Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 12 de Agosto de 2013 (Sección Primera)

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ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
SUMARIO:
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 12 de agosto de 2013
No. 26
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONVENIO DE COORDINACION PARA OPERAR EL SISTEMA DE
ATENCION MEXIQUENSE EN EL H. AYUNTAMIENTO DE
OTZOLOTEPEC, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO DE MEXICO, A TRAVES DE LA
SECRETARIA DE LA CONTRALORIA, REPRESENTADA POR SU
TITULAR EL LIC. ALEJANDRO GERMAN HINOJOSA VELASCO,
ASISTIDO POR EL M. EN D. JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL,
DIRECTOR GENERAL DE RESPONSABILIDADES Y, POR LA
OTRA, EL H. AYUNTAMIENTO DE OTZOLOTEPEC,
REPRESENTADO POR EL LIC. EN C. P. Y A. P. CESAR MOLINA
PORTILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL;
ASISTIDO POR EL M. EN D. DOMINGO OVANDO RUBI;
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO; C. MOISES GARCIA
MARTINEZ, SINDICO MUNICIPAL; Y EL C. JESUS VILCHIS
ESPINOZA, CONTRALOR MUNICIPAL; A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA SECRETARIA" Y "EL
AYUNTAMIENTO", Y ACTUANDO EN CONJUNTO COMO "LAS
PARTES" RESPECTIVAMENTE.
AVISOS
JUDICIALES:
842-A 1 ,
881-A 1 ,
3101,
3086,
3068-BIS,
826-A I,
3068, 3055, 830-A1,
3067-BIS,
536-B1, 3274, 887-A 1 , 3339, 3351 y 3367.
i AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES:
3292,
920-A 1
534-B1,
3349,
,
3258,
535-B I,
918-A 1 ,
3366, 3348, 3268, 3284, 3270, 3271, 3272, 3269, 533-B1, 3277, 885-A I,
3281, 900-Al, 54843 I, 89I-A 1 , 529-B I, 86I-A 1 , 3224 y 3225.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
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201.32015
FS'TADO DE MÉXICO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA OPERAR EL SISTEMA DE ATENCIÓN MEXIQUENSE EN EL H.
AYUNTAMIENTO DE OTZOLOTEPEC, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO DE MÉXICO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA, REPRESENTADA POR SU
TITULAR EL LIC. ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO, ASISTIDO POR EL M. EN D. JAVIER VARGAS
ZEMPOALTECATL, DIRECTOR GENERAL DE RESPONSABILIDADES Y, POR LA OTRA, EL H.
AYUNTAMIENTO DE OTZOLOTEPEC, REPRESENTADO POR EL LIC. EN C. P. Y A. P. CÉSAR MOLINA
PORTILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL; ASISTIDO POR EL M. EN D. DOMINGO OVANDO
RUBÍ; SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO; C. MOISES GARCÍA MARTÍNEZ, SÍNDICO
MUNICIPAL; Y EL C.
JESÚS VILCHIS ESPINOZA, CONTRALOR MUNICIPAL; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA" Y "EL AYUNTAMIENTO", Y ACTUANDO EN CONJUNTO COMO "LAS PARTES"
RESPECTIVAMENTE, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
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12 de agosto de 2013
ANTECEDENTES
Que uno de los propósitos de la Administración Pública del Estado de México 2011-2017, es consolidar un Gobierno
Electrónico, por lo tanto el Sistema de Atención Mexiquense (SAM), constituye una herramienta para cumplir con
dicho objetivo.
Que el
,
14 de noviembre de 2007, fue publicado en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno", el Acuerdo del
Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, por el que se establece el
Sistema de Atención Mexiquense (SAM).
Que el SAM tiene por objeto ofrecer a la sociedad un sistema ágil y moderno que permita presentar quejas y
denuncias, o expresar sugerencias o reconocimientos, relacionadas con los servidores públicos, trámites y servicios
de las dependencias u organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal, fortaleciendo la atención a la
ciudadanía y permitiendo a ésta evaluar su actuación.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011 — 2017, establece como objetivo suscribir convenios con los
otros Poderes Públicos del Estado y Municipios para la utilización del SAM en la recepción y atención de quejas,
denuncias, sugerencias y reconocimientos.
Que del 1
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de enero al 31 de diciembre 2012, se recibieron a través del SAM un total de 2,444 quejas y denuncias,
competencia de los ayuntamientos, lo que representó un incremento de casi del 1,597%, respecto del mismo período
en el año 2005, en el cual se recibieron 153 quejas y denuncias; las cuales fueron turnadas para el trámite
correspondiente; sin embargo, el envío a los ayuntamientos y recepción por medios escritos carecen de la celeridad
que permite este sistema.
Que el numeral Séptimo del Acuerdo citado prevé que para coordinar acciones que coadyuven a su objeto y
propósitos, el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, por conducto del Titular de la Secretaría de la
Contralóría podrá, de considerarse conveniente, celebrar convenios, entre otros, con los Ayuntamientos.
Que la Secretaría de la Contraloría ha implementado adecuaciones al programa informático del SAM, para que los
AyuntaMientos que así lo deseen, puedan aprovechar las ventajas de esta herramienta y utilizarlo en el ámbito de su
competencia, respetando en todo momento la autonomía municipal.
Que conforme a lo expuesto, el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, a través de la Secretaría de la
Contraloría y el
H.
Ayuntamiento de Otzolotepec, han decidido celebrar el presente Convenio de Coordinación, al
tenor dé las siguientes:
DECLARACIONES
1.
