Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 20 de Noviembre de 2013

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección Ge neral de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 20 de Noviembre de 2013
6a. época
5142
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO OCHOCIENTOS
VEINTINUEVE.- Por el que se adiciona el Capítulo
XI de las Medidas de Regulación, Fomento
Sanitario y Protección Civil con los artículos 62,
63, 64, 65 y 66 de la Ley de Mercados del Estado
de Morelos.
………………………………Pág. 3
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS OCHENTA
Y NUEVE.- Por el que se reforma el artículo 2 y se
adiciona la fracción XII, recorriéndose en su orden
las subsecuentes fracciones del artículo 24, ambos
de Morelos.
………………………………Pág. 6
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS
NOVENTA.- Por el que se reforman los artículos
12; 16 fracción VII párrafo segundo; 23 primer
párrafo; 34 primer y segundo párrafo; 35 primer
párrafo; 36 fracción III; 38; 39; 40 primer y
segundo párrafo; 41; 43 primero, segundo y tercer
párrafo; 44; 45 fracciones I, II y III; 47 fracción I
primer párrafo; II y III primer párrafo; 49, 50; 51
fracción I; 57 primer párrafo; 63; 64 primer párrafo;
68; 77 y 95 segundo párrafo, todos ellos de la Ley
General de Bienes del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 8
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS NOVENTA
Y DOS.- Por el que se reforman las fracciones II y
XIV del artículo 2 y los artículos 5 y 6 de la Ley de
Firma Electrónica del Estado Libre y Soberano de
Morelos.
………………………………Pág. 17
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS NOVENTA
Y TRES.- Por el que se reforman, derogan y
adicionan diversas disposiciones de los Códigos
Penal y de Procedimientos Penales ambos para el
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 20
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS NOVENTA
Y CUATRO.- Por el que se reforma el segundo
párrafo de la fracción IV del artículo 7 de la Ley de
Desarrollo Económico Sustentable del Estado
Libre y Soberano de Morelos.
………………………………Pág. 24
DECRETO NÚMERO NOVECIENTOS NOVENTA
Y CINCO.- Por el que se reforma el párrafo inicial
del artículo 30 de la Ley Estatal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos.
………………………………Pág. 26
FE DE ERRATAS.- Al Decreto Número
Setecientos Diecisiete, publicado en el Periódico
Oficial “T ierra y Libertad”, número 5106, de fecha
24 de julio de 2013.
………………………………Pág. 29
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 20 de Noviembre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA
Acuerdo del Secretario de Gobierno, por el que se da
a conocer al público en general, el inicio de
actividades notariales del licenciado José Antonio
Ordoñez Ocampo, Notario Número Uno de la
Segunda Demarcación Notarial en el Estado
………………………………Pág. 30
SECRETARÍA DE HACIENDA
Acuerdo de Coordinación para la distribución y
ejercicio de los Subsidios del Programa de
Rescate de Espacios Públicos, que suscriben el
Ejecutivo del Estado de Morelos y los Municipios
de Atlatlahucan, Axochiapan, Ayala, Cuautla,
Cuernavaca, Emiliano Zapata, Huitzilac, Jiutepec,
Jojutla, Puente de Ixtla, Temixco, Tepoztlán,
Tetela del Volcán, Tlaltizapán de Zapata,
Tlaquiltenango, Tlayacapan, Xochitepec,
Yautepec, Yecapixtla y Zacatepec.
………………………………Pág. 30
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL
ESTADO
Licitación Pública Nacional Presencial Número EA-
917015988-N35-2013, referente a Adquisición de
Reactivos Químicos, Equipo de Laboratorio y
Equipo de Criminalística Forense, para la
Procuraduría General de Justicia del Estado de
Morelos.
………………………………Pág. 38
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Convenio Modificatorio, al Convenio de
Concertación en el Marco del Programa Nacional
de Prevención del Delito para la distribución de
Recursos al Proyecto denominado Programa
Integral: Acciones Sociales en el Centro de
Desarrollo Comunitario y Espacios Públicos, en los
Polígonos 1, 2, 3,4, celebrado el día 30 de agosto
de 2013, que suscriben el Ejecutivo del Estado
Libre y Soberano y la Fundación Ofakim A. C.
………………………………Pág. 39
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Convocatoria al Reconocimiento al Mérito Estatal
Investigación.
………………………………Pág. 52
ORGANISMOS
SECRETARÍA DE SALUD
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS
Decreto por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones del Reglamento Interno del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 55
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MAZATEPEC
Presupuesto de Egresos del Municipio de
Mazatepec, Morelos, para el Ejercicio Fiscal del
2013.
………………………………Pág. 59
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEPALCINGO
Reglamento del Catastro del Municipio de
Tepalcingo.
………………………………Pág. 60
ORGANISMOS DE AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE
CUERNAVACA
Reglamento Interior de la Unidad de Información
Pública Sistema de Agua Potable y Alcantarillado
del Municipio de Cuernavaca
………………………………Pág. 75
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS
Reglamento de la Unidad de Información Pública
del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral
de la Familia de Cuernavaca.
………………………………Pág. 80
EDICTOS Y AVISOS
………………………………Pág. 84
20 de Noviembre de 2013 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá
a quienes la trabajan con sus manos. Poder
Legislativo.- LII Legislatura.- 2012-2015.
GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido
enviarme para su promulgación lo siguiente:
LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA
LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO
DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN
II, DEL ARTÍCULO 40 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO.-
a) Con fecha 25 de Abril de 2013, el Diputado
Juan Ángel Flores Bustamante presentó ante el Pleno
de este Honorable Congreso, INICIATIVA CON
PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL
CAPÍTULO XI DENOMINADO DE LAS MEDIDAS DE
REGULACIÓN, FOMENTO SANITARIO Y
PROTECCIÓN CIVIL CON LOS ARTÍCULOS 62, 63,
64, 65 Y 66, DE LA LEY DE MERCADOS DEL
ESTADO DE MORELOS.
b) En la misma sesión, la Presidencia de la
Mesa Directiva del Congreso, ordenó turnar dicha
Iniciativa de adición a las Comisiones Unidas de
Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional, de
Salud y de Seguridad Pública y Protección Civil.
c) Con fecha 03 de Mayo de 2013, las
Comisiones en referencia recibieron de la Secretaría
de Servicios Legislativos y Parlamentarios del
Congreso del Estado de Morelos el turno de esta
iniciativa.
d) En sesión ordinaria en Comisiones Unidas de
Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional, de
Salud y de Seguridad Pública y Protección Civil de
esta LII Legislatura se dio a la tarea de llevar a cabo el
Proceso Legislativo de análisis y discusión con el fin
de dictaminar de acuerdo a sus atribuciones que nos
otorga la Ley Orgánica para el Congreso del Estado y
su respectivo Reglamento.
II.- MATERIA DE LA INICIATIVA.-
La iniciativa en estudio propone regular e
implementar medidas de prevención, bajo el cuidado y
tratamiento en materia de protección civil para
asegurar el bienestar y la integridad de las personas
que acuden a los mercados y a los mismos comerciantes
que diariamente están en sus
establecimientos prestos
a ofrecer sus productos.
III.- CONSIDERANDO DE LA INICIATIVA.-
El iniciador expresa literalmente que:
Los mercados son espacio de comercialización
y distribución de productos perecederos, también son
zonas de almacenamiento de productos lácteos,
granos y semillas, carnes y pescado, y venta de
alimentos por lo que es importante que las
circunstancias en las que se encuentran estos
suministros estén en óptimas condiciones, para que
puedan consumirlos los usuarios sin ningún riesgo.
Los comerciantes exponen a diario sus
productos, algunos tienen un corto periodo de vida,
como son las frutas, verduras, legumbres o bien
hortalizas, los cuales en ocasiones se tienen que
desechar porque ya no son viables para el consumo,
por lo que sería conveniente que dichos desechos
tengan una utilidad; se logren utilizar como fertilizante
para las plantas o jardines y de esta manera contribuir
al entorno ecológico y por lo tanto evitar que sean un
foco de contaminación para el propio mercado. Se
requiere implementar medidas de prevención y de
tratamiento para los desechos.
Considero que es una necesidad contar con un
programa de desechos orgánicos e inorgánicos para
seleccionar la basura de manera adecuada en los
mercados. Porque es ahí en donde se producen
grandes cantidades de desechos orgánicos e
inorgánicos.
La misma fruta y verduras por su propia
naturaleza biológica producen con la descomposición
una serie de insectos y roedores los cuales podemos
evitar y controlar su propagación para que no se
conviertan en plagas que contaminen los productos y
como consecuencia dañen la salud del consumidor.
Por lo que es urgente que las autoridades
correspondientes establezcan Programas
permanentes
de fumigación con el propósito de mantener limpio y
sin riesgo de provocar epidemias.
Sin embargo, no son suficientes estas medidas,
también los comerciantes y los locatarios deben contar
con mayor información adecuada y actualizada para
tratar sus productos y de apoyo por parte de las
autoridades para el mejor tratamiento y conservación
de sus productos mediante la asesoría de
especialistas.
El surgimiento de los mercados tiene su origen
en la necesidad de la gente de agruparse para poder
comercializar sus productos, es una forma de ganarse
la vida, es un trabajo digno y válido, por eso debemos
seguir apoyando esta fuente de trabajo.
Pero apoyarlos significa darles las herramientas
para que su actividad la puedan realizar dentro de los
estándares de calidad sanitaria y la distribución de sus
espacios sea de manera ordenada y con las medidas
de prevención.
En la mayor parte de estos centros comerciales
la propia dinámica de los interesados son los que
determinan como se deben organizar y en ocasiones
ellos mismo proponen sus reglas, valores y hábitos
que desde luego con el tiempo se convierten en
costumbres; y son estas las que imperan en la
conducta de los comerciantes.
Debemos ser honestos y reconocer que en la
mayoría de los mercados por desidia e
irresponsabilidad de diversas autoridades los servicios
de agua, luz y las conexiones de gas combustible se
han instalado de manera improvisada sin el resguardo
de la autoridad competente para evitar accidentes y
pérdida de productos en perjuicio de los usuarios y de
los propios comerciantes.

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