Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 10 de Septiembre de 2013 (Tercera Sección)

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"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVII Morelia, Mich., Martes 10 de Septiembre del 2013 NUM. 76
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado de
Michoacán de Ocampo
Lic. José Jesús Reyna García
Secretario de Gobierno
Lic. José Jaime Mares Camarena
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 32 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
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Correo electrónico
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Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ANGAMACUTIRO, MICHOACÁN
PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO
DE ANGAMACUTIRO 2012-2030
ACTA Nº 38
SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE
ANGAMACUTIRO, MICHOACÁN (2012-2015)
En la cabecera municipal denominada Angamacutiro de la Unión, municipio de
Angamacutiro Estado de Michoacán de Ocampo, siendo las 12:00 (doce horas
con cero minutos) del día 16 (dieciséis) de noviembre de 2012, (dos mil doce),
reunidos en la sala de Cabildo de la Presidencia Municipal, con domicilio en el
Portal Hidalgo sin número, colonia Centro, C.P. 58550; reunido en pleno el
Honorable Ayuntamiento, con la finalidad de celebrar la sesión extraordinaria
pública, para lo cual se convocaron previo citatorio a los integrantes del mismo,
de conformidad a lo estipulado en los artículos 26, 27, 28, 29 y 54 frcción II de la
el siguiente orden del día:
1. ...
2. ...
3. Aprobación y firma del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de
Angamacutiro, Michoacán 2012-2030.
4. ...
...........................................................................................................................................
...........................................................................................................................................
..............................................................
EN EL PUNTO NÚMERO TRES.- Sobre la aprobación y firma del Programa
Municipal de Desarrollo Urbano de Angamacutiro, Michoacán. La Secretaria del
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H. Ayuntamiento informa al Pleno que se giro convocatoria
al Arq. Iván Palma y Meza Reséndiz, representante de la
empresa Consultoría Integral Urbana S.C. encargada de la
elaboración del Programa referido, para comentar la situación
actual de dicho instrumento de planeación. ..........................
.......................................................................................................
........................................................
Se somete a aprobación del Honorable Ayuntamiento, el
Proyecto del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de
Angamacutiro, el cual deberá para cumplir su proceso de
vigencia jurídica, publicarse en el Periódico Oficial del Estado
y entrará en vigor al día siguiente de su publicación,
Asimismo debe ser inscrito en Registro Público de la
Propiedad Raíz y del Comercio de la Entidad dentro de los
15 días siguientes a su publicación, en base a los establecido
en el artículo 101 del Código de Desarrollo Urbano del Estado
de Michoacán de Ocampo.
Una vez que el Cuerpo de Munícipes analizó el Proyecto
presentado y recibió respuesta y orientación de su contenido,
y al haberse considerados satisfechos lo establecido en el
artículo 227, fracciones I, II, III, IV, V y VI del Código de
Desarrollo Urbano del Estado, se emitió por unanimidad de
votos el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- Se autoriza en todas y cada una de sus partes
el Proyecto del Programa Municipal de Desarrollo Urbano
de Angamacutiro; presentado en esta sesión por instrucción
del C. Presidente Municipal, C. César Ojeda Pérez.
SEGUNDO.- Envíese el Programa Municipal de Desarrollo
Urbano de Angamacutiro, que en este acto se aprueba para
la publicación en el Periódico Oficial del Estado de
Michoacán de Ocampo y el diario de mayor circulación en
la Entidad, según lo previsto en los artículos 101 y 102 del
Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de
Ocampo.
EN EL PUNTO NUMERO CUATRO.- Sobre asuntos
generales; al no haber otro asunto que tratar el Presidente
C. César Ojeda Pérez da por terminada la sesión
extraordinaria pública siendo las 13:30 (Trece horas con
treinta minutos) de la fecha de su inicio; firmando de
conformidad los que en ella intervinieron para su legal y
debida constancia.
C. CÉSAR OJEDA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL.-
C.SERGIO ACEVEDO CASTRO, SÍNDICO MUNICIPAL.
(Firmados).
REGIDORES
RAÚL JARAMILLO RAZO.- AURELIO ALBERTO VARGAS
ZAMORA.- ROBERTO TORRES BRAVO.- MIGUEL ÁNGEL
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.- ADÁN BRIBIESCA
CERVANTES.- MARÍA DEL CARMEN ORTIZ JUÁREZ.-
MARÍA DEL CARMEN JIMÉNEZ NAVARRO,
SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO. (Firmados).
___________
Versión Abreviada del Programa Municipal de
Desarrollo Urbano de Angamacutiro
2012-2030
El presente Programa Municipal de Desarrollo Urbano de
Angamacutiro (PMDUA) aborda la situación actual de los
asentamientos humanos en el municipio: su dinámica
poblacional, sus procesos de ocupación del territorio en
relación a las actividades económicas predominantes, las
alternativas de solución a la problemática urbana existente,
la programación de las áreas de crecimiento de sus
localidades y las obras públicas que será necesario construir
en el corto, mediano y largo plazo para asegurar la expansión
ordenada de sus áreas urbanas, de forma prioritaria, y su
inherente relación con el entorno rural.
El análisis del ámbito urbano es de especial relevancia en
un municipio como Angamacutiro donde históricamente
se han registrado importantes cambios poblacionales. Cabe
decir que desde la década de los 90 el municipio registró
un proceso de de crecimiento poblacional, aunque su
cabecera municipal Angamacutiro de la Unión, ha
mantenido su crecimiento, constituyendo un área urbana
al rebasar los 2500 habitantes, situación que prevalece en
la actualidad y que hace necesario aplicar sobre la misma
la normatividad y legislación vigente en materia de
desarrollo urbano a efecto de que el Ayuntamiento,
responsable de la administración del territorio, esté en
condiciones de elaborar instrumentos para organizar su
expansión física, regular el uso del suelo, prever sus
requerimientos de infraestructura y servicios públicos, y
asegurar condiciones mínimas de bienestar y seguridad a
sus residentes.
