Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 12 de Noviembre de 2013 (Decima Sección)

COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIODICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVIII Morelia, Mich., Martes 12 de Noviembre del 2013 NUM. 21
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del
Estado de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. José Jesús Reyna García
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 18 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
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www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
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Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 DÉCIMA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
LÁZARO CÁRDENAS, MICHOACÁN
REGLAMENTO DE RASTRO DEL MUNICIPIO
Sesión ordinaria del Ayuntamiento del Municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, celebrada
el día 15 de mayo de 2013.
En ciudad Lázaro Cárdenas, Michoacán, siendo las 12:00 horas del día 15 quince de mayo del
año dos mil trece, fueron presentes en la Sala de Cabildo del Palacio Municipal de esta ciudad,
a efecto de celebrar Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de este Municipio, de conformidad
con los artículos 11, 26, 27, 28 y 49 fracción IV y 50 fracción I de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Michoacán de Ocampo, los Ciudadanos: Arquímides Oseguera Solorio, Manuel
de Jesús Barreras Ibarra, Felipe Martínez López, Nereida Castañeda Carrillo, Laura Carmona
Oceguera, Filiberto Castañeda Torres, Edilberto Toledo Serrano, Sonia Ramírez Lombera,
María Ríos López, Daniel Barragán Farías, Leopoldo Farías Mendoza, José Ismael Plancarte
Solís, Alicia Santos Gómez, y Armando Buenrostro Corea; el primero en su carácter de
Presidente Municipal, el segundo en cuanto Síndico Municipal y los doce restantes en su
carácter de Regidores Municipales, todos ellos integrantes del Ayuntamiento de este
Municipio, asistidos por la ciudadana María Itzé Camacho Zapian, Secretaria del
Ayuntamiento. Dicha sesión habrá de celebrarse de conformidad con la orden del día que fue
aprobada previamente por el Cabildo y la cual enseguida se transcribe para los efectos legales
procedentes:
ORDEN DEL DÍA
1.- . . .
2.- . . .
3.- . . .
4.- . . .
5.- . . .
6.- . . .
7.- Análisis y autorización, en su caso, del Reglamento de Rastro del Municipio de Lázaro
Cárdenas, Michoacán.
8.- . . .
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PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Martes 12 de Noviembre del 2013. 10a. Secc.
COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
Séptimo punto de la orden del día.- Análisis y autorización, en
su caso, del Reglamento de Rastro del Municipio de Lázaro
Cárdenas, Michoacán.
Al hacer uso de la palabra el Ciudadano Arquímides Oseguera
Solorio, Presidente Municipal señaló que, con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 115 fracción II, Párrafo primero de la
letra dice: «Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar,
de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir
las legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que
organicen la Administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia
y aseguren la participación ciudadana y vecinal».
Con las facultades que les confiere la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán de Ocampo y Reglamento de Organización
de la Administración Pública del Municipio de Lázaro Cárdenas,
Michoacán y con la finalidad de regular el sacrificio de animales
de abasto en rastros municipales o concesionados, cuya carne sea
apta para consumo humano, así como las carnes que sean traídas
de otros municipios del país o del extranjero para consumo humano,
a fin de garantizar las condiciones óptimas de sanidad, inocuidad e
higiene aplicables a esta materia. Asimismo, estar acorde a la Ley
Federal de Sanidad Animal; las Normas Oficiales Mexicanas
elaborar un Manual Operativo de Inspección, Sanidad, Seguridad,
Higiene y Transporte que sirva como norma para una óptima
operación, presenta a la consideración de los integrantes del Órgano
de Gobierno el Reglamento de Rastro Municipal.
El Ciudadano Felipe Martínez López, solicita al Presidente
Municipal, que de existir alguna inconformidad por parte de las
Asociaciones Ganaderas de este Municipio, en cuanto la aplicación
del presente ordenamiento municipal, se considere la realización
de mesas de trabajo con los representantes de dichas asociaciones
para lograr acuerdos que beneficien a las partes involucradas, y en
su caso, alguna modificación al Reglamento.
Una vez que fue considerado suficientemente analizado este punto,
el Ciudadano Arquímides Oseguera Solorio, Presidente Municipal,
instruye a la ciudadana María Itzé Camacho Zapiain, Secretaria
del Ayuntamiento para que proceda a someter a votación la
propuesta planteada, misma que resultó aprobada por unanimidad,
emitiéndose en consecuencia el siguiente:
A C U E R D O
El H. Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Michoacán, autoriza el
Reglamento de Rastro del Municipio de Lázaro Cárdenas,
Michoacán, y en consecuencia deroga toda disposición que en
contrario exista en cualquier ordenamiento o Bando vigente.
Asimismo, se mandata a la ciudadana María Itzé Camacho Zapiain,
Secretaria del Ayuntamiento, para que proceda a realizar los trámites
administrativos que corresponden, a fin de que sea publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado para que entre en vigor
el citado Ordenamiento Municipal.
Con lo anterior y no existiendo más asuntos que tratar, siendo las
14:10 horas del mismo día de su inicio, se declaran formalmente
concluidos los trabajos de la presente sesión ordinaria del Honorable
Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Michoacán, levantándose al
efecto la presente acta. Así se acordó en la Sala de Cabildo del
Palacio Municipal en que se actúa, previa lectura de la presente
acta, impuestos de su contenido y fuerza legal la firman al calce y
al margen los que en ella intervinieron y quisieron hacerlo; dándose
en consecuencia plena validez a los acuerdos en ella tomados.
Conste.
Presidente Municipal, C. Arquímides Oseguera Solorio.- Síndico
Municipal, C. Manuel de Jesús Barreras Ibarra.- Regidores, C.
Felipe Martínez López.- C. Nereida Castañeda Carrillo.- C. Laura
Carmona Oceguera.- C. Filiberto Castañeda Torres.- C. Edilberto
Toledo Serrano.- C. Sonia Ramírez Lombera.- C. María Ríos
López.- C. Daniel Barragán Farías.- C. Leopoldo Farías Mendoza.-
C. José Ismael Plancarte Solís.- C. Alicia Santos Gómez.- C.
Armando Buenrostro Corea.- La Secretaria del Ayuntamiento,
Q.F.B. María Itzé Camacho Zapiain. (Firmados).
_________________________________
REGLAMENTO DE RASTRO PARA EL MUNICIPIO
DE LÁZARO CÁRDENAS, MICHOACÁN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Las disposiciones contenidas en el presente
Reglamento son de orden público y de observancia general en todo
el territorio del municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, y tiene
por objeto regular el sacrificio de animales de abasto en rastros
municipales o concesionados, cuya carne sea apta para consumo
humano, así como las carnes que sean traídas de otros municipios
del país o del extranjero para consumo humano, a fin de garantizar
las condiciones óptimas de sanidad, inocuidad e higiene aplicables
a esta materia, así como la vigilancia y supervisión respecto de las
provenientes de fuera del Municipio.
Asimismo, se establecen las bases de organización y
funcionamiento del Rastro Municipal.
ARTÍCULO 2.- Son aplicables en esta materia lo dispuesto en la
artículo 115 fracción Ill, inciso f); La Ley Federal de Sanidad Animal;
las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas; la Constitución
Política del Estado de Michoacán de Ocampo; la Ley de Salud del
Estado de Michoacán de Ocampo en lo relativo a la materia en
cuestión.
ARTÍCULO 3.- La aplicación del presente Reglamento le compete:
I. Al H. Ayuntamiento;
II. Al Presidente Municipal;
III. Al Secretario del H. Ayuntamiento;

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