Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal 2014

ARTÍCULO PRIMERO

Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2014, la Hacienda Pública Estatal percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, expresadas en pesos, que a continuación se enumeran:

  1. IMPUESTOS

    1. Sobre Actos Jurídicos 13,100,000

    2. Sobre Adquisición de Vehículos Automotores y otros Bienes Muebles Usados 101,000,000

    3. Sobre Ejercicios Lucrativos 210,000

    4. Sobre Loterías, Rifas y Sorteos 37,000,000

    5. Cedular 75,000,000

      1. Por la enajenación de Inmuebles 24,000,000

      2. Por el arrendamiento de Inmuebles 51,000,000

    6. Sobre Nóminas 2,016,000,000

    7. Sobre Hospedaje 30,500,000

    8. Accesorios 36,500,000

    9. Otros Impuestos: 361,900,000

      1. Contribución Extraordinaria a cargo de los sujetos que grava el Impuesto Sobre Nóminas (Fondo del Empresariado Chihuahuense) 201,600,000

      2. Contribución Extraordinaria del 5% a cargo de los sujetos que grava el Impuesto Sobre Nóminas 100,800,000

      3. Contribución Extraordinaria para la Cruz Roja 40,000,000

      4. Contribución Extraordinaria para el Fideicomiso Expo-Chihuahua 19,500,000

    10. Impuesto adicional del 4% para la UACJ y la UACH 239,000,000

      TOTAL IMPUESTOS 2,910,210,000

  2. DERECHOS

    Los Ingresos que se perciban como contraprestación por los servicios que otorgan las dependencias del Gobierno del Estado, se causarán en la forma y montos que establece la Tarifa anexa, expedida conforme a los artículos 12, 27, 30; 31, segundo párrafo; 308 y 308-A del Código Fiscal del Estado.

