Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 30 de Agosto de 2013 (Sección Segunda )

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., viernes 39 de agosto de 2013
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
No. 40
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
SUMARIO:
' ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA PALMAS
CONSORCIO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., EL CONDOMINIO
HORIZONTAL DE TIPO HABITACIONAL RESIDENCIAL
DENOMINADO "CASA DEL AGUA", UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 3705, 3710, 3778, 3779, 3780, 3782, I036-A 1 ,
1037-Al, 1038-Al, 3783, 3784, 3788, 3787, 3777, 3772, 3771, 3770,
1033-A1 y 1034-Al.
•- _•----•-_----
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3773, 1032-A1, 610-B I,
3789, 3786, 3774, 3775, 3776, 3781, 3769, 609-BI, 3785 y 1035-Al.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
CIUDADANOS
REGINA ALFARO CRUZ Y
JORGE ALFARO SANCHEZ
REPRESENTANTES LEGALES DE LA EMPRESA
"PALMAS CONSORCIO INMOBILIARIO", S.A. DE C.V.
PRESENTES.
Me
refiero al formato con número de folio DRVT/RLTOL/101/13 y a sus escritos recibidos con números de folio 3337 y 3387, por los que
solicita a la Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, autorización para llevar a cabo el
condominio horizontal de tipo habitacional residencial denominado
"CASA DEL AGUA",
para el desarrollo 31 viviendas, en terreno con
superficie de 9,127.50 M2 (NUEVE MIL CIENTO VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS), ubicado en la calle Mariano
Arista número 316 norte, Colonia Agrícola Lázaro Cárdenas, Sector Acacia, Municipio de Metepec, Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XIII, define al condominio a "la modalidad en la ejecución
del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar u ordenar, como una unidad espacial integral, las áreas privativas y comunes, la
zonificación y normas de uso y aprovechamiento del suelo, la ubicación de edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura
primaria en su caso; así como la imagen urbana de un predio o lote".
A
in"
Página
11)EL
.C1.13111EftNIIC,
30 de agosto de 2013
Que el smo ordenamiento legal, en su artículo 5.3 fracción XV, define
al condominio horizontal a "la
modalidad en la cual cada
condómin • es propietario exclusivo de un área privativa de terreno y en su caso, de la edificación que se construya en ella, a la vez que es
copropiet rio de las áreas, edificios e instalaciones de uso general".
Se acredi a su
personalidad jurídica
mediante la Escritura Pública No. 4,777 de fecha veintitrés de junio de dos mil once, otorgada ante la
fe del Not rio Público No. 150 del Estado de México y del Patrimonio Inmueble Federal.
Se acredi a
de su representada mediante la Escritura Pública No. 27,185 de fecha diez de agosto del dos mil, otorgada ante
la fe del otario Público Interino y del Patrimonio Inmueble Federal No. 6 del Estado de México, la cual se encuentra inscrita en el Registro
Público d la Propiedad y del Comercio de Toluca, Estado de México, bajo la Partida No. 511, Volumen No. 39, Libro Primero, Sección
Comercio de fecha veintinueve de septiembre del dos mil.
Que se al reditó
la propiedad del terreno a desarrollar mediante los siguientes documentos:
Escritura Pública No. 1,074 de fecha siete de noviembre de dos mil siete, otorgada ante la fe del Notario Público No. 131 del
Estado de México, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Toluca, Estado de México, bajo la
Partida No. 451, Volumen 545, Libro Primero, Sección Primera, de fecha veinticuatro de enero de dos mil ocho.
Escritura Pública No. 48,665 de fecha veintisiete de diciembre de dos mil doce, otorgada ante la fe del Notario Público No. 24 del
,Estado de México y del Patrimonio Inmueble Federal, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad de
Toluca, Estado de México, bajo el folio Real Electrónico No. 00115687 de fecha tres de mayo de dos mil trece.
Que la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Metepec, expidió la autorización
de Cambio de Densidad de Uso del Suelo para
el
predio objeto del desarrollo, según acuerdo de fecha diez de agosto de dos mil doce, lo que permite el desarrollo con el número de
viviendas pretendido.
