Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 15 de Junio de 2013 (Ordinario)

Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco
No. 677
PEB'I DI
FI IAl
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO.
PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO
Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Característícas 11282816
15 DE JUNIO DE 2013 7385
ACUERDO
DRA. CLAUDIA ELENA ZENTENO RU(Z, SECRETARIA DE ENERGIA,
RECURSOS NATURALES Y PROTECCiÓN AMBIENTAl, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTlcULOS 26
FRACCiÓN XIII Y 38 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO;
3, 10, 11
FRACCiÓN XLI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARIA DE ENERGIA, RECURSOS NATURALES Y PROTECCIÓN
AMBIENTAL; Y 59 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCiÓN
AMBIENTAL DEL ESTADO DE TABASCO, EN MATERIA DE EVALUACiÓN
DEL IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL; Y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que el artIculo 59 del Reglamento de la Ley de Protección
Ambiental del Estado de Tabasco, en Materia' de Evaluación del Impacto y
Riesgo Ambiental, dispone que la Secretaria de Energla, Recursos Naturales y
Protección Ambiental establecerá, mediante Acuerdo, los dlas Inhábiles para
los trámites administrativos y procedimientos de Inspección y Vigilancia,
SEGUNDO. En relación a los, trámites administrativos y procedimientos de
Inspección y Vigilancia que establece el numeral 59 del Reglamento en cita,
esta Secretaria considera como tales, los que se derivan en materia de
Evaluación del Impacto Ambiental y Riesgo Ambiental.
TERCERO. Al efecto son trámites en materia de Evaluación del Impacto
Ambiental y Riesgo Ambiental los consistentes en: Autorización en materia
Evaluación del Impacto Ambiental, infonnes preventivos, Estudios de
Evaluación de Danos y Estudios de Riesgo, Programa de Prevención de
Accidentes y Modificaciones de las mismas; asl como todos aquellos trámites
que se deriven de éstos y que estén establecidos en el Reglamento antes
mencionado,
CUARTO. Que en los plazos procesales no se cuentan los dlas inhábiles y por
lo tanto es necesario establecerlos con claridad.
Por lo Expuesto y fundado, he,tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO. En cumplimiento a lo establecido por el articulo 59 del
Reglamento de la Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco, en
Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental, se detenninan como
dlas inhábiles para la gestión de los trámites administrativos y procedimientos
de Inspección y Vigilancia en materia de Evaluación del Impacto Ambiental y
Riesgo Ambiental, los siguientes:
a) Los comprendidos del dla
15
al
26
de Julio de
2013;
y
b) Los comprendidos del dla
16
al
27
de Diciembre de
2013.
ARTICULO SEGUNDO. Para el cómputo de los términos legales; los dlas
establecidos por el artIculo que antecede se considerarán inhábiles, por tanto
en ellos se interrumpirán dichos ténnlnos.
TRANSITORIO
UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al dla siguiente'de su publicación
en el Periódico Oficial del Gobiemo del Estado,
DADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARIA DE ENERGIA, RECURSOS
NA1'"URALES Y PROTECCION AMBIENTAL, EN LA CIUDAD DE
VILLAHERMOSA, CAPITAL DEL TADO DE TABASCO A LOS
VEINTIOCHO OlAS DEL MES DE MAY EL AÑO DOS MIL T ~
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SECRETARIA DE ENERGlf,
RECURSOS NATURALES Y
PROTECCIÓN AMBIENTAl.
ORA. CLAUDIA E
SECRETARIA DE ENERG
NATURALES Y PROTECCI
2
PERiÓDICO OFICIAL 15 DE JUNIO DE 2013
No. 678
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA DE TABASCO
SECRETARIA EJECUTIVA
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO
AVISO
De conformidad con el cómputo realizado por el L.C.P. Demetrio Morales Cano,
Encargado del Despacho del Órgano Técnico de Fiscalización, del Instituto Electoral y
de Participación Ciudadana de Tabasco, se hace del conocimiento público lo siguiente:
Se informa a los Partidos Políticos que en Términos de los artículo 98, fracción I inciso a)
de la Ley Electoral del Estado de Tabasco 45, y 51 numerales 45.1, 51.1 Y 51.3
gel
Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos y Coaliciones,
el Informe Semestral deberán ser presentados a más tardar dentro de los sesenta días
siguientes a la conclusión del semestre. En él, serán reportados los ingresos y gastos de
actividades ordinarias y de actividades especlficas que los partidos políticos hayan
obtenido y realizado durante el periodo que se informa, por lo.que el plazo para presentar
ante el Órgano Fiscalizador el Informe Semestral del Ejercicio 2013, inicia el dia primero
de julio de dos mil trece
y
vence el día veintinueve de agosto de! mismo año.
El cómputo dei plazo antes señalado se hace de su conocimiento, con fundamento en lo
establecido en el articulo 63, 63.1 del Reglamento antes señalado, para los efectos a que
haya lugar..
(

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