Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 02 de Junio de 2014

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. O
16
0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CV 3ra. Epoca Culiacán, Sin., Lunes
02
de Junio de 2014. No. 066
ÍNDICE
GOBIERNO DEL ESTADO
Acuerdo
No
.
21
del H. Congreso del Estado.- Se aprueba en sus términos la Minuta Proyecto de Decreto que
adiciona un octavo párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo
Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2 - 6
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
Acuerdo mediante el cual se emiten las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas del Estado
de Sinaloa, para el Ejercicio Fiscal 2014.
SERVICIOS
DE
SALUD DE SINALOA
Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2014.
7 -
19
AYUNTAMIENTOS
Decreto Municipal
No
. 04 de Culiacán.-Plan Municipal de Desarrollo 2014-2016.
RASTROS DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN
Municipio de Culiacán.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2014.
ACUARIO MAZATLÁN
Municipio de Mazatlán.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2014.
20 -92
AVISOS GENERALES
Solicitud de Aumento de Segundo Permiso de Taxi.- Unión de Trabajadores del Servicio Público del Municipio
de Elota, A.C.
Solicitud de 60 Permisos.-Autotransportes Unidos de Sinaloa, S.A. de
C.V.
Aviso
de
Liquidación y Balance General.- Centro Cambiario Xicoténcatl, S.
A.
de C.V.
93 -94
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
95 -112
RESPONSABLE: Secretaria General de Gobierno. DIRECTOR: Lic. Jesús Humberto Cossio Ramirez.
2
«EL
ESTADO
DE
SINALOA»
Lunes 02 de Junio de 2014
GOBIERNO DEL ESTADO
El
Ciudadano LIC. MARIO
LÓPEZ
VALDEZ,
Gobernador
Constitucional del 'Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber: ·
Que por
el
H. Congreso del mismo se le ha comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del Estado
Libre
y
Soberano
de Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima Primera Legislatura, ha
tenido
a bien
expedir
el
siguiente,
ACUERDO No.
21
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba
en
sus términos
la
Minuta Proyecto de
Decreto que adiciona
un
octavo párrafo, recorriéndose en su orden los
subsecuentes,
al
artículo 4 º de
la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos,
al
tenor siguiente:
"PROYECTO
DE
DECRETO
QUE ADICIONA
EL
ARTÍCULO
DE
LA
POLÍTICA
DE
LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo
4º.
(Se deroga el anterior párrafo primero)
Lunes 02 de Junio de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA » 3
Toda persona tiene derecho a la identidad y a
ser
registrado de
manera inmediata a
su
nacimiento. El Estado garantizará
el
cumplimiento de estos derechos. La
autoridad
competente
expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de
registro de nacimiento.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor
el
día siguiente al
de
su publicación en el Diario Oficial
de
la Federación.

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