    1. Uso de Carreteras de Cuotas Concesionadas por la Federación 1,060,000,000

    2. Uso de Carreteras de Cuota Estatales 780,000,000

    3. Secretaría General de Gobierno 449,000,000

      1. Dirección de Gobernación 97,000,000

      2. Registro Público de la Propiedad 255,000,000

      3. Registro Civil 76,000,000

      4. Dirección de Transporte 19,500,000

      5. Otros Derechos 1,500,000

    4. Fiscalía General del Estado 1,148,000,000

      1. División de Vialidad y Tránsito 1,109,000,000

    5. Derecho Vehicular 1,000,000,000

    6. Licencias de Conducir 102,000,000

    7. Varios 7,000,000

      1. otros Derechos 39,000,000

    8. Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología 295,000,000

    9. Derechos prestados por otras Dependencias 46,000,000

    10. Accesorios 21,000,000

      TOTAL DERECHOS 3,799,000,000

  3. PRODUCTOS

    1. Explotación de Bienes Patrimoniales 37,000,000

    2. Enajenación 30,000,000

      Bienes Inmuebles 15,000,000

      Bienes Muebles 15,000,000

    3. Rendimientos Financieros 50,000,000

    4. Holograma de Verificación Vehicular 34,500,000

      TOTAL PRODUCTOS 151,500,000

  4. APROVECHAMIENTOS

    1. Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal 9,000

    2. Multas no Fiscales 200,000,000

    3. Recuperación 38,500,000

    4. Aportaciones para Obra Pública 8,000,000

    5. Mantenimiento y Operación de Carreteras 320,000,000

    6. Remanentes del Fideicomiso de Certificados Bursátiles del Impuesto sobre Nóminas 614,000,000

    7. Aportaciones 81,000,000

    8. Donativos 65,000,000

    9. Otros Aprovechamientos 255,000,000

    10. Disponibilidad del Fondo para el Desarrollo de Infraestructura 6,000,000,000

    11. Accesorios 700,000

    TOTAL APROVECHAMIENTOS 7,582,209,000

    TOTAL DE INGRESOS PROPIOS

    TOTAL INGRESOS PROPIOS 14,442,919,000

  5. PARTICIPACIONES E INCENTIVOS ECONÓMICOS

    1. Fondo General de Participaciones 13,100,000,000

    2. Fondo de Fomento Municipal 500,000,000

    3. Fondo de Fiscalización 680,000,000

    4. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 350,000,000

    5. IEPS Gasolina y Diesel 720,000,000

    6. Impuesto sobre Tenencia y Uso de Vehículos 15,000,000

    7. Actos de Fiscalización 265,000,000

    8. Multas Administrativas Federales No Fiscales 400,000

    9. Impuesto sobre Automóviles Nuevos 240,000,000

    10. Fondo de Compensación REPECOS e INTERMEDIOS 216,500,000

    11. Caminos y Puentes Federales 15,000,000

    12. Servicios de Vida Silvestre 850,000

    13. Actos de Vigilancia de las Obligaciones Fiscales 75,000,000

    14. Multas 9,000,000

    TOTAL PARTICIPACIONES E INCENTIVOS ECONÓMICOS. 16,186,750,000

  6. APORTACIONES FEDERALES

    1. Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 9,140,000,000

    2. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud 1,860,000,000

    3. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social 1,134,000,000

      1. Infraestructura Social Municipal 996,500,000

      2. Infraestructura Social Estatal 137,500,000

    4. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios 1,790,000,000

    5. Fondo de Aportaciones Múltiples 580,000,000

      1. Asistencia Social (DIF) 200,000,000

      2. Infraestructura Educativa Básica 200,000,000

      3. Infraestructura Educativa Media y Superior 180,000,000

    6. Fondo de Aportaciones para lo Educación Tecnológica y de Adultos 188,000,000

    7. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas 1,100,000,000

    8. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública 276,000,000

      TOTAL APORTACIONES FEDERALES 16,068,000,000

  7. CONVENIOS CON EL GOBIERNO FEDERAL

    1. Con la Secretaría de Educación Pública 2,838,000,000

    2. Con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público 1,622,300,000

    3. Con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes 200,000,000

    4. Con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 368,000,000

    5. Con la Secretaría de Salud 1,292,000,000

    6. Con la Secretaría de Gobernación 305,431,000

    7. Con la Secretaría de la Función Pública 6,600,000

    8. Con la Secretaría de Turismo 30,000,000

    9. Con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 440,000,000

    TOTAL CONVENIOS FEDERALES 7,102,331,000

    RESUMEN

    INGRESOS PROPIOS 14,442,919,000

    PARTICIPACIONES E INCENTIVOS ECONÓMICOS 16,186,750,000

    APORTACIONES FEDERALES 16,068,000,000

    CONVENIOS FEDERALES 7,102,331,000

    TOTAL DE INGRESOS 53,800,000,000

ARTÍCULO SEGUNDO

Los ingresos establecidos en esta Ley se causarán y recaudarán conforme a las leyes, decretos, reglamentos, tarifas, contratos, concesiones y demás disposiciones aplicables, incluyendo las contribuciones no comprendidas en la relación precedente, causadas en ejercicios anteriores y pendientes de liquidación y pago.

ARTÍCULO TERCERO

En los casos de concesión de prórroga o de autorización para el pago en parcialidades de créditos fiscales, se causarán recargos a la tasa del 2% mensual, durante el ejercicio fiscal del año 2014. Cuando esta tasa resulte mayor a la que fije el Congreso de la Unión para estos casos, se aplicará la menor.

Durante el año 2014, la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora en el pago de créditos fiscales, será la que resulte de incrementar en un 50% la señalada en el párrafo anterior.

ARTÍCULO CUARTO

Se reforman los Artículos Segundo y Quinto del Decreto No. 128/95 I P.O., publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de diciembre de 1995, para quedar como sigue:

"Artículo Segundo.

La Contribución extraordinaria a que se refiere el presente Decreto, se causará conforme a lo siguiente:

  1. Por cada trámite de derecho vehicular y por dotación o canje de placas, $33 pesos.

  2. Por cada expedición de licencia de conducir, $33 pesos.

"Artículo Quinto.

La contribución extraordinaria que establece el presente Decreto, permanecerá en vigor hasta el 31 de diciembre del año 2014.

ARTÍCULO QUINTO

Se otorgará un estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto sobre Actos Jurídicos, respecto de los actos tendientes a garantizar obligaciones, tales como fianzas, hipotecas o cualquier otra forma legal, que se celebren con las entidades del Sector Público que promuevan programas de vivienda, así como con las Instituciones de Crédito, Uniones de Crédito, Organizaciones Auxiliares de Crédito, de Seguros y Fianzas, Sociedades Financieras de Objeto Limitado y de Objeto Múltiple, Fideicomisos Públicos, Sociedades Financieras Populares y Sociedades de Ahorro y Préstamo.

El estímulo estará en vigor durante el año 2014, consistiendo en la disminución del 100% del impuesto a pagar, el cual se hará efectivo al presentar la declaración de pago correspondiente.

Únicamente se podrá gozar de este beneficio cuando el acto jurídico celebrado se inscriba en las oficinas del Registro Público de la Propiedad y del Notariado.

El Impuesto Adicional del 4% a que se refiere el segundo párrafo del artículo 28 del Código Fiscal del Estado, se determinará tomando como base el Impuesto sobre Actos Jurídicos a pagar, una vez aplicado el estímulo a que se refiere este artículo.

ARTÍCULO SEXTO

Se autoriza al Ejecutivo Estatal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda, ejerza la facultad de condonación o de reducción total o parcial de los recargos correspondientes a contribuciones estatales adeudadas en ejercicios anteriores, cuando se considere justo y equitativo, excepto los que se generen durante el ejercicio fiscal del año 2014.

ARTÍCULO SÉPTIMO

Los derechos que se causen por la prestación...

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