Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 13 de Agosto de 2013 (Sección Tercera)

CETA
DEL GOBIERNO
111
11 411
'
-94
.
a
?
0
táV;e»
d
4511,141V
.
GRANDE
orvaval
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., martes 13 de agosto de 2013
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
No. 27
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ORGANISMO",
Y EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES".
CONVENIO
DE
COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA
RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS
ENTIDADES PÚBLICAS, SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO I DE LA LEY
DE INGRESOS DEL ESTADO DE MÉXICO DEL EJERCICIO FISCAL
2013; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR M. EN D. ERASTO
MARTÍNEZ ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
RECAUDACIÓN Y LA CAJA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y
C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO,
RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", Y POR LA OTRA LA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE TOLUCA,
REPRESENTADO POR M. EN V. LUIS CARLOS BARROS GONZÁLEZ, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ORGANISMO", Y '
EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES".
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA '
RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS '
ENTIDADES PÚBLICAS, SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY
DE INGRESOS DEL ESTADO DE MÉXICO DEL EJERCICIO FISCAL
2013; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR M. EN D. ERASTO
MARTÍNEZ ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
RECAUDACIÓN Y LA CAJA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y
C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO,
RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", Y POR LA OTRA LA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO,
REPRESENTADO POR EL M. EN F. ALBERTO. SÁNCHEZ FLORES,
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA
RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS
ENTIDADES PÚBLICAS, SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY
DE INGRESOS DEL ESTADO DE MÉXICO DEL EJERCICIO FISCAL 2013;
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR M. EN D. ERASTO
MARTÍNEZ ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
RECAUDACIÓN Y LA CAJA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y
C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO,
RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", Y POR LA OTRA EL
TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC,
REPRESENTADO POR EL ING. RAYMUNDO BRAVO GODOY A QUIEN
EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ORGANISMO", Y EN SU
CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES".
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA
RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS
ENTIDADES PÚBLICAS, SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY
DE INGRESOS DEL ESTADO DE MÉXICO DEL EJERCICIO FISCAL 2013;
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR M. EN D. ERASTO
MARTÍNEZ ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
RECAUDACIÓN Y LA CAJA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y
LA C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO,
RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", Y POR LA OTRA EL INSTITUTO
DE INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN GEOGRÁFICA, ESTADÍSTICA
Y CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR EL
M. EN D. MARCELO MARTÍNEZ MARTÍNEZ A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ORGANISMO", Y EN SU
CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES".
SUMARIO:
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
e-3.013ERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR
LAS ENTIDADES PÚBLICAS, SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO I DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE MÉXICO DEL
EJERCICIO FISCAL 2013; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR M. EN D. ERASTO MARTÍNEZ
ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE RECAUDACIÓN Y LA CAJA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS
URRUTIA
MERCADO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA",
Y POR LA
OTRA LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE TOLUCA, REPRESENTADO POR M. EN V. LUIS CARLOS BARROS
G A 4C E
-
irAl
Página
L
EL II E Ft PJ
13 de agosto de 2013
GONZÁ Z, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
"EL ORGANISMO",
Y EN SU CONJUNTO SE LES
DENOMI ARÁ
"LAS PARTES";
QUIENES SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLA CIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que el PI n de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, prevé que el Gobierno del Estado de México necesita contar con
recursos uficientes y finanzas públicas sanas para implementar una política de gasto enfocada al financiamiento de programas
para la re ucción de la pobreza, la mejora de la educación y la salud, mayor seguridad ciudadana y procuración de justicia, la
creación e la infraestructura necesaria para complementar la actividad económica de los sectores prioritarios, así como de
aquellos q e tiendan a mejorar la productividad y la calidad de vida de los mexiquenses.
Que dentro de la estrategia integral de financiamiento, cada peso que se presupueste debe asignarse y gastarse de manera
eficiente, dirigiendo los recursos económicos a proyectos que causen el mayor impacto en el bienestar de los ciudadanos,
además de implementar nuevos esquemas que faciliten a los contribuyentes y particulares el pago de las contribuciones,
productos, aprovechamientos, entre otros, a su cargo, con la finalidad de que continúen aportando recursos para sufragar el
gasto público.
