Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 10 de Julio de 2013 (Segunda Sección)

COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVII Morelia, Mich., Miércoles 10 de Julio del 2013 NUM. 32
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Interino del Estado de
Michoacán de Ocampo
Lic. José Jesús Reyna García
Secretaría de Gobierno
Por Ministerio de Ley
Tte. de Corb. Fernando Cano Ochoa
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 26 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
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www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ÁPORO, MICHOACÁN
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
ACTA DE SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO
ORDINARIA NO. 49
EN LA POBLACIÓN DE ÁPORO, MICHOACÁN DE OCAMPO, SIENDO LAS 09:30 NUEVE
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VIERNES 28 VEINTIOCHO DE JUNIO DE
2013 DOS MIL TRECE, ESTANDO REUNIDOS EN EL RECINTO QUE OCUPA LA SALA
DE JUNTAS DEL PALACIO MUNICIPAL, PARA CELEBRAR SESIÓN ORDINARIA
NÚMERO 49 CUARENTA Y NUEVE, EL SECRETARIO PRESENTA EL SIGUIENTE:
ORDEN DEL DÍA
1.- . . .
2.- . . .
3.- . . .
4.- APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DEL BANDO DE
GOBIERNO MUNICIPAL, ADMINISTRACIÓN 2012-2015.
5.- . . .
6.- . . .
............................................................................................................................................
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........................................................................
4.- EN ESTE PUNTO EL C. PEDRO GUZMÁN GONZÁLEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL,
SOLICITA AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO PARA QUE SE APRUEBE Y SE AUTORICE
LA MODIFICACIÓN DEL BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL, ADMINISTRACIÓN
2012-2015.
UNA VEZ ANALIZADO Y DISCUTIDO AMPLIAMENTE ESTE PUNTO POR EL PLENO,
ES SOMETIDO A VOTACIÓN ECONÓMICA, Y POR UNANIMIDAD SE APRUEBA Y SE
AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DEL BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL,
ADMINISTRACIÓN 2012-2015 EN SU CASO.
UNA VEZ AGOTADOS TODOS LOS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTA LA
SESIÓN SIENDO LAS 11:00 ONCE HORAS DEL DÍA DE SU FECHA, FIRMANDO PARA
CONSTANCIA LEGAL TODOS Y CADA UNO DE LOS QUE EN ELLA INTERVINIERON
PARA QUE SURTA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.
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PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Miércoles 10 de Julio del 2013. 2a. Secc.
COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
C. PEDRO GUZMÁN GONZÁLEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL.-
C. TERESA JUANA PÉREZ ORTIZ, SÍNDICA MUNICIPAL.-
REGIDORES: C. LILIANA ORTA TORRES.- C. JESÚS HORTA
GONZÁLEZ.- C. OSVALDO MAYA FELEGRINO.- C. DIANA SALAS
CRUZ.- C. J. CARMEN MARTÍNEZ CRUZ.- C. LUIS TORRES
TELLO.- C. MA. TARCILIA BECERRIL RESÉNDIZ.- LIC. EFRAIN
LOZA RUIZ, SRIO. DEL H. AYUNTAMIENTO. (Firmados).
_____________
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
DE ÁPORO, MICHOACÁN
El ciudadano, Pedro Guzmán González, Presidente Municipal
de Áporo, Michoacán, con fundamento en el artículo 115
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; artículo 123 fracción IV de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de
Ocampo; artículo 11 y 32 inciso a) fracción XIII de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo,
presenta a consideración de los miembros del Ayuntamiento,
el siguiente Bando de Gobierno Municipal:
TÍTULO PRIMERO
DEL ÁMBITO MUNICIPAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El Municipio de Áporo, Michoacán, se regirá
en su jurisdicción, atendiendo a lo ordenado en el presente
Bando, que es de observancia general para todos los
habitantes del mismo, sujetando su régimen interno a lo
dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, el Título Quinto de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán de Ocampo, los reglamentos,
lineamientos, acuerdos y resolutivos que emita el
Ayuntamiento con base en sus atribuciones y demás
ordenamientos legales de observancia general, aplicables
en el ámbito municipal.
ARTÍCULO 2. El Municipio de Áporo, Michoacán, está
investido de personalidad jurídica y patrimonio propios para
todos los efectos legales, en los términos de la fracción II del
artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y del artículo113 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
ARTÍCULO 3. El presente ordenamiento es de orden público
e interés general, y tiene por objeto, establecer las normas
reglamentarias de gobierno, las sanciones aplicables, la
autoridad competente para imponerlas y los medios de
impugnación.
ARTÍCULO 4. El presente Bando, los reglamentos que de
él se deriven, así como los acuerdos que expida el
Ayuntamiento, serán obligatorios para las autoridades
municipales, los vecinos, los habitantes, visitantes y
transeúntes del Municipio y su infracción será sancionada
conforme a lo que establezcan las propias disposiciones
municipales.
CAPÍTULO II
DE LOS SÍMBOLOS
ARTÍCULO 5. El Municipio tendrá como símbolos
representativos, el Nombre y el Escudo.
ARTÍCULO 6. El nombre del Municipio es Áporo, y sólo
podrá ser alterado o cambiado por acuerdo del
Ayuntamiento y mediante las formalidades que la Ley
establece.
ARTÍCULO 7. El escudo oficial del Municipio tendrá como
características las siguientes:
El escudo está dividido en 5 cuarteles (uno al centro). En el
cuartel superior izquierdo tiene la torre de la iglesia de San
Lucas Evangelista que se construyó en honor al santo
patrono del lugar; en el cuartel superior derecho, representa
el maíz que es el alimento base de sus habitantes; en el
cuartel inferior izquierdo, representa la riqueza del Municipio
y su principal explotación; en el cuartel inferior derecho
está representado por el maguey, que es de tiempos
prehispánicos y del que se extraen bebidas como el pulque;
el cuartel central está representado por el fuego de la
hospitalidad de su gente. El entorno tiene 7 estrellas que es
el número que ocupa en los municipios del Estado; en la
parte superior tiene el medallón con la fecha de 1921 que fue
el año en que se le reconoció como Municipio. En la parte
inferior se encuentra un listón con la leyenda "Lugar de
Cenizas" que es el significado de Áporo.
ARTÍCULO 8. El escudo oficial del Municipio se utilizará
por las dependencias del Ayuntamiento, debiéndose exhibir
en forma visible en las oficinas de la Administración
Centralizada y Descentralizada Municipal y emplearse solo
en la documentación oficial y vehículos oficiales en el
desempeño de su trabajo, así como en los bienes que
integran el patrimonio municipal.
ARTÍCULO 9. El escudo municipal podrá utilizarse con fines
publicitarios o de difusión, por la administración municipal,
organizaciones sociales, deportivas, culturales y civiles,
siempre y cuando se cuente con la autorización respectiva
del H. Ayuntamiento.

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