Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 02 de Abril de 2014

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 02 de Abril de 2014
6a. época
5175
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y SIETE.- Por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de la
3
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y OCHO.- Por el que se concede
pensión por Jubilación al C. Luis Raúl Gómez
Lezama.
0
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE.- Por el que se concede
pensión por Jubilación al C. Francisco Javier Valle
Hernández.
1
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS.- Por el
que se concede pensión por Jubilación al C. José
Noé Hernández Hernández.
3
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS UNO.-
Por el que se concede pensión por Jubilación al C.
Aurelio Sánchez Romero.
4
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS DOS.-
Por el que se concede pensión por Jubilación al C.
Ernesto Ponce Cariño.
6
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS TRES.-
Por el que se concede pensión por Jubilación a la
C. Eva Patricia Díaz Luna.
7
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
CUATRO.- Por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. Georgina Lara Gómez.
9
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
CINCO.- Por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. Violeta Alejandra Armenta
Ocampo.

DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS SEIS.-
Por el que se concede pensión por Jubilación a la
C. Lucina Galván González.
Pág. 32
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
SIETE.- Por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. América Balladares Flores.
34
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
OCHO.- Por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al C. Overlín
Martínez Cervantes.

DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
NUEVE.- Por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al C. Manuel
Valladares Olea.

Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 02 de Abril de 2014
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
DIECIOCHO.- Por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al C. Alfredo
Fernando Renato Cuellar Mata.
39
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
VEINTE.- Por el que se concede pensión por
Jubilación al C. Sergio Sánchez García.
41
DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS
VEINTIUNO.- Por el que se reforma el primer
párrafo del artículo 103, de la Ley de Atención y
Reparación a Víctimas del Delito y de Violaciones
a los Derechos Humanos para el Estado de
Morelos.
43
FE DE ERRATAS.- Al Decreto Número Mil
Doscientos Treinta y Ocho, publicado en el
   
de fecha 05 de marzo de 2014.
45
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE CULTURA
Reglamento de la Ley de Filmaciones del Estado
de Morelos.
Pág. 45
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Convenio para acordar la Metodología, Fuentes de
Información y Mecanismo de Distribución del
Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal (FISMDF), que suscriben por una parte, el
Ejecutivo Federal, y por la otra parte, el Ejecutivo
del Estado de Morelos.

Convenio de Colaboración, Reasignación y
Transferencia de Recursos Presupuestarios de
Índole Federal provenientes del Fideicomiso
Fondo Nacional de Habitaciones Populares, para
la ejecución de las obras del Programa Vivienda
Digna, que celebran por una parte, la Secretaría
de Obras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado
de Morelos, y por la otra parte, la Secretaría de
Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Estado
de Morelos.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Fe de Erratas al Decreto por el cual se crea la
Procuraduría de Protección al Ambiente del
Estado de Morelos, publicado en el Periódico
     
cinco de marzo de 2014.

ORGANISMOS
GUBERNATURA
Acuerdo por el cual se sectoriza a la Secretaría de
Movilidad y Transporte del Poder Ejecutivo del
Estado de Morelos, el Organismo Público Estatal
   
Carreteras 

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN
DE MORELOS
Lineamientos Generales para la aplicación de la
Ley Estatal de Documentación y Archivos de
Morelos.

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO DE JUSTICIA PARA
ADOLESCENTES Y JUZGADOS
ESPECIALIZADOS DEL ESTADO DE MORELOS
Acuerdo por el que se reforma el Acta mediante la
cual se establece la Unidad de Información Pública
y se crea el Consejo de Información Clasificada
del Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes
y Juzgados Especializados del Poder Judicial del
Estado de Morelos.

GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
XOCHITEPEC
Bando de Policía y Gobierno del Municipio de
Xochitepec, Morelos.