Que aunado a lo anterior, y ante la necesidad de llevar a cabo la recaudación de ingresos de manera ágil, eficiente y oportuna, el
Artículo
4,
párrafo segundo de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2013, establece que las
Entidades Públicas que reciban ingresos provenientes de los conceptos enumerados en el Artículo I de la supracitada Ley,
deberán suscribir un convenio de colaboración con el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de
Finanzas,
a
efecto de que dichos ingresos se recauden a través de la Caja General de Gobierno de la Subsecretaría de Tesorería,
en
instituciones del sistema financiero mexicano, o en establecimientos autorizados para tal efecto, con excepción de las
entidades públicas coordinadas por el sector salud, seguridad social y asistencia social.
Es por ello, que en cumplimiento a los objetivos del Plan de Desarrollo de mérito y atendiendo a lo previsto en la Ley de
Ingresos de referencia, la Secretaría de Finanzas y la Universidad Politécnica del Valle de Toluca, suscriben el presente Convenio
de Colaboración Administrativa para la recaudación de ingresos.
DECLARACIONES
1.
De
"LA SECRETARÍA"
I.I. Que la Secretaría de Finanzas, es una dependencia del Gobierno del Estado de México encargada de la planeación,
programación, presupuestación y evaluación de las actividades del Poder Ejecutivo, de la administración financiera y
tributaria de la hacienda pública del Estado, a quien le compete recaudar los impuestos, derechos, aportaciones de mejoras,
productos y aprovechamientos que correspondan al Estado, así como establecer y llevar los sistemas
de
contabilidad
gubernamental del Gobierno del Estado, en términos de lo establecido en los Artículos 78 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México;
4
de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2013; 1,
2, 3, 15,
19
Fracción III, 23 y 24 Fracciones II, XXV y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México.
1.2. Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de diversas unidades administrativas, entre las que se
encuentran la Dirección General de Recaudación y la Caja General de Gobierno, conforme a lo previsto en el Artículo 3,
Fracciones VI y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
1.3. Que el M. en D. Erasto Martínez Rojas, Secretario de Finanzas, cuenta con la atribución para suscribir el presente
Convenio, en términos de lo previsto por los Artículos 6 y 7 Fracciones V y XXXVIII del Reglamento Interior de la
Secretaría de Finanzas,; acreditando su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador
Constitucional del Estado de México, Doctor en Derecho Eruviel Ávila Villegas, de fecha 11 de septiembre de 2012, el
cual se integra en fotocopia al presente instrumento como ANEXO 1.
1.4.
Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la calle Lerdo Poniente número 300,
primer piso, puerta 250, Palacio del Poder Ejecutiva, Colonia Centro, Código Postal 50000, Toluca, Estado de México.
II.
De
"EL ORGANISMO".
11.1 Que es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el
Artículo 1 del Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter
Estatal denominado Universidad Politécnica del Valle de Toluca, publicado en la "Gaceta del Gobierno" con fecha 13 de
Noviembre de 2006, el cual forma parte integrante del presente Convenio como ANEXO 2.
11.2 Que el M. en V. Luis Carlos Barros González, está facultado para suscribir el presente convenio conforme a lo dispuesto
por Oos artículos 27, fracción X de su Decreto de creación, del 13 de Noviembre de 2006, y acredita su personalidad con el
nombramiento expedido a su favor por el Lic. Raymundo Edgar Martínez Carbajal, Secretario de Educación de fecha 27 de
Septiembre de 2012, mismo que se adjunta como ANEXO 3.
13 de agosto de 2013
GACETA
WEL
Cf El II E Fe NI C:
Página 3
11.3 Que para los efectos legales del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en Carretera Toluca a Almoloya de
Juárez Km. 5.6, Santiaguito Tlalcilalcali, Almoloya de Juárez, Estado de México, C.P. 50904, Estado de México.
119.
De
"LAS PARTES"
ÚNICA.-
Que se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal con la que comparecen a la suscripción de
este instrumento, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO.