DE "LA SECRETARÍA"
1.1. Que conforme a lo previsto en los artículos 19 fracción XIV y 38 Bis de la Ley Orgánica de la Administración
Pública ;del Estado de México, la Secretaría de la Contraloría es la dependencia del Ejecutivo del Estado de México
encargéda de la vigilancia, fiscalización y control de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la Administración
Pública Estatal y su sector auxiliar; así como lo relativo a la manifestación patrimonial y responsabilidad de los
servidor públicos.
1.2. Que el Lic. Alejandro Germán Hinojosa Velasco, Secretario de la Contraloría, cuenta con facultades para celebrar
el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3, 8, 19 fracción XIV y 38 Bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y 10 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría
de la Contraloría; y cuenta con el nombramiento expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de México de
fecha 16 de septiembre de 2011.
1.3. Que el M. en D. Javier Vargas Zempoaltecatl, Director General de Responsabilidades, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente Convenio; así como, para administrar y ejecutar el SAM, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 20 y 21 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría; y cuenta con
el nombramiento expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de México, de fecha 16 de septiembre de
2011
1.4. Que para los efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en Avenida Primero de Mayo,
número 1731 esquina Robert Bosch, Colonia Zona Industrial, Código Postal 50071, en Toluca de Lerdo, Estado de
México.
2.
DE "EL AYUNTAMIENTO"
2.1. Que cuenta con la capacidad legal suficiente para celebrar este acto; de conformidad con lo dispuesto por los
Estado Libre y Soberano de México.
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2.2. Que la representación jurídica en los casos previstos por la ley, así como para contratar y concertar en
personificación del mismo, corresponde al Presidente Municipal Constitucional, Lic. en C.P. y A.P. César Molina
Portillo, según lo dispuesto en los artículos 5 y 48 fracciones IV y XVI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
2.3. Que la procuración, defensa y promoción de los derechos e intereses municipales, corresponde a su Síndico
Municipal, C. Moisés García Martínez, según lo dispuesto en el artículo 53 fracción 1 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México.
2.4. Que el C. Jesús Vilchis Espinoza, ocupa el cargo de Contralor Municipal, con facultades para coordinarse en los
términos del presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 la fracción VIII de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de México.
2.5. Que la validación de documentos oficiales emanados del mismo, corresponde a su Secretario del Ayuntamiento,
M. en D. Domingo Ovando Rubí, según lo dispuesto en el artículo 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México.
2.6. Que es su interés impulsar y participar en el SAM, con el objeto de ofrecer a la sociedad un sistema ágil y
moderno que permita presentar quejas y denuncias o expresar sugerencias o reconocimientos, relacionadas con los
servidores públicos, trámites y servicios no sólo de las dependencias u organismos auxiliares de la Administración
Pública Estatal, sino también de la Administración Pública Municipal.
2.7. Que mediante Acta de Cabildo número 13, se desahogó el punto de acuerdo número VIII, mediante el cual se
aprobó por unanimidad de votos para su análisis y posterior aprobación, la firma del Convenio de Coordinación para
operar el Sistema de Atención Mexiquense (SAM) entre la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de
México y el H. Ayuntamiento de Otzolotepec.
2.8. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México, el Lic. en C. P. y A.P. César Molina Portillo, declara que cuenta con las atribuciones y facultades para llevar a
cabo la ejecución de los acuerdos aprobados por el H. Ayuntamiento, en términos de la Constancia de Mayoría,
expedida por el Instituto Electoral del Estado de México, que lo acredita como Presidente Municipal Constitucional del
H. Ayuntamiento de Otzolotepec, de fecha primero de enero de 2013.
2.9. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio, el de Plaza Hidalgo No. 1 Centro, C.P.
52080, Villa Cuauhtémoc, Otzolotepec, Estado de México.
3.
DE "LAS PARTES"
3.1. Que han decidido unir esfuerzos a fin de operar el SAM en el H. Ayuntamiento de Otzolotepec.
3.2. Que de conformidad con las anteriores declaraciones, reconocen la capacidad legal y personalidad jurídica con
que se ostentan; asimismo, manifiestan que conocen el contenido y los alcances del presente Convenio de
Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: DEL OBJETO
El presente Convenio tiene por objeto establecer la coordinación entre
"LA SECRETARÍA"
y
"EL
AYUNTAMIENTO",
para operar el SAM en el H. Ayuntamiento de Otzolotepec, conforme al "Acuerdo del Secretario
de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México por el que se establece el Sistema de
Atención Mexiquense", publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 14 de noviembre del 2007, y a
los "Criterios de Operación del Sistema de Atención Mexiquense para el H. Ayuntamiento de Otzolotepec", que se
anexan y forman parte del presente instrumento.
SEGUNDA: COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA"
Para el cumplimiento del objeto previsto en el presente Convenio, corresponde a
"LA SECRETARÍA":
1.
Proporcionar a
"EL AYUNTAMIENTO",
la capacitación y asesoría para operar el SAM.
2.
Entregar a
"EL AYUNTAMIENTO",
las cuentas de usuario y contraseñas respectivas para que el Responsable de
la Presidencia Municipal, el Contralor Municipal y el Enlace Municipal, accedan al programa informático que permite
operar el SAM y puedan conocer las quejas, denuncias, sugerencias o reconocimientos ciudadanos para
proporcionarles el trámite correspondiente, de conformidad al anexo.

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