Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Versión vigente desde 2013-11-30 hasta 2014-03-19)

Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO CUARTO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

CONSIDERANDO

Que en Sesión Pública Extraordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto, emitido por la Comisión de Gobernación, Justicia, Puntos Constitucionales y Protección Civil del H. Congreso del Estado de Puebla, con relación a los expedientes formados con motivo de las Iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática, de la Quincuagésimo Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado, relativas al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.

La consolidación de un régimen democrático y de un Estado de Derecho implican y se presuponen recíprocamente, así como la implementación de procedimientos que resuelvan los problemas que se plantean en torno a la legitimación de los poderes políticos, en su calidad de órganos de expresión necesaria y continua del Estado, y la legalidad de los actos y resoluciones de los organismos electorales que intervienen en el proceso electoral.

La contienda de los grupos políticos y la búsqueda de coincidencias en el marco de sus naturales discrepancias, deben privilegiar el régimen democrático en nuestro Estado.

La estrecha vinculación que existe entre la vida social y su expresión normativa, exige que todo derecho positivo cuente con mecanismos que permitan adaptar sus disposiciones a los cambios que reclame la realidad social. En consecuencia, el Estado de Derecho no implica inmovilidad, sino que, por el contrario, presupone oportuna revisión de las normas jurídicas.

En este sentido, la Ley Suprema de una Nación refleja la estructura política en que está organizada para designar a un poder soberano y a los órganos que lo ejercen a partir de la separación de poderes. Un Poder es legítimo cuando quien lo detenta lo ejerce a justo título, y esto lo hace en cuanto está autorizado por una norma o por un conjunto de normas generales en las que se establezca el derecho del mando, la obligatoriedad del mismo y el procedimiento para llegar a detentar dicho poder. Estos procedimientos, de conformidad con los principios que establece nuestra Carta Magna, deben ser establecidos por los legisladores en las diferentes leyes que rigen nuestra vida en sociedad.

Cuando el concepto de legitimidad se aplica a la forma en que llega al Poder un gobierno, un gobernante o un funcionario, se trata de una "legitimidad por procedimiento", si se le considera con mayor rigor, se estaría hablando del carácter representativo de quienes toman las decisiones, y de la debida observancia de todos los procedimientos. En este sentido, toda sociedad democrática requiere de un conjunto de normas y regulaciones políticas que además de garantizar los derechos de los ciudadanos, establezca las reglas de competencia política.

Este conjunto de normas, que hace posible y garantiza la participación de los ciudadanos en las decisiones que afectan a la sociedad, es lo que se conoce como democracia formal; las reglas del juego democrático para definir con claridad quiénes pueden participar en los procesos electorales y para determinar cómo deben resolverse los conflictos. Las mencionadas reglas se refieren a dos aspectos: a la ciudadanía y al control de los procesos políticos.

En nuestro Estado, la reciente reforma constitucional aprobada en el mes de julio del presente año, dispone la elaboración de un nuevo ordenamiento en materia electoral que fije los medios a través de los cuales la voluntad de los ciudadanos se transforme en órganos de gobierno o de representación política.

Los principios constitucionales referidos, consideran al sufragio como universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible, y lo vinculan a las organizaciones políticas, permitiendo canalizar la participación de la población por vías institucionales, de manera que se preserve la estabilidad política y el orden social. La historia constitucional manifiesta en cuanto al sufragio, que éste, es el producto de luchas constantes surgidas a través del tiempo.

Es así que en la...

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