Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua del 05 de Junio de 2013 - Parte 1

Chihuahua, Chih., miércoles 05 de junio del 2013. No. 45
P e riódico Oficial
Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarse
en este Periódico.
Responsable: La Secretaría General de Gobierno. Se publica los Miércoles y Sábados.
Registrado como
Artículo
de segunda Clase de
fecha 2 de Noviembre
de 1927
Gobierno del Estado
Libre y Soberano de Chihuahua
GOBIERNO LOCAL
PODER EJECUTIVO
ACUERDO No. 047 del C. Gobernador Constitucional del Estado, mediante el cual se ordena la publicación del Acuerdo del H.
Ayuntamiento del Municipio de Meoqui, Chih., por el que se aprobó el Reglamento del Servicio de Estacionómetros en la Vía
Pública en el Municipio de Meoqui, Chih. Pág. 3086
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SECRETARIA DE HACIENDA
CONVOCATORIA Licitación Pública SH/019/2013 relativa a la adquisición de medicinas y productos farmacéuticos requeridos por
Servicios de Salud de Chihuahua. Pág. 3091
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DIRECCION GENERAL DE INGRESOS
RECAUDACION DE RENTAS
ACUERDO del C. Recaudador de Rentas en el Municipio de Nuevo Casas Grandes, Chih. mediante el cual delega facultades al C.
Lic. Cruz Prieto Renova. Pág. 3093
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ACUERDO de la C. Recaudadora de Rentas en el Municipio de Namiquipa, Chih., mediante el cual delega facultades al C. Javier
Ortega Bojórquez. Pág. 3092
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SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS
COMITE TECNICO RESOLUTIVO DE OBRA PUBLICA DEL PODER EJECUTIVO Y SUS ORGANISMOS
REGISTRO del Padrón Unico de Contratistas en el mes de mayo del 2013. Pág. 3094
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PRESIDENCIA MUNICIPAL JUAREZ, CHIH.
CONVOCATORIA para Licitación Pública No. CA-OM-12-2013, relativa a la adquisición de dos unidades radiológicas, dos
ultrasonidos y dos unidades estomatológicas con módulo integrado, solicitados por la Dirección General de Centros Comunitarios
y Forestación.
Pág. 3095
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PRESIDENCIA MUNICIPAL DELICIAS, CHIH.
CONVOCATORIA Nacional de Obra Pública No. LPOP 03/2013-LE, relativa a la construcción de la obra: PRIM. GLORIAS DEL
DEPORTE (CANCHAS USOS MULTIPLES GRADAS Y DOMO). Pág. 3097
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LICITACION Pública No. L.P. 04-2013, relativa al suministro de alimentos para internos del penal, solicitado por la Dirección de
Seguridad Pública Municipal. Pág. 3098
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CONVOCATORIAS, EDICTOS DE REMATE, AVISOS JUDICIALES Y DIVERSOS. Pág. 3099 a la Pág. 3168
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PERIODICO OFICIAL miércoles 05 de junio del 2013.3086
GOBIERNO LOCAL
PODER EJECUTIVO
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PERIODICO OFICIAL
miércoles 05 de junio del 2013.
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ESTACIONÓMETROS EN LA VÍA PÚBLICA EN EL MUNICIPIO DE
MEOQUI, CHIHUAHUA.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1.- El presente reglamento es de orden público y de observancia general para los habitantes y visitantes
del Municipio de Meoqui, Chihuahua, y tiene por objeto regular la prestación y funcionamiento del servicio de
estacionamiento de cualquier tipo de vehículo en la vía pública, controlado por medio de aparatos estacionómetros.
Artículo 2.- El funcionamiento de aparatos estacionómetros en la vía pública en un servicio que presta el Municipio
de Meoqui, Chihuahua a través del Organismo Publico Descentralizado de la Administración Municipal denominado
Consejo Municipal de Estacionómetros de Meoqui, Chihuahua.
Cuando en el presente Reglamento se haga mención del “Consejo”, se entenderá referido al Consejo Municipal de
Estacionómetros de Meoqui, Chihuahua.
Artículo 3.- El presente Reglamento, sostiene su fundamento legal en lo estipulado por los Artículos 28 del Código
Municipal para el Estado de Chihuahua, 13 y 83 de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua.
Artículo 4.- El Presidente Municipal de Meoqui, a través del Consejo, es la autoridad que está facultada en todo
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persigue este Reglamento. En los casos de que el “EL CONSEJO”, considere ineludible el cambio a las tarifas para
el cobro a los usuarios de los estacionómetros, deberá hacer un planteamiento, acompañado de toda la información
y análisis necesario para respaldar su propuesta, ante el H. Ayuntamiento de Meoqui, quien será el único facultado
para autorizar este cambio y turnarlo para su aprobación en la Ley de Ingresos correspondiente al Municipio de
Meoqui, Chihuahua.
Artículo 5.- El “Consejo”, dentro de sus obligaciones, deberá presentar, por conducto de su Director Administrativo,
de manera trimestral, al H. Ayuntamiento un informe por escrito de sus actividades y programas realizados.
Artículo 6.- El Servicio Público de Estacionómetros funcionará de manera ininterrumpida de lunes a viernes en un
horario comprendido entre las nueve a las catorce horas y de las quince a las diecinueve horas, los días sábado de
las nueve a las catorce horas, excepto los domingos y días festivos, debiendo colocarse este horario en un lugar
visible en el aparato estacionómetro.
Artículo 7.- Para los efectos de la aplicación de este reglamento, se entiende por estacionómetro el aparato de
medición y control que se utilizan para regular el tiempo de uso de la vía pública para el estacionamiento de vehículos,
a través del cobro de derechos y tarifa aprobada por el Congreso del Estado en la Ley de Ingresos del Municipio de
Meoqui, Chihuahua.
TÍTULO II
DEL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 8.- Para los efectos del presente reglamento, se entiende como vía pública a todas las calles comprendidas
dentro del Municipio de Meoqui; y serán objeto de este reglamento las calles donde se encuentren instalados aparatos
estacionómetros.
PRESIDENCIA MUNICIPAL
MEOQUI, CHIH.

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