Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 14 de Febrero de 2014 (Quinta Sección)

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PERIODICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVIII Morelia, Mich., Viernes 14 de Febrero del 2014 NUM. 89
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del
Estado de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. José Jesús Reyna García
Directora del Periódico Oficial
María Isabel Luna Marín
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 4 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: María Isabel Luna Marín
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MORELIA, MICHOACÁN
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA A LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
IMPLEMENTAR LAS ACCIONES, ACTIVIDADES Y ATRIBUCIONES PARA EL DESARROLLO
DE LAS OBRAS PÚBLICAS, INHERENTES AL ALUMBRADO PÚBLICO, ASEO PÚBLICO,
PARQUES Y JARDINES, ASÍ COMO MERCADOS, PLAZAS COMERCIALES MUNICIPALES,
CENTRO DE ATENCIÓN CANINA, PANTEÓN MUNICIPAL Y RASTRO MUNICIPAL,
DENTRO DEL MUNICIPIO DE MORELIA, MICHOACÁN
El que suscribe, Profesor Wilfrido Lázaro Medina, Presidente Municipal de Morelia,
Michoacán, de conformidad con lo establecido en los artículos 115, fracción II, de la
fracción I, V, VII, 99 y 149 de la Ley Orgánica Municipal del estado de Michoacán; 1º, 5º, 29,
50, 54, 60, 144 y 145 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia; 4º, 8º , 9º, 11, 12, 14, 15,
17, 20, 22, 24 fracciones IV y V, del Reglamento de la Organización de la Administración
Pública Municipal de Morelia, Michoacán y 1º de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas, se suscribe el presente proveído:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que de acuerdo a lo que establece el artículo 99 de la Ley Orgánica Municipal del estado de
Michoacán de Ocampo: «Corresponde originalmente a los titulares de las Dependencias,
entidades y Unidades Administrativas, el tramite y resolución de los asuntos de su
competencia, pero para mejor organización del trabajo podrán delegar en los servidores a
que se refiere el artículo anterior (98), cualesquiera de sus atribuciones, excepto aquellas
que por disposición de esta Ley, Reglamento o resoluciones del Ayuntamiento no sean
delegables».
En ese tenor, al autorizar el cabildo recursos para la ejecución de obras básicas correlacionadas
con los servicios públicos, como lo son Alumbrado Público, Aseo Público, Parques y Jardines,
así como los inherentes a Mercados Públicos Municipales y Plazas Comerciales Municipales,
Centro de Atención Canina, el Servicio de Panteón Municipal y rastro Municipal, como en la
Secretaría de Obras Públicas, de este Municipio de Morelia. Así y en virtud del artículo 36
fracción IV, del Reglamento de la Organización de la Administración Pública del Municipio de
Morelia, Michoacán, que faculta a la Secretaría de Obras Publicas, para contratar, ejecutar y
supervisar la Obra Pública Municipal, del programa Operativo Anual, cierto es que, la
Secretaría de Servicios Públicos, a través, de la Dirección de Alumbrado Público, Dirección de
Aseo Público, Dirección de Mercados y Comercio en Vía Pública, Dirección de Parques y
Jardines y la Dirección de Servicios Auxiliares, es la instancia idónea y adecuada para llevar

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