Acuerdo por el que se autoriza el proceso de
elaboración del Programa de Desarrollo Urbano
Sustentable del Municipio de Xochitepec, Morelos,
y la actualización e integración de los Programas
de Ordenación de la Zona Conurbada
Intermunicipal, en su modalidad de Centro de
Población de Cuernavaca, Emiliano Zapata,
Jiutepec, Temixco y Xochitepec, y el Programa
Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable de
Atlacholoaya.
103
Acuerdo por el que se aprueba y emite el
Presupuesto de Egresos del Ayuntamiento del
Municipio de Xochitepec, Morelos, para el Ejercicio
Fiscal del año dos mil catorce.
105
Acuerdo por el que se integra la Comisión
Interinstitucional de Sanidad y Protección Civil.
117
EDICTOS Y AVISOS
118
02 de Abril de 2014 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos.- Poder
Legislativo.- LII Legislatura. 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA
LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO
a) En Sesión Ordinaria celebrada el 07 de
marzo de 2014, el Gobernador Constitucional del
Estado de Morelos, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu
presentó la iniciativa al rubro citada.
b) Con esa misma fecha, la Iniciativa fue
turnada por la Presidencia de la Mesa Directiva del
Congreso del Estado, a las Comisiones Legislativas de
Educación y Cultura, y Puntos Constitucionales y
Legislación, para los efectos establecidos en los
artículos 53, 55, 60, fracción VI y 63, fracción I, de la
c) Reunidos en Sesión de Comisiones Unidas y
existiendo el quórum legal establecido en la
normatividad interna del Congreso del Estado, las
Diputadas y Diputados integrantes de las mismas, nos
dimos a la tarea de revisar y estudiar la Iniciativa
mencionada, con el fin de analizar y dictaminar de
acuerdo a las facultades que nos otorga la Ley
Orgánica y Reglamento, ambos para el Congreso del
Estado.
d) Las Diputadas y Diputados integrantes de las
Comisiones Dictaminadoras, aprobamos el Dictamen
objeto de esta Iniciativa, para ser sometida a
consideración del Pleno del Congreso del Estado.
II.- MATERIA DE LA INICIATIVA
Con la entrada en vigor de las leyes
secundarias derivadas de la reforma constitucional en
materia educativa, se obliga a las Entidades
Federativas a realizar la armonización a su legislación
local, atendiendo a las nuevas previsiones que atañen
al Sistema Educativo Nacional.
El iniciador en uso de la facultad que le confiere
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Morelos, relativa a la facultad concurrente y a las
reservadas a los Estados, para legislar conforme a la
distribución de competencias, presentó la Iniciativa
que reforma, adiciona o deroga diversas disposiciones
es el ordenamiento rector en materia educativa del
Estado.
III. CONSIDERANDOS
El Gobernador Constitucional del Estado de
Morelos, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, en su
exposición de motivos, de manera textual refiere lo
siguiente:
      
Unidas para la Infancia (UNICEF por sus siglas en
inglés), recibir una educación de escasa calidad, es lo
mismo que no recibir educación alguna. Tiene poco
sentido brindarle a un niño o niña la oportunidad de
matricularse en la escuela, si la calidad de la
educación es tan precaria que no le permitirá
alfabetizarse, adquirir las habilidades aritméticas
básicas o prepararse para la vida.
1
Una educación de calidad, esencial para el
aprendizaje verdadero y el desarrollo humano, se ve
influida por factores que proceden del interior y el
exterior del aula, como la existencia de unos
suministros adecuados, o la naturaleza del entorno
doméstico del niño o niña. Además de facilitar la
transmisión de conocimientos y aptitudes necesarios
para triunfar en una profesión y romper el ciclo de
pobreza, la calidad desempeña un papel crítico a la
hora de disminuir la brecha existente entre los géneros
en materia de educación básica.
2
La educación de calidad, es clave para la
igualdad entre los géneros, la seguridad humana, el
desarrollo de las comunidades y el progreso de las
naciones. Es un reto enorme, pero también una
oportunidad. Como el motor de un coche o las alas de
un avión, representa la diferencia entre permanecer
inmóviles y avanzar hacia el futuro.
3
En México tuvo lugar una reforma constitucional
en materia de educación que fue publicada en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintiséis de
febrero de 2013, misma que implicó cambios al texto
de los artículos 3º, relativo a la educación, y 73, que
establece las facultades del H. Congreso de la Unión.
    
información de la Presidencia de la República, es una
propuesta consensada por las fuerzas políticas
representadas en el Pacto por México, que propone
modernizar el marco jurídico para una educación de
mayor calidad y equidad y consiste en lo siguiente:
Crea el Servicio Profesional Docente, que
reconocerá la formación y logros de los maestros. Los
buenos maestros tendrán la oportunidad de ascender
con base en sus méritos profesionales;
Eleva a rango constitucional al Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación y lo dota de
autonomía, para medir el desempeño e identificar sus
áreas de mejora;
1
Cfr. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Fecha de
consulta: 28 de febrero de 2014.
Disponible en:
http://www.unicef.org/spanish/education/index_quality.html
2
Ídem.
3
Ídem.

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