El Programa que a continuación se describe en forma
abreviada es importante al ser el primer instrumento de
planeación municipal y de desarrollo urbano en
Angamacutiro, con el cual se dará cumplimiento a las
disposiciones del artículo 115 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, donde se confiere a los
ayuntamientos la facultad de planear los asentamientos
humanos, formular y aprobar los programas de desarrollo
urbano de su competencia, además de constituir
documentos de trabajo que guiarán las obras e inversiones
en su territorio.
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El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de
Angamacutiro también dará cumplimiento a los lineamientos
del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán
de Ocampo -publicado el día 26 de diciembre del 2007- dentro
de los que se reitera la obligación para los ayuntamientos
de formularlos y a partir de los cuales deberán estructurar
los programas operativos anuales que den viabilidad a las
propuestas de obras tendientes a reducir el nivel medio de
marginación municipal (lugar 62 de Angamacutiro a nivel
estatal) registrado en el 2005, según el Instituto Nacional
para el Federalismo, INAFED.
En términos operativos el Ayuntamiento y en particular el
personal del área municipal encargada de la planeación del
desarrollo urbano -una vez que se cumplan con los ~
procedimientos legales para su entrada en vigor del
PMDUA- experimentará una nueva etapa, donde los trámites
y autorizaciones que emitan estarán sujetos a la observancia
del mismo.
Problemática general
Se aprecia en los ámbitos rural y urbano un bajo nivel de
valoración del potencial de los recursos naturales para
apuntalar el crecimiento y desarrollo económico, y
consecuencia se registra contaminación de los cuerpos de
agua con aguas provenientes de localidades urbanas o
rurales, zonas habitacionales o comerciales.
También se presenta contaminación del aire y del subsuelo
con el tiradero de basura a cielo abierto ubicado en la
cabecera municipal, con lo que se pone en riesgo la calidad
del agua contendida en la Presa Melchor Ocampo, obra
hidráulica que permite el riego de las áreas agrícolas de
Angamacutiro y municipios colindantes, y que sin embargo
en la actualidad también presenta contaminación por basura.
Existe déficit en cuanto a la cobertura de los servicios
públicos y es evidente la ejecución de obra pública con
deficientes materiales de construcción y por ende corta vida
útil, como es el caso de la pavimentación de las vialidades,
que donde existe se caracteriza por presentar un deficiente
estado de conservación (con baches, cuarteaduras, etc.)
que no contribuyen al adecuado tránsito vehicular de
personas y de mercancías y que va en detrimento de la
imagen de las localidades.
La baja calidad de la infraestructura de agua potable, la
inexistencia de drenaje sanitario en la mayor parte de las
poblaciones rurales, la falta de acondicionamiento de las
áreas deportivas y recreativas, el irregular servicio de
transporte suburbano de pasajeros y la existencia de áreas
urbanas o concentraciones de población en terrenos ejidales
son en buena medida resultado de la inexistente planeación
del desarrollo rural y urbano y de una falta de aplicación de
la legislación vigente como el Código de Desarrollo Urbano
por parte de la autoridad municipal en sus diferentes
periodos administrativos, y no obstante que forman parte
de la problemática actual, constituyen también una
oportunidad para la administración actual de sentar las bases
para solucionarlas con visión de largo plazo.
Relación funcional del municipio con el contexto estatal,
regional y nacional
Derivado de su ubicación -en el límite político administrativo
de los estados de Guanajuato y Michoacán- el municipio de
Angamacutiro cuenta con importantes potencialidades
económicas, ambientales y de servicios e infraestructuras
regionales. Es un municipio que sin lugar a dudas está
influenciado por el funcionamiento de las actividades
económicas de estas dos entidades de distinto nivel de
desarrollo.
Especial relevancia cobra la infraestructura carretera. El
municipio se ubica entre dos de los corredores carreteros
más importantes del país. Por una parte la Autopista de
Occidente que enlaza a las ciudades de México y de
Guadalajara, y por otra el corredor industrial León-Querétaro,
un corredor cuya vocación económica automotriz registra
la instalación de importantes empresas ensambladoras como
Volkswagen, Honda y próximamente Mazda. En los
municipios de Guanajuato que enlaza este corredor industrial
existen diez parques industriales en contraste con los tres
parques industriales ubicados en la región dentro de
Michoacán (La Piedad, Zacapu y Morelia).
Ambos corredores carreteros además de permitirle al
municipio acceder de forma rápida y eficiente a los polos de
desarrollo económico referidos también representan medio
de comunicación importante para el rápido traslado de
mercancías producidas en Angamacutiro, así como de los
flujos turísticos que visitan los atractivos turísticos de la
región, y con el cual pudiesen intensificar sus actividades
económicas.
En materia de desarrollo urbano resalta el hecho de que
Angamacutiro se halla en una región con varias Zonas
Metropolitanas tanto en Guanajuato como en Michoacán:
León, Silao, Salamanca-Irapuato, La Piedad-Pénjamo,
Zamora-Jacona, Morelia, situación que hace propicia la
constante llegada de inversiones para actividades
productivas, equipamientos e infraestructuras regionales
por parte del Gobierno Federal una vez que la SEDESOL ha
reconocido y determinado la creación de dichas zonas
metropolitanas.
Nivel Antecedentes Medio Físico Natural

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