Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 24 de Octubre de 2013 (Cuarta Sección)

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"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVIII Morelia, Mich., Jueves 24 de Octubre del 2013 NUM. 8
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del
Estado de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. José Jaime Mares Camarena
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 38 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 CUARTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
HUETAMO, MICHOACÁN
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
ACTA DE SESIÓN 14º ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO
En el Municipio de Huetamo, Michoacán, en el lugar que ocupa la sala de Ayuntamiento
de la Presidencia Municipal declarado recinto oficial, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 34, 35 fracción II, y artículo 42 del Reglamento Interior del Ayuntamiento
Constitucional de Huetamo, Michoacán, siendo las 12:00 horas del día 24 veinticuatro
de julio del año 2013 dos mil trece, reunidos los ciudadanos integrantes del
Ayuntamiento, con el propósito de celebrar la «sesión 14º ordinaria de Ayuntamiento»,
misma que se desarrolló bajo el siguiente orden del día:
I.- ...
II.- ...
III.- ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DEL BANDO DE
GOBIERNO MUNICIPAL DE HUETAMO, MICHOACÁN.
IV.- ...
V.- ...
VI.- ...
...........................................................................................................................................
...........................................................................................................................................
......................................................................
TERCERO.- Con respecto a este punto del orden del día referente al análisis,
discusión y en su caso aprobación del Bando de Gobierno Municipal de Huetamo,
Michoacán; hace uso de la voz la C. Licenciada Dalia Santana Pineda, Presidenta
Municipal, quien da una explicación e introducción del presente punto,
manifestando al presente Cuerpo Colegiado se motiven al análisis y discusión;
agregando que en lo personal realizó un análisis al Proyecto en comento, dando
una lectura a la plenaria, ...............................................................................................
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....................................................; retoma el uso de la palabra
la C. Presidenta Municipal Licenciada Dalia Santana Pineda
solicitando al Secretario del Ayuntamiento Licenciado Jaime
Martínez Luviano pase a votación el presente punto del día
ya con las modificaciones hechas, el cual resultando
aprobado por unanimidad de votos.
.......................................................................................................
.......................................................................................................
...................................................
No habiendo otro asunto que tratar el Ayuntamiento da por
concluida la sesión ordinaria 14º siendo las 17:00 diecisiete
horas con cero minutos del día 24 veinticuatro del mes de
julio del año 2013 dos mil trece; firmando para su constancia
y validez al calce los que en ella intervinieron. Damos Fe.
C. Lic. Dalia Santana Pineda, Presidenta Municipal.- C. Dr.
Juan Carlos Mederos Sánchez, Síndico Municipal. (Firmados).
CIUDADANOS REGIDORES:
Profr. Carlos Acosta Mora.- Profr. J. Cruz Corona Rodríguez.-
Profra. Magali García Carvajal.- Ing. José Ángel Suazo
Ortuño.- C. Esmeralda García Olivo.- Lic. Rey David Aguirre
Ferreyra.- Profra. Ma. Concepción Arias Castro.- C. Lesli
Ibarra Gómez.- Lic. Ricardo Albarrán García.- Profr. José
Bethel Sánchez Romero.- C. Licenciado Jaime Martínez
Luviano, Secretario del Ayuntamiento Municipal de
Huetamo, Michoacán. (Firmados).
de 1917 de Querétaro, han incorporado una serie de principios
que tienden al fortalecimiento de los municipios. El espíritu
de la reforma es consolidar al Ayuntamiento como un nivel
de gobierno, el cual debe tomar sus propias decisiones en
beneficio colectivo. Las nuevas disposiciones amplían las
facultades de los Ayuntamientos y con ello permiten que
éstos tengan un mayor espacio para responder con mayores
mecanismos y eficacia a las necesidades sociales.
El desarrollo del federalismo, que viene promoviendo nuestro
País en los últimos años requiere del fortalecimiento
institucional del Municipio y de sus autoridades. En este
contexto se hace necesario que los Ayuntamientos cuenten
con leyes y reglamentos que sean el sustento legal de su
actuación y que permitan el orden y el desarrollo social.
Así, el fortalecimiento Institucional del Municipio está
estrechamente vinculado a la capacidad de contar con un
marco jurídico vigente y aplicable, que sea observado por
la sociedad.
La fracción II del artículo 115 constitucional establece la
facultad a los Ayuntamientos para aprobar, de acuerdo con
las leyes en materia municipal que expidan las legislaturas
locales, los bandos de policía y gobierno, reglamentos,
circulares y demás disposiciones administrativas. En iguales
términos, se expresa la fracción IV del artículo 123 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo; y, los artículos 32 a) fracción XIII,
144, 149 y 4° Transitorio de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán de Ocampo.
De manera particular el citado 4° Transitorio de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo,
dispone de manera imperativa que: "Los Ayuntamientos
deberán expedir el Bando de Gobierno Municipal, los
reglamentos y disposiciones administrativas de observancia
general, en un plazo no mayor de ciento ochenta días,
contado a partir de la vigencia de la presente Ley". Esta
disposición entró en vigor el día 15 de enero de 2002, de ahí
la trascendencia para expedir este importante documento lo
más pronto posible.
El Bando de Gobierno Municipal es de suma importancia
para el fortalecimiento institucional del Municipio, ya que
es considerado como el ordenamiento eje que servirá de
base a toda la reglamentación municipal.
