Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 25 de Junio de 2014

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 25 de Junio de 2014
6a. época
5199
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acuerdo del Consejo General del Instituto
Nacional Electoral por el que se aprueba el
Modelo de Convocatoria para la designación de
Consejeros Presidentes y Consejeros
Electorales de los Organismos Públicos Locales.
………………………………Pág. 3
Convocatoria a los que deseen participar en el
Proceso de Selección y Designación a los
cargos de Consejeros y Consejeras Electorales
del Organismo Público Local Electoral, del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 6
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
………………………………Pág. 10
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE.- Por el que se abroga el
Decreto Número Seiscientos Seis, de fecha 20
de junio de 2013, publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, número 5101, Primera
Sección, el 03 de julio del mismo año y; por el
que se concede pensión por Jubilación al C:
Roberto González Téllez.
………………………………Pág. 23
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA.- Por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al C. Norberto Julio
Morales Martínez.
………………………………Pág. 29
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y UNO.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada al C.
Próspero Arenas Melgar.
………………………………Pág. 30
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y DOS.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada a la C.
Sofía Sánchez Salazar.
………………………………Pág. 31
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada a la C.
Marina Valle López.
………………………………Pág. 32
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y CINCO.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada a la C.
Patricia Hernández Niño.
………………………………Pág. 33
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y SEIS.- Por el que se concede
pensión por Jubilación a la C. Dulce María
González Gómez.
………………………………Pág. 35
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y SIETE.- Por el que se concede
pensión por Cesantía en Edad Avanzada al C.
Roberto Rodríguez Navarro.
………………………………Pág. 36
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 25 de Junio de 2014
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y OCHO.- Por el que se concede
pensión por Jubilación a la C. María del Carmen
Magarín Urdiera.
………………………………Pág. 37
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y NUEVE.- Por el que se concede
pensión por Jubilación a la C. María Elva Juárez
Juárez.
………………………………Pág. 38
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SETENTA.- Por el que se reforma el primer
párrafo, del artículo 57, de la Ley de Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado
de Morelos.
………………………………Pág. 39
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y UNO.- Por el que se reforman
diversas disposiciones de la Ley de Residuos
………………………………Pág. 41
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y DOS.- Por el que se designan dos
Magistrados Numerarios del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 45
DECRETO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y TRES.- Por el que se designa a un
Consejero Propietario y Consejero Suplente del
Instituto Morelense de Información Pública y
Estadística.
………………………………Pág. 106
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 124
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Fe de Erratas a la Segunda Convocatoria para
elegir a los Comisionados Ciudadanos que serán
parte del Comité Técnico de la Comisión Estatal
de Evaluación del Desarrollo Social del Estado de
Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”, Número 5198, publicado con fecha 18
de junio del 2014.
………………………………Pág. 1
SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE
Convenio Marco de Coordinación que celebran por
una parte, el Ejecutivo Federal, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales y, por la otra parte, el Estado Libre y
Soberano de Morelos.
………………………………Pág. 2
SECRETARÍA DEL TRABAJO
Acuerdo por el que se crea la Comisión
Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo
Infantil y la Protección de Adolescentes
Trabajadores en Edad permitida en el Estado de
Morelos.
………………………………Pág. 13
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE GOBIERNO
INSTITUTO DE SERVICIOS REGISTRALES Y
CATASTRALES DEL ESTADO DE MORELOS
Nombramiento del Lic. Marcos Manuel Ávila
Barragán, Subdirector del Archivo General de
Notarías del Instituto de Servicios Registrales y
Catastrales del Estado de Morelos, como Titular
del Área Coordinadora de Archivos del Instituto de
Servicios Registrales y Catastrales del Estado de
Morelos.
………………………………Pág. 16
SECRETARÍA DE DESARROLLO
SUSTENTABLE
COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA
Convenio de Coordinación que celebran, por una
parte, la Comisión Estatal del Agua, y por la otra,
el Municipio de Cuautla, Morelos.
………………………………Pág. 17
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo AC/SE/5-VI-2014/279.- Por el que se
aprueba la Iniciativa con Proyecto de Decreto que
reforma el artículo Noveno Transitorio de la Ley de
Ingresos del Municipio de Cuernavaca, Morelos,
para el Ejercicio Fiscal del año 2014.
………………………………Pág. 20
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEMIXCO
Plan Municipal de Desarrollo 2013-2015, Temixco,
Morelos.
………………………………Pág. 25
25 de Junio de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un escudo de los Estados
Unidos Mexicanos que dice: INSTITUTO ESTATAL
ELECTORAL.
