Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 31 de Julio de 2013

EL
ESTADO
DE
SINALOA
ORGANO
OFICIAL
DEL
GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. O
16
0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax. 717-21-70)
Tomo
CIV
3ra.
Epoca Culiacán, Sin., Miércoles
31
de
Julio de 2013. No. 092
ÍNDICE
GOBIERNO DEL ESTADO
Decretos Números 874, 875, 876, 877 y 878 del H. Congreso del Estado.- Que contienen pensiones
por
viudez,
vejez y Retiro.
Decreto Número 879 del H. Congreso del Estado.- Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley
¡:>ara
la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de Educación; ambas
para
el
Estado de Sinaloa. 2 -
15
PODER EJECUTIVO ESTATAL
INSTITUTO ESTATAL DE CIENCIAS PENALES Y SEGURIDAD
PÚBLICA
DE
SINALOA
Reglamento Interior del Instituto Estatal de Ciencias Penales y Seguridad Pública de Sinaloa.
COMIS
IÓN
ESTATAL DE PRODUCTIVIDAD
Decreto que crea la Comisión Estatal de Productividad.
UNIVERSIDAD DE OCCIDENTE
Avance Financiero, relativo al Segundo Trimestre de 2013.
2 -
73
AYUNTAMIENTOS
Municipio de Concordia.-Avance Financiero, relativo al Segundo Trimestre de 2013.
DESARROLLO URBANO Y
ECOLOGÍA
Municipio de Culiacán.-Se asigna domicilio oficial al Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del
Delito de Culiacán; Instituto para la Atención Integral del
Menor
Infractor del Estado de Sinaloa (INAIMES)
y Centro de Internamiento para Adolescentes (CIPA).
INSTITUTO
TECNOLóGICO
SUPERIOR
DE
GUASAVE
Municipio de Guasave.-Avance Financiero, relativo al Segundo Trimestre de 2013.
74
-
79
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
80 -96
RESPONSABLE: Secretarla Gelleral de Gobiemo. DIRECTOR: Lic. Jesús Humber.to Cossfo Ramfrez
2 «
EL
ESTADO
DE
SINALOA» Miércoles
31
de Julio de 2013
GOBIERNO DEL ESTADO
El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H.
Congreso del mismo se le ha comunicado lo
siguiente: .
El
H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sina
l
oa,
representado
por
su
Sexagésima
Legislatura,
ha
tenido a
bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO
NÚMERO:
--ªM_
ARTÍCULO
PRIMERO.-
Con
fundamento
en
los
artículos
35, 37,
47
,
fracción
1,
y
49
de
la
Ley
de
Seguridad
Pública
del
Estado
de
Sinaloa;
se
concede
el
derecho
de
Pensión
por
Viudez
a
la
C.
ANA
GRACIELA
IBARRA
CHAVEf.,
y
por
Orfandad
a
los
menores
JORGE
ANTONIO
y
ALEJANDRJNA,
de
apellidos
ALVAREZ
!BARRA,
en
calidad
de
beneficiarios
de
JUAN
RAMÓN
ALVAREZ
GAXIOLA,
por
la
cantidad
de
$10,470.62
(DIEZ
MIL
CUATROCIENTOS
SETENTA
PESOS
62/100
M.N
.
),
mensuales
.
ARTÍCULO
SEGUNDO.·
Se
modifica
líi!
Ley
de
Ingresos
y
Presupuesto
de
Egresos
del
Estado
de
Sin
aloa,
para
el
año
de
2013,
en
la
partida
06011701043401,
tomando
en
cuenta
el
monto
de
la
Pensión
por
Viudez
y
Orfandad,
a
que
se
refiere
el
presente
decreto
.
T R A N S 1 T O R 1
O:
ARTÍCULO
ÚNICO.·
El
presente
Decreto
entrará
en
vigor
el
día
siguiente
al
de
su
publicación
en
el
Periódico
Oficial
"El
Estado
de
Sinaloa".
Es
dado
en
el
Palacio
del
Poder
Legislativo
del
Estado,
en
la
ciudad
de
Culiacán
Rosales,
Sinaloa,
a
los
dos
días
del
mes
de
julio
del
año
dos
mil
trece
.
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c.
AR
IS
GARCÍA
VALLE
DIPUTADA
RESIDENTA
C.
SUS
MORENO
DÍAZ
Dlet:J
A O
SECRETARIO
Miércoles
31
de Julio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 3
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del
Rosales, Sinaloa, a los tres días del
mes
de julio stado en
la
ciudad de Culiacán
1 trece.
Secretario
!barra
HAVF

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