Por las razones, fundamentos, motivos, argumentos y
consideraciones anteriormente expuestas, y con la finalidad
de contribuir a actualizar y modernizar el marco legal que
rige al Municipio, me permito someter a la consideración y
escrutinio del Pleno de este Honorable Ayuntamiento la
iniciativa DE BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE
HUETAMO, que nos permitirá ofrecer, tanto a la población
____________
CIUDADANOS MIEMBROS DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE HUETAMO, MICHOACÁN
P R E S E N T E S
DALIA SANTANA PINEDA, Presidenta Municipal del
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
HUETAMO, MICHOACÁN; con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 y 123,
fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo; 2°, 11, 32 a) fracción
XIII, 144, 149, y 4° Transitorio de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Michoacán de Ocampo; me permito someter a
la consideración de Ustedes, el PROYECTO DE BANDO
DE GOBIERNO MUNICIPAL DE HUETAMO, argumentado
y sustentado para tal efecto en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las recientes reformas al artículo 115 de la Carta Fundamental
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como a las propias Autoridades Municipales, reglas más
claras para convivir armónicamente y propiciar así el
desarrollo de nuestro Municipio.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL DE HUETAMO
TÍTULO PRIMERO
DEL MUNICIPIO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º. El Municipio de Huetamo, Michoacán, se regirá
en su jurisdicción, atento a lo ordenado en el presente Bando
de observancia general para todos los habitantes del mismo,
sujetando su régimen interno en lo dispuesto por los
Unidos Mexicanos, Título Quinto de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, la
Ley Orgánica Municipal, así como los demás ordenamientos
legales.
El presente Bando de Gobierno Municipal, preserva las
garantías individuales consagradas en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, por lo que todos los habitantes del
municipio gozarán de todos los derechos fundamentales
consagrados en las mismas.
Artículo 2º. El Municipio de Huetamo, Michoacán, es una
entidad de derecho público, investido con personalidad
jurídica, con libertad interior, patrimonio propio y autonomía
para su gobierno; se constituye por el conjunto de sus
habitantes y su territorio, gobernados por un Ayuntamiento
para satisfacer los intereses de la comunidad, en los términos
de las fracciones I y II del artículo 115 de la Constitución
Federal, 113 de la Constitución Local y, de la Ley Orgánica
Municipal.
Artículo 3º. El presente Bando de Gobierno Municipal es
de observancia general, en el cual se establece el ejercicio
de las atribuciones y deberes que le corresponden al
Ayuntamiento de Huetamo, estableciendo las bases para
su gobierno, organización, división política y regulación
práctica de sus funciones.
CAPÍTULO SEGUNDO
DEL NOMBRE Y ESCUDO OFICIAL
Artículo 4º. El Municipio tendrá como símbolos
representativos, el Nombre y el Escudo.
Artículo 5º. El nombre del municipio es: HUETAMO.
Artículo 6º. El escudo tendrá como características las
siguientes:
En la parte superior fuera del contorno del escudo se aprecia
el sol, que al amanecer sobresale del Cerro de Dolores, el
cual se localiza en el lado oriente de la Cabecera Municipal
y es el monumento natural más grande de nuestro Municipio.
Esta escena representa la renovación diaria de nuestra gente,
en su deseo de ser cada día mejor.
En el cuartel primero, superior izquierdo, aparece sobre el
infinito azul, la silueta de un indígena pirinda que fue el
enviado de Fray Juan Bautista de Moya para invitar a los
demás caciques de la región para que vinieran a adorar a la
Inmaculada Concepción en la capilla de Cutzio quien al
informarle al fraile de su encargo, le dijo: «Hue-tamu» (Vienen
cuatro).
En el mismo cuartel primero, aparece la Luna en Cuarto
Creciente, lo que representa el espíritu ascendiente de los
huetamenses, y que coincide con el nombre de esa primera
comunidad que debe pronunciarse Cutzío (Casa de la Luna),
porque se supone que cuando se fijó allí el primer
asentamiento humano, la luna se encontraba circulando por
su halo lunar.
La lengüeta dorada o amarilla que heráldica significa oro,
representa la palabra Huetamo, que es precisamente lo que
está pronunciando el indio Pirinda.
En el cuartel segundo superior derecho: cuatro armas
distintas; la lanza con la que defendieron de la invasión de
otras tribus nuestros antepasados; el bolo que empuñaron
los integrantes del Batallón de Huetamo que integró Don
José Ma. Morelos en la comunidad de Uspio (Lugar de
Caimanes); la carabina no automática que usaron los
huetamenses en contra de los franceses durante la etapa de
la Reforma, precisamente encabezados por Don Vicente
Rivapalacio, quien aquí escribió las coplas del Gusto Federal
y Adiós mamá Carlota; la ametralladora de tripié, representa
la defensa de nuestro territorio en la época de la revolución.
En el cuartel tercero: sobre azul infinito, el croquis del
municipio en verde intenso, que representa la fertilidad de
nuestra tierra; la estrella roja indica la Cabecera Municipal y
la doble línea inferior representa la división política con el
hermano Estado de Guerrero, concretamente con el municipio
de Zirándaro y esta línea es el Río Balsas.
En el cuartel cuatro: sobre fondo blanco, la silueta de Fray
Juan Bautista de Moya, el Apóstol de Tierra Caliente de la
congregación de los Agustinos, quien fundó Huetamo en
el año de 1553, aunque algunos historiadores afirman que

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