Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 19 de Julio de 2013 (Segunda Sección)

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PERIODICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVII Morelia, Mich., Viernes 19 de Julio del 2013 NUM. 39
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Interino del Estado de
Michoacán de Ocampo
Lic. José Jesús Reyna García
Secretaría de Gobierno
Por Ministerio de Ley
Tte. de Corb. Fernando Cano Ochoa
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 8 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
REGLAMENTO DE BECAS DE APROVECHAMIENTO
EN EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y NORMAL, Y
DE BECAS DE TRANSPORTE EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
JOSÉ JESÚS REYNA GARCÍA, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, en el ejercicio de las atribuciones que al Ejecutivo a mi cargo, confieren
los artículos 57, 60 fracción XXII, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo; así como los artículos 4°, 5°, 18 y 31 fracción V de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 1, 7, 12 y
19 fracción XIII de la Ley Estatal de Educación; y,
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán 2012-2015, en el eje rector
II, denominado: «Una Sociedad con Mayor Calidad de Vida», establece como uno de sus
objetivos estratégicos la ampliación de la cobertura y el mejoramiento de la calidad
educativa, promoviendo la equidad e igualdad en las oportunidades de aprendizaje al
aumentar la cobertura y la eficiencia terminal. Asimismo, señala como una de sus líneas
de acción dentro de la estrategia la recuperación de la rectoría en la educación, el
mejoramiento de la administración de los programas de becas en todo el sistema educativo
estatal.
Que en el Estado, la eficiencia terminal de los alumnos que concluyeron la primaria de manera
regular durante el ciclo escolar 2010-2011 fue del 82.4 por ciento, en tanto que en secundaria
fue menor con 61.6 por ciento.
Que los promedios nacionales son del 95.0 y 82.9 por ciento respectivamente, indicadores
que confirman la necesidad de realizar acciones estratégicas para aumentar los niveles de
aprovechamiento, aprobación y permanencia, especialmente en la educación secundaria.
Que en este sentido, es necesario impulsar la generación de condiciones de equidad para que
los michoacanos puedan ingresar a los diferentes niveles y modalidades educativos,
permanezcan en ellos y concluyan de manera exitosa sus estudios.
Que una importante línea de acción, es otorgar becas de aprovechamiento y transporte a
alumnos de bajos recursos inscritos en planteles de educación pública en el Estado con el
propósito de convertirse en un apoyo importante para la economía familiar; contribuir a la
superación del rezago educativo y evitar la deserción escolar.

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