PRIMERA.-
El objeto del presente Convenio es establecer las bases para la recaudación por parte de
"LA
SECRETARIA
",
de los ingresos provenientes de los conceptos enumerados en el artículo 1 de la Ley de Ingresos del Estado de México del
ejercicio fiscal 2013, que realicen los contribuyentes o particulares a
"EL ORGANISMO",
causados a partir de la entrada en
vigor de este instrumento jurídico, descritos en el
ANEXO
3 denominado Catálogo de Ingresos.
La recaudación de ingresos por parte de
"LA SECRETARÍA"
se realizará a través de la Caja General de Gobierno de la
Subsecretaría de Tesorería, por conducto de las instituciones del sistema financiero mexicano denominadas Afirme, Banamex,
Banco Azteca, Banco del Bajío, BBVA Bancomer, Banorte, Bansefi, H.S.B.C., Ixe Banco, Santander, Scotiabank, o establecimientos
autorizados tales como Comercial Mexicana, Soriana, Sumesa; y Telecomm, así como Cosmocolor, S.A. de C.V., en términos de
lo dispuesto por el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Ingresos en cita y demás instituciones financieras o establecimientos
comerciales que se autoricen para tal efecto.
OBLIGACIONES DE "LAS PARTES".
SEGUNDA.-
Para la realización del objeto convenido,
"LAS
PARTES"
acuerdan y se obligan a lo siguiente:
I.
"LA SECRETARÍA":
1.1. Por conducto de la Dirección General de Recaudación:
I.I.I. Con base en el Catálogo de Ingresos que proporcione
"EL
ORGANISMO",
creará las claves de los ingresos
provenientes de los conceptos enumerados en el artículo 1 de la Ley de Ingresos del Estado de México del ejercicio fiscal
de 2013, así como las líneas de captura que permitan identificar la recaudación que le corresponda a
"EL
ORGANISMO".
1.1.2. Recaudar los ingresos de acuerdo al Catálogo de ingresos, por los servicios que ofrece
"EL
ORGANISMO",
por cada
uno de los conceptos objeto del presente convenio, así como los accesorios que se generen por la falta de pago oportuno,
conforme a lo previsto en los Artículos I y 4 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año
2013, en instituciones del sistema financiero mexicano o establecimientos autorizados para tal efecto.
1.1.3. Poner a disposición de los contribuyentes o particulares, en la página electrónica
www.edomex.gotunx,
Portal de Servicios al
Contribuyente, el aplicativo mediante el cual, una vez que ingresen los datos solicitados por el sistema, obtengan el
Formato Universal de Pago que contendrá la línea de captura, los conceptos e importe a pagar.
1.1.4. Cuidar que la operación y ejecución de las funciones convenidas se realicen conforme a las disposiciones fiscales vigentes y
aplicables.
1.1.5. Capacitar a los servidores públicos de
"EL
ORGANISMO"
que utilicen el Portal del Gobierno del Estado, para emitir
líneas de captura.
1.1.6. Informar vía correo electrónico, u otro medio electrónico que se considere conveniente a la Caja General de Gobierno, y
a
"EL
ORGANISMO",
de manera diaria en archivo (Excel, Power Point, PDF, FTP, etc.), el importe de la recaudación a
favor de éste en la que se contenga el monto por cada concepto y el importe correspondiente por concepto de comisiones
y servicios bancarios.
1.11.
Por conducto de la Caja General de Gobierno:
1.11.1. Aperturar las cuentas concentradoras para organismos auxiliares en donde serán depositados los pagos que realicen los
contribuyentes o personas que soliciten los servicios de
"EL ORGANISMO".
1.11.2. instruir a las instituciones financieras la forma y periodicidad en que deberán ser transferidos los recursos que se recauden
a favor de
"EL ORGANISMO"
a la cuenta referida en el apartado 11.2 de la fracción II de "EL ORGANISMO" de la
presente cláusula, cuya transferencia se deberá realizar en forma diaria, descontado los costos de las comisiones y
transferencias bancarias.
II.
De
"EL ORGANISMO".
11.1. Proporcionar a
"LA
SECRETARÍA"
el Catálogo de Ingresos que contenga la descripción de los conceptos que serán
recaudados por ésta, conforme a lo señalado en el Artículo 4 párrafo segundo de la Ley de Ingresos del Estado de México
para el Ejercicio Fiscal del Año 2013 y en su caso las modificaciones procedentes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR