Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 21 de Marzo de 2014

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Re
g.
DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CV
3ra.
Epoca Culiacán, Sin., Viernes
21
de
Marzo
de
2014.
No.
035
ÍNDICE
TRIBUNAL ESTATAL
ELECTORAL
DE SINALOA
Acuerdo del Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa, relativo a la aprobación de Criterios de Interpretación Normativa.
derivados de resoluciones emitidas durante el Proceso Electoral 2013 .
2 - 8
PODER
LEGISLATIVO ESTATAL
Decreto Número
61
del H. Congreso del Estado.- La Sexagésima Primera Legislatura del Estado Lib re y Soberano de Sinaloa.
ABRE su Primer Período Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Año de Ejercicio Consti tucional.
Decreto Número 63 del H. Congreso del Estado.-La Sexagésima Primera Legislatura del Estado Libre y Soberano de Sinaloa,
CLAUSURA su Primer Período Extraordinario de Sesiones, correspondiente
al
Primer Año de Ejercicio Constitucional.
9 -
10
AYUNTAMIENTOS
Decreto Municipal No. 53 de Mazatlán
.-
Se autoriza
el
cambio de uso de suelo a propiedad Privada, una donación de terreno
con una superficie de 1,000.065 M2.
Decreto Municipal No.
54
de Mazatlán.· Se autoriza
el
cambio de uso d
es
uelo a propiedad Privada, unadonación de terreno
con una superficie de 2,041.66 M2 .
Decreto Municipal No.
57
de Mazatlán.- Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Policía de Mazatlán, Sinaloa.
Decreto Municipal No. 58 de Mazatlán
.-
Se autoriza
al
C. Presidente Municipal, para que de manera conjunta con
el
Sr.
Secretario del H. Ayuntamiento, celebren contrato de permuta con la persona moral denominada «Paraíso Hotelero Mazatlán,
S.A.
de C.V.
Decreto Municipal No.
59
de Mazatlán.- Se autoriza
al
C.
Presidente Municipal, para que de manera conjunta con
el
Sr.
Secretario del H. Ayuntamiento, ce lebren contrato de permuta con el Lic. Ernesto Kelly López.
Decreto Municipal No.
60
de Mazatlán.- Se autoriza el cambio de uso de suelo a propiedad Privada,
una
fracción de terreno con
una superficie de 5,07 I
.3
18
M2.
Decreto Municipal No.
14
de Rosario.- Reglamento Interior del
H.
Ay
untamiento del Rosario, Sinaloa.
11
-86
AVISOS GENERALES
Aviso y Balance de Fusión.-Diesgas, S.A. de
C.V.
Aviso de Disolución y de Inicio de Liquidación.-Campo Global, S.A. de C.V., SOFOM ENR.
Balance de Liquidación.
-A
cuícola El Sacrificio, S.A. de
C.
V.
Aviso de Liquidación.-Tonatiuh Iluminación, S.A. de C.
V.
87 -
91
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
92
-
112
AVISOS NOTARIALES
112
RESPONSABLE: Secretarla General de Gobierno. DIRECTOR: Lic. Jesús Humberto Cossfo Ramfrez
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
21
de Marzo de
:W
14
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE SINALOA
ACUERDO
DEL
PLENO
DEL
TRIBUNAL
ESTATAL
ELECTORAL
DE
SINALOA,
RELATIVO
A
LA
APROBACIÓN
DE
CRITERIOS
DE
INTERPRETACIÓN
.
NORMATIVA,
DERIVADOS
DE
RESOLUCIONES
EMITIDAS
DURANTE
EL
PROCESO
ELECTORAL
2013.
CONSIDERANDO:
l.
De
conformidad
con
lo
dispuesto por
el
artículo 205
bis,
fracción
II,
de
la
del
Estado
de
Sinaloa,
así
como
lo
establecido
en
el
artículo
8,
fracción
III,
del
Reglamento Interior
del
Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa,
corresponde
al
Pleno
de
este órgano jurisdiccional
el
emitir criterios
de
interpretación normativa derivados
de
sus
resoluciones.
II.
La
facultad conferida
al
Tribunal Electoral
del
Estado
para
emitir dichos criterios
constituye
una
encomienda legal
de
gran importancia tanto para orientar la
actuación de
los
órganos electorales encargados de
la
aplicación
de
la
legislación electoral del Estado,
así
como
para
fortalecer
la
seguridad jurídica
de
los
justiciables.
III.
En
apego
al
marco normativo antes citado, este tribunal
ha
venido emitiendo
criterios
de
interpretación normativa
de
acuerdo a
lo
que
ha
sustentado
~sus
____
--r·>
)
resoluciones,
en
los
años
1995, 1998, 2001, 2005, 2008 y 2011.
\~'--
1
IV.
Una
vez
concluido
el
proceso electoral
de
2013, este Tribunal
se
dio a
la
tar~
-
\
de
hacer
un
análisis
de
los
asuntos que estuvieron a consideración,
para
revisar\ . \
las
sentencias dictadas y dilucidar
la
posible extracción
de
algún criterio que !
'>\:J
\
sirva
de
apoyo para decidir futuras controversias. \ ,
V.
Como
resultado
de
este ejercicio,
en
sesión
del
29
de enero de 2014,
el
Pleno
de
este Tribunal aprobó establecer diez nuevos Criterios de Interpretación
\ \
\J
Viernes
21
de Marzo de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 3
Normativa derivados de resoluciones dictadas en
el
marco de
la
elección
pasada, y asignarles
la
nomenclatura correspondiente conforme
al
acuerdo del
Pleno publicado en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa"
el
16 de diciembre
de 2005,en
el
cual
se
establece, sustancialmente, que las nomenclaturas son
asignadas primero con
la
abreviatura del nombre del órgano emisor de
la
resolución, "P"
si
es
el
Pleno o "SR"
si
es
la
Sala
de Reconsideración;
un
número consecutivo, acorde
al
orden cronológico en que haya sido aprobado;
y,
el
año en
el
que
se
aprueba dicho criterio.
VI.
En
virtud de lo anterior, y
en
cumplimiento a lo establecido en
el
artículo
86
del
Reglamento
ya
citado,
el
Pleno de este órgano jurisdiccional aprueba los
siguientes puntos de:
ACUERDO
PRIMERO:
Se
aprueban los Criterios de Interpretación Normativa cuyo rubro, texto,
precedente y número de clave
se
señalan a continuación:
1
BOLETAS MARCADAS
EN
FORMA CONSECUTIVA. CONSTITUYEN PRESIÓN
EN
EL
ELECTORADO.
Los
,
de
la
, y
3,
de
la
del
Estado
de
Sinaloa
, establecen
como
principios rectores
de
las
elecciones
la
libertad y
el
secreto
del
voto
.
En
concordancia
con
ello,
el
211
, fracción
VI
I,
de
la
citada
ley
,
señala
como
causal
de
nulidad
de
votación recibida
en
casilla
que
se
ejerza
presión
o
coacción
sobre
el
electorado.
Ahora
bien
.
cuando
se
marcan
consecutivamente
las
boletas
electorales
que
se
entregan a
los
votantes
el
día
de
la
jornada electoral,
se
genera
la
presunción
humana
de
que
el
sufragio
podría
ser identificado posteriormente, y
con
ello
se
puede
inhibir
al
ciudadano
en
el
proceso
de
formación
de
su
voluntad,
lo
que
constituye
presión
en
el
mismo
.
Recurso
de
Inconformidad
12
y
13
INC acumulados Coaliciones "Transformemos Sinaloa" y "Unidos
Ganas
". -3
de
agosto
de
2013.- Unanimidad
de
votos. Ponente: M.C.
óscar
Urcisichi Arel/ano.-
Secretaria: Lic. Nytzia Yamel Avalas Bafwelos.
Criterio
P-0112014
2
ERROR
EN
EL CÓMPUTO
DE
VOTOS. LA DISCREPANCIA ENTRE LOS RESULTADOS
CONSIGNADOS
EN
EL ACTA DE RECUENTO Y LOS DEL ACTA
DE
ESCRUTINIO Y
CÓMPUTO NO CONFIGURA LA NULIDAD DE VOTACIÓN RECIBIDA
EN
CASILLA POR.

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