INE/CG69/2014
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE
SE APRUEBA EL MODELO DE CONVOCATORIA
PARA LA DESIGNACIÓN DE CONSEJEROS
PRESIDENTES Y CONSEJEROS ELECTORALES DE
LOS ORGANISMOSPÚBLICOS LOCALES
ANTECEDENTES
I. El 31 de enero de 2014, el Presidente de la
República promulgó la Reforma Constitucional en
Materia Político-Electoral, aprobada por el Congreso
de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.
II. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que
se reforman, adicionan y derogan diversas
Estados Unidos Mexicanos, en materia política-
electoral”.
III. El Decreto de reforma contiene diversas
disposiciones que modifican la denominación,
estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal
Electoral para transformarse en Instituto Nacional
Electoral, entre las que destacan la modificación de la
integración de su Consejo General y la inclusión de
nuevas atribuciones.
IV. El Transitorio Segundo del Decreto de la
mencionada reforma, establece que el Congreso de la
Unión debe expedir las leyes generales en materia de
delitos electorales, así como las que distribuyan
competencias entre la Federación y las entidades
federativas en materias de Partidos Políticos;
Organismos Electorales y procesos electorales, de
conformidad con lo previsto en el inciso a), de la
fracción XXI, y en la fracción XXIX-U, del artículo 73,
de la Constitución, a más tardar el 30 de abril de 2014.
V. Por otro lado, el primer párrafo del
Transitorio Cuarto, refiere que las adiciones, reformas
y derogaciones que se hacen, entre otros, al artículo
116, fracción IV, de la Constitución, entrarán en vigor
en la misma fecha en que lo hagan las normas a que
se refiere el Transitorio Segundo, sin perjuicio de lo
previsto en el Transitorio Quinto.
VI. El Transitorio Quinto, dispone que el
Instituto Nacional Electoral deberá integrarse dentro
de los ciento veinte días naturales siguientes a la
entrada en vigor del Decreto y comenzará a ejercer
sus atribuciones a partir de que entren en vigor las
normas previstas en el Transitorio Segundo antes
referido. Y que en caso de que a la fecha de
integración del Instituto no hubieren entrado en vigor
las normas previstas en el Transitorio Segundo,
ejercerá las atribuciones que las leyes vigentes
otorgan al Instituto Federal Electoral.
VII. El 3 de abril de 2014, el Pleno de la H.
Cámara de Diputados, designó al Consejero
Presidente y a los diez Consejeros Electorales del
Consejo General del Instituto Nacional Electoral. El
Decreto relativo se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el día siguiente.
VIII. El 4 de abril de 2014, los Consejeros
electos rindieron protesta en sesión convocada para
tal efecto conforme a lo dispuesto por el artículo 110,
Procedimientos Electorales. Acto con el cual quedó
integrado el Consejo General del Instituto Nacional
Electoral, en términos de lo establecido en el artículo
41, Base V, Apartado A, párrafo segundo, de la
IX. El 23 de mayo de 2014, se publicó la Ley
en el Diario Oficial de la Federación, iniciando vigencia
el día 24 de mayo de 2014.
X. El 6 de junio de 2014, se aprobó el Acuerdo
INE/CG/44/2014, mediante el cual el Consejo General
aprobó los Lineamientos para la designación de
Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de
los Organismos Públicos Locales.
XI. El 6 de junio de 2014, se aprobó el Acuerdo
INE/CG/46/2014, mediante el cual se estableció la
integración de las comisiones permanentes y
temporales del Consejo General, entre las cuales se
encuentra la Comisión de Vinculación con Organismos
Públicos Locales quedando integrada por los
Consejeros Electorales siguientes:
Nombre
Cargo
Mtro. Marco Antonio Baños Martínez
Presidente
Mtra. Adriana Margarita Favela Herrera
Integrante
Dr. Ciro Murayama Rendón
Integrante
Mtro. Arturo Sánchez Gutiérrez
Integrante
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 41, Párrafo Segundo, Base V, Apartado A,
párrafo primero y segundo, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Nacional
Electoral es un Organismo Público Autónomo dotado
de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya
integración participan el Poder Legislativo de la Unión,
los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en
los términos que ordene la Ley. En el ejercicio de esta
función estatal, la certeza, legalidad, independencia,
imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán
principios rectores.
2. Que el Artículo Transitorio Noveno del
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-
electoral, señala que el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral designará a los nuevos Consejeros
de los Organismos Locales, en términos de lo
dispuesto por el inciso c) de la fracción IV, del artículo
116, de esta Constitución; que los actuales Consejeros
continuarán en su encargo hasta en tanto se realicen
las nuevas designaciones y que el Consejo General
llevará a cabo los procedimientos para que el
nombramiento de los Consejeros Electorales se
verifique con antelación al siguiente Proceso Electoral
posterior a la entrada en vigor del mencionado
Decreto.

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