES DE RECIBO QUE OBRAN EN EL
EXPEDIENTE LEGISLATIVO, CON FUNDAMENTO
ASÍ MISMO, SE INSTRUYÓ A LA
SECRETARIA DE SERVICIOS LEGISLATIVOS Y
PARLAMENTARIOS, QUE CONFORME A LA VISIÓN
DEL LEGISLADOR Y CON LAS FACULTADES DEL
CONGRESO DEL ESTADO, ESTABLECIDAS EN EL
ARTÍCULO 40, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN
MORELOS Y DERIVADO DE LOS DEBATES Y LAS
MODIFICACIONES REALIZADAS AL DICTAMEN
PRIMIGENIO CONTENIDAS EN LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE
PLENO DEL 11 DE JUNIO DE 2014, SE REALICEN
LAS ACLARACIONES PERTINENTES EN LAS
DISPOSICIONES TRANSITORIAS AJUSTÁNDOLAS
AL ESPÍRITU DE LOS ARGUMENTOS
EXPRESADOS
POR LOS LEGISLADORES .
III.- A LA FECHA SE RECIBIERON EN TIEMPO
Y FORMA EL VOTO APROBATORIO DE 23
AYUNTAMIENTOS: AMACUZAC, ATLATLAHUACAN,
AXOCHIAPAN, CUAUTLA, CUERNAVACA,
EMILIANO
ZAPATA, HUITZILAC, JIUTEPEC, JOJUTLA,
MIACATLÁN, OCUITUCO, TEMIXCO, TEMOAC,
TEPALCINGO, TETECALA, TETELA DEL VOLCÁN,
TLALNEPANTLA, TLALTIZAPÁN DE ZAPATA,
XOCHITEPEC, YAUTEPEC, YECAPIXTLA,
ZACATEPEC
Y ZACUALPAN DE AMILPAS.
IV.- ESTABLECE LA FRACCIÓN I, DEL
ARTÍCULO 147, DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL SI
LA MAYORÍA DE LOS AYUNTAMIENTOS
APROBARAN LA REFORMA O ADICIÓN, UNA VEZ
HECHO EL CÓMPUTO POR LA CÁMARA, LAS
REFORMAS Y ADICIONES SE TENDRÁN COMO
PARTE DE ESTA CONSTITUCIÓN.
V.- EN MÉRITO DE LO ANTERIOR, SE
REALIZA EL CÓMPUTO RESPECTIVO EN LOS
SIGUIENTES TÉRMINOS:
LOS AYUNTAMIENTOS DE AMACUZAC,
ATLATLAHUACAN, AXOCHIAPAN, CUAUTLA,
CUERNAVACA, EMILIANO ZAPATA, HUITZILAC,
JIUTEPEC, JOJUTLA, MIACATLÁN, OCUITUCO,
TEMIXCO, TEMOAC, TEPALCINGO, TETECALA,
TETELA DEL VOLCÁN, TLALNEPANTLA, TLALTIZAPÁN
DE ZAPATA, XOCHITEPEC, YAUTEPEC, YECAPIXTLA,
ZACATEPEC Y
ZACUALPAN DE AMILPAS,
APROBARON LAS REFORMAS, ADICIONES Y
DEROGACIONES DE DIVERSAS DISPOSICIONES
POLÍTICO-ELECTORAL.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, SE
EMITE LA SIGUIENTE:
DECLARATORIA
PRIMERO.- SE REFORMAN, ADICIONAN Y
DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA
SOBERANO DE MORELOS, EN MATERIA
POLÍTICO-ELECTORAL, POR LO QUE SON PARTE
SEGUNDO.- EXPÍDASE EL DECRETO
RESPECTIVO, PUBLÍQUESE EN LA GACETA
LEGISLATIVA Y REMÍTASE AL TITULAR DEL
PODER EJECUTIVO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL
PERIÓDICO OFICIAL “TIERRA Y LIBERTAD”,
ÓRGANO DE DIFUSIÓN DEL GOBIERNO DEL
ESTADO.
RECINTO LEGISLATIVO A LOS VEINTICINCO
DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.
ATENTAMENTE.
LOS CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA
DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO.
DIP. JUAN ÁNGEL FLORES BUSTAMANTE
PRESIDENTE
DIP. ERIKA HERNÁNDEZ GORDILLO
SECRETARIA
DIP. ANTONIO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIO
RÚBRICAS.
27 de Junio de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo.- LII Legislatura. 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO
a) Con fecha cuatro de junio de dos mil catorce,
se dio cuenta ante el Pleno del Congreso del Estado
de Morelos, de la Iniciativas con Proyecto de Decreto
por el que se reforman los artículos 1, 19 Bis, 23, 24,
136 y 137, y se deroga el Capítulo V, artículos 108 y
Libre y Soberano de Morelos, presentada por el
Diputado José Manuel Agüero Tovar, integrante del
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional. En consecuencia, por instrucciones del
Diputado Juan Ángel Flores Bustamante, Presidente
de la Mesa Directiva y por acuerdo del Pleno de dicha
Sesión Ordinaria, se procedió a turnar la Iniciativa a la
Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación.
b) Con fecha once de junio de dos mil catorce,
se dio cuenta ante el Pleno del Congreso de la
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de Morelos, en materia Político-Electoral, presentada
por los Diputados Integrantes de la Junta Política y de
Gobierno del Congreso del Estado de Morelos en la LII
Legislatura. En consecuencia, por instrucciones del
Diputado Juan Ángel Flores Bustamante, Presidente
de la Mesa Directiva y por acuerdo del Pleno de dicha
Sesión Ordinaria, se procedió a turnar el oficio de
cuenta a esta Comisión de Puntos Constitucionales y
Legislación.
II.- MATERIA DE LAS INICIATIVAS
A manera de síntesis, las presentes iniciativas
tienen como propósito armonizar las disposiciones en
Materia Política-Electoral de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, con las particulares de
III.- CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS.
INICIATIVA DEL DIPUTADO JOSÉ MANUEL
AGÜERO TOVAR:
“Tener una ley ordenada, actualizada y
armonizada es de vital importancia para el legislador,
independientemente de que es su obligación el
mejoramiento de las leyes, ya que estas se someten a
exigencias de claridad y adecuación constante donde
la transformación social condiciona a los poderes del
estado a una verdadera conformación de nuevas
legislaciones y la adecuación al derecho, requiriendo
invariablemente una revisión constante de todos los
ordenamientos legales”.
“Mediante publicación en el Diario Oficial de la
Federación de fecha 10 de febrero de 2014, se da a
conocer la reforma político-electoral, por consecuencia
son necesarias adiciones, modificaciones y reformas a
Morelos”.
“Con la reforma político-electoral, México cuenta
con nuevos instrumentos para facilitar el diálogo,
consolidar la vida democrática, el equilibrio entre
poderes y la equidad de género”.
“En la reforma se plantea que una elección sea
declarada nula si un partido político adquiere
publicidad ilegal de cualquier forma, en radio o
televisión, al proponer una reforma al artículo 41
“El objetivo es aclarar que la nulidad de
elecciones se puede producir, no sólo ante la compra,
sino ante cualquier tipo de adquisición de cobertura
informativa o tiempos de radio y televisión fuera de los
supuestos previstos en la ley”.
“Otro elemento de esta reforma es la reelección
de legisladores hasta por 12 años, que los Congresos
locales estén facultados para establecer la reelección
consecutiva de presidente municipal, regidor o
síndico”.
“La Reforma Política también permite el
establecimiento de gobiernos de coalición, donde la
fuerza política triunfante en las elecciones
presidenciales y otras fuerzas políticas podrán
impulsar un programa de gobierno conjunto”.
“Estos puntos de la reforma, darán mayor
certidumbre a los procesos electorales, se evitará que
la natural competencia electoral erosione el diálogo
político”.
“La reforma establece que los partidos deben
garantizar que 50 por ciento de sus candidaturas a
legisladores federales y locales sean mujeres”.
“Será el Instituto Nacional Electoral (INE) el
encargado de nombrar a los consejeros electorales de
los estados, pero los magistrados electorales serán
nombrados por el Senado. Eso elimina cualquier
suspicacia sobre los resultados de las elecciones
estatales”.
“El Instituto Nacional Electoral (INE), además de
llevar a cabo las tareas que hoy realiza el IFE, el cual
fortalecerá su participación en elecciones locales y su
relación con organismos electorales estatales”.

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