Que la D rección General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y
Sanearni nto de Municipio de Metepec, mediante oficio No. APAS/DG/DO/DP/CF/1875/2012 de fecha siete de diciembre del dos mil doce,
emitió el
Estado d
técnica f
ictamen
de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje para el desarrollo. Por su parte,
la Comisión del Agua del
México (CAEM), a través del oficio No. 206B10000/FAC/036/2013 de fecha seis de marzo de dos mil trece, emitió su opinión
arable para la autorización del desarrollo.
Que med ante oficio No. SSC/DGPC/O-6830/2012 de fecha veintiocho de noviembre de dos mil doce, la Dirección General
de Protección
Civil de la
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México, expidió su opinión técnica favorable para la realización
del proye;to de condominio.
Que la D ección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México,
1:
otorgó el respectivo dictamen en materia de
impacto y riesgo ambiental,
mediante oficio No. 212130000/DGOIA/OF/1924/12 de fecha
trece de noviembre de dos mil doce.
Que la Dirección General de Vialidad del Gobierno del Estado de México, expidió su opinión técnica favorable
de incorporación e impacto
vial para el desarrollo, a través del oficio
No. 211011000/1459/2012 de fecha quince de noviembre de dos mil doce, para el proyecto que
nos ocupa.
Que el Municipio de Metepec a través de su Dirección de Desarrollo Urbano, emitió su
opinión favorable para que se lleve
a cabo el
desarrollo, según oficio No. DDU/2641/2012 de fecha catorce de noviembre de dos mil doce.
Que la C
mediante
misión Federal de Electricidad a través de la Jefatura de Oficina de Atención a Solicitudes de la Zona de Distribución Tenango,
oficio No. DPL-196/2012 de fecha nueve de julio de dos mil doce, otorgó la factibilidad de dotación del servicio
de energía
eléctrica para el desarrollo.
Que
la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Dirección General de Operación Urbana expidió la
correspondiente Constancia de
Viabilidad para el proyecto pretendido,
según oficio No. 22402A000/1073/2013 de fecha tres de abril de dos mil trece.
Que la Dirección General de Operación Urbana a través del oficio No. 22402A000/3740/2012 de fecha cinco de noviembre de dos mil doce,
manifestó a la empresa promotora que
puede continuar con el trámite de autorización del proyecto de desarrollo que nos ocupa,
considerando que dicha empresa se
encuentra en proceso de cumplimiento de obligaciones derivadas de autorizaciones de otros
desarrollos urbanos de los
que es titular o socio.
Que una vez realizado el estudio correspondiente de la documentación exhibida, tanto desde el punto de vista técnico como legal, se llegó a
la conclusión de que se encuentran satisfechos los requisitos
que señala el artículo 114 del Reglamento del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México, para la autorización del condominio de referencia y toda vez que cubrió
el pago de derechos
correspondientes a su autorización por la cantidad de $95,139.00 (NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO PUNTO TREINTA Y NUEVE PESOS
M.N.), según recibo oficial expedido por el Municipio de Metepec No. A 82352 de fecha veinticinco de junio de dos mil trece.
Que est
a
autoridad es competente para emitirla presente autorización, con fundamento en los artículos 8, 14 y 16 párrafo segundo de la
Constitu ión Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; con
apoyo e lo dispuesto por los artículos 3, 15, 19 fracción VIII y 31 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado d México; 5.1, 5.3 fracciones XIII y XV, 5.5 fracción I, 5.6, 5.7, 5.9 fracción IV, 5.33 fracción II, 5.37 fracción 1 inciso e), 5.38, 5.49,
5.50, 5.5 y 5.52 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, y 110, 111, 112, 113, 114, 115 y 116 de su Reglamento,
así com en lo dispuesto por el artículo 145 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y con fundamento en lo
establecido por los artículos 1, 2, 3 fracción IV, 7, 12 fracción III y 15 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y considerando que es interés del Gobierno del Estado de México y del H. Ayuntamiento de Metepec, apoyar la oferta de suelo para
la generación de viviendas en la Entidad, y previo acuerdo con la C. Directora General de Operación Urbana he tenido a bien expedir el
